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14dic03

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Acuerdo de paz entre el Gobierno de la República del Chad y el Movimiento pro Democracia y Justicia en el Chad


Naciones Unidas
Consejo de Seguridad

S/2004/8

Distr. general
9 de enero de 2004
Español
Original: francés

Cartas idénticas de fecha 8 de enero de 2004 dirigidas al Secretario General y al Presidente del Consejo de Seguridad por el Representante Permanente de Burkina Faso ante las Naciones Unidas

Tengo el honor de remitirle adjunta, a título de información, una copia del Acuerdo de paz entre el Gobierno de la República del Chad y el Movimiento pro Democracia y Justicia en el Chad (MDJT), firmado en Uagadugú el 14 de diciembre de 2003.

Le agradecería que tuviera a bien hacer distribuir la presente carta a los Estados Miembros como documento del Consejo de Seguridad.

(Firmado) Michel Kafando
Representante Permanente de Burkina Faso
ante las Naciones Unidas


Anexo de las cartas idénticas de fecha 8 de enero de 2004 dirigidas al Secretario General y al Presidente del Consejo de Seguridad por el Representante Permanente de Burkina Faso ante las Naciones Unidas

Acuerdo de paz entre el Gobierno de la República del Chad y el Movimiento pro Democracia y Justicia en el Chad (MDJT)

Preámbulo

Haciendo referencia a las disposiciones pertinentes de la Carta de las Naciones Unidas y de los Tratados de la Unión Africana y de la Comunidad de Estados Sahe-losaharianos relativas al arreglo pacífico de controversias;

Conscientes de que es necesario el diálogo para la instauración de la paz total y duradera y la seguridad en el conjunto del territorio nacional, condición esencial para la reconstrucción del país y la edificación de la democracia;

Considerando la voluntad manifiesta del Gobierno de la República del Chad y del Movimiento pro Democracia y Justicia en el Chad (MDJT) de privilegiar el diálogo para resolver los problemas del país;

Decididos a consolidar el Estado de derecho, que implica el progreso social y el pleno ejercicio de las libertades fundamentales;

Convencidos por la determinación y la sinceridad del Excmo. Sr. Idriss Deby, Presidente de la República del Chad, en la tarea de llevar a término la labor de paz preconizada por el Gobierno;

Considerando la constante disponibilidad del Excmo. Sr. Blaise Compaore, Presidente de Burkina Faso, para contribuir activamente a la paz y la reconciliación nacionales en el Chad;

El Gobierno de la República del Chad y el MDJT convienen en lo siguiente:

Artículo 1

La cesación inmediata del fuego, la abstención de todo acto militar o cualquier otra forma de violencia directa o indirecta y el fin de toda campaña mediática entre las dos partes;

Artículo 2

La proclamación de la amnistía general de los militantes y simpatizantes del MDJT y la liberación de los prisioneros de las dos partes;

Artículo 3

La participación del Movimiento pro Democracia y Justicia en el Chad (MDJT) en la gestión de los asuntos del Estado con un espíritu conciliador y de conformidad con las disposiciones de la Constitución;

Artículo 4

El establecimiento de un programa urgente y prioritario de:

  • Reinserción, integración y rehabilitación de los combatientes del MDJT en la estructura del Ejército Nacional del Chad y de las formaciones paramilitares con arreglo al estatuto militar;
  • Creación de las condiciones necesarias para la integración de los combatientes del MDJT en el Ejército Nacional del Chad en un plazo que no supere los tres meses;
  • Rehabilitación de los militantes civiles del MDJT en sus entornos de origen.

Artículo 5

La elaboración de un plan de urgencia para instaurar la paz, la estabilidad y la seguridad que favorezca el desarrollo socioeconómico de las zonas afectadas por la guerra;

Artículo 6

La transformación del MDJT en partido político de conformidad con los instrumentos que rigen la vida política del país, con arreglo a un procedimiento de urgencia;

Artículo 7

La creación de una estructura bipartita para la concertación y el seguimiento de la aplicación del presente acuerdo;

En caso de infracción o de desacuerdo, las dos partes se remitirán al país mediador;

Artículo 8

El presente Acuerdo de paz entrará en vigor en la fecha de su firma.

Hecho en Uagadugú el 14 de diciembre de 2003.

Por el Gobierno de la República del Chad
Abderahman Moussa
Ministro de Seguridad Pública e Inmigración

Por el MDJT
General Adoum Togoï Abbo
Presidente del MDJT

Por Burkina Faso
Youssouf Ouedraogo
Ministro de Estado, Ministro de Relaciones
Exteriores y de Cooperación Regional


[Fuente: UN Peacemaker, United Nations Department of Political Affairs]

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