Causa nº 13/84

CASO Nº 416: GOMEZ, Juan de Dios


Está probado que Juan de Dios Gómez fué privado de su libertad el día 10 de agosto de 1976, mientras se encontraba trabajando en el ingenio Santa Lucía de la provincia de Tucumán, por miembros del Ejército.

Dicha circunstancia es referida por su madre, la señora María Angélica Batallán, ante la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas, cuya copia luce agregada en el correspondiente legajo.

Lo expuesto encuentra corroboración en el testimonio brindado en la Audiencia por Enrique Godoy, en cuanto afirma haber visto a la víctima en cautiverio en un lugar dependiente de la fuerza citada.

También está probado que a Juan de Dios Gómez se lo mantuvo clandestinamente en cautiverio en una dependencia del Ejército Argentino -Arsenal- en la provincia de Tucumán, que dependía operacionalmente del Tercer Cuerpo de Ejército.

Ello surge de los dichos del nombrado Godoy, quien refiere haber sido privado de su libertad en la misma época que Gómez, a quien vió en cautiverio en el referido lugar, el que se hallaba ubicado a trescientos o cuatrocientos metros de la ciudad de Tucumán.

No está probado que en ocasión de su cautiverio fuera sometido a algún mecanismo de tortura. Al respecto el testigo Godoy si bien afirma que muchos de los cautivos eran sometidos a pasajes de corriente eléctrica y otros tormentos, nada dice sobre Gómez, ni se ha aportado ningún otro elemento que permita acreditar esta cuestión.

Tampoco está probado que Juan de Dios Gómez recuperara su libertad. Al respecto no se ha agregado al legajo probanza alguna.

Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Juan de Dios Gómez fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho Nº 146.


Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nº 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilización en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.

En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el año 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.

La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.

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© Equipo Nizkor, septiembre de 2006


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