Causa nē 13/84

CASO Nē553: DUGGAN, BERNARDO


Está probado que el Doctor Bernardo Duggan fué privado de su libertad por efectivos del Ejército Argentino, el día 30 de octubre de 1978 en su estudio, sito en Marcelo T. de Alvear 684 piso 2ē de esta Capital.

Dicha circunstancia se encuentra acreditada por los dichos del Doctor Jaime Fernández Madero, en el sentido de que el día mencionado se presentaron en su estudio varios hombres de civil y uniformados, al mando del Teniente Coronel Gatica, procediendo a llevarse detenidas a varias personas, entre ellas al Doctor Duggan.

La detención del Doctor Bernardo Duggan tuvo lugar sin sujeción a formalidad legal alguna.

Al nombrado se lo mantuvo ilegítimamente en cautiverio en el Regimiento de Granaderos a Caballo y en la Cárcel de Encausados de Campo de Mayo, dependientes del Primer Cuerpo de Ejército.

En tal sentido deben ponderarse los dichos del Doctor Jaime Fernández Madero, quien declaró en la Audiencia, que luego de ser detenidos, fueron conducidos al Regimiento de Granaderos a Caballo, y posteriormente a Campo de Mayo. Ello es corroborado por los Doctores Alejandro Augusto Pinedo y Jorge David Salvador Buleraich, quienes fueran detenidos junto con la víctima.

Por otra parte, en la causa Nē 40.528 del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal Nē 3, caratulada "GRASSI, Luis Arnoldo y otros s/infr. ley 20.840", se encuentran agregadas actuaciones irregulares labradas en dicha prisión militar, que intentaron justificar la privación de libertad mediante la apariencia de un proceso militar.

A partir de fs. 309 obra la prevención instruida por el Coronel Roberto Roualdes en el Comando del Primer Cuerpo de Ejército, iniciada el 13 de septiembre de 1978, donde se agregaron declaraciones por escrito prestadas por el Doctor Bernardo Duggan a fs. 546 (1ē de noviembre de 1978).

Durante todo ese tiempo o parte de él se le impusieron condiciones inhumanas de vida y alojamiento.

Al respecto, el Tribunal se remite a las consideraciones vertidas en el caso Nē 78.

Está probado que el Doctor Bernardo Duggan recuperó su libertad.

En efecto, a fs.1000, las mencionadas actuaciones irregulares, formadas para remedar una prevención regular y dar visos de legalidad a la privación de la libertad, fueron elevadas por el Coronel Roualdes al Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nē2, a cargo del Doctor Rafael Sarmiento (14 de diciembre de 1978) y el Doctor Duggan ya no se encontraba entre los detenidos en dicha causa, en la prisión mencionada.

Tampoco existen constancias de que haya sido puesto a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, como otras personas allí detenidas.

A ello deben agregarse los dichos del Doctor Jaime Fernández Madero en el sentido de que por comentarios supo que el Doctor Duggan fué dejado en libertad dos días después de su detención.

Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Bernardo Duggan fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho Nē 146.


Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nē 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilizaciķn en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.

En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el aņo 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.

La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.

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© Equipo Nizkor, septiembre de 2006


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