Amnistia Internacional http://www.derechos.org/amnesty/doc HONDURAS CONTINUA LA LUCHA CONTRA LA IMPUNIDAD Marzo de 1996 RESUMEN INDICE AI: AMR 37/01/96/s DISTR: SC/CO/GR La lucha que se mantiene en Honduras contra la impunidad tuvo momentos importantes durante 1995: la acusacion a miembros del estamento militar de intento de asesinato y detencion ilegal de seis estudiantes en 1982, y la exhumacion de los restos de <> durante el decenio de 1980. Este documento actualiza el titulado Honduras: ?El principio del fin de la impunidad? publicado en junio de 1995. En el se informa sobre el procedimiento judicial contra determinados miembros del ejercito, y de su dificil camino por las instancias juridicas del pais, ya que los acusados trataron de persuadir a los tribunales, si bien infructuosamente, de que las leyes de amnistia promulgadas entre 1986 y 1991 debian serles aplicadas. Tambien se describen en el las exhumaciones, iniciadas por organizaciones de derechos humanos en colaboracion con la Fiscalia Especial de Derechos Humanos, de los restos de las victimas de <> en los an~os ochenta. En 1994 y 1995 se exhumaron los restos mortales de 16 personas. En cinco casos los expertos consiguieron identificar plenamente a las victimas, estableciendo asi <> necesarios para que las autoridades abran diligencias judiciales. Amnistia Internacional acoge favorablemente estos esfuerzos y reitera su llamamiento en pro del esclarecimiento de todos los casos de violacion de los derechos humanos en el pasado y para que se ponga a disposicion de la justicia a sus responsables. PALABRAS CLAVE: IMPUNIDAD1 / EXHUMACION1 / DESAPARICIONES / HABEAS CORPUS / MILITARES / ESTUDIANTES / DEFENSORES DE LOS DERECHOS HUMANOS / MILITARES COMO VICTIMAS / MILITANTES SINDICALES / FOTOGRAFIAS Este texto resume el documento tituloado Honduras: Continua la lucha contra la impunidad (Indice AI: AMR 37/01/96/s) publicado por Amnistia Internacional en marzo de 1996. Quienes deseen mas informacion o iniciar acciones sobre este asunto deben consultar el documento completo. SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDRES WC1X 8DJ, REINO UNIDO TRADUCCION DE EDITORIAL AMNISTIA INTERNACIONAL, ESPANA Amnistia Internacional HONDURAS CONTINUA LA LUCHA CONTRA LA IMPUNIDAD Marzo 1996 Indice AI: AMR 37/01/96/s Distr: SC/CO/GR SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDRES WC1X 8DJ, REINO UNIDO TRADUCCION DE EDITORIAL AMNISTIA INTERNACIONAL, ESPANA HONDURAS CONTINUA LA LUCHA CONTRA LA IMPUNIDAD INTRODUCCION La lucha contra la impunidad prosigue en Honduras a pesar de la fuerte oposicion de los responsables de violaciones de los derechos humanos cometidas en el pasado. Esta lucha recibio un fuerte impulso en julio de 1995 cuando la Fiscalia Especial de Derechos Humanos del Ministerio Publico acuso a diez oficiales del ejercito (algunos en activo y otros ya retirados) de la violacion de los derechos humanos de seis estudiantes en 1982. La respuesta de los oficiales a las imputaciones ha consistido en argumentar que no pueden ser juzgados por estar amparados por las leyes de amnistia aprobadas por el Congreso Nacional. Esta pretension ha encontrado la fuerte oposicion de las organizaciones de derechos humanos y asociaciones profesionales, entre otros. El procedimiento judicial continuo con la orden de detencion de tres de los diez oficiales, lo que provoco su huida, al parecer con la ayuda de compan~eros de armas. El proceso causo una gran conmocion al saberse que la Corte de Apelaciones habia fallado a favor del argumento de los oficiales de que debian beneficiarse de las leyes de amnistia, si bien esta decision quedo mas tarde anulada por la Corte Suprema de Justicia. El papel de la judicatura ha revestido maxima importancia dado el efecto que las decisiones en este caso podrian tener sobre los de los 184 <> identificados en el informe del doctor Leo Valladares Lanza, Comisionado Nacional de Proteccion de los Derechos Humanos, Los Hechos hablan por si mismos dado a conocer en 1993. Los esfuerzos por investigar y esclarecer la suerte de los <> tambien han pasado por vicisitudes importantes. Tras las exhumaciones de 1994, se llevaron a cabo durante 1995, a instancias de la Fiscalia Especial de Derechos Humanos y de organizaciones locales de derechos humanos, las de los restos de victimas de otras <>. Para ello se conto con la colaboracion de peritos tecnicos de diversos paises. Al terminar el an~o ya se habian exhumado nueve cuerpos. Escaso avance se ha logrado en otros casos de violacion de derechos humanos que estan ante los tribunales. Ademas, los defensores de los derechos humanos siguen recibiendo amenazas a causa de sus esfuerzos para poner a disposicion de la justicia a los responsables de estas violaciones. 1. MILITARES ACUSADOS DE <> DE SEIS ESTUDIANTES EN 1982 En su decision sin precedentes de julio de 1995, la Fiscalia Especial de Derechos Humanos acuso a diez oficiales del ejercito (en activo o retirados)[1] de intento de asesinato y detencion ilegal de seis estudiantes en 1982. El procedimiento judicial esta en marcha. - Antecedentes El 27 de abril de 1982 seis estudiantes universitarios ÄMilton y Marlen Jimenez Puerto, Gilda y Supaya Rivera Sierra, Edwin y Adan Guillermo Lopez RodeznoÄ fueron detenidos a primeras horas de la man~ana en la casa que compartian en la vecindad de Miraflores en Tegucigalpa. El padre de Gilda y Supaya ÄRafael Rivera TorresÄ abogado y en aquel momento Subprocurador General de la Republica, tambien vivia en la casa. La detencion fue llevada a cabo por hombres armados vestidos de civil. No tenian orden judicial de detencion y solo dijeron <>.[2] En su comparecencia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en octubre de 1987, Milton Jimenez declaro: La casa donde nos detuvieron es una zona residencial, fue vecino nuestro una persona que fue Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, fue Ministro de Trabajo, Vice Rector de la Universidad, Decano de la Facultad de Derecho. Enfrente vivia un diputado del Partido Liberal,.... el abogado Carlos Rivas Garcia. Y estas personas, tanto el ex-magistrado de la Corte como el Diputado, les hicieron ver -- a los elementos que llegaron a detenernos -- de que no podian detenernos sin orden judicial y que ademas, el Sub Procurador General de la Republica gozaba de inmunidad, que no podian bajo ninguna circunstancia detenerlo. Esto no fue obstaculo para que nos detuvieran. Es mas, se llevaron al sen~or en pijamas.[3] Introdujeron a los siete en dos vehiculos sin placas de identificacion y les condujeron a la comisaria de policia de la vecindad de Manchon. Unas dos horas mas tarde pusieron en libertad a Rafael Rivera Torres. Los seis estudiantes permanecieron detenidos en regimen de incomunicacion y mas tarde fueron conducidos a un lugar no identificado atados y con los ojos vendados. Fueron retenidos cuatro dias durante los cuales sufrieron torturas. En su testimonio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Milton Jimenez declaro: Esa misma noche comenzaron las torturas... a la persona que era mas alta, que no era precisamente yo, comenzaron a torturarla y estuvieron a punto de matarlo -- eso por que yo mismo lo escuche -- tuvieron que darle despues respiracion artificial por que le pusieron quince veces seguidas la capucha. Posteriormente -- a mi no me pusieron la capucha -- me golpearon y me pusieron ametralladoras e hicieron simulacro de fusilamiento y nos dijeron claramente que nos iban a matar.[4] Los estudiantes permanecieron con los ojos vendados durante toda su detencion y no recibieron alimento alguno. Los interrogatorios se centraron en las actividades politicas en la universidad. Se les pregunto por la identidad de los dirigentes estudiantiles, si bien no se les acuso de ser terroristas o subversivos. A los cuatro dias de detencion fueron transferidos a otro lugar dentro de las dependencias en que se hallaban; cuatro de ellos fueron puestos en libertad ese mismo dia, en tanto que Milton Jimenez y Adan Guillermo Lopez fueron llevados a la prision de El Manchon. En mayo de 1982 se les acuso formalmente de <>. La acusacion fue formulada por el jefe de la Seccion de Investigaciones Criminales de la Direccion Nacional de Investigaciones, comandante Juan Blas Salazar. La instruccion se inicio en el Juzgado Primero de lo Criminal y el juez dicto auto de encarcelamiento. Seis dias mas tarde fueron liberados bajo fianza. Milton Jimenez protesto ante el juez por el auto de prision ya que, segun argumentaba, carecia de fundamento. Segun los informes, el juez le dijo: Mire, este es el mal menos peor que yo puedo provocarle, el objetivo mio es que usted salga en libertad bajo fianza, porque a mi me estan exigiendo que le dicte auto de prision por un delito mayor, de tal manera que usted no pueda salir bajo fianza. Estas manifestaciones muestran la falta de independencia de la judicatura en aquellos dias. El procedimiento se prolongo an~o y medio. En noviembre de 1983 el Juzgado Primero de lo Criminal desestimo las acusaciones y la Corte de Apelaciones confirmo esta decision en diciembre de 1983. Milton Jimenez tambien testifico sobre el terrible trato dado a otros detenidos: En una ocasion, cuando me llevaban al ban~o, pude ver a traves de la venda a un individuo tirado en el suelo, estaba envuelto en periodicos. Producto de la tortura esta persona habia sido reducida a una maza [sic] sanguinolenta, irreconocible, que solo emitia gemidos de dolor. Milton Jimenez, en su declaracion en 1983 ante el Comisionado Nacional de Proteccion de los Derechos Humanos, manifesto su creencia, basada en sus propias investigaciones, de que el centro de detencion clandestino donde se les habia retenido era una casa de campo propiedad del coronel Amilcar Zelaya, uno de los acusados en julio de 1995. - Procedimiento judicial El 25 de julio de 1995 la Fiscal Especial de Derechos Humanos del Ministerio Publico, Sonia Marlina Dubon de Flores, acuso a diez[5] oficiales del ejercito de intento de asesinato y detencion ilegal, en conexion con la <> de los seis estudiantes en abril de 1982. Era la primera vez que las autoridades del Estado iniciaban un procedimiento judicial contra miembros de las fuerzas armadas por violaciones de los derechos humanos.[6] Los oficiales interpusieron recursos ante los tribunales argumentando que las leyes de amnistia de 1987, 1990 y concretamente de 1991 eran de aplicacion a sus casos y que por tanto las acusaciones carecian de fundamento dado que la responsabilidad legal habia prescrito. La Ley de Amnistia de 1991 entro en vigor el 24 de julio de 1991 y concedio <> a todas las personas que, con anterioridad a la entrada en vigor de la ley, hubieran sido <> por ciertos delitos politicos o delitos comunes relacionados con los primeros. Entre los crimenes amparados por la ley se incluian los homicidios, las torturas y las detenciones ilegales cometidas por miembros del ejercito y la policia. Sin embargo, la ley de amnistia tambien reconocia explicitamente que Honduras estaba obligada por el derecho internacional relativo a los derechos humanos, lo que incluia poner a disposicion judicial a los funcionarios publicos implicados en casos de violaciones de los derechos humanos fundamentales. El 17 de octubre de 1995, el juez Roy Edmundo Medina, del Juzgado de Letras Primero de lo Criminal, dicto orden de detencion de tres de los oficiales: Manuel de Jesus Trejo, Billy Fernando Joya y Alexander Hernandez por no haberse puesto a disposicion del juzgado. Los tres oficiales se escondieron y, segun se informo en la prensa, recibieron ayuda de otros compan~eros de armas. Todavia no han sido capturados. El 6 de diciembre, el Juzgado Primero de lo Criminal dicto orden de detencion del coronel Juan Blas Salazar, otro de los diez oficiales acusados en julio en relacion con el caso. Sin embargo, este oficial estaba ya cumpliendo una pena de 21 an~os de prision por haber sido declarado culpable de trafico de drogas el 30 de octubre de 1995. <>. Declaracion de la Asamblea Nacional de los Jesuitas de Honduras, de 10 de enero de 1996, tras la decision de la Corte de Apelaciones. En octubre de 1995, los oficiales interpusieron recursos de habeas corpus ante la Corte de Apelaciones argumentando que se les debia aplicar la ley de amnistia de 1991 y que, por tanto, no debian ser juzgados por intento de asesinato y detencion ilegal de los seis estudiantes en 1982. El 5 de enero de 1996 la Corte Primera de Apelaciones fallo, por dos votos contra uno, en favor de los recurrentes. Esta decision causo gran preocupacion entre los grupos de derechos humanos y familiares de las victimas de violaciones de derechos humanos, ya que se considero que con ella se cerraban todas las vias de acusacion de los responsables de violaciones de derechos humanos en el pasado y se emitian peligrosas sen~ales de impunidad para el futuro. El presidente Carlos Roberto Reina fue duramente criticado por sus declaraciones a raiz de la decision de la Corte. Segun los informes aparecidos, se manifesto en el sentido de que la Corte habia tomado una decision correcta al aceptar los recursos de habeas corpus de los oficiales. En diciembre de 1995 aparecieron en la prensa afirmaciones suyas de que las leyes de amnistia <> y que suponian <>. El 19 de enero de 1996, sin embargo, la Corte Suprema de Justicia anulo unanimemente la decision de la corte inferior, desestimo el recurso de habeas corpus y ordeno la devolucion del caso a la instancia original. La decision deja libre el camino para que el juez Roy Medina, del Juzgado Primero de lo Criminal, siga adelante con el proceso contra los nueve oficiales. <> (Editorial, Diario Tiempo, 10 de enero de 1996). El resultado final del proceso contra los oficiales del ejercito y la decision sobre si las leyes de amnistia les amparaban (y quien debia decidir este extremo) revestian enorme importancia a causa de las consecuencias que podrian tener en los casos de los 184 <> identificados en el informe del Comisionado Nacional de Proteccion de los Derechos Humanos Los hechos hablan por si mismos. Este documento, publicado en 1993, supuso el primer reconocimiento oficial de que las fuerzas gubernamentales participaron de forma <> en la <> de oponentes politicos durante todo el decenio de 1980. Amnistia Internacional cree que las leyes de amnistia que tienen como efecto impedir el esclarecimiento de la verdad y las correspondientes responsabilidades ante la justicia no son aceptables, independientemente de que hayan sido aprobadas por los responsables de las violaciones o por gobiernos posteriores. Sin embargo, Amnistia Internacional no toma posiciones respecto de la concesion de un indulto con posterioridad a una condena, una vez que se ha conocido la verdad de los hechos y se ha completado el proceso judicial. Asi pues, las leyes de amnistia no deben tener como finalidad el bloqueo del procedimiento judicial contra los responsables de <> y otros abusos contra los derechos humanos. 2. EXHUMACIONES La exhumacion de los restos de victimas de <> en los an~os ochenta y primeros an~os del presente decenio, como parte del esfuerzo por poner a disposicion judicial a sus responsables, comenzo en 1994 y prosiguio en 1995. Ha sido realizada conjuntamente entre las autoridades y las organizaciones de derechos humanos de Honduras. Gracias a este trabajo se han encontrado 16 cuerpos, de los cuales cinco han sido identificados y once todavia no. - Exhumaciones de mayo de 1994 A comienzos de 1994 la Corte Suprema de Justicia de Honduras decidio traer al pais a peritos tecnicos con el fin de estudiar alegaciones de que al menos cuatro personas <> en el decenio de 1980 habian sido enterradas en un cementerio clandestino de Jacaleapa. En mayo de 1994 se realizo la exhumacion en Las Vueltas de la Calera, a dos kilometros de Jacaleapa (El Paraiso). El Comite de Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Honduras, COFADEH, creia que alli se encontrarian los restos de Enrique Lopez Hernandez, Julio Cesar Mendez Zavala, Maria Ediltrudis Montes y Francisco Samuel Perez Borjas, que habian <> en 1982. El 6 de mayo de 1994 los peritos tecnicos descubrieron los primeros indicios de restos oseos y para el 12 de mayo ya se habian exhumado seis esqueletos. Se determino que todos ellos eran varones y mostraban sen~ales de multiples heridas de bala. Tambien se encontraron balas y fragmentos de ropa y de cuerda en las cercanias. Sin embargo, tras examinar todas las pruebas disponibles, los peritos tecnicos concluyeron que los restos no pertenecian a las personas antes mencionadas. Todavia no se ha podido establecer a quien pertenecen. No obstante, estas exhumaciones fueron importantes porque pusieron al descubierto el corpus delicti Älos hechos constitutivos de un crimenÄ sin el cual no se consideraba posible una investigacion judicial. - Exhumaciones de diciembre de 1994 En diciembre de 1994, la Fiscalia Especial de Derechos Humanos del Ministerio Publico inicio una exhumacion que dio como resultado el hallazgo de los restos de Nelson Mackay Chavarria en Costa de los Amates, cerca de la frontera con El Salvador, el 9 de diciembre de 1994. Mackay Chavarria habia <> en 1982 (para mayor informacion, vease Honduras: ?El principio del fin de la impunidad?). El hecho hizo concebir la esperanza de que se habia dado un paso importante en la lucha por esclarecer pasadas <> en Honduras. La Fiscalia General manifesto su voluntad decidida de iniciar investigaciones judiciales <> y el Comisionado Nacional de Proteccion de los Derechos Humanos considero que estos hechos eran el <>. Las diligencias judiciales comenzaron poco despues de la exhumacion, citandose a declarar a familiares, testigos y miembros de ls fuerzas armadas. En enero de 1995, Amelia Rivera de Mackay, esposa de Nelson Mackay Chavarria, comparecio ante el Primer Juzgado de lo Criminal en Francisco Morazan. En octubre, el anterior jefe del servicio de inteligencia de las fuerzas armadas, coronel Leonidas Torres Arias, presto declaracion ante el juez Rafael Castro Avila sobre <> ocurridas durante los an~os ochenta en Honduras. Como resultado de sus declaraciones fue llamado a declarar el Inspector de la Fuerza de Seguridad Publica (FUSEP), coronel Alexander Hernandez. Sin embargo, este oficial se encontraba huido tras la orden de detencion dictada contra el (y otros dos oficiales) en relacion con la detencion ilegal y <> temporal de seis estudiantes, con la participacion de otros seis oficiales del ejercito (vease mas arriba). - Hallazgo de un cuerpo en febrero de 1995 El 2 de febrero de 1995 se descubrio un esqueleto en la red de alcantarillas de Tegucigalpa. En octubre de 1995 los peritos tecnicos identificaron los restos como pertenecientes a Estanislao Maradiaga Linares, dirigente sindical <> tras su detencion en mayo de 1980. Estanislao Maradiaga fue sacado de su casa por cinco hombres armados pertenecientes a la antigua Direccion Nacional de Investigaciones (DNI)el 24 de mayo de 1980. Era presidente de la seccion de Choluteca del Sindicato de Trabajadores del Servicio Autonomo Nacional de Acueductos y Alcantarillas (SITRASANAA). Habia prestado el servicio militar en el Onceavo Batallon de Infanteria de Choluteca, donde alcanzo la graduacion de cabo. Sus restos fueron rescatados el 2 de febrero de 1995 de una alcantarilla en la municipalidad de San Miguel, en Tegucigalpa, y examinados por peritos antropologos en el deposito de cadaveres judicial el 21 de octubre de 1995. Los familiares de Estanislao Maradiaga identificaron los restos el 24 de octubre de 1995. Sus parientes habian facilitado un dato importante: una fractura en la pierna, de la que habia sido intervenido quirurgicamente para la insercion de una pieza de metal. Tambien se realizaron pruebas de acido desoxirribonucleico (ADN), que confirmaron que se trataba de sus restos. - Exhumaciones de octubre de 1995 En octubre de 1995, la Fiscalia Especial de Derechos Humanos y COFADEH iniciaron exhumaciones con la colaboracion de tres peritos tecnicos de la organizacion no gubernamental estadounidense Physicians for Human Rights. - Cementerio de El Maguelar; San Martin (El Paraiso) Se tenian esperanzas de que en este lugar se hallarian los restos de Gustavo Morales Funez, Rolando Vindel y alguien conocido como Oscar Manuel o <>, de quien se suponia la condicion de sindicalista salvadoren~o y en compan~ia de Vindel en el momento de la detencion. Gustavo Morales y Rolando Vindel habian sido capturados en lugares diferentes de Tegicugalpa el 18 de marzo de 1984. <>. Fidelina Borjas, videpresidente de COFADEH y madre de Samuel Perez Borjas, <> el 24 de enero de 1982. El lunes 23 de octubre de 1995, los peritos antropologos exhumaron en el Sitio II, en el cementerio de El Maguelar (region de El Paraiso, a 70 kilometros al este de Danli), un ataud que segun informes recibidos contenia los restos de una victima de violacion de los derechos humanos. El cuerpo habia sido enterrado el 17 de abril de 1984 por vecinos de El Maguelar, quienes lo habian encontrado el dia antes cerca de El Guajiniquil. La victima habia recibido un disparo por la espalda y aparentemente habia sido torturada. Al parecer se trataba de los restos de un salvadoren~o, segun los que le enterraron, de entre 18 y 23 an~os de edad. Mas tarde se creyo que los restos podian pertenecer a alguien de San Pedro Sula y por esta razon unos miembros de COFADEH decidieron ponerse en contacto con los familiares. El 25 de octubre de 1995, el equipo de peritos (con la ayuda de personal de la Fiscalia de Derechos Humanos y de la Direccion de Investigacion Criminal) encontro una fosa comun con dos cuerpos en la zona conocida como Las Trincheras, en El Maguelar. Algunos familiares de Gustavo Morales y Rolando Vindel participaron en la excavacion. Los esqueletos se hallaban en malas condiciones: la espina vertebral y las costillas de ambos cuerpos no pudieron recuperarse. Gustavo Adolfo Morales Funez, nacido en Olanchito (Yoro) el 17 de septiembre de 1947, fue detenido por seis miembros de las fuerzas de seguridad vestidos de civil el 18 de marzo de 1984 cerca de la embajada de Estados Unidos en Tegucigalpa. Su secuestro fue presenciado por Luis Mendoza Fugon, por entonces magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Gustavo Morales habia terminado estudios de economia, trabajaba como subdirector de la Loteria Nacional y era dirigente sindical del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), entidad estatal que supervisa los orfanatos de Honduras. El cuerpo de Gustavo Morales Funez fue identificado el 26 de octubre de 1995 gracias a trozos de ropa, un zapato y una protesis dental. Su ropa, incluidos los restos de una camisa rayada, fue encontrada junto a un craneo, que se supuso suyo. Tambien se encontro un permiso de conducir doblado en una funda de plastico en un bolsillo interior de su pantalon. La edad y altura del esqueleto coincidian tambien con los de Gustavo Morales. Rolando Vindel Gonzalez, nacido en Sonaguera (Colon), el 18 de septiembre de 1944, fue detenido a las ocho de la man~ana el 18 de marzo de 1984 en el parque de La Leona de Tegucigalpa por un subteniente y un soldado del batallon Cobra. Electricista de profesion, en el momento de su abduccion Rolando era presidente del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Nacional de Energia Electrica (STENEE) y estaba participando en una negociacion colectiva en nombre de sus compan~eros de trabajo. En enero de 1981, Rolando Vindel fue retenido por la DNI acusado de <> y liberado posteriormente por falta de pruebas. A raiz de su liberacion denuncio en una pagina (pagada) del diario Tiempo haber recibido golpes, descargas electricas y amenazas de muerte mientras permanecia en las dependencias de la policia. Segun informes recibidos, en septiembre de 1983, mientras participaba en negociaciones sindicales en nombre de la STENEE, Rolando Vindel fue detenido por miembros de la DNI y ademas torturado. En el momento de su <>, en marzo de 1984, llevaba una camiseta blanca, un pantalon vaquero desgastado y zapatos de lona blancos. Los peritos tecnicos no consiguieron identificar plenamente los restos encontrados junto a los de Gustavo Morales y considerados ser los de Vindel, a pesar de ciertas semejanzas entre la informacion dental facilitada por los familiares de Vindel y los dientes de los restos exhumados. Los familiares de algunas personas <>, incluido Rolando Vindel, presentaron una denuncia en los tribunales a mediados de los an~os ochenta contra varios oficiales de alta graduacion, acusandoles de asesinato, tortura y abuso de autoridad. Esta iniciativa se produjo tras la publicacion en 1985 de un informe y conclusiones de una Comision Especial de las Fuerzas Armadas sobre mas de 100 casos de <>. La Comision concluia que no habia pruebas que hicieran pensar que las fuerzas armadas eran responsables de las <> o de que las victimas hubieran sido detenidas por unidades militares o policiales. En sus recomendaciones, la Comision subrayaba que las acusaciones de responsabilidad por las <> contra ciertas personas podrian ser llevadas ante las autoridades judiciales competentes. En enero de 1986, sin embargo, el Primer Juzgado de lo Criminal ordeno el sobreseimiento del caso, a pesar de que el juez no habia sometido a ninguno de los acusados a un interrogatorio completo y habia rechazado pruebas decisivas, incluida la declaracion de un coronel retirado que implicaba en las <> al principal acusado. <>. Alicia Duron de Vindel, esposa de Rolando Vindel, 25 de octubre de 1995. Amnistia Internacional manifesto su preocupacion en aquel momento por entender que las investigaciones de la Comision Especial no habian sido exhaustivas e imparciales. La Comision estaba integrada enteramente por miembros del estamento militar; sus conclusiones se basaron fundamentalmente en entrevistas con antiguos oficiales del ejercito y miembros de la DNI, algunos de los cuales habian sido citados como responsables de <> por grupos locales de derechos humanos; y al parecer no habia examinado pruebas decisivas durante sus trabajos. - Cuesta La Piramide; municipalidad de El Rodeo (Comayagua) El 25 de octubre de 1995, a la una y media de la tarde, el equipo de peritos (tambien con ayuda de personal de la Fiscalia Especial de Derechos Humanos y de la Direccion de Investigacion Criminal) encontro restos humanos en La Piramide (Comayagua), en el kilometro 49 de la carretera entre Tegucigalpa y San Pedro Sula. Se creyo que pertenecian a Hans Albert Madisson Lopez. El equipo desplazo cientos de rocas hasta llegar a dos bolsas de plastico que contenian restos humanos, incluido un craneo completamente destruido. <<... Exhortamos al Presidente de la Republica a que exija a esos subordinados procesados y pendientes de proceso por delitos de lesa humanidad que acudan ante el Juez a probar su inocencia tras que sean requeridos. En momentos cuando surgen derrotadas las mentiras oficiales del interior de esas capsulas del tiempo que son las tumbas clandestinas, no pueden ser toleradas actitudes displicentes mucho menos dilatorias....>> Comunicado de prensa de COFADEH, 2 de noviembre de 1995 Hans Albert Madisson Lopez tenia 24 an~os de edad cuando fue detenido y <> el 8 de julio de 1982 en una operacion conjunta del ejercito y la policia en el distrito de Florencia Sur de Tegucigalpa, junto con el periodista Oscar Reyes Bacca; ambos se dirigian al cine. Madisson Lopez no tenia afiliacion politica conocida. Nacido en Puerto Cortes, Madisson acababa de terminar su educacion secundaria y se estaba preparando para iniciar estudios de ingenieria en la Universidad Nacional Autonoma de Honduras (UNAH). Segun nuestros informes, fue secuestrado por error y algunos de los elementos militares implicados en su abduccion informaron a su familia que su cuerpo estaba en La Piramide, en Comayagua. Entre tres y cinco dias despues de su abduccion, Marco Tulio Andino Äcampesino de la comunidad de El Rodeo, cerca de La PiramideÄ encontro dos sacos con restos humanos en estado de semidescomposicion. Parecia que el hombre habia sido torturado. Ademas estaba decapitado. Marco Tulio, ayudado por Abrahan Hernandez y Pablo Maldonado, enterro los restos tras informar al juez local Juan Blas Dominguez, de la comunidad de San Antonio. El juez redacto un documento oficial detallando que el cuerpo habia sido hallado en dos sacos: la cabeza y parte del cuello en uno; el tronco, del cuello a las rodillas, en otro. El esqueleto examinado por el equipo de peritos tecnicos fue identificado como Hans Albert Madisson gracias a una fractura osea y a la dentadura. Se establecio en el examen que Madisson presentaba heridas en las caderas, piernas y brazos. La parte inferior de las piernas y los brazos no aparecieron. Se cree que Madisson murio de un disparo en la cabeza. La bala fue encontrada entre los restos. <<...las exhumaciones de desaparecidos continuaran, porque son un proceso para liquidar una etapa muy dolorosa que lleno al pais de verguenza y angustia.... existen cuatro pasos, entre ellos el juridico: corresponde al poder judicial determinar si son validas o no las amnistias; si hay evidencias de responsables... Tambien encontrar a los desaparecidos. En tercer lugar, indemnizar y en cuarto un homenaje a esas victimas en un gran mausoleo...>> Presidente Carlos Roberto Reina, octubre de 1995 - Identificacion de los cinco cuerpos Los esqueletos fueron trasladados a la Direccion General de Medicina Forense, en Tegucigalpa, para su examen mediante las tecnicas pertinentes. El 29 de octubre de 1995, en una conferencia de prensa, el equipo de peritos tecnicos presento sus conclusiones: dos de los cuatro cuerpos habian sido identificados, uno estaba parcialmente identificado y el ultimo no habia podido ser identificado. Se creia que la prueba de ADN confirmaria plenamente las identidades, y para ello se tomaron muestras de sangre de los familiares. Los cuerpos provisionalmente identificados y en espera de confirmacion mediante la prueba de ADN eran los de Gustavo Adolfo Morales Funez y Hans Albert Madisson Lopez. El cuerpo parcialmente identificado perteneceria a Rodolfo Vindel. Los peritos tecnicos pudieron establecer que los restos de la cuarta victima pertenecian a un hombre de corta estatura y de edad comprendida entre 35 y 50 an~os, si bien no podian certificar que pertenecieran a un hombre llamado Oscar, conocido como <>, tal como se habia previsto. El equipo tambien confirmo la identidad de los restos de Estanislao Maradiaga hallados en febrero de 1995 (vease mas arriba). - Exhumaciones de noviembre de 1995 En noviembre de 1995 se realizaron nuevas exhumaciones bajo los auspicios de la Fiscalia Especial de Derechos Humanos del Ministerio Publico y CODEH. - Cementerio El Triunfo en Azacualpa (departamento de Choluteca) El 6 de noviembre, tres miembros del Equipo Argentino de Antropologia Forense, que habian sido invitados a Honduras para aportar sus conocimientos a la investigacion, iniciaron las exhumaciones en el cementerio El Triunfo del pueblo de Azacualpa. En una tumba individual hallaron los restos de un varon, de unos 35 o 40 an~os de edad, y aproximadamente 1,70 metros de estatura. La informacion odontologica y sobre los detalles de una herida Äfacilitada por la familiaÄ ayudo al equipo a identificar los restos como pertenecientes a Adan Avilez Funez. El equipo tambien establecio que su muerte se debia a dos disparos en el torax. Mapa de Honduras en el que se indican (-) los lugares de exhumacion realizados entre 1994 y 1995. Adan Avilez Funez, agricultor de 45 an~os, y Jose Amado Espinoza Paz (vease mas abajo) fueron arrestados el 12 de junio de 1982 en Choluteca por agentes de la Direccion Nacional de Investigaciones y miembros de la Fuerza de Seguridad Publica. El 15 de junio de 1982 se descubrieron dos cuerpos junto a la carretera (kilometro 93) en las inmediaciones de Jicaro Galan (departamento de Valle). No se encontro en ellos ningun documento de identidad. Ambos cuerpos aparecian descalzos y fueron enterrados en el mismo sitio. La viuda de Adan Avilez escucho en la radio el hallazgo de los dos cuerpos y una descripcion de la ropa de uno de ellos que coincidia con la de su esposo. Se dirigio a las autoridades y consiguio recuperar el cuerpo de la tumba en que habia sido enterrado. Su cuerpo fue entonces trasladado al cementerio El Triunfo del pueblo de Azacualpa, en Choluteca, donde fue enterrado el 24 de junio de 1982. Jose Amado Espinoza Paz, ciudadano nicaraguense, se habia trasladado a Honduras en 1979 con su familia y se habia establecido en Choluteca, donde trabajaba como mecanico. Fue acusado de trafico de armas y de vinculos con la guerrilla salvadoren~a. El 7 de noviembre de 1995 el equipo argentino de antropologia forense comenzo una excavacion en el kilometro 93 de la carretera a Choluteca, en el departamento de Valle. Al dia siguiente encontraron un cuerpo. El examen de laboratorio determino que los restos pertenecian a un varon de mas de 35 an~os de edad y de una altura aproximada de 1,65 metros. Debido al mal estado de los restos no era posible determinar la causa de la muerte. Por lo demas, no se contaba con suficiente informacion personal para proceder a una identificacion definitiva. El unico dato para vincular los restos con Jose Amado Espinoza era la ropa encontrada en la tumba, la cual, segun algunos testigos, coincidia con la que llevaba el hombre que habia sido enterrado en aquel lugar en 1982. Sin embargo, un analisis genetico ulterior de algunos dientes encontrados en buena condicion permitio su comparacion con muestras tomadas a familiares y establecer con base suficiente que los restos eran los de Jose Amado Espinoza Paz. - Yuscaran (departamento de El Paraiso) El equipo de peritos tecnicos procedio a excavar un lugar cercano al rio Dantas, a unos 10 kilometros de Yuscaran. El 14 de noviembre, despues de dos dias de trabajo, encontraron restos de los que solo pudieron determinar que se trataba de un varon de unos 25 a 35 an~os de edad, debido al mal estado de conservacion. El esqueleto habia permanecido en agua y casi se habia desintegrado. - Sabanagrande (departamento de Francisco de Mozaran) El 14 y 15 de noviembre el equipo de antropologos argentinos inicio sus trabajos en un lugar donde segun un testigo se habia enterrado un cuerpo en 1981. Esperaban encontrar los restos mortales de Jorge Zavala Eurake, antiguo presidente de la Federacion de Estudiantes Secundarios, <> en agosto de 1981. No se encontro ningun cuerpo en este emplazamiento. - Santa Barbara (departamento de Santa Barbara) Entre el 20 y el 22 de noviembre los antropologos forenses argentinos trabajaron en una amplia zona de Santa Barbara, detras de la Escuela Normal. Habia conocimiento de que se habian enterrado varios cuerpos en este departamento durante 1985, y concretamente ocho en las inmediaciones de la escuela. Si bien nada se encontro en tres dias de trabajo, y considerando la extension de la zona (unas 17 hectareas), los antropologos argentinos se resistieron a concluir que no se debia continuar con las investigaciones en aquel enclave. - Callejones (departamento de Santa Barbara) El 23 y 24 de noviembre el equipo argentino de antropologia forense trabajo en el nordeste de Honduras, cerca de la carretera de Callejones a Chiquila. En junio de 1981 los vecinos habian enterrado cuatro cuerpos de varon encontrados con signos de tortura en un tramo de tres kilometros de la carretera. En uno de los sitios excavados se encontraron los restos de una persona; nada se encontro en el otro. Las pruebas de laboratorio concluyeron que los restos, en muy mal estado de conservacion, pertenecian a un varon, de edad comprendida entre 20 y 30 an~os, de 1,68 metros aproximadamente de estatura. La busqueda en otros dos emplazamientos, El Mango y La Culebra, tampoco dieron resultado alguno. En su informe final, el Equipo Argentino de Antropologia Forense concluyo, entre otras cosas, que <>. Por esta razon, CODEH presento una denuncia formal el 12 de diciembre de 1995 contra los que creia responables de las <> de Adan Avilez Funez y Jose Amado Espinoza Paz. Se formularon, en efecto, acusaciones de amenazas de muerte, detencion ilegal, robo, dan~os a la propiedad y asesinato ante el Juzgado Primero de lo Criminal contra seis oficiales (en activo y retirados). 3. AMENAZAS A DEFENSORES DE LOS DERECHOS HUMANOS Los miembros de CODEH y COFADEH, asi como otros que participan en la defensa de los derechos humanos y que pretenden que los responsables de violaciones de esos derechos no permanezcan impunes, continuan siendo blanco de ataques y amenazas. La muerte de Juan Pablo Rivas Calderon, comandante retirado, que fue asesinado el 4 de enero de 1995, fue considerada como un intento de impedir que diera detalles de abusos pasados por parte del estamento militar. Rivas Calderon habia denunciado sus temores a perder la vida tras haber acusado a un antiguo jefe de las fuerzas armadas de actos de corrupcion. A raiz de su muerte, su familia recibio por telefono amenazas para que no siguieran tratando de esclarecer el homicidio. Poco despues se inicio una investigacion del caso, si bien hasta ahora poco se ha avanzado en el esclarecimiento de los hechos. 4. CONCLUSIONES Amnistia Internacional acoge favorablemente los esfuerzos ininterrumpidos de la Fiscalia Especial de Derechos Humanos del Ministerio Publico, del Comisionado Nacional de Proteccion de los Derechos Humanos y de las organizaciones locales de derechos humanos CODEH y COFADEH para esclarecer las violaciones de los derechos humanos y poner a disposicion de la justicia a los responsables. La organizacion insta a las autoridades a que continuen facilitando este proceso y les pide que: - apoyen, y dispongan lo necesario para ello, la culminacion de los procedimientos contra los acusados de intento de asesinato y detencion ilegal de seis estudiantes en 1982. Entre las condiciones necesarias se puede citar la proteccion al juez encargado del caso, y que los acusados comparezcan ante el tribunal de justicia; - inicien con prontitud procedimiento judicial contra los sospechosos de participacion en la <> de Gustavo Morales Funez, Rolando Vindel Gonzalez, Hans Albert Madisson Lopez y Jose Amado Espinoza Paz, cuyos restos, con indicios de ejecucion extrajudicial, fueron exhumados en octubre y noviembre de 1995, y de Estanislao Maradiaga Linares; - tomen medidas eficaces para que la investigacion sobre la <> de Nelson Mackay Chavarria llegue a termino lo antes posible; - garanticen la seguridad personal de todos los que participan en la proteccion de los derechos humanos y en la clarificacion de pasadas violaciones de estos derechos, incluidos los testigos. Notas Finales 1. Coronel Raymundo Alexander Hernandez Santos, coronel Juan Blas Salazar Meza, coronel Juan Evangelista Lopez Grijalva, coronel Julio Cesar Funez Alvarez, capitan (r) Billy Fernando Joya Amendola, comandante (r) Manuel de Jesus Trejo Rosa, coronel (r) Amilcar Zelaya Rodriguez y coronel Juan Ramon Pen~a Paz. 2. Los Hechos hablan por si mismos, tomo 1-B, p. 939. 3. Doc. cit. tomo 1-B, pp. 939-941. 4. Milton Jimenez describe la capucha como <>. 5. La Fiscal Especial de Derechos Humanos retiro en fecha posterior de ese mismo an~o los cargos contra uno de los oficiales al saberse que habia habido una confusion entre el coronel Juan Ramon Pen~a y otro oficial ahora fallecido y que al parecer participo en el secuestro de los estudiantes. 6. A mediados del decenio de 1980 algunos parientes de victimas de <> iniciaron acciones legales contra miembros de las fuerzas armadas, si bien estos fueron exonerados. Sin embargo, la Fiscal Especial ha manifestado repetidamente que tratara de conseguir la anulacion de estas absoluciones en razon de las irregularidades registradas en los procedimientos. Vease Honduras: ?El principio del fin de la impunidad?, Indice AI: AMR 37/01/95/s.