Causa nº 13/84

CASO Nº 319: CERRUTI, ISABEL TERESA


Está probado que Isabel Teresa Cerruti fué detenida el día 22 de julio de 1978, en la intersección de las calles Jean Jaures y Corrientes de esta Capital, por personas que dependían operacionalmente del Ejército Argentino.

Lo expuesto surge de su propia declaración, la que aún sin ser corroborada por otra probanza directa, encuentra amplia apoyatura en los testimonios de quienes fueron compañeros de cautiverio, que serán materia de análisis seguidamente, y que le otorgan un completo valor convictivo.

A Isabel Cerruti se la mantuvo en cautiverio en los centros clandestinos de detención denominados "El Banco" y "El Olimpo", pertenecientes a la Policía Federal que dependía operacionalmente del Primer Cuerpo de Ejército.

Así surge de los aportes testimoniales de Susana Caride, detenida en el mes de julio de 1978; Juan Carlos Guarino, detenido en el mes de agosto del mismo año en cuanto dicen haberla visto en "El Banco" y "El Olimpo" respectivamente, y de Mario Villani, en cuanto le consta su cautiverio en ambos sitios.

No se encuentra probado, sin embargo, que Isabel Cerruti haya sido sometida a un mecanismo de tortura.

En efecto, no obstante sus propios dichos y las características generales del trato dispensado por los represores dentro de ese ámbito, no hay elementos de prueba que confirmen esa versión.

Isabel Cerruti recuperó su libertad el día 26 de enero de 1979.

Ello así, en virtud de sus propias manifestaciones, que han de ser tenidas por verosímiles, a criterio del Tribunal.

Por último, surge de autos que el hecho que damnificó a Isabel Cerruti fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho nº 146.


Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nº 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilización en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.

En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el año 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.

La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.

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© Equipo Nizkor, septiembre de 2006


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