Causa nē 13/84

CASO Nē638: FERNANDEZ, Oscar Alfredo


Está probado que Oscar Alfredo Fernández fue privado de su libertad el 6 de julio de 1978, aproximadamente a las 3, en su domicilio ubicado en el barrio José María Freiré, casa 277, manzana 22, de la localidad de Berazategui, Provincia de Buenos Aires, por un grupo armado que actuaba bajo el comando operacional del Primer Cuerpo de Ejército.

Ello surge de los testimonios brindados por sus padres, Ermelinda Hortensia Calegari de Fernández y Alfredo Fernández, en el expediente nē 128.739 del Juzgado en lo Penal Nē 1 de La Plata -conf. fs. 88 y 95- cuya fotocopia obra agregada a la causa. Los nombrados resultan contestes en afirmar que en la fecha y lugar indicados se presentó un grupo armado integrado por unas veinte personas, algunas vestidas con uniforme de la policía de la Provincia de Buenos Aires, y otras con ropas de fajina de las fuerzas armadas, quienes luego de revisar sus pertenencias procedieron a llevarse a la víctima junto con su esposa, la señora María Rosa Moreira de Fernández.

El lugar donde ocurrió el hecho permite afirmar que fue llevado a cabo por personal que dependía operacionalmente del Ejército.

Con motivo de su privación de la libertad se hicieron gestiones ante autoridades, en procura de la averiguación de su paradero.

Su progenitor afirma que luego del hecho, concurrió a la Casa de Gobierno y al Departamento Central de Policía, efectuando pedidos ante el Ministerio del Interior, con resultado negativo.

Obra agregado el expediente 604 del Juzgado Federal de Primera Instancia Nē 3 de La Plata, caratulado: "FERNANDEZ, Oscar Alfredo y MOREIRA, María Rosa por hábeas corpus interpuesto por Alfredo Fernández", iniciado el 7 de agosto de 1978.

También se encuentra agregado el expediente 13.873 del Juzgado en lo Penal Nē 2 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, caratulado: "RADICE DE TATTER, Idalina interpone hábeas corpus colectivo", iniciado el 25 de marzo de 1983, deducido en favor de 79 personas, entre ellas la víctima del presente caso y su esposa.

No se encuentra demostrado que Fernández haya sido sometido a algún mecanismo de tortura.

En efecto, no hay elementos probatorios al respecto, ya que por otra parte no se ha podido establecer el lugar donde el nombrado permaneció en cautiverio.

Tampoco está probado que Fernández recuperó su libertad.

Ello en virtud de no haber sido vuelto a ver, ni a tenerse más noticias de él.

No se ha demostrado el conocimiento que pudieran haber tenido de este hecho los Brigadieres Generales Graffigna y Lamí Dozo, el Teniente General Galtleri y el Almirante Anaya, por las razones invocadas en el caso 190, en sus partes pertinentes.

Por último, surge de autos que el hecho que damnificó a Oscar Alfredo Fernández fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho nē 146.


Nota editorial: El texto de la sentencia de la Causa nē 13/84, debidamente certificado y validado, fue aportado al procedimiento 19/1997, que se sigue ante la Audiencia Nacional, por la defensa del ex Capitán de Corbeta Adolfo Scilingo para su utilizaciķn en el recurso que éste presentara ante el Tribunal Constitucional español en septiembre de 1999.

En el análisis de las pruebas documentales del sumario 19/1997 (Rollo de Sala 139/1997) realizado durante el aņo 2003, el Equipo Nizkor ha procedido a su íntegra digitalización y su posterior procesamiento para su edición, producción y puesta en servidor durante 2005 y 2006.

La versión publicada online es copia fiel del original de la Causa 13, habiéndose mantenido incluso los errores ortográficos y tipográficos de la sentencia original.

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© Equipo Nizkor, septiembre de 2006


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