Causa nē 13/84

CASO Nē 67: CADÁVER N.N. MASCULINO (Fátima Nē 16)


Está probado que el cadáver de una persona del sexo masculino, junto con otros 29, fue hallado el día 20 de agosto de 1976, en un paraje denominado "Fátima", cercano a la localidad de Pilar, Provincia de Buenos Aires, atado de manos, vendados los ojos, con una herida de bala producida por un arma de fuego calibre 45, con orificio de entrada en la zona frontal izquierda, y salida en la zona occipital media, con plano de incidencia oblicuo, trayectoria izquierda a derecha, oblicuo horizontal.

Ello surge del acta testimoniada a fs. 25/27, certificado de defunción obrante a fs. 137, en el cual consta que vestía una polera negra, y de la peritación de fs. 132/135, que lo describe como una persona de cabellos negros, ojos castaños claro, nariz recta, talla l,78m., entre 30 y 32 años de edad, y que concluye ademas que el disparo fue efectuado a menos de un metro de distancia ocasionando el deceso, junto con la posterior explosión, y que no se evidencian vestigios de defensa o resistencia por parte de la víctima.(Ver causa 19.581 ya citada).

También está probado que la muerte de la víctima, fue el resultado del accionar de un grupo de más de tres personas que dependían operacionalmente del Primer Cuerpo de Ejército, que actuó sin correr riesgo alguno frente a la total indefensión de aquélla.

Para tal conclusión ha de remitirse a los fundamentos ya vertidos al tratar el caso Nē 42.

Por último, surge de autos, que el hecho que damnificara a N.N. masculino, fue desarrollado de acuerdo al proceder en la cuestión de hecho Nē 146.


Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nē 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilizaciķn en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.

En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el aņo 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.

La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.

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© Equipo Nizkor, septiembre de 2006


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