Serie III: Impunidad y Verdad

Ko'aga Roñe'eta

Baja


Colombia
LA IMPUNIDAD AL ORDEN DEL DIA



Luis Guillermo Pérez Casas
Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo






Indice

I. Introducción.

II. Burocracia e impunidad.

III. Eliminar a los defensores de Derechos Humanos: uno de los pasos para afianzar la impunidad.

Notas Finales


I. Introducción.

La crisis de los derechos humanos en Colombia no ha tenido las manifestaciones externas de las dictaduras militares que asolaron el continente latinoamericano en las décadas pasadas; pero se ha alimentado de las mismas prácticas en la comisión de crímenes de tesa humanidad:torturas, ejecuciones extrajudicales, desapariciones forzadas y genocidio; en un marco similar de terrorismo de Estado. Lo peculiar y paradoxal a la vez es que hablamos de un formal régimen civil que se ufana de ser una de las democracias más estables y antiguas del continente |1|.

Ciertamente que el poder militar ha estado sometido a un sector de la sociedad civil en Colombia, que son las minorías que gozan de los privilegios del poder económico. Minorías que en busca de perpetuar el statu quo le han concedido a la Fuerza Pública, en particular al Ejército, la facultad de actuar por fiera de los marcos legales y constitucionales en el "control del orden público". Para garantizar ese ejercicio servil de la muerte le han ofrecido a sus perpetradores la impunidad sobre sus acciones criminales. Al terrorismo de Estado corresponde entonces una política de impunidad.

En Colombia en los últimos diez años se han asesinado trescientas mil personas -300.000- alrededor de cien por día-, treinta mil de las cuales por razones políticas - en promedio diez diarias-, de las cuales tres perecen en combates entre la guerrilla y la fuerza pública, y siete en ejecuciones extrajudiciales o masacres. Cerca de un millón de personas han sido obligadas a desplazarse de su terruño -la mayoría viudas y niños huérfanos- dejando atrás sus ranchos quemados, sus seres queridos asesinados y cargando con su miseria a cuestas. Dos mil quinientas personas han sido detenidas desaparecidas, miles han sido detenidas arbitrariamente |2| y miles han sido torturadas. Estas cifras |3| espantosas que afectan los espíritus sensibles, describen el tamaño del terror y de la impunidad que padece el pueblo de Colombia.

El propósito de estas reflexiones es el de señalar que más que fallas en el aparato judicial que impide la persecución del delito y el castigo del verdugo, en Colombia respecto de las violaciones de los derechos humanos existe una verdadera política de impunidad que compromete no solamente todos los órganos del Estado, sino los medios de comunicación de masas privados al servicio del capital, y por parte de las élites que controlan dicho capital, que encubren no solamente los crímenes de lesa humanidad que el Estado comete, sino la exclusión económica, social y política en que dichas élites mantienen a la mayoría de la población; todo ello bajo la cortina de humo de un discurso democrático. Por tanto no resulta incomprensible entender el contraste que se presenta en la legalidad y la realidad, entre uno de los aparatos judiciales y la burocracia de derechos humanos más grandes del mundo, con las estadísticas de violaciones y de impunidad más aberrantes del planeta.


II. Burocracia e impunidad:

En efecto el aparato judicial en Colombia cuenta con cinco órganos máximos, independientes entre sí, encargados de la administración de justicia: La Corte Suprema, la Corte Constitucional el Consejo de Estado, la Fiscalía General de la Nación y el Consejo Superior de la Judicatura. De otro lado como órganos de control de la función pública están la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación, a ésta última está adscrita la Defensoría del Pueblo. La Procuraduría cuenta a su vez con una unidad de Investigaciones Especiales y con una Delegada de Derechos Humanos, a la vez que varias delegadas especializadas en las Fuerzas Militares, la Policía y la Policía Judicial, así mismo extiende su función de control y de protección a los derechos humanos a cada uno de los municipios del país a través de los personeros.

De otra parte la rama Ejecutiva cuenta con la Justicia Penal Militar, la Consejería Presidencial para la Defensa, Protección y Promoción de los Derechos Humanos, con unidades de Derechos Humanos en el Ministerio del Interior, de la Defensa y cada una de las guarniciones militares y de policía, así como en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

El Congreso de la República tiene por su parte una Comisión de Derechos Humanos tanto en el Senado como en la Cámara de Representantes. Además el Parlamento debe ejercer en su conjunto el control político sobre el uso de los estados de excepción.

Si añadimos a lo anterior que el Estado colombiano contempla en su Carta Política más de cien artículos que consagran los derechos humanos y mecanismos de protección de los mismos como el hábeas corpus, las acciones de tutela (o acciones de amparo) y las acciones de cumplimiento; al tiempo que reconoce la primacia del Derecho Internacional de los Derechos Humanos sobre el derecho interno (Arts. 93 y 94 de la Constitución). Y que ha firmado y ratificado casi la totalidad de declaraciones, convenciones y pactos referidos a los Derechos Humanos. No podemos menos que sentirnos estupefactos cuando la formalidad y el discurso se convierten frente a los hechos en mecanismos de perpetuación de las violaciones y en afirmación de la irnpunidad.

Por qué éstos órganos encargados de velar por el imperio de la ley no han correspondido a las expectativas de un Estado de Derecho? Debemos brevemente explicar las razones que nos parecen fundamentales para comprender el papel que estas entidades han cumplido en la degradación de la institucionalidad democrática.


Restricción de los mecanismos de protección de los derechos fundamentales.

A partir de la Constitución de 1991 cualquier persona puede interponer acciones de tutela para que se salvaguarde un derecho fundamental, propio o ajeno, que esté siendo vulnerado o pueda ser vulnerado por una autoridad pública (Art. 86). La reacción del aparato judicial a ésta norma fue adversa y se impuso una reglamentación restrictiva -tanto del punto de vista del procedimiento como del derecho sustancial- que desconoce el espíritu del mandato constitucional. Además los jueces y magistrados en general son reacios a defender los derechos fundamentales de las personas que son atacadas por ser consideradas subversivas, que es precisamente la razón fundamental por la cual se han presentado y se siguen presentando la mayor parte de las violaciones a los derechos humanos |4|. Lo mismo puede decirse con la acción de hábeas corpus (art. 30) que precisamente está consagrada para proteger a las personas detenidas arbitrariamente, pero cuyo derecho ha sido restringido en la ley por iniciativa del Ejecutivo -por decreto en uso de facultades de excepción, (Decreto 1156 de julio de 1992)-, respaldado por el Congreso -convirtiéndolo en legislación permanente, ley 15 de 1992- y con la complacencia de la Corte Constitucional que en el proceso de exequibilidad la consideró ajustada a la Carta Política (Sentencia C-301 del 2 de agosto de 1993).


La instrumentalización política para la guerra del aparato Jurídico.

Es la tendencia generalizada y asumida por los propios magistrados y jueces. El Ejecutivo, el Congreso y la gran prensa presionan para que las normas no se piensen ni se apliquen independientemente de las estrategias de guerra contra la subversión. El derecho se relativiza hasta desaparecer cuando la víctima de una violación lo ha sido por presumírsele subversiva, de tal forma que ha sido torturado se ignoran las torturas, si ha sido detenido arbitrariamente se ignora la ilegalidad de la retención; o si han sido ejecutados extrajudicialmente, desaparecidos o masacrados no habrán investigaciones penales y si excepcionalmente las hay no habrán sentencias condenatorias o en el peor de los casos nunca se harán efectivas. Por la misma causa se produce también el fenómeno inverso, se aplica la acción judicial con máximo rigor desbordando a menudo los marcos del debido proceso cuando a la persona se le sindica de pertenecer a una organización subversiva |5|.


Esta instrumentalización política se expresa además de lo señalado, de las siguientes maneras:

Constitucionalizando la legislación de guerra.

En la práctica ha provocado la existencia de dos constituciones una garantista de los derechos y otra nacida de los Decretos de Estados de Excepción que han sido convertidos en legislación permanente pese a vulnerar los derechos consagrados en la Carta Política |6|. En ello las responsabilidades han sido compartidas en las ramas del poder público: El Ejecutivo que una vez levantado el Estado de excepción presenta como proyectos de ley los decretos que ha dictado en uso de esas facultades, el Legislativo que convierte dichos proyectos en leyes, y la Corte Constitucional que los avala.


Afirmando el autoritarismo presidencial.

La Corte Constitucional y el Congreso al darle vía libre a las declaratorias de los Estados de Excepción y a los decretos de conmoción afirman una práctica que ha terminado por confundir y pervertir el necesario control entre las ramas del poder público. Las crisis políticas, las improvisaciones y errores de la política criminal o del control del orden público se saldan por parte de los gobiernos abusando de los Estados de Excepción |7|. La Corte el 18 de octubre de 1995, en un fallo sin precedentes declaró inexequible la declaratoria de Conmoción Interior hecha por el Presidente Samper dos meses antes, considerando que el Gobierno violó el art. 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el art. 27 de la Convención Americana de Derechos Humanos |8|. No obstante el Congreso cubrió de impunidad política al Gobierno al no abrirle el juicio correspondiente como era su obligación constitucional. Luego el 2 de noviembre de l995, el Gobierno volvió a declarar la Conmoción Interior, so pretexto del asesinato de un líder político de derecha en el que estarían involucradas las propias Fuerzas Armadas; la Corte Constitucional en la acción ambigua que la ha caracterizado, la declaró exequible en fallo de enero de 1996, contradiciéndose con los argumentos que había expresado tres meses atrás. Así el ciclo de violaciones a la Carta Política se reproduce desde las más altas autoridades del Estado, asegurando recíprocamente la impunidad política y jurídica de sus actos.


Otorgándole competencia a los verdugos para que investiguen y juzguen sus propios crimenes.

Este es uno de los ejes centrales en que se ampara con la impunidad a los terroristas de Estado, reviste las siguientes formas:


a) La justicia negando la justicia.

Cuando ha sido posible que la Fiscalía General de la Nación inicie investigaciones penales contra miembros de la Fuerza Pública comprometidos en crímenes de tesa humanidad, ésta hace operar los mecanismos de la Justicia Penal Militar para provocar colisiones de competencias que ha de derimir la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, quien reiteradamente ha sustraído dichos procesos de la justicia civil con el argumento de que todos los crímenes cometidos por miembros de la Fuerza Pública, incluso violaciones carnales se consideran actos del servicio o con ocasión del servicio |9|. Dichas decisiones son discutibles en derecho y están mediadas por la voluntad implícita de los magistrados de contribuir a la política de impunidad sobre las violaciones a los derechos humanos |10|. Su ausencia de independencia en las decisiones podemos confirmarla con la decisión de las Fuerzas Armadas de ascender ad honorem al cargo de Brigadieres Generales a las magistradas de ese órgano de justicia Luz Stella Mosquera y Myriam Donceto de Montoya "por sus servicios rendidos a las Furzas Militares |11|, hecho que ya desdice de la imparcialidad de éste órgano de justicia, y que se ejemplifica en las siguientes decisiones:

1. El 5 de octubre de 1993, tropas del Batallón Palacé bajo el mando del Teniente Coronel Luis Felipe Becerra Bohórquez, simulan un efrentamiento armado para justificar la masacre de trece campesinos en el municipio de Trujillo, Departamento del Valle, entre ellos un anciano de 75 años de edad, seis mujeres, dos de las cuales menores de edad y una embarazada, todas torturadas y violadas. El hecho se presentó como un exitoso operativo militar contra una columna guerrillera, a algunas de las víctimas se les colocó trajes y armas de uso privativo de las Fuerzas Militares. La justicia penal militar inicia la "investigación" una vez trasciende a la opinión pública la verdad. Al Coronel quien se había confesado responsable intelectual de la matanza de los presuntos guerrilleros se le impuso una caución de U.S. 70 como medida de aseguramiento; la Fiscalía sólo entra a discutir la competencia en la investigación trece meses después de los hechos y dicta una orden de captura contra el Coronel quien nunca se hizo efectiva porque entretanto la Justicia Penal Militar provocó colisión de competencias y en el mes de marzo de 1995 el Consejo Superior de la Judicatura decidió a favor de los intereses militares.

2. Dos miembros de la Red de Inteligencia número 7 de la Armada Nacional adscrita a la Dirección de Inteligencia de las Fuerzas Militares señalan públicamente la responsabilidad de dicha red bajo la dirección del Coronel Rodrigo Quiñónez en el asesinato de más de cien personas en el puerto petrolero de Barrancabermeja y sus alrededores, entre los años 1992 y 1993; la mayoría de las víctimas eran sindicalistas, defensores de derechos humanos y líderes populares. La denuncia del suboficial y del ex-suboficial dio lugar a la iniciación de un proceso penal en la Fiscalía General, al tiempo la Justicia Penal Militar reacciona para reclamar la competencia quien le es otorgada el 11 de agosto de 1994 con ponencia del magistrado Leovigildo Bernal. Entonces la Justicia Penal Militar vincula a la investigación y ordena la detención, no del Coronel Rodrigo Quiñónez, sino de los denunciantes quienes son puestos prisioneros y uno de ellos Saulo Segura es asesinado en la cárcel en la que estaba internado en la ciudad de Bogotá el 30 de diciembre de 1995 |12|.

3. El día 15 de enero de 1955, en el corregimiento de Puerto Patiño del municipio de Aguachica, Departamento del César, son detenidos y ejecutados extrajudicialmente siete personas y una más detenida desaparecida. Las víctimas fueron señaladas de ser guerrilleros o auxiliadores de la guerrilla. En el mismo municipio y los alrededores entre el 7 de agosto de 1994 y el 31 de diciembre de 1995, se presentaron 217 Ejecuciones Extrajudiciales y 14 desapariciones forzadas. En la zona se ha consolidado el paramilitarismo como proyecto contrainsurgente, así lo denunció el propio Comandante de la Policía de Aguachica quien estableció que el mayor del Ejército Jorge Lázaro Vergel responsable militar de la base de Aguasclaras con poder de mando sobre las bases de Aguachica y Morrison, era el principal ejecutor del paramilitarismo. La Fiscalía General dictó contra el Mayor "orden de detención sin beneficio de excarcelación por fomentar y auxiliar estructuras paramilitares y por su posible participación en la masacre de Puerto Patiño" |13|. El Mayor no fue conducido a una cárcel, el Ejército comunicó que se encontraba recluido en una base militar en la ciudad de Bucaramanga, entretanto la Justicia Penal Militar provocó la colisión de competencias y el Consejo Superior de la Judicatura decidió asegurar el camino de la impunidad entregándoles el " Juzgamiento del Mayor Lázaro Vergel".

4.- El 8 de octubre de 1996 la mencionada corporación judicial resolvió la colisión planteda por una masacre de 17 campesinos cometida en abril de 1991 en el sitio conocido como "Los Uvos", departamento del Cauca, en la que actuaron conjuntamente militares y paramilitares; decidió no solamente que los crímenes contra la humanidad son hechos relacionados con el servicio militar sino además legitimó el paramilitarismo al decir " ...También es lógico que en su afán de proteger la vida de sus colaboradores los doten de prendas militares para pasar desapercibidos ante la comunidad e igualmente los doten de armas para su protección". La magistrada ponente de esta aberrante decisión judicial fue Myriam Donato de Montoya. De esta manera se cierra el círculo de la impunidad, aunque como en los casos citados, las pruebas sobre las responsabilidades se hayan hecho públicas e irrefutables. Los magistrados se convierten en una parte sustancial de la cadena del crimen y del terror.

5.- E1 11 de octubre de 1996 la 1996 la Fiscalía General de la Nación profirió orden de detención preventiva contra el general Faruk Yanine Díaz sindicado de promover grupos paramilitares y varias masacres en el Magdalena Medio durante los años ochentas. Entre los hechos que se le imputan al General Yanine se encuentra la matanza de 19 comerciantes asesinados el 6 de octubre de 1987, cuando se desempeñaba como Comandante de la II División del Ejército. Las 19 víctimas eran negociantes de electrodomésticos y fueron acusados de ser "auxiliadores de la guerrilla", los perpetradores de la matanza fueron miembros de un grupo paramilitar financiado por narcotraficantes, protegidos y promovidos por el Ejército.

Contra el General Yanine, desde que era Comandante de la XIV Brigada en 1984, se lanzaron graves acusaciones de ser violador de los derechos humanos. Pese a ello fue ascendido al Comando de la II División, luego al Cuartel General del Comando General de las Fuerzas Militares en 1989, al Estado Mayor como Subcomandante y a la Inspección General del Ejército en el mismo año; en 1990 fue promovido al Comando General del Ejército y en 1991 como Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Militares. Desde noviembre de 1992 fue nombrado Delegado ante la Junta Interamericana de Defensa en Washington, donde permaneció hasta el dos de octubre de 1996 desempeñándose como "asesor distinguido del Colegio Interamericano de Defensa, organismo multilateral dedicado a la promoción de los derechos humanos" |14|

La colisión de competencias planteada por la Justicia Penal Militar fue decidida en diciembre de 1996 por el Consejo Superior de la Judicatura a favor de los militares. Días antes el entonces Comandante del Ejército, general Harold Bedoya, hoy Comandante de las Fuerzas Militares, quien fue uno de sus alumnos en la escuela del terror, y quien por tanto tendría la competencia para juzgarlo se refirió a él reivindicándolo como un héroe, comparándolo con los próceres de la independencia Simón Bolívar y José María Córdoba.

6.- El 19 de febrero de 1997 el Consejo Superior de la Judicatura, mantuvo su postura al "dirirnir un conflicto de competencias, en un proceso por una matanza de 45 personas, en la que están vinculados siete militares -entre ellos el general Raúl Rojas- y dos policías. Con la decisión el órgano judicial declaró competente a la Justicia Penal Militar para que asuma la causa contra los involucrados en el asesinato colectivo, uno de los más graves cometidos en Colombia. La matnza tuvo lugar el 11 de noviembre de 1988 en Segovia, población del departamento de Antioquia y fue atribuida a un grupo paramilitar que irrumpió en el casco urbano del pueblo y disparó contra transeúntes y conterturlios en establecimientos públicos. Una supuesta venganza política, por el respaldo que recibieron los candidatos de izquierdas a la Alcaldía y al Consejo, fue mencionada en su momento como causa del crimen masivo.|15|


b) El Congreso contribuyendo en la política de impunidad.

La Corte Constitucional en una de sus ambivalencias positivas, el 29 de marzo de 19995 declaró inconstitucional el inciso segundo del art. 656 del Código Penal Militar, Decreto 2550 de 1988, considerando que los militares en servicio activo no pueden integrar las cortes marciales ya que no garantizan una administración de justicia independiente e imparcial. Este fallo de la Corte Constitucional abría el camino para una reforma del fuero penal militar que evitaría que los mismos militares que cometen los crímenes se juzguen así mismos; mas el Congreso en la reforma constitucional más rápida en la historia del país dio al traste con la pausible jurisprudencia y modificó el art. 221 de la Carta Política consagrando de manera expresa que los tribunales militares podrán estar integrados por oficiales en servicio activo de las Fuerzas Armadas. El ponente de dicha iniciativa fue Germán Vargas Lleras |16|, familiar de un expresidente, y miembro del Partido Liberal, que a su vez es el partido del Presidente Samper, quien no manifestó ninguna objeción a dicha iniciativa, el Partido Conservador también le dio su pleno respaldo. Ello confirma los lazos de la clase política tradicional en la política de impunidad.


c) La justicia no se admite para los intocables.

En Colombia a diferencia de otros países de América Latina la impunidad para los violadores de los derechos humanos no se ha asegurado a través de indultos o amnistías. Bajo la máscara de la administración de justicia a través del fuero penal militar se ha ido asegurando la absolución de todos los responsables del terrorismo de Estado. El fuero no es la impunidad en sí misma, pero es el medio hacia la impunidad. Sí resalto esta reflexión, es porque la voluntad política del Poder Ejecutivo queda comprometida, la Justicia Penal Militar está bajo su jurisdicción y el Presidente es constitucionalmente el "Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas" en tal virtud puede dirigirla y disponer de ella -art. 189, C.N.- Es decir que podría influir no solamente para prevenir las violaciones a los derechos humanos, sino que a través de la misma vía podría garantizar que el Fuero Penal Militar no se convierta en un instrumento de impunidad. Mas en Colombia los factores real de poder invierten las reglas de la sujeción y son los gobernantes civiles los que terminan sometiéndose a las directrices militares. Es más fácil en Colombia meter a la cárcel a un ministro de Estado que a un general responsable de violar los derechos humanos |17|.


El sutil discurso de los funcionarios públicos que encubren el terrorismo de Estado.

Dentro del Estado colombiano existe una amplia burocracia especializada en la teoría de la democracia y en las refinadas prácticas de la diplomacia. Qué observador internacional no se sorprende al visitar el país y encontrar una amplia red de autoridades civiles que los reciben con gentileza, con puertas abiertas, con disposición autocrítica en los diálogos y con confesión de las graves fallas que afectan al aparato de Estado?. Quién no reconoce que hay una grave crisis de derechos humanos? Quién no reconoce que hay impunidad? Quién podría dudar al escucharlos de que tienen una real voluntad política de ponerle fin a los desafueros y a la barbarie?. Si el observador internacional sale de Colombia convencido de que con tales funcionarios se pondrá fin a la crisis humanitaria y deja de hacerle un seguimiento a la situación, podrá sorprenderse años más tarde al regresar al país de que el funcionario público conserve su mismo cargo o haya sido ascendido aunque la situación se haya agravado, encontrará que el discurso seguirá siendo el mismo, quizás un poco más profesional. Si el observador visita con frecuencia el país terminará descubriendo que detrás de los bellos discursos existe una gran dosis de cinismo.

Estos mismos funcionarios se ocupan en el exterior de relativizar la responsabilidad estatal en las violaciones a los derechos humanos con el fin de evitar que la comunidad internacional se ocupe como es debido en la crisis humanitaria colombiana. Es decir que respecto a la acción debida de los mecanismos internacionales de protección de los derechos humanos generan una especie de impunidad diplomática, por supuesto con la complacencia de los otros Estados |l8|.

Podemos encontrar como ejemplo de lo dicho la accción de la Consejería Presidencial para la Protección, la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, creada en 1988 y convertida desde entonces en el baluarte del discurso democrático de la represión estatal |19|. En una primera etapa se dedicaron a mostrar al Estado como víctima de las manifestaciones extremas de la violencia ubicadas en el narcoterrorismo v.s. la guerrilla. Agotado este planteamiento por la tosudez de los hechos que fueron demostrando que la mayor parte de la responsabilidad de la violencia política le correspondía al Estado, pasaron de aceptar que había algunos miembros de la Fuerza Pública que de manera aislada violaban los derechos humanos a aceptar que una parte importante de las violaciones se producen por la acción de la Fuena Pública |20|.


Cifras, manipulaciones y mentiras en los discursos de los funcionarios públicos:

El Dr. Carlos Vivente de Roux, Consejero Presidencial para los Derechos Humanos desde la administración de César Gaviria Trujillo y en la actual del Presidente Ernesto Samper Pizano ha negado que las violaciones de los derechos humanos obedezcan a una política estatal, ha negado que el paramilitarismo tenga como causa principal la estrategia contrainsurgente de las Fuerzas Armadas y ha negado que se propicie desde el Estado una política de impunidad |2l|. Quizás por ello es de lo pocos funcionarios públicos con altas responsabilidades políticas que no ha sido removido de su cargo. No solamente por negarlo, sino por tener la habilidad de darle un marco de verosimilitud a sus palabras, de paso responsabilizando a la guerrilla colombiana "como ninguna otra en el mundo, de las prácticas propias de la delincuencia común en el desarrollo de su actividad militar" |22| o indicando que la "guerrilla es la responsable de la mitad, por lo menos, de la problemática humanitaria que padece el país. Si su comportamiento se compara con los estándares de los grupos irregulares que combaten contra los Estados a lo largo y ancho del mundo, se verá que ninguno de esos grupos la supera en la utilización de los métodos propios de la delincuencia común y en el irrespeto por el derecho humanitario" |23|.

Lo anterior podría pasar sin mayores controversias, si el Consejero a continuación no afirmara que se han presentado efectos positivos por las medidas gubernamentales, cuyo "más importante consiste en una reducción de los casos de violación de los derechos humanos cometidas por miembros de las fuerzas militares y de policía. Esta reducción ha sido constatada no solo por organismos nacionales de control, como la Procuraduría General de la Nación, sino también por organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales y por agencias de gobiernos que ejercen monitoria sobre la materia" |24|

La Comisión Intercongregacional de Justicia y Paz reportó para el año de 1995: 944 asesinatos políticos, 662 asesinatos presumiblemente políticos, 200 asesinatos presumiblemente por limpieza social, 899 muertes en acciones bélicas, 3822 asesinatos obscuros y 111 desapariciones forzadas. Sobre la presunción de responsabilidad de los hechos de violencia política para el mismo año señaló: Militares 28.4 %, Policías 10.9 %, Paramilitares 5.7 %, otros organismos del Estado 5.2%, Guerrillas 10.7 %, narcotraficantes 0 % y sin información un 35.2%. Es decir que la responsabilidad del Estado en la violencia política fue cinco veces superior a la responsabilidad atribuible a los grupos insurgentes. Y cuando el Consejero Presidencial reporta que "al menos la mitad" de la crisis humanitaria, es responsabilidad de la guerrilla sin sustentar su afirmación, está tergiversando las cifras para relativizar la responsabilidad del Estado, convirtiendo de paso su oficina en un instrumento de la "Guerra Psicológica" |25|. Así implícitamente se justifica la acción militar.

Según el Comité Permanente para la Defensa de los Derechos Humanos durante 1996 registraron en su banco de datos 2306 homicidios de naturaleza política, de los presumibles autores identificados se señala que la Fuerza Pública y los paramilitares serían responsables del 31.18%, y la guerrilla y milicias del 12.31%. La tendencia señala una responsabilidad creciente de los grupos paramilitares, que es la forma estratégica de la guerra sucia que ahora prefieren las Fuerzas Armadas, frente a los cuales manifiestan que no tienen articulación alguna.


Narcotráffco y violencia política:

El tema de la lucha contra el narcotráfico le ha servido al Estado colombiano para desviar la atención mundial sobre su propia responsabilidad en el fenómeno de la violencia o incluso para justificara Ha sido común que el Gobierno o los medios de comunicación al servicio del militarismo atribuyan la responsabilidad "de la mayoría de los homicidios políticos a los traficantes de drogas y a los grupos guerrilleros", como lo ha dicho Amnistía Internacional: "Las organizaciones dedicadas al tráfico de drogas han recurrido a los delitos violentos en campañas de atentados indiscriminados con bombas y a los asesinatos de ministros del gobierno, funcionarios judiciales, periodistas y otras muchas personas que se oponían a sus actividades delictivas. Sin embargo, la percepción del tráfico de drogas como causa principal de la violencia política en Colombia es un mito" |26|

El Gobierno respecto a las estadísticas que señalarían un reducido margen de la participación del narcotráfico en la violencia política ha dicho: No es cierto que los narcotraficantes solamente respondan del 2% de la violencia política en el país...esa estadística olvida el papel profundo del narcotráfico que se ha territorializado, que ha comprado tierras en muy amplias zonas de Colombia, en la creación de grupos paramilitares" |27|.

A este planteamiento hay que responder que efectivamente el narcotráfico financia el paramilitarismo y promueve la violencia política, que ciertamente el narcotráfico no ha sido ajeno a la instrumentalización de la represión. En esa perspectiva el narcotráfico ha sido utilizado por el Estado en un doble sentido: Para justificar la consecución de grandes recursos en el exterior que de dedicarían a "combatirlo" pero que se desvían a la lucha contrainsurgente. Y para financiar operaciones encubiertas de la Fuerza Pública y la implementación del paramilitarismo.

Para ejemplificar el primer planteamiento resulta ilustrativo las denuncias del linguista Noam Chomsky al resaltar que el Estado de Colombia es el mayor violador de los derechos humanos en el hemisferio americano a la vez que es recompensado con la mayor concesión de asistencia militar por parte de los Estados Unidos: "El pretexto de Estados Unidos para apoyar estas atrocidades es la guerra contra las drogas, que se convirtió en una obsesión nacional al ser lanzada por George Bush en septiembre de 1989; más bien, uno debería decir se relanzó, ya que este es un hecho que ocurre regularmente. Un mes antes, el cargamento más grande de armas jamás autorizado bajo la ley de provisiones de emergencia para Ayuda Extranjera fue enviado al Ejército de Colombia, sentando las bases, informa William Hartung, "para enviar más armamento estadounidense del que se recibió en Colombia durante toda la década de los ochenta" lo que ya era excesivo. Se enviaron al Ejército: helicópteros, aviones, y otras cosas, inútiles en la guerra contra la droga, tal como se indicó en ese momento. Entre el 90 y el 95% de las operaciones antinarcóticos son dirigidas por la Policía Nacional, y no con bombarderos y helicópteros. Estos tienen otros usos. Grupos de derechos humanos pronto informaron de bombardeos a poblaciones, masacres y otras atrocidades. Los efectos de los envíos de armamento podrían muy bien probablemente haber sido dirigidos a fortalecer los lazos entre las fuerzas de seguridad y los narcotraficantes, y las clases propietarias de tierra asociadas con ellos" |28|.

El segundo planteamiento además de lo aceptado por el propio Gobierno, se ha demostrado en numeros hechos de violaciones a los derechos humanos en que han participado militares, policías, paramilitares y narcotraficantes en acciones conjuntas:

107 personas fueron detenidas, torturadas, descuartizadas en vida con una motosierra eléctrica y sus restos lanzados en costales a las aguas del río Cauca, en el municipio de Trujillo, departamento del Valle. Estos hechos atroces se cometieron entre octubre de 1998 y mayo de 1991. Muchas de las víctimas se habían atrevido a denunciar las aberraciones cometidas. El principal testigo y denunciante fue partícipe de los hechos como informante del Ejército. Su testimonio fue considerado como resultado de perturbaciones mentales que lo aquejaban, luego fue asesinado. Pero su testimonio permitió comprobar las relaciones estrechas entre narcotraficantes (vnculados a la cúpula del Cartel de Cali), paramilitares, policías y militares que actuaron conjuntamente en la desencadenación de estos hechos de terror |29|.

El 5 de octubre de 1993 fueron masacrados 13 campesinos en el municipio de Riofrío, departamento del Valle. En la masacre participaron paramilitares, policías y militares, uno de los autores intelectuales fue un reconocido narcotraficante de la región miembro del Cartel de Cali. |30|.

El 16 de diciembre de 1991, en el municipio de Caloto, Departamento del Cauca fueron masacrados 20 indígenas de la comunidad Paéz y sus ranchos incendiados. La autoría intelectual tuvo origen en narcotraficantes del Cartel de Cali y los ejecutores fueron sicarios a su servicio y oficiales de la Policía Nacional |31|.

El 14 de enero de 1990, 43 habitantes de Puerto Bello,- municipio de Turbo, Urabá antioqueño-fueron detenidos, se les colocó boca abajo, se les ató de las manos y luego les obligaron a subir a dos camiones que les llevó a la ciudad de San Pedro de Urabá. Testigos presenciales los vieron pasar por dos controles del Ejército. Las investigaciones oficiales establecieron que los responsables de los hechos fue un grupo paramilitar bajo las órdenes de Fidel Castaño, conocido con el alias de "Rambo": "Tras oír el testimonio de un desertor del grupo paramilitar, las autoridades judiciales y policiales registraron dos ranchos del Departamento de Córdoba pertenecientes a Fidel Castaño en los que encontraron nueve tumbas clandestinas. En ellas había 24 cuerpos que mostraban señales de tortura; se cree que 20 pertenecía a habitantes de Pueblo Bello " |32|. La detención desaparición, torturas y ejecuciones de estos 43 campesinos tuvo como causa el robo de 43 cabezas de ganado de propiedad del narcotraficante. De esta manera daba una lección de terror a la población que supuestamente colaboraba con la insurgencia. Fidel Castaño actuó como jefe militar del Cartel de Medellín y luego del Cartel de Cali, ha sido procesado y condenado por otras masacres de trabajadores de las fincas bananeras, en las que actuado en colaboración con el Ejército colombiano. Desde hace varios años él y sus hermanos jefes de los grupos paramilitares de la región, con el apoyo de la Fuerza Pública desarrollan una campaña de aniquilamiento de todos aquellos quienes son considerados simpatizantes de la insurgencia armada. Fidel Castaño se dirigió al Gobierno para criticar el cuestionamiento de los grupos paramilitares porque: "Las Fuerzas Armadas, como nosotros, nos consideramos aliados y amigos circunstanciales, ya que compartimos un enemigo común más poderoso que ambos" |33|. Pesen a tener él y sus hermanos varias órdenes de captura en su contra, el Ministro del Interior, Dr. Horacio Serpa Uribe se reunió con ellos en el mes de enero de 1996 con el propósito de dialogar su "reintegración a la vida civil".

"Desde finales de 1994, el grupo paramilitar "Serpiente Negra" desató en el departamento del Meta una ofensiva contra la población de la región del Alto Ariari y contra el Comité Cívico de Derechos Humanos del Meta, el cual fue desterrado de la región en febrero de 1995 y todos sus miembros amenazados de muerte. Varios miembros del Batallón de Infantería N 21 "Vargas ", acantonado en la región, han sido asociados a distintas acciones del grupo Serpiente Negra. Víctor Carranza Niño, conocido negociante de esmeraldas y señalado reiteradamente como narcotraficante por distintas autoridades, lidera el grupo paramilitar" |34| En 1989 dos integrantes de los grupos paramilitares conformados por Víctor Carranza, confesaron que por órdenes de éste habían ejecutado a varios miembros de la Unión Patriótica habiendo recibido el apoyo del Batallón Vargas y de la VII Brigada. Carranza les pagó sus servicios permiténdoles explotar sin límites una de sus minas de esmeraldas durante un mes. Posteriormente el Das -Departamento Administrativo de Seguridad- conoció que desde las haciendas de Carranza se entrenaban los grupos paramilitares y en una de ellas hayo fosas clandestinas con varios cadáveres y armas de uso privativo de las Fuerzas Armadas. Pese a ello Carranza y sus hombres fueron absueltos luego de que se pusiera una bomba en el apartamento del abogado que representaba a las víctimas, se amenazara de muerte a la agente del Ministerio Público y se comprara a la Juez que llevaba a cargo la investigación. |35|

Muchos otros testimonios se han recogido judicialmente contra Víctor Carranza, sin embargo no solamente continúa en libertad, sino que en marzo de 1996 participó en una conferencia a la que fue invitado por Juan Manuel Santos, ex-ministro del Gobierno de Samper, en la que estuvo presente el General Manuel José Bonnet |36|, varios ministros de Estado y algunos expresidentes |37|.

Josué Giraldo Cardona, Presidente del Comité Cívico de Derechos Humanos del Meta, denunció en el Parlamento Europeo y en Naciones Unidas los crímenes cometidos por Víctor Carranza y la participación por acción y omisión en ellos de las Fuerzas Armadas. Josué fue asesinado el 13 de octubre de 1996 frente a sus dos pequeñas hijas de 3 y 5 años de edad, en su casa en la ciudad de Villavicencio.

Podríamos seguir mencionando muchos otros hechos, recientes y pasados |38| en el que es clara la relación entre miembros de la Fuerza Pública, narcotrafilcantes y paramilitares en la comisión de crímenes de tesa humanidad. Sin embargo los señalados son una muestra fehaciente de los tejidos del terror y de la impunidad denunciados. El narcotráfico no es un generador independiente de violencia política, ha estado estrechamente ligado a las estrategias represivas del Estado. De otro lado no podemos olvidar que el actual Presidente, Dr. Ernesto Samper Pizano be elegido por los aportes significativos del Cartel de Cali lo que ha ocasionado que quien fuera el tesorero de la campaña presidencial esté detenido, que quien fuera el gerente de la misma y posteriormente ministro de la Defensa esté preso, que se haya llamado a indagatoria a tres de los ministros (Relaciones Exteriores, del Interior y Comercio Exterior) que el propio Samper por ello haya sido acusado ante el Congreso por el Fiscal General de la Nación; y que para sortear la crisis política y de gobernabilidad que dicho escándolo le ha generado, el Presidente renunció a la política de paz y ha cedido por completo a las pretensiones de la extrema derecha como única manera de mantenerse en el gobierno |39|.


III. Eliminar a los defensores de derechos humanos:

Uno de los pasos para afianzar la impunidad.

El Presidente Samper señaló en discurso público que "como Presidente y Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas prefiero a los militares enfrentados a la subversión en las montañas y no en los juzgados del país contestando requerimientos infundados presentados por sus enemigos" |40|. Con esta frase el Presidente tiende de un lado un manto de impunidad sobre todas las violaciones a los derechos humanos cometidas por la Fuerza Pública que se estén investigando en alguna agencia estatal, con el mensaje claro que si investigan y sancionan están favoreciendo a la subversión, lo cual constituye un mensaje intimidatorio para dichos funcionarios. De otra parte descalifica y expone a la represión a las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos y a las víctimas de violaciones de esos derechos o a sus sobrevivientes que denuncien, al equipararlos a la categoría de "enemigos", es decir de subversivos y por tanto blancos legítimos de la confrontación. Esta frase del Presidente implica la confirmación de la impunidad como política estatal y de la perpetuación del terrorismo como consecuencia.

Este discurso presidencial tiene antecedentes en los propios manuales de Contrainteligencia del Ejército, en el Manual de la Escuela Militar de Cadetes "José María Córdova", titulado "Conozcamos a nuestro Enemigo" se incluyen a la mayor parte de las Organizaciones No Gubernamentales de Derechos Humanos colombianas, así como organizaciones sindicales, campesinas, populares y partidos de izquierda como vinculadas a la insurgencia armada. Es parte de la extensión de la Doctrina de la Seguridad Nacional que como lo recoge Chomsky en el escrito ya reseñado "no es la defensa contra un enemigo externo, sino una manera de hacer del establecimiento militar el dueño del juego...con el derecho a combatir al enemigo interno, como fue determinado en la doctrina brasileña, argentina, uruguaya, y en la colombiana: es el derecho de luchar y exterminar a trabajadores sociales, sindicalistas, hombres y mujeres que no apoyan el establecimiento... El Ministro de Defensa colombiano explicó que el aparato oficial de terror está diseñado para una "guerra total en el terreno político, económico y social". Los objetivos oficiales son organizaciones guerrillleras. Pero, tal como un alto mando militar explicó en 1987, éstos son de menor importancia: "el verdadero peligro" es "lo que los insurgentes han llamado la guerra política y psicológica", la "guerra para controlar los elementos populares" y para "manipular a las masas". Los "subvesivos" esperan influir en los sindicatos, universidades, medios de comunicación y así sucesivamente. Por esta razón "cualquier individuo que de una u otra manera apoya a los fines del enemigo, debe ser considerado un traidor y tratado como tal". Ésta última cita fue extraída de un manual militar elaborado en 1963, bajo la dirección de los instructores de Kennedy y los asesores nazis" |41|

Obedeciendo a esta lógica los defensores de los derechos humanos al denunciar las actividades irregulares de la Fuerza Pública y al acusarlas ante los tribunales y/o ante las instancias internacionales estarían contribuyendo a los fines del enemigo y por lo tanto serían tratados como tales. El propio Consejero Presidencial para los Derechos Humanos declaró en mayo de 1994 que en la "escena internacional la guerrilla desarrolla una labor publicitaria en materia de derechos humanos, la cual se haría -como sutilmente lo sugiere - a través de las ONG internacionales de derechos humanos, lo que muestra el grado de penetración de esta visión en todos los estamentos estatales" |42|.

El trabajo en derechos humanos y las leyes protectoras de los mismos son vistos como un obstáculo para lograr librar una guerra exitosa contra la subversión, en palabras del columnista Enrique Santos Calderón, vocero del establecimiento y Gerente del más importante diario de la derecha del país: " ...un ejército que tiene un alto procentaje de su oficialidad empapelado por problemas de derechos humanos debe sentirse cada vez más cohibido para dar la pelea. /Los oficiales empapelados suelen ser los que más se han destacado en la misión del orden público, los que más han vivido los rigores de un conflicto interno que poco tiene que ver con las normas convencionales de la guerra. Es decir, que por su propia naturaleza es irregular, sucio y propenso a excesos. / Francamente, no veo bien cómo se puede librar una lucha eficaz dentro del actual marco jurídico. No la visualizo, con cada vez más agencias del Estado dedicadas a fiscalizar a las Fuerzas Armadas o a recortarles sus fueros; con las ONG de toda suerte consagradas a denunciar a los militares en cualquier foro internacional". |43|.

Esta posición como lo hemos señalado hace parte de una política de intimidación y de persecución contra los defensores de derechos humanos que se alienta desde la extrema derecha, el ex-ministro de Samper, Juan Manuel Santos considera que el trabajo en derechos humanos es una extensión de la guerra y que los defensores de los derechos humanos en la denuncia internacional son miembros de la subversión que permiten vencer al Estado: "Pero la guerra no solo la están ganando en el frente interno. Al país -o al régimen, como lo llamaría Alvaro Gómez- lo tienen acorralado en el exterior. Y muy particularmente en los foros internacionales de Derechos Humanos. A tal punto, que se dan el lujo de vetar el nombramiento de cónsul en Hamburgo de Alfonso Plazas, célebre Coronel que rescató el Palacio de Justicia...se debe aceptar de una vez por todas que estamos en guerra...-y por tanto- hay que comenzar a pensar en cambiar el marco legal y muchas de las reglas de juego. Porque ninguna pelea se gana, ni mucho menos una guerra, con las manos amarradas". |44|.

Así se impone la lógica de la brutalidad armada y la dialéctica del terror: Los defensores de derechos humanos son convertidos en objetivos militares, los escasos funcionarios que cumplen las leyes en "idiotas útiles de la subversión", las instituciones de control y de justicia en un "síndrome" que impide la eficacia de la Fuerza Pública; de tal manera las leyes que propiciarían el Estado de Derecho y le darían fundamentos a la democracia son obstáculos para la derrota de la insurgencia. Pese que aquellas y éstas -las instituciones y las leyes- como lo hemos reseñado a lo largo de estas reflexiones han convivido con una impunidad casi absoluta. Lo que quieren los voceros del régimen y los ejecutores del terrorismo es la impunidad total, el silencio completo, seguir actuando en los caminos de la niebla donde todos los crímenes contra la humanidad se cubren con las sombras de la muerte.

Por ello los defensores de derechos humanos han sido asesinados, detenidos desaparecidos u obligados al exilio. Desde el 7 de agosto de 1994, fecha en que asumió la presidencia el Dr. Ernesto Samper Pizano han sido asesinados los siguientes defensores de los derechos humanos:

El 29 de septiembre de 1994 fue salvajamente torturado, asesinado e incinerado JAIRO BARAHONA MARTINEZ, del Comité de Derechos de Pailitas, departamento del Cesar;

el 23 de octubre de 1994, fue asesinado HERMES RENDÓN OCHOA, del Comité de Derechos Humanos de Ocaña, departamento de Norte de Santander;

el 20 de febrero de 1995 fue asesinado ERNESTO EMILIO FERNANDEZ, del Comité de Derechos Humanos de Pailitas;

el 16 de junio de 1995 FRANCISCO JAVIER BARRIGA VERGEL, abogado del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, asesinado en la ciudad de Cúcuta, Norte de Santander, había sido amenazado de muerte en agosto de 1994 por el grupo paramilitar MACOGUE -Muerte a Comunistas y Guerrilleros- que se adjudicaron el asesinato en la ciudad de Bogotá el 9 de agosto de 1994 de MANUEL CEPEDA VARGAS senador de la Unión Patriótica, fundador y miembro del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos;

el 21 de diciembre de 1995 en la ciudad de Medellín fue asesinado FABIO DE JESUS GÓMEZ, miembro de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos -ASFADDES-;

el 10 de noviembre de 1996 fue asesinado en la ciudad de Ocaña, JAFETH MORALES, promotor de Derechos Humanos en el municipio de San Calixto y miembro de las Comunidades Eclesiales de Base.

De otra parte ya hemos mencionado el asesinato de JOSUÉ GIRALDO CARDONA, asesinado en la ciudad de Villavicencio el 13 de octubre de 1996. La Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas en una de sus plenarias el 11 de marzo de 1997 le rindió un homenaje a su memoria con un minuto de silencio, JOSUÉ había participado en las sesiones de dicha Comisión durante los años de 1995 y 1996; el Relator Especial sobre las Ejecuciones Extrajudiciales de Naciones Unidas, señor Bacre Waly Ndiaye, interviniendo en el mismo recinto el 9 de abril de 1997 manifestó que los defensores de derechos hurnanos, como en el caso de JOSUÉ GIRALDO, merecen más que un homenaje póstumo; palabras oportunas para llamar la atención de los Estados y de la comunidad internacional sobre el hecho de que otros cuatro defensores de derechos humanos fueron desaparecidos o asesinados durante el mes de marzo de 1997 en Colombia, se trata de:

VÍCTOR JULIO GARZÓN asesinado en su oficina en la ciudad de Bogotá el 7 de marzo de 1997, defensor de los derechos humanos de los trabajadores agrícolas, y Secretario General de la Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria -Fensuagro-.

JAIME ORTIZ LONDOñO detenido y desaparecido por una patrulla militar el 9 de marzo de 1997 en el municipio de Segovia, miembro del Comité de Derechos Humanos de Segovia, Remedios, Nordeste y Bajo Cauca.

NAZARENO DE JESÚS RIVERA, miembro del mismo Comité y líder sindical, se encontraba en compañía de JAIME cuando fueron retenidos. NAZARENO fue reportado el 12 de marzo como "guerrillero dado de baja en combate" junto con otras cinco personas, entre los cadáveres se hallaron los documentos de identidad de JAIME pero su cuerpo no fue identificado por sus familiares entre las víctimas.

MARGARITA GUZMÁN RESTREPO, asesinada el 24 de marzo de 1997 en su lugar de trabajo, la Alcaldía de Segovia donde era secretaria de la Inspección de Policía, Margarita había sido integrante del Comité de Derechos Humanos de Segovia entre 1992 y 1993, ella estaba adelantandado las averiguaciones por la desaparición de JAIME ORTIZ.

La vergüenza que siente un defensor de derechos humanos por su patria humillada y vejada por el terror, es vergüenza patriótica. Los defensores de derechos humanos aman su país y amiesgan su libertad y su vida por su pueblo; están dispuestos al sacrificio, como se han sacrificado ya muchos para que los valores fundamentales de la vida humana no sigan siendo ignorados en el autoritarismo marcial de los poderosos. Lo que sigue siendo absolutamente atroz es que sólo por descubrir la verdad de la infamia y revelarla, la muerte siga asechando a los defensores de los derechos humanos azuzada por los que aferrados al statu quo, quieren con su torpe y criminal persistencia despedazar la nación en medio de la guerra.

Oficio cruel, desgraciadamente imprescindible, el de los defensores de derechos humanos en el que la tragedia de los humildes, de los torturados, de los desaparecidos, de los ejecutados, de los desplazados, los congrega en triste pero activa solidaridad para exigirle a los victimarios que cesen en sus crímenes y a las autoridades que ejerzan la obligación punitiva del Estado para que la impunidad no sea la confirmación y reproducción de la barbarie.

Esta exposición es un homenaje a los que en Colombia persisten de manera inclaudicable para que la decencia y la dignidad humanas se impongan sobre los criminales. Ellas y ellos que levantan su voz altiva para silenciar el fuego asesino de los fusiles y las carcajadas burlescas de los verdugos; ellos y ellas, que blindan sus ilusiones con amor universal para que el silencio y la soledad de la muerte no sean más poderosos que el derecho a existir de los humildes; a ellas y ellos que marchan como luceros en medio de las tinieblas para que la oscuridad del terror no enceguezca el futuro de los colombianos.

Termino citando a JOSUÉ GIRALDO CARDONA quien previendo hace un año el hecho de su muerte nos dejó su testimonio de amor a los suyos, a la causa de la libertad, la vida, y su amor inclaudicable por nuestra patria; su sacrificio no nos hace arrear las banderas, por lo tanto recogemos el espíritu de su lucha y con él decimos: "Cuando hay tempestades desoladoras, vientos huracanados, uno sabe bien que en algún lugar del cielo el sol sigue estando presente...Colombia es un pueblo con futuro, no lo digo yo, lo dice la gente que no da el brazo a torcer a pesar de tanta sangre derramada".

Muchas Gracias !


Notas Finales:

1. "El Estado colombiano responde al criterio universalmente aceptado de la democracia política. Desde este punto de vista puramente formal es una de las Repúblicas mejor instituidas de Iberoamérica, con una larga tradición de libertades y derechos que se remontan a los orígenes mismos de la nación independiente, con sólo tres fugaces eclipses durante el siglo XIX y uno en el XX. Sin duda la fuerza más poderosa de esta democracia política es el sentido fuertemente arraigado en la conciencia pública respecto a la libertad, con predominio inclusive, sobre el orden" Ex-General Alvaro Valencia Tovar. Construir la Paz. Memorias del Seminario Paz, Democracia y Desarrollo. Jesús Antonio Bejarano, editor. 1990. pág. 341.

2. "Las propias estadísticas oficiales dejan entrever la utilización del sistema penal para la criminalización de la acción de protesta en Colombia. Según se afirmó por el General Ramón Emilio Gil Bermúdez, se estimaba que existían en el país 6.000 guerrilleros -El Tiempo, 19 de septiembre de 1993- . Pero según cifras oficiales entre el año de 1991 y 1994 fueron capturados 10.110 guerrilleros -Documento de la Presidencia "Seguridad para la gente", El Tiempo 29 de diciembre de 1994-. / Son muchos los interrogantes que quedan de esa presentación fría de las estadísticas, a las cuales esperamos den respuesta los representantes del Gobierno colombiano. Por qué el número de capturas es superior a la de guerrilleros existentes?; por qué, si han sido capturados 4.110 guerrillero más de los que existían, continúan operando y ejerciendo control en varias zonas las organizaciones insurgentes... realmente quiénes son los procesados?"

3. Tomadas de la Comisión Colombiana de Juristas y del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos intervención en el Palacio de Naciones Unidas, 25 de marzo de 1996.

4. "Reconocemos que el marco normativo de la tutela ha abierto mayores posibilidades para la defensa de los derechos, pero nos preocupa que en relación con determinados casos, pueda llegar a comprometer otra serie de intereses. La Corte Constitucional, en fallos más políticos que jurídicos, ha venido ordenando de manera reiterada que se investigue a los funcionarios judiciales que han decidido ir un poco más lejos en la protección de los derechos. Como en el caso de un juez en el municipio de Santo Domingo (Antioquia) que ordenó suspender la construcción de una base militar en medio de la población civil. Incluso, en una tutela interpuesta por el traslado de Francisco Galán -comandante guerrillero- en guarniciones militares, que la juez de segunda instancia falló favorablemente y ordenó el traslado a la cárcel de Itaguí, hubo como consecuencia una investigación disciplinaria contra la juez. Esto compromete la independencia e imparcialidad del sistema de justicia y contraría el principio del tribunal independiente e imparcial, libre de injerencias arbitrarias" Molano Jorge, Defensor de Derechos Humanos, miembro de la organización "Sembrar ", intervención ante el Parlamento Europeo, Conferencia Europea Sobre los Derechos Humanos en Colombia, págs. 146-147. Ed. Sago. Junio de 1995.

5. Pueden citarse muchos ejemplos pero quizás el más diciente es el de la región de Urabá, donde se han perpetrado numerosas masacres contra la población civil, varias de ellas atribuibles a un frente guerrillero de las FARC, la reacción del Estado ha sido el encarcelamiento masivo de los miembros del Partido Comunista y de la Unión Patriótica acusados por los organismos de inteligencia de tener nexos con la insurgencia:alcaldes,concejales y candidatos a las corporaciones públicas fueron detenidos y acusados por testigos secretos. Entretanto las masacrs contra los militantes de dichos grupos políticos continúa? víctimas de gurpos paramilitares o de la fuerza pública, sin que se haya detenido a los responsables.

6. "Desde julio de 1991, cuando fue promulgada la nueva Constitución, el Gobierno expidió 11 decretos mediante los cuales adoptó como legislación permanente 42 decretos de excepción. Al finalizar cada período de estado de conmoción interior el Estado colombiano ha convertido la mayoría de las normas de excepción en legislación permanente...Entre julio de 1992 y noviembre de 1995 en cinco oportunidades se decretó el estado de conmoción interna . La gran mayoría de los decretos de excepción entre 1992 y 1993 fueron trasnformados en legislación permanente por medio de la ley 104 de 1993, o ley de Orden Público, y las restricciones al Hábeas Cozpus fueron convalidadas por la 15 de 1992". Los Derechos Humanos en 1995: violaciones a granel e impunidad. OIDHACO, Bruselas, febrero 1996 pág. 18.

7. Cuarenta de los últimos cincuenta años se ha gobernado el país bajo declaratorias de Estados de Sitio, desde 1991 llamadas de Comoción Interior.

8. Luego en febrero de 1997 la Corte Constitucional decidió declar contraria a la Carta Política la utilización abusiva del gobierno de los estados de excepción al declarar la emergencia económica para reducir el déficit fiscal. La reacción del gobierno ha sido la de insistir presentando un proyecto de reforma constitucional al Congreso en la que se le quitan la facultades de control jurisdiccional a la Corte sobre los motivos que el gobierno invoque para decretar los estados de excepción, lo que fortalecería aún más el autoritarismo presidencial en detrimento de los otros órganos del poder público.

9. "El Consejo Superior de la Judicatura ha argumentado que, estando los militares 24 horas sobre 24 al servicio de la Nación, todos los delitos que le son imputados, independientemente de su naturaleza (militar o no, conexa o no) son de competencia de la jusrisdicción castrense. Incluso, el Consejo Superior de la Judicatura, en un fallo que desató una colisión de jurisdicciones, consideró como delito cometido con ocasión del servicio y, por ende de resorte de las cortes castrenses, la violación de una agente femenina de la policía juvenil por el Comandante del Departamento de Policía Huila" OIDHACO, Ob. Cit, págs. 19-20.

10. La Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía ciertamente ha cumplido un papel destacado, procesando incluso a militares de alto rango por violaciones de los derechos humanos o promoción de grupos paramilitares. Pese a ello sistemáticamente el Consejo Superior de la Judicatura ha decidido sustraeerla de tales competencias favoreciendo el fuero penal militar. Ello unido a los hostigamientos por parte de los organismos de inteligencia del Estado contra los miembros de la Unidad, llevó al Visefiscal General de la Nación, Dr. Adolfo Salamanca Correa, a proponer en febrero de 1997 su abolición.

11. La noticia fue ampliamente desplegada en los medios de comunicación en Colombia, en particular en el periódico "El Tiempo", edición de junio de 1995.

12. El diario La Prensa, reprodujo los memoriales de denuncia que Saúl Segura Palacios y Carlos David López enviaron al Fiscal General de la Nación. 4 de enero de 1994.

13. El Sur del César, la Provincia de Ocaña y el Catatumbo: un Ejemplo de Ofensiva Pramilitar. OIDHACO, Serises Documentos, N. 2. Bruselas, marzo de 1996.

14. Detención al general Faruk Yanine, " El Tiempo", sábado 12 de octubre de 1996, negrillas mias.

15. Noticias RCN, vía Internet.

16. Este mismo Senador ha presentado al Congreso cinco proyectos de ley, que han sido el resultado de un "acuerdo legislativo ...después de muchos meses de trabajo conjunto entre la cúpula de las Fuerzas Militares, el Ministerio de Defensa y un amplio grupo de congresistas coordinados por el senador Germán Vargas Lleras. El resultado de tal esfuerzo quedó plasmado en cinco proyectos...encaminados a lograr una verdadera profesionalización de los soldados colombianos, con la definición de un régimen razonable de beneficios y estímulos... -entre ellos se contempla la propuesta de resolver de manera especial sus conflictos disciplinarios, pues como se ha vuelto ya lugar común, el llamado "síndrome de la Procuraduría" se ha convertido en un elemento tan perturbador como paralizante en las filas castrenses. Respeto íntegro a los derechos humanos sí, pero sin que su promoción y guarda se confabulen contra la necesaria acción de las fuerzas del orden....Ciertamente, tanto la reflexión integral sobre sobre la organización y el funcionamiento de la seguridad nacional como el estatuto de las Fuerzas Militares...llegan en un momento en que los colombianos de bien se sienten indefensos y desprotegidos frente a los avances de la subversión y el flagelo creciente del secuestro. Ojalá el Congreso sepa entender la trascendencia de estas iniciativas, avaladas por varias decenas de firmas de senadores de distinta procedencia, y les dé el trámite urgente que exige una situación de inseguridad que se ha vuelto dramática". El Tiempo, Editorial "Por las Fuerzas Militares", viernes 19 de abril de 1996, pág. 4A. Este es el más importante diario de circulación en Colombia y se ha caracterizado por promover el militarismo, el paramilitarismo y la impunidad como política estatal.

17. De destacar la labor del Fiscal General de la Nación, Dr. Alfonso Valdivieso Sarmiento, quien acusó ante el Congreso de la República al Presidente Ernesto Samper Pizano por haber recibido seis millones de dólares del Cartel de Cali para la financiación de su campaña presidencial, por el mismo motivo encarceló, y ha sido condenado, al gerente de su campaña política, ministro de la Defensa, Fernando Botero Zea; por los mismos hechos se encuentra procesado el Ministro del Interior, Horacio Serpa Uribe. Igualmente por recibir dineros de la mafia para financiar sus campañas políticas, una veintena de congresistas se encuentran en prisión.

18. "Algunos gobiernos son expertos en ocultar su responsabilidad en las violaciones graves de derechos humanos. Los sucesivos gobiernos colombianos han conseguido evitar, en gran medida las críticas internacionales gracias a una hábil combinación de iniciativas políticas, campañas de relaciones públicas y el apoyo, en el plano internacional de, de poderosos aliados para los que la importancia estratégica y económica de Colombia es más valiosa que su historial de derechos humanos". Amnistía Internacional. "Violencia Política en Colombia: Mito y realidad". Edai. Marzo de 1994. Madrid España. Pág. 8.

19. "Nosotros no estamos gobernados por una dictadura militar. El ámbito de influencia y de peso de la Constitución, de la ley y de las instituciones democráticas es muy significativo en Colombia y la Fuerza Pública nuestra cumple ese papel. Eso no se debe olvidar. No se puede aplicar al caso colombiano de una manera esquemática, pura y simple, el esquema crítico que se planteaba frente a las dictadures militares de latinoamerica" De Roux, Carlos Vicente. Consejero Presidencial para los Derechos Humanos, intervención ante el Parlamento Europeo. Conferencia Europea sobre los Derechos Humanos, Colombia. Pág. 133. Ediciones Sago.Junio de 1995. "Colombia es un país democrático, sometido a un régimen constitucional pero afectado por un largo y traumático conflicto armado interior. En medio de ese conflicto, el Gobierno viene enfrentando las diversas expresiones de la problamática de los derechos humanos y ajustando las prioridades de su agenda a la evolución de las mismas. No ha perdido el control de la situación". Intervención del mismo Consejero ante la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas, el 10 de abril de 1996.

20. "En las últimas décadas, el Estado colombiano ha fallado en materia grave en convocar y liderar al conjunto de la sociedad colombiana hacia un proyecto de tolerancia y convivencia. Ha fallado al permitir que parte de los funcionarios y servidores públicos adopten una perpectiva sectárea en su confrontación con los contradictores del propio Estado, y en impedir que recurran a conductas ilegales y delictivas contra esos contradictores...Ha fallado también en luchar contra la impunidad y en castigar a los violadores de los derechos humanos./ Estos reconociminetos pueden parecer retóricos, pero la experiencia enseña que la solución de los problemas comienza por reconocer su existencia". De Roux, Carlos Vivente, Consejero Presidencial para los Derechos Humanos. Ponencia Conferencia Europea sobre los Derechos Humanos en Colombia. pág. 45. Ediciones Sago, 1995..

21. Intervenciones ante el Parlamento Europeo, Bruselas 9 de febrero de 1995, en el Palacio de Naciones Unidas, Ginebra 25 de marzo de 1996 y ante la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas el 10 de abril de 1996.

22. Ob. Cit. Parlamento Europeo, pág. 46.

23. Intervención citada, Comisión de Derechos Humanos, 10 de abril de 1996. Los estándares de que habla el Consejero Presidencial no existen, por lo tanto no puede decirse que la guerrilla en Colombia cometa más o menos crímenes que el IRA, o la ETA, o las Fuerzas Rebeldes Chechenas. Al desvirtuarlo no pretendo tampoco minizar las responsabilidades de la guerrilla en violaciones al Derecho Internacional Humanitario en Colombia que ciertemente son graves y persistentes; pero no pueden de ninguna manera equipararsen a la responsabilidad del Estado sopena de reconocer la legitimidad de la lucha guerrillera y darles un tratamiento como beligerantes a nivel interno y en las relaciones internacionales al nivel de los Estados soberanos.

24. Intervención cit. págs. 2 y 3. El Consejero no menciona ni las organizaciones, ni las entidades.

25. " La Guerra Psicológica esta repetición sistemática e insistente de la mentira -parafraseando uno de los célebres principios de la propaganda nazi- pero además, es el despliegue de múltiples técnicas y operaciones:clasificar, por ejemplo, los datos, mensajes y hechos para elegir cuáles de ellos se destacan y cuáles se silencian y ocultan: descontentualizar una verdad y colocarla en un nuevo contexto en el que adquiere una significación totalmente diferente ...y en fin, crear la confusión, el caos mental y la desorientación que permiten la legitimación de un régimen de cosas en particular" CEPEDA, Iván. En "Amnesia Social y Guerra psicológica", Magazin Dominical. El Espectador. Agosto de 1996. Pág 19.

26. Amnistía Internacional. Violencia Política en Colombia. Mito y Realidad. Edai. Marzo de 1994.

27. DE ROUX, Carlos Vicente. Intervención ante el Parlamento Europeo. Ob. Cit. Pág. 48.

28. CHOMSKY, Noam. Conferencia dictada en el Instituto Tecnológico de Massachussets el 13 de marzo de 1995, publicada en Cuadernos Africa-América Latina. Serie Documentos N 3, Enero 1996. Sodepaz. Madrid España.

29. Para el efecto pueden leerse "Informe de la Comisión de Investigación sobre los hechos de Trujillo" Caso 1107 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Bogotá, Enero de 1995. "Trujillo: una Biopsia al Cáncer de la justicia" en Vínculum, Conferencia de Religiosos de Colombia; No. 180. iulio-Sentiembre de 1995.

30. Comisión no gubernamental de Esclarecimiento de Hechos de Violencia. Octubre 5 de l993.

31. El caso se encuentra registrado en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos bajo cuyo auspicio se ha constituido una Comisión de Impulso a la Administración de Justicia con participación de ONG. Contra los narcotraficantes se libraron órdenes de captura pero siguen en libertad, los oficiales de la Policía también siguen libres.

32. Amnistía Internacional. Ob. Cit. págs. 4445.

33. El Tiempo. Nov. 15 de 1994. Pág. 7A.

34. OIDHACO. Doc. Cit. pág. 7

35. Proceso No. 018 del entonces Juzgado 4to. de Orden Público de Villavicencio. La Juez renunció un mes después de su fallo absolutorio y se casó con un alto oficial de la VII Brigada. Luego fue contratada por el General Miguel Maza Marques como secretaria del Das. En la actualidad se desmpeña como profesora de derecho en la Universidad Militar "Nueva Granada".

36. El General Bonett Locarno ha sido señalado de participar en la práctica de la tortura y estaría implicado igualmente en los hechos de Trujilllo que se perpetraron cuando él era Comandante de la III Brigada. "El Terrorismo de Estado en Colombia", pág. 71. Ediciones NCOS 1992, Bruselas.

37. La Conferencia fue organizada por la "La Fundación Buen Gobierno" que dirige Juan Manuel Santos, como expositor fue invitado el canadiense Adam Kahane experto en resolución de conflictos. Al evento fueron invitados además de Carranza los expresidentes Belisario Betancurt y Alfonso López Michelsen y los aspirantes presidenciales Andrés Pastrana y Nohemy Sanin. El Tiempo. ed. 30 de mano y 1 de abril pág. 6A.

38. El día 22 de abril de 1996, 14 personas son masacradas en el municipio de Segovia Departamento de Antioquia, la acción es reivindicada por paramilitares que en la región actúan en connivencia con políticos de derecha y con la Fuerza Pública. En el mismo municipio el 11 de noviembre de 1988 fueron masacradas 44 personas con participación del mismo tipo de actores. Al pueblo de Segovia se le cobra su simpatía por la izquerda en agosto de 1995 el Capitán Rodrigo Antonio Cañas, del Batallón Bombona amenazó a sus habitantes: "Pronto vamos a masacrar este pueblo guerrillero". Acción urgente. Sembrar, 23 de abril de 1996.

39. " El Presidente Samper se está jugando sus restos con la carta del orden público y la mano dura. Busca su salvación a la derecha porque se da cuenta que el país se ha derechizado. /Las iniciativas de paz, los comités de derechos humanos, el populismo social han quedado relegados ante la prioridad de la seguridad ciudadana. Y no se equivoca al detectar que acabar con la violencia y el crimen es el srupemo anhelo de los colombianos " SANTOS, Calderón Enrique. Samper Juega a la derecha. El Tiempo, 20, agosto de 1995. Pág. 5A.

40. El TiemDo, 12 de octubre de 1995. más. 8A.

41. CHOMSKY, Noan. Doc. Cit. pág. i 1. Las referencias a la Doctrina de la Seguridad Nacional son tomadas del Ex-Canciller colombiano Alfredo Vásquez Carrizosa.

42. OIDHACO. Doc. Cit. pág. 10.

43. SANTOS,Calderón Enrique. Art. Cit.

44. SANTOS, Juan Manuel. El Tiempo. Pág. 4A, 29 de junio de 1995. En el mismo artículo se opone a los diálogos de paz con la insurgencia. Al Coronel Plazas Vega efectivamente el Estado Alemas le impidió su nombramiento como Consul, la misma actitud asumieron las autoridades americanas por el rechazo que expresaron ONG de Derechos Humanos de Estadodos Unidos; finalmente también su nombre fue vetado en Sudáfrica por las mismas razones. El Coronel Luis Alfonso Plazas Vega ha sido responsable de patrocinar el paramilitarismo con fondos de narcotraficantes y de ordenar la detención desaparición de varias personas, ver el libro "El Terrorismo de Estado en Colombia". Ob. Cit. págs. 250 y 251.




Artículo presentando en las jornada organizada por "Jueces para la Democracia", realizada en la ciudad de Avila (España), en Abril 1997.

Citar como: Pérez Casas, Luis Guillermo Colombia: La Impunidad al Orden del Día KO'AGA ROÑE'ETA se.iii (1997) - http://www.derechos.org/koaga/iii/2/perez.html

Impunidad y Verdad
Ko'aga Roñe'eta, Serie iii


Otros Documentos
La Impunidad
"PAZ: Democracia, Justicia y Desarrollo" en Colombia
Derechos Humanos en Colombia

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