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12sep00 - PRY


Resolución ministerial Nº 427 por la cual se organiza la Dirección de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario

- Paraguay -


Asunción 12 de setiembre de 2000

VISTA: La necesidad de organizar la Dirección de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, creada por Decreto N° 9899 de fecha 3 de agosto de 2000, y;

CONSIDERANDO: Que, las atribuciones y funciones principales de la Dirección creada, son promover la difusión de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario y la adecuación de nuestra legislación militar a los Convenios Internacionales, relativos a dichas ramas del derecho, cooperar para su enseñanza en las Instituciones académicas de formación y capacitación del personal militar, recepcionar denuncias de supuestas violaciones de aquellas normas que afecten al personal militar y elevarlos al respectivo estamento para su investigación, y planificar las acciones requeridas para el mejor cumplimiento de la misión.

Que, con una adecuada estructura orgánica posibilitará la consecución de los fines previstos en el citado Decreto de creación.

POR TANTO: En atención a lo precedentemente expuesto, y en uso de sus atribuciones,

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL

RESUELVE:

1°.- La Dirección de Derechos Humanos y Derecho internacional Humanitario, depende del Señor Ministro de Defensa Nacional, y tendrá las atribuciones y funciones siguientes:

    a. Promover la difusión de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, como medios para asegurar el respeto de la dignidad humana.

    b. Promover la adecuación de la legislación militar nacional a los convenios relativos a los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.

    c. Cooperar con las Instituciones Académicas, de formación y capacitación del personal de las Fuerzas Armadas de la Nación, en la enseñanza de los Derechos Humanos e Internacional Humanitario.

    d. Planificar las actividades a ser realizadas, para el cumplimiento de los objetivos previstos, de conformidad con la política establecida y los recursos disponibles.

    e. Participar en la elaboración del presupuesto anual de la dependencia a su cargo.

    f. Recibir denuncias de presuntas violación de Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, sobrevinientes del desempeño del servicio militar y derivarla al estamento castrense competente a los efectos de practicarse la investigación pertinente.

    g. Realizar otras actividades vinculadas con el cumplimiento de su misión.

2º.- La Dirección tiene a su cargo una Secretaría, y los siguientes Departamentos:

    a. Derechos Humanos, y

    b. Derechos Internacional Humanitario.

3º.- Los Departamentos de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario tienen a su cargo una Secretaría, y las funciones de los mismos son las siguientes:

    a. Cumplir con las directivas emanadas por la Dirección para el mejor cumplimientp de las misiones asignadas.

    b. Planificar las actividades a ser realizadas para el cumplimiento de los objetivos previstos, conforme a la política establecida y los recursos disponibles.

    c. Establecer sistema de control y ejecución de las actividades que se desarrollan en la dependencia a su cargo.

    d. Velar que las informaciones y documentaciones requeridas por las dependencias del Ministro, sean proporcionadas en el menor tiempo posible.

    e. Controlar que todos los expedientes y documentos dirigidos a la Ofician sean tramitados en la brevedad posible.

    f. Realizar periódicamente reunión de trabajo con los funcionarios a su cargo.

    g. Atender las consultas solicitadas a través de la Dirección por las demás dependencias del Ministerio, y otras instituciones.

    h. Controlar el uso racional de los equipos y útiles de la Oficina y servicios básicos, en la dependencia a su cargo, diariamente.

    i. Estudiar las cuestiones observadas en el desarrollo de las actividades de la Oficina y sugerir al Director las alternativas de solución a las mismas.

    j. Participar en la elaboración del presupuesto anual de la dependencia a su cargo.

    k. Solicitar a través de la Dirección, la incorporación de funcionarios necesarios a la Oficina.

    l. Solicitar al Director se acuerde estímulos para los funcionarios meritorios, así como la aplicación de medidas.

    m. Programar las vacaciones anuales de los funcionarios, cuidando de no alterar la eficiencia y el normal desarrollo de las actividades.

    n. Proporcionar los datos e informaciones relacionadas con la dependencia a su cargo, para la preparación de la memoria anual de la Dirección, en la forma y tiempo establecido.

    o. Mantener informado diariamente al Director respecto de las actividades y novedades de la dependencia a su cargo, y realizar las consultas, que fueren necesarias.

    p. Mantener informado al Director, de las actividades y novedades de su Sector, y realizar las consultas, que fueien necesarias, en el momento oportuno.

    q. En caso necesario realizar otras tareas afines a sus funciones.

4°.- Los Secretarios de la Dirección y de ambos Departamentos, tienen las siguientes funciones:

    a. Asistir diariamente a su Oficina, mantenerla abierta para el Servicio Público y permanecer en ella durante las horas indicadas en el horario respectivo.

    b. Recibir los escritos y documentos que se presenten, atinentes y conducentes de atención, ponerlos cargo, con indicación de fecha y hora e inmediatamente poner a disposición del Director y/o Jefes de Departamentos, en cada caso.

    c. Custodiar bajo su responsabilidad, los Archivos de su Oficina.

    d. Formar inventario anualmente de los documentos y/o Expedientes presentados, libros, muebles y útiles de Oficina, anualmente.

    e. Guardar la debida reserva de los documentos bajo su custodia.

5°.- Déjase sin efecto la Resolución Ministerial Nº 444 de fecha 27 de octubre de 1999 "que crea el Departamento de Derechos Humanos y Derecho internacional Humanitario, dependiente de la Secretaria General del Ministerio de Defensa Nacional".

FDO: Alte.(R) José R. Ocampos Alfaro
Ministro

Sergio R. Villanueva K.
Secretario General


[By way of: International Committee of the Red Cross]

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