Causa nº 13/84

CASO Nº 356: CHAVEZ, LUIS ALFREDO


Está probado que Luis Alfredo Chávez, de diecinueve años de edad, fue privado de su libertad el 9 de mayo de 1978 en su domicilio, sito en Boulevard Ballester 288 de Villa Ballester, Provincia de Buenos Aires, por personas armadas que dependía operacionalmente del Ejército Argentino.

En este sentido la víctima relató que el día mencionado, en horas de la noche, se presentó en su domicilio un grupo de personas armadas y se lo llevaron detenido.

Esta circunstancia se halla corroborada por los elementos de prueba que demuestran que la víctima fue mantenida en el centro de detención conocido como "El Vesubio', que actuaba bajo el comando operacional del Primer Cuerpo de Ejército.

En tal sentido, a los dichos de la víctima hay que agregar los testimonios de Samuel Leonardo Zaidman y Leonardo Dimas Núñez, quienes aseguraron haber compartido su cautiverio allí con Luis Chávez.

Se encuentra suficientemente acreditado también que en ocasión de su cautiverio fue sometido a algún mecanismo de tortura.

En este sentido, a los dichos de la víctima debe unirse el indicio que se desprende del hecho de que las torturas en el mencionado lugar eran sistemáticas, y los elementos de prueba que acreditan que el resto del grupo al que pertenecía Chávez también fue torturado.

Luis Alfredo Chávez dice que recuperó su libertad el 19 de diciembre de 1978.

Por útimo, surge de autos, que los hechos que damnificaron a Luis Alfredo Chávez fueron desarrollados de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho nº 146.


Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nº 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilización en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.

En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el año 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.

La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.

Prohibida su reprodución o copia en otros sitios web sin autorización previa y fehaciente del Equipo Nizkor.

© Equipo Nizkor, septiembre de 2006


Índice de Casos

Índice de la sentencia


Editado electrónicamente por el Equipo Nizkor- Derechos Human Rights el 30sep06