La APDH

(Asamblea Permanente por los Derechos Humanos)

promueve un recurso de Habeas Data


Este recurso, previsto en la Constitución Argentina, es la primera vez que se utiliza en dicho país. La causa son las graves acusaciones de los servicios de inteligencia de la Gendarmería Argentina (cuerpo paramilitar) que, en un informe publicado por la prensa, acusa a todos los organismos de derechos humanos argentinos de ser elementos subversivos del orden democrático.

Promueven Habeas Data.

Señor juez:

Alfredo Bravo, en su carácter de Presidente de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), Simón Lázara, Susana Pérez Gallart, Adolfo Gass y Alejandro Barthe, como Vice Presidentes; Hugo Piucill, Horacio Ravena, Juan José Prado, Sergio Dario Di Gioia, y los demás firmantes del presente, todos en carácter de integrantes de los órganos de conducción de la APDH, con domicilio real y legal en la sede de dicho organismo, Av. Callao 569, Piso 1, of. 15 a 21, Capital Federal, a V.S. NOS PRESENTAMOS Y DECIMOS:


I. HABEAS DATA.-

Que en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Nacional -párrafo tercero-, y en ejercicio de las facultades que el mismo confiere, VENIMOS A INTERPONER FORMAL ACCIÓN DE "HABEAS DATA", a los efectos de TOMAR EXTENSO Y ACABADO CONOCIMIENTO de los INFORMES DE INTELIGENCIA publicitados en los últimos días y cuyo detalle se dará seguidamente, EN LOS QUE HEMOS SIDO EXPRESAMENTE ALUDIDOS E INCLUÍDOS, y de REQUERIR -una vez confirmado su contenido- LA RECTIFICACIÓN Y SUPRESIÓN de las totalidad de las FALSAS, MALICIOSAS E INFUNDADAS IMPUTACIONES Y REFERENCIAS de las que hemos sido objeto.

A tal efecto se ordenará, con el carácter URGENTE que el procedimiento impone, QUE EL PODER EJECUTIVO NACIONAL, a través del MINISTERIO DEL INTERIOR, GENDARMERÍA NACIONAL y demás organismos de inteligencia pertinentes, INFORME IN EXTENSO sobre el contenido de los documentos publicitados y de los demás existentes, haciendo LLEGAR COPIA DE LOS MISMOS al Tribunal, RATIFICANDO O RECTIFICANDO los datos publicitados a su respecto, en especial por el DIARIO CLARÍN del Domingo 20 de abril de 1997, páginas 1 a 3 inclusive, a sus efectos.

Fecho, SE ORDENARA LA SUPRESIÓN DE TODA REFERENCIA A ESTA "ASAMBLEA PERMANENTE POR LOS DERECHOS HUMANOS", en la cual se la incluya en cualquier tipo de actividad contraria al orden democrático, y se la vincule con procedimientos de acción violenta o de cualquier otro tipo, totalmente alejados de los que históricamente, en forma pacífica e ininterrumpida han constituido el denominado común comportamiento de dicha institución, SEÑERA EN LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS en nuestro país, y cuyo nacimiento, hace ya más de 21 años, estuviera signado por la OPOSICIÓN A TODO TIPO DE VIOLENCIA.


II. ANTECEDENTES.-

EL DIARIO CLARÍN en su edición del Domingo 20 de Abril del cte. año dio cuenta de la existencia de diversos INFORMES SECRETOS

producidos por la GENDARMERÍA NACIONAL y enviados al MINISTRO DEL INTERIOR, Carlos Corach, en los cuales se sostendría, entre otras cosas que "NUESTRO PAIS, A LA FECHA, ATRAVIESA UNA SUERTE DE ETAPA PRELIMINAR DELICTIVA, CON TENDENCIA A GENERAR UNA SITUACIÓN INSURRECCIONAL".

Los documentos, que estarían firmados por el Subdirector de Gendarmería, Cdte. Gral. Paulo E. Garro, formarían parte de un conjunto de ocho documentos, dos de los cuales -los del 14 y 18-1-97, llevarían la firma prealudida, y seis no contarían con firma alguna.

Allí se señala, siempre de acuerdo a la publicación aludida, que "sus protagonistas tienen intenciones manifiestas de lograr un cambio de estructuras, aún a costos intolerables en un orden democrático establecido", agregándose, entre otras cosas que se han detectado pintadas "Y OBTENIDO UN IMPORTANTE VOLUMEN PANFLETARIO" en los cuales "exite INCITACIÓN MANIFIESTA A LA COMISIÓN DE HECHOS VIOLENTOS", para concluir en que la situación descripta "permitiría apreciar un embrionario desarrollo de una situación conflictiva de magnitud creciente que puede afectar considerablemente la Seguridad Interior".

Respecto de dichos informes, y en relación con los presuntos "panfletos", el Diario citado REPRODUCE, vía FACSÍMIL, un documento SECRETO, CON MEMBRETE DE LA GENDARMERÍA NACIONAL, designado como "AB 7-0003/3" y fechado en Buenos Aires el 18-4-97, en el cual se hace EXPRESA REFERENCIA A LA ASAMBLEA PERMANENTE POR LOS DERECHOS HUMANOS (APDH), y en el cual se dirigen al Ministro del Interior a fin de informarle sobre la distribución de PANFLETOS en diversas manifestaciones, actos y reuniones públicas efectuadas en distintas ciudades del país, y en los cuales "SE OBSERVA UN LENGUAJE DE ALTO CONTENIDO VIRULENTO E INCITADOR DE ACCIONES DIRECTAS EN CONTRA DE LAS INSTITUCIONES DEMOCRÁTICAS".

A renglón seguido de tan vagas informaciones que concluyen en las gravísimas afirmaciones referidas, en forma confusa e indiscriminada, sin indicar o precisar lugar o contexto de cada documento, fecha, motivo o demás datos que hagan a su adecuada ponderación, se incluye un presunto panfleto que rezaría: "TRABAJAMOS POR LA VIDA: BASTA DE MUERTE, BASTA DE IMPUNIDAD", y el que se hallaría suscripto, entre otro organismos, por la ASAMBLEA PERMANENTE POR LOS DERECHOS HUMANOS (APDH).

Debemos destacar en este punto que los informes prealudidos NO SOLO NO FUERON DESMENTIDOS, SINO QUE FUERON EXPRESAMENTE RATIFICADOS POR LAS MÁS ALTAS AUTORIDADES DE LA NACIÓN, entre ellos EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA y el MINISTRO DEL INTERIOR, DRES. CARLOS SAÚL MENEM Y CARLOS CORACH, respectivamente, quienes hicieron referencia a presuntos "REBROTES SUBVERSIVOS" fundados en informes de inteligencia que se hallaban en su poder.


III. CONSIDERACIONES FINALES.

PROCEDENCIA DEL HABEAS DATA.

La gravedad de la situación descripta, nos exime de mayores comentarios: Baste señalar que esta prestigiosa institución ha sido burdamente aludida en actos absolutamente falsos, inexistentes y totalmente alejados de los fines que han inspirado e inspiran su intachable conducta.

El deliberadamente confuso lenguaje, típico de los informes de inteligencia, y el contenido de informes en donde se mezclan episodios de características y naturaleza totalmente disímiles, para arribar a conclusiones "apocalípticas", reñidas con el más elemental sentido común, descalifican de plano los documentos prealudidos.

Pero además, y tal como señalara el medio periodístico citado, en su nota editorial de la misma fecha, firmada por el periodista Jorge Grecco, "... El problema reside en la EVALUACIÓN de esos hechos, tarea que debe estar a cargo del poder político. NO PUEDE SIGNIFICAR LO MISMO, POR EJEMPLO, UN PANFLETO QUE DICE "TRABAJAMOS PARA LA VIDA: BASTA DE MUERTE, BASTA DE IMPUNIDAD", QUE EL RELATO DE LOS INCIDENTES DE NEUQUEN, DONDE SE PRODUJO UNA VIOLENTA REPRESIÓN QUE COSTÓ UNA MUERTE".

Y es precisamente, que el texto aludido ("TRABAJAMOS POR LA VIDA...") NO HACE SINO REFERENCIA A LA DEFENSA DE UNO DE LOS DERECHOS HUMANOS ESENCIALES, y en nada apunta a los trasnochados fines absurdamente imputados por los precitados informes, y que solo se corresponden con una imaginación conspirativa alejada de toda realidad.

LA ASAMBLEA PERMANENTE POR LOS DERECHOS HUMANOS (APDH) no puede ni debe tolerar LA INCALIFICABLE AFRENTA QUE TRADUZCA, SIQUIERA, LA MERA INSINUACIÓN DE SU PARTICIPACIÓN EN ACCIONES COMO LAS QUE PRETENDEN REFLEJAR EL CONTENIDO DE LOS INFORMES, NI LA TERGIVERSACIÓN DE UNA CONDUCTA TRANSPARENTE E INSOSPECHADA, AL SERVICIO DE LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL MARCO DEL RESPETO IRRESTRICTO AL ORDEN JURÍDICO DEMOCRÁTICO, propio del ESTADO DE DERECHO.

Tal trayectoria, la ha llevado, entre otras cosas, a ser reconocida por la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU), como un ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL CON STATUS CONSULTIVO, distinción esta que, amén de enorgullecernos, sirve como calificativo de una conducta ética inalterada a través del tiempo.

Y es claro que el contenido absurdo de los informes deberían caer por su propio peso, sin siquiera ser tenidos en cuenta seriamente, DE NO SER QUE MUCHOS INFORMES DE SIMILARES CARACTERÍSTICAS SIRVIERON EN EL PASADO RECIENTE COMO INSTRUMENTO DE TERRORISMO DE ESTADO, Y CONCLUYERON EN LA DESAPARICIÓN, MUERTE Y TORTURA DE MILES DE ARGENTINOS, que ni siquiera tuvieron el derecho de EJERCER EL DERECHO DE DEFENSA frente a tales despropósitos.

Hoy, LA DEMOCRACIA, y su expresión normativa básica, LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, nos GARANTIZAN ESE DERECHO, el que venimos a EJERCER, EFECTIVAMENTE, por este medio.

En consecuencia, y atento las graves circunstancias apuntadas, PROMOVEMOS LA PRESENTE ACCIÓN DE "HABEAS DATA", con inalienable sustento en el art. 43, párrafo 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, cuya carácter operativo surge del mismo texto, CON EL OBJETO DE QUE, PREVIA RATIFICACIÓN Y ENVÍO POR PARTE DEL PODER EJECUTIVO DE LOS INFORMES ALUDIDOS Y DE LOS DEMÁS QUE EN TAL SENTIDO DISPONGA, SE SUPRIMAN Y RECTIFIQUEN LA TOTALIDAD DE LOS DATOS FALACES, INEXACTOS, TENDENCIOSOS E IMPROCEDENTES que concluyen en las falsas imputaciones efectuadas contra la ASAMBLEA PERMANENTE POR LOS DERECHOS HUMANOS (APDH), en toda su extensión y a todos sus efectos.


IV. DOCUMENTAL.

Se acompaña ejemplar de las páginas citadas del Diario Clarín de la fecha aludida, y copia de la nómina de autoridades de la APDH, a sus efectos.


V. PETITUM.

Por lo expuesto, a V.S. solicitamos:

a) Nos tenga por presentados, por parte y con el domicilio legal constituido.

b) Se agregue la documental acompañada;

c) SE HAGA LUGAR A LA "ACCIÓN DE HABEAS DATA" interpuesta, con el alcance y finalidad explicitados, y a todos sus efectos, que

SERA JUSTICIA.-

Firman:
Dr. Sergio Dario Di Gioia
Alfredo Bravo
Simón Lázara
Hugo Piucill
Susana Pérez Gallart
Juan José Prado

Editado en Madrid, por el Equipo Nizkor el 2 de mayo de 1997.

Derechos Humanos en Argentina

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