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DERECHOS

03may12


Sinopsis de la audiencia de 08may12 en el juicio "Ejército" en Bahía Blanca


Comando V Cpo de Ejército
Audiencia del martes 8 de mayo de 2012

La audiencia contó con la presencia de los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca Jorge Ferro (de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata); José Mario Triputti (del Tribunal Oral Federal de La Pampa), Martín Bava (juez federal de Azul) y el juez sustituto Oscar Hergott (del Tribunal Oral Federal Nº5 de Capital Federal).

Además, participaron el fiscal Abel Córdoba; el abogado Walter Larrea en representación de la querella de familiares y la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y la abogada Mónica Fernández Avello por la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Nación. Por la defensa pública los doctores Alejandro Castelli, Leonardo Brond y Gustavo Rodríguez y los particulares Luis De Mira, Walter Tejada y Mauricio Gutiérrez.

Abogado defensor Alejandro Castelli: Solicito la nulidad parcial de la declaración de Páez en cuanto a la exhibición y reconocimiento de firmas que se hiciere sobre fotocopias del archivo provincial de la memoria DIPBA y firmadas por Claudia Berlingeri, toda vez que mi asistido no tuvo los originales a la vista, que se encuentran en La Plata, no se ha podido autentificar las copias que da fe la señora Berlingeri.

Juez Martín Bava: Manifiesta que esa prueba no está incorporada al proceso.

Abogado defensor Alejandro Castelli Entiendo que los originales no.

El fiscal rechaza el planteo porque no identifica a qué documentos se refiere. Además agrega que esa documentación estuvo disponible hace tiempo en la causa y se le corrió vista a la defensa.

Juez Martín Bava: Supongo que se refiere a los documentos de origen DIPBA.

Fiscal Abel Córdoba: Luego las fotocopias no han sido suscriptas por Berlingeri sino que ella avala los documentos de esa presentación. Las fotocopias no pueden ser nulas y además se indefine el planteo del reconocimiento. Los archivos se están usando en todos los juicios. El archivo fue declarado patrimonio de la humanidad, existen los originales en La Plata y una copia en algún lugar de Europa. Por último, están a disposición de las partes y por otra parte entiendo que no se ha manifestado el perjuicio. ¿De qué se sintió privado? ¿En cuánto lo afectó concretamente la modalidad que hay que adoptar con esta documentación?

Abogado defensor oficial Alejandro Castelli: En primer lugar la garantía de defensa en juicio es patrimonio de la humanidad al menos de la occidental. Yo lo que solicité es que mi defendido no pudo ver los originales.

Abogado querellante Walter Larrea: Quisiera hacer una petición al tribunal. Tiene que ver con el pedido nuevamente al excelentísimo tribunal de una prórroga para la fecha en que está previsto el comienzo de los alegatos. La causa y las 80 unidades grabadas por el tribunal y algunos de ellos se encuentran dañados, me parece que es pertinente una prórroga de por lo menos veinte días hábiles.

Juez Martín Bava: Se tiene presente. De presidencia lo que le puedo expresar es que el Código no nos va a dar ese plazo tan amplio que ha solicitado.

Abogado querellante Walter Larrea: Teniendo en cuenta que es una causa excepcional.

Abogado defensor oficial Alejandro Castelli: Señor presidente, mi asistido no va a seguir declarando.

(Sube el imputado Páez al escenario, Bava anuncia que se continúa con la audiencia de la semana pasada y le recuerda sus derechos. Páez da por terminada su declaración. Sube el imputado Méndez).

Mario Carlos Antonio Méndez

Soltero, militar retirado, argentino, alias Tucho. Domiciliado en Independencia 3388 6to piso, Córdoba.

El abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez pide que se le pregunte si se siente bien, qué medicación está tomando y por qué razón y cuándo fue la última vez que se le actualizó la asignación mensual.

Juez Martín Bava: Tengo entendido que está bajo constante control del Servicio Penitenciario Federal.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: La dolencia que tiene excede la complejidad del Servicio Penitenciario.

Me encuentro controlado en este momento tomando tedetol y rivotril. Paso situaciones semejantes como la pérdida de conocimiento. El control era constante cuando estaba en Campo de Mayo. Ahora tengo los elementos necesarios.

Yo soy destinado al V Cuerpo siendo subteniente el primer año. A fines del 75 y soy destinado a la compañía Comando y Servicios, desde ese lugar comienza mi actividad. Inicialmente controlando actividades y ayudando al comandante. Tenía la seguridad del cuartel a mi cargo. Estaba en la subunidad solamente, no existía ningún elemento extra como la Agrupación Tropa y demás.

Tengo tres ítems fundamentales por los cuales estoy acusado. Por una actividad que ocurre en la calle Fitz Roy 137 en primer lugar, y después ocurre un hecho semejante con otras características en Chiclana 1009 y finalmente se me imputa por la captura, por recogerlos, a un personal que es el de la ENET 1.

La razón fundamental por la cual yo estoy presente es que he presenciado todos los debates con todos los testigos, teniendo conocimientos de lo que cada uno de ellos hacía y realizó. Pero me llamó poderosamente la atención que yo, en la indagatoria inicial que presto en el año 2007 ante el dr. Alcindo Álvarez Canale donde se me pregunta la actividad realizada en Fitz Roy. Se me hace que relate la actividad que había cumplido. Lo que había ocurrido secuencialmente.

Pero después de haber escuchado lo que acá ocurre, por supuesto que esa indagatoria la hago lo más completa posible y antes lo había hecho otro oficial al cual estuve asignado al momento de los hechos. Pero después de haber escuchado a los testigos, escuché dos posturas sobre las actividades que yo había realizado y eran que yo me había -lo dice un testigo Julián Félix que había sido soldado muy cercano a mi función-.

Esa persona me pone a mí en una postura realmente no incómoda porque acá uno escucha todo tipo de situaciones vividas, de cual yo me había apersonado en un piso que después me entero que era el cuarto, y era una actividad de tipo rambolesca, arriesgado o sumamente poco clásica de combate individual o particular que uno pueda hacer. Me resulta difícil relatarlo, que tomo cuerpo a cuerpo una persona... cosa que en ningún momento fue así porque no estuve en el cuarto piso, pero más me llama la atención que esa persona se había manifestado en su declaración inicial en 2007 y después reafirma en 2010 pero no menciona ese tema tan, tan gélido por decirlo de alguna manera.

Eso ocurre, tengo la semi plena presunción, de que evidentemente hay una animosidad hacia mi persona. Es el señor Eduardo Hidalgo que toma siempre la forma de ver cómo puede perjudicar a mi nombre. Porque evidentemente el soldado lo hace después de que el señor Hidalgo lo haya hecho acá y coincide con esa actividad dantesca. Evidentemente él lo está haciendo por una indicación.

Ese señor está ocasionando por un medio de comunicación pública que circula por Bahía Blanca y ese medio relata una serie de actividades que yo no hice, que no estuve presente, eso está concatenado con acciones de una intervención y acciones directas de internet. Y usted me pregunta hasta dónde llega. Hasta mi ciudad, hasta un periódico de Río Cuarto. Entiendo lo que es la acusación fiscal, uno tiene que responder por lo que hizo, pero entiendo que hay una animosidad en mi contra.

En la revista masiva y popular figura en el mes de octubre de 2008 que esta persona, orientando a cierta gente, estoy hablando del director, o de quien la edita, o quien la sustenta o quien la promueve, evidentemente relata de mí una serie de acontecimientos que yo no realicé y que no me puedo responsabilizar. Yo no puedo tener un argumento de qué fue lo que hice. Y el testigo Julián Félix que fue conductor, que estuvo con nosotros y hasta hizo un papel aceptable, está diciendo que evidentemente yo realicé tareas y le contaba cuestiones que un profesional de las fuerzas armadas que tiene un respeto por su profesión. Eso es lo que está pasando en este momento.

Si usted me quiere interrogar porque estoy diciendo esto o puedo dar una opinión porque yo no pude...

Juez Martín Bava: La pregunta que cabe es ¿por qué dice que no estuvo en Fitz Roy?

No es que haya dicho que no estuve porque no es así. Formaba parte del ala de seguridad, teníamos que cubrir las calles con otro oficial al que estaba subordinado por el ingreso y control de vehículos.

En ese momento ocurre la explosión, el oficial subió por la escalera, hace creo que dos pisos y surge otro accidente producto de un cazabobos y soy yo el que lo va a buscar. Mucho antes del cuarto piso lo ayudo a descender. Es ahí cuando ya había comenzado la explosión, se había cortado la luz y comienzan los disparos que es lo que han relatado los testigos.

Después continúan las explosiones, que es una grande, y de esa manera se produce el acontecimiento llamado de la calle Fitz Roy y a mí me encuentran abajo cuando llegan los vehículos, empezó a concurrir gente a los cuales no conocía, excepto uno o dos del Comando y se produce la evacuación, no por la ambulancia sino por un vehículo civil de este teniente, yo estaba subordinado a él, que estaba golpeado y no podía caminar. Quería explicitar eso.

Juez Martín Bava: ¿Participa en sí del ingreso al departamento?

Participo de la seguridad lateral y del control del acceso al departamento, no llego nunca al cuarto piso.

Juez Jorge Ferro: En este relato que acaba de efectuar habló de un cazabobo o una trampa, eso lo detecta a posteriori de una explosión, dice que ingresa para ayudar a un teniente y que no había luz. ¿Cómo en esa oscuridad puede darse cuenta que existía un cazabobo si ingresa sin poder ver luego de la explosión?

Yo veo al oficial tirado en el suelo y con vidrios y pedazos de metal a su alrededor.

Juez Jorge Ferro: ¿Cuando acotó lo del cazabobo y la trampa es a posteriori?

Primero la explosión grande. Yo lo veo detonado o explotado. La segunda explosión, lo otro sucedía en un piso superior, esto está pasando entre el segundo y el tercero.

Juez Jorge Ferro: ¿Cómo sabe que era un cazabobo? ¿No pudo haber sido una granada?

Puede haber sido. Pero evidentemente había un obstáculo antes de llegar al quinto piso. No conozco el lugar en detalle pero me puedo imaginar lo que quiere poner una persona para defenderse.

Juez Jorge Ferro: ¿Puede identificar en qué lugar habría estado?

En este momento no. En la escalera porque se corta la luz completa del edificio con la primera explosión y evidentemente estaba en la escalera porque es el elemento que utiliza mi superior que no llega.

Juez Jorge Ferro: ¿Resulta lógico que en un edificio de departamentos donde existían familias pueda haber una trampa?

En la medida en que esas personas intentando que haya un libre tránsito del tercero al cuarto por lo menos para que hubiera una alarma preventiva. Es mi forma de entenderlo en ese momento.

Juez Jorge Ferro: ¿Aun a costa de una persona que vivía ahí?

Puede ser. Después pasando el tiempo y uno lee los documentos de la época, lo que sucedió, si colocaron una carga de gelamón en un lugar así intentó seguramente quitarle la vida a una o dos personas. En ese momento que estaban los tiempos caldeados.

Juez Martín Bava: ¿Alguna otra aclaración?

La puerta estaba abierta, yo no tenía que ingresar, tenía que controlar la puerta. Se arriba 21:30, 22 horas aproximadamente, creo que somos los segundos en llegar porque lo hicimos específicamente para cortar las calles y dar seguridad perimétrica. Lo más sorprendente de todo es la explosión inicial que evidentemente sacudió al edificio y cortó la luz. Lo cual anula los servicios de ascensores y hace que todo se vuelva bastante confuso.

Comienza un intercambio de disparos con armas de diverso calibre, desde la pistola al fusil automático. Hay entre seis o ocho explosiones que se suceden en forma discontinua con breves pausas de fuego, se suman por supuesto los gritos de los vecinos, puertas que se abren y se cierran. Una cierta confusión pero no llega a producirse, perdón por el término, una desbandada de personal que corre hacia las puertas. Las tropas complementarias tardan aproximadamente media hora, quiere decir que hay cuarenta minutos de disparos.

Juez Martín Bava: ¿Participa?

No porque estoy asistiendo al teniente. Después quedo configurando la seguridad y después son los 45 minutos que acabo de referir y quedo complementando la seguridad. Comienza a llegar más gente y se cumplimenta un poco más esto y empieza a haber circulación de personas.

Juez Jorge Ferro: Le recuerdo que puede negarse a declarar. Corríjame si en el desarrollo del relato mío incurro en algún error. Primero escucha una explosión, después ingresa al edificio, lo ve al teniente caído. Después hace mención a que hay una segunda explosión. ¿En ese momento se producen los disparos?

Exacto. Primera explosión grande, se corta la luz, el oficial mío quiere ver qué pasa y ahí comienza el tableteo de armas y las explosiones.

El teniente sube sólo, yo quedo atrás de apoyo. Ningún otro militar. El tiroteo se produce entre la gente que estaba haciendo el reconocimiento de los departamentos...

Juez Jorge Ferro: ¿Personal militar?

No lo sé porque no llego nunca al lugar donde ocurre el problema. Quedo de ese piso para abajo.

Juez Jorge Ferro: La pregunta es, si el Ejército fue hasta ese edificio debe haber habido una tarea previa...

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: En cuanto a la afirmación suya, le quiero aclarar que la información pudo haber sido de inteligencia o no...

Juez Jorge Ferro: Quiero que él me diga 'no es de inteligencia, me lo dijo un pajarito'. Acá hubo un imputado que habló de una guerra, entonces le quiero preguntar si en ese contexto en que el Ejército va a ese edificio va porque hubo inteligencia o no.

Yo aprecio que sí pero no lo vi personalmente. No podría tener ni injerencia ni saber quién lo hizo.

Juez Jorge Ferro: ¿Es de presumir que el teniente que iba delante suyo iba apoyado por alguien?

El apoyo era quien está acá delante suyo.

Juez Jorge Ferro: Entonces ese tiroteo con armas de diverso calibre quiénes lo hacen, ¿entre quiénes?

Entre los moradores y el personal que había salido antes del Comando V Cuerpo de Ejército. Incluso antes del teniente que estaba conmigo que hacía control perimétrico.

Juez Jorge Ferro: ¿Ese personal que participa en el tiroteo sabe al mando de quién estaba?

Impartió la dirección generalizada el mayor Ibarra.

Juez Jorge Ferro: ¿Cuando usted retira al teniente lo coloca en un auto civil?

Yo me retiro enseguida.

Juez Jorge Ferro: ¿En ese lapso sigue escuchando el tiroteo?

No, ya no. Fueron de a minutos.

Juez Jorge Ferro: ¿Luego toma contacto con alguien para ver qué ha sucedido?

No, uno va a su lugar de residencia o algún lugar en común y no tuvimos contacto. En ese momento me fui con el teniente herido y no supe nada. Al superior que veo es al mayor Ibarra que veo distribuir la gente y dar órdenes.

Juez Jorge Ferro: ¿Se entera si hubo muertos o detenidos?

En otro momento.

Juez José Mario Triputti: ¿Recuerda la hora?

El grupo que integraba era una fracción de la Agrupación Tropas. Mandaba el mayor Ibarra.

Juez José Mario Triputti: ¿Qué cantidad de hombres?

Entre 15 y 20, más no. Le estoy hablando de un mínimo de 21:30 horas y un máximo de 22 horas o un poco más.

Juez José Mario Triputti: ¿Recuerda el mes?

Noviembre.

Juez José Mario Triputti: ¿Recién oscurecía?

Creo que sí.

Juez José Mario Triputti: ¿Antes se hizo algún esquema?

No se hizo ninguna explicación previa de lo que iba a ocurrir. No hubo porque aparte de eso, si no me falla la memoria, era un día feriado y eso fue un rejuntado de gente por lo menos para dar la seguridad, el resto creo...

Juez José Mario Triputti: La última pregunta, ¿se fue directamente al lugar?

Se llegó dentro de la cuadra, si bien es donde yo estuve, me imagino que la fracción ya había ingresado dentro del complejo habitacional pero no el lugar exacto. Un mediano control de habitación, del complejo.

Juez José Mario Triputti: Enfrente del edificio había otros, ¿desde ese lugar se apostó personal?

Desde ese lugar no, lo que ocurre que normalmente había personal de seguridad que era militar que cumplía turnos de guardia. Era un edificio de personal subalterno de la Armada o algo así, puede haber ocurrido que al sentir o ver la violencia de lo que ocurría, hayan disparado sus armas al probable lugar donde se encontraban. Había personas que inclusive tenían armas largas, estamos hablando de 1976.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Podría relatar de qué modo es convocado a sumarse al operativo?

No, esa pregunta no, estoy hablando de lo que ocurrió y no de cómo fui convocado. Me niego a declarar porque no es conducente a lo que estoy diciendo.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Ese día estaba franco?

Sí, le dije al señor juez que fue una acción de no tener un grupo orgánico para decir 'hay que hacer tal o cual actividad'.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Cuál era el operativo...?

Si respondo en forma puntual, no se le da al oficial subalterno, se le imparte la orden, el más antiguo o la unidad del Área 2 o jefe de turno, no le dicen 'vaya a hacer tal o cual cosa'. Sé que el fiscal me está llevando a decir si el objetivo era la eliminación en forma compulsiva. No se daba esa orden. Fui sin saber el objetivo.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Qué armamento llevaba la fracción?

El armamento de dotación que tiene una fracción del Ejército en esa época.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Lo puede decir?

El oficial una pistola 9 mm y el personal que complementa lleva el fusil y a lo sumo salva y bayoneta.

Juez Martín Bava: ¿Cómo llegó al lugar?

No recuerdo cómo llegué expresamente, pude haber llegado en un vehículo civil o en un vehículo, una camioneta Ford.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Quién era el teniente que entró antes que usted?

El teniente Casela.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Era el primer operativo que hacía?

Control de ruta había hecho pero es el primero desde el punto de vista donde hay acontecimientos distintos al resto.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: Me opongo porque me parece que está buscando la confesión del acusado, la pregunta si fue a algún operativo a esta altura del año podría ser reformulada.

Juez Martín Bava: La pregunta ya fue contestada y el imputado puede negarse a declarar.

Fiscal Abel Córdoba: Manifestó que no sabía a qué iba, ¿cómo explica que en ese ingreso podría haberse cruzado con quién buscaba?

No tenía conocimiento ni a quién ni dónde se los buscaba.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Para qué eran los operativos?

Control de rutas, de personal, hacer algún reconocimiento de un lugar como planta de gas o ferrocarril donde pudiera haber actividad subversiva. Lo normal desde el punto de vista ciudadano. En ningún momento se llevó listas de personal o de quiénes o cuáles se debía detener.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Usted podría haberse cruzado con Roberto Santucho y no lo hubiera detenido?

En ese caso no, no tuve nunca una guía con nombre y apellido y menos una fotografía.

Fiscal Abel Córdoba: Usted ha sido mencionado en numerosas oportunidades por testigos...

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: No hay tantos testigos.

Juez Martín Bava: Dejemos terminar la pregunta.

Fiscal Abel Córdoba: Hubo testigos que hablaron de Méndez, alias el Loco de la Guerra. La pregunta es ¿cuando se habla del Loco de la Guerra se habla de usted?

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: Me parece a mí que el interrogatorio que le sugerí y aceptó, que el apelativo es feo para una persona que sufre una enfermedad importante, si tuviera el consentimiento lo diría.

Juez Martín Bava: La pregunta es... el imputado puede negarse a contestar o no.

Juez Jorge Ferro: Recuerde que puede negarse a declarar.

Me queda claro señor juez. Es mi intención siempre responder a las preguntas si está en mi capacidad.

Juez Jorge Ferro: Pero si evalúa que puede ser un perjuicio puede negarse y el concepto hacia usted va a ser el mismo.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Es usted el Loco de la Guerra?

Sí, le puedo explicar y fundamentar. El contacto directo mío es la instrucción y educación de los soldados. Mi costumbre es ser un instructor medianamente exigente, o sea dar una ejemplo personal antes que el soldado ejecutara una actividad, no digo de sumo riesgo porque no la tuvieron pero una actividad desde tirarse a las espinas, tirarse al agua primero, efectuar constantemente si se puede hacer una marcha forzada, con mochila, con equipo extra, y porqué no enseñar a manipular armas descargadas o la famosa granada que se hace tanto comentario sacándole la chaveta de seguridad.

O pedirle a la infantería un cañón de 40 y hacer -no digo interesante porque a muchos no le gustó ni le va a gustar la actividad militar- pero por lo menos en eso salió el argot el Loco de la Guerra.

En ese aspecto, no por acciones que condujeran a hacer desastres dentro de una fracción del Ejército. Era simplemente un agente o soldado donde tenía mis inquietudes e instrucción. Tenía un plan y trataba de cumplirlo.

Fiscal Abel Córdoba: Aquí el testigo que mencionó, Julián, manifestó que usted le advirtió que tenía que tener cuidado con los terroristas que podían atacarlo. ¿Tiene algo que decir al respecto?

He leído textualmente, Julián no dice el término terroristas y que debía tener cuidado. Reconozco que con el soldado hicimos instrucciones de manejo, se le dieron las instrucciones de cuándo frenar en un semáforo y no...

Fiscal Abel Córdoba: También dijo que por la noche salía a hacer procedimientos.

Tengo mis dudas de haber dicho eso, me gustaría hacer un careo, si estaba de civil era porque habría recibido una orden del comandante o porque me cambiaba con rapidez antes de estudiar mis clases de historia en el Juan XXIII.

Fiscal Abel Córdoba: ¿A qué lugares lo mandaba el comandante de noche?

No me va a mandar solamente a mí, pero pude haber ido a acompañarlo a una reunión en Puerto Belgrano o si iba a presenciar un ejercicio de tiro o una recorrida de Comodoro o Neuquén, esas son actividades donde fui a recibirlo de civil.

Fiscal Abel Córdoba: Sobre su conducta en Fitz Roy 137, en una publicación donde consta la distinción que le dieron por su conducta. Allí dice que lo distinguen a usted por su decidida y valerosa intervención en combate con serio peligro de su vida. No hay un correlato entre lo que manifiesta y esta distinción oficial del Ejército. ¿Tiene alguna defensa al respecto?

Estamos viviendo en 1977, el Ejército decide por lo menos evaluar los hechos armados en determinados lugares. Yo no me voy a proponer a una distinción, lo hace el comandante de cuerpo. La respuesta muy escueta que se me dio, porque mi trato con mis superiores era ríspido y cortante, era que por evacuar a este teniente, lo pude rescatar y llevarlo. el comandante me dice esa causa pero a esto debo ser un poco medianamente objetivo y relacionado con mi forma de ver las cosas.

El Ejército ese año le ordena a la Jefatura 1 de instrumentar un sistema de recompensas o distinción o como se lo quiera tomar entonces el Ejército tenía más apuro que conciencia. Un soldado no puede negarse a recibir tal o cual cosa.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Usted no considera heroico lo actuado?

Sí por el hecho de tener un cierto riesgo, porque no había luz, había disparos, uno no sabía de dónde vienen, pero el hecho de rescatar a un camarada que estaba aturdido, con la mano cortada y una cierta crisis nerviosa probablemente eso haya pesado para la distinción.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Supo quién mató a esas dos personas?

No tengo conocimiento al respecto.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Por qué se las buscaba?

No tengo conocimiento.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Por qué la mujer tenía los pies quemados?

No le puedo decir en ese momento.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Supo por qué esa mujer fue enterrada con otro nombre?

Si soy sincero con ustedes señores jueces y fiscal, yo me entero estando detenido pormenores de lo que acaba de mencionar.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Se refiere a la inhumación de esa persona?

Exactamente.

Fiscal Abel Córdoba: El testigo Bernardi dijo que usted lo retuvo toda una tarde en el Comando, lo dejó salir y luego fue secuestrado.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: Perdón, el hecho no está en la causa.

Fiscal Abel Córdoba: Entiendo que se refiere de momento que son elementos de cargo y van a ser valorados, el imputado tiene derecho a defenderse si quiere manifestar algo.

Juez Martín Bava: Le vamos a dar la razón al abogado defensor.

Fiscal Abel Córdoba: ¿En ese operativo supo si se secuestró algún elemento?

En ese momento de los hechos, que fue la orden que uno se volviera al cuartel, no. Posteriormente yo ejercía las funciones de ejecutivo de la Compañía Comando y Servicios, y un troquelado de manera y metal que tenía destino al Arsenal de Pigüé, ahí se remitió los explosivos para destruirlos. Se preparó para remitir armas y explosivos precintados con metal. Lo vi precintado.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Sabe quién hizo ese traslado?

El teniente, el oficial de arsenales que estaba ahí o el oficial logístico de cuerpo centralizó los traslados de efectos.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Corres estuvo en el operativo?

Yo no lo veo directamente, me entero después que había estado y que probablemente haya tenido algún inconveniente físico que pudo haber sido producto de la primera explosión.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Alguna vez fue citado a declarar en alguna actuación militar?

No, las preguntas fueron de rigor. Estoy hablando por la secretaría general del Comando en Jefe que creo tenía que llenar una planilla y la mandaba a la Jefatura 2 con referencias a lo acontecido.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Conocía la existencia de un centro clandestino de detención?

En la medida que sabíamos todos. Lo que sabe un soldado, no debe saberlo un general y viceversa. El soldado sabe hasta el punto A y el general el abecedario completo y el oficial subalterno sabe que hay un lugar pero que es restrictivo, prohibitivo y no tiene razón de que él permanezca en ese lugar o vaya a hacer actividades.

Juez Martín Bava: ¿Ha participado en ese centro clandestino?

No, nunca en ninguna actividad.

Fiscal Abel Córdoba: Una testigo mencionó que al ser liberada de ese lugar la liberó Corres en una camioneta pequeña y lo mencionó a usted.

En ningún momento lo acompañé al oficial al que hizo referencia.

Fiscal Abel Córdoba: ¿En qué camioneta solía movilizarse Corres?

No recuerdo exactamente porque las horas eran atípicas y los servicios que prestábamos en la Compañía Comando o como custodia del personal superior no lo veía. Tenía un Fiat 600.

(...) Creería que personal afectado a las áreas que conducían ese tipo de actividad. Pero el personal subalterno, excepto el que podía tener alguna injerencia, el resto no tenía ninguna razón de permanecer ahí.

Juez Jorge Ferro: ¿Usted llevó detenidos?

Nunca.

Juez Martín Bava: ¿Quién recuerda que estaba autorizado?

No lo tengo presente exactamente. Me imagino que personal autorizado por las áreas de conducción. Estamos hablando del área 2 Inteligencia, el área que puede llegar a tener acceso con las restricciones del caso, una cosa es un jefe y otra un subalterno. En mi caso personal no tenía ningún contacto con el área Inteligencia.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Qué tiene que ver Inteligencia con un centro de detención clandestino?

Eso queda a una disposición estricta del Comando Superior. Comandante o segundo comandante.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Por qué las vinculó?

No las vinculo, estoy en conocimiento medio primario que un general es el que imparte las órdenes del funcionamiento interno y externo de su gran unidad de combate o de su gran unidad de batalla.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Cómo se planificaban los operativos de los que participaba?

No había una planificación definida. Toda actividad militar empieza con una orden de operaciones. Sale de una apreciación de situación, de una confrontación, de un curso de acción, que viene de la información que tienen las áreas de conducción.

Fiscal Abel Córdoba: La pregunta es, había en el Comando V Cuerpo de Ejército órdenes de captura contra personas que luego fueron capturadas. La pregunta es ¿quién concretaba, dentro de lo que conoció y considere que su defensa tiene que mencionar, quién concretaba esos operativos y de qué modo se realizaban?

No tengo conocimiento exacto pero si usted lo menciona con esa veracidad y el elemento de conducción y de ejecución de órdenes tipo capturas es la Agrupación Tropas, no tiene otro elemento de ejecución. Si me pregunta cómo, cuándo y dónde ya no lo puedo saber.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Además de Ibarra quiénes estaban en esa Agrupación?

Está en la causa.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Lo tiene por cierto?

No lo tengo por cierto pero he leído. Hay gente que no conozco pero pudo haber estado. Había un jefe mayor Ibarra, un segundo que era un teniente primero capitán, no lo conocí mucho porque no lo vi mucho que se llamaba Fox. Una fracción del teniente Casela. Subteniente Santamaría. Subteniente Ferreira. Subteniente Chiesa. Estoy hablando y haciendo referencia a la Agrupación Tropas con su cronograma que lo conocía más de la mitad del Colegio Militar, no era la agrupación en la que estaba.

Cuando me impartía la orden el ayudante general y el jefe de la compañía y me decía 'tiene que apoyar tal actividad', siempre y cuando no tuviera la actividad número uno que era el acompañamiento del comandante, podía colaborar.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Nunca sabía si tenía que detener a una persona?

Nunca.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Sí sus superiores? ¿El jefe y el segundo solamente lo sabían?

Puede haber ocurrido que hubiera una coordinación pero generalmente quedaba entre ellos.

Fiscal Abel Córdoba: Le pregunto por un documento que conoce porque le ha sido exhibido en la instrucción que es una documentación firmada por González Chipont en la cual lo mencionan a usted como una persona que podría avalar, así lo dice expresamente, los enfrentamientos y aniquilamientos de los delincuentes subversivos Ricardo Del Río, César Giordano, Patricia Acevedo, María Izurieta y cada uno de estos con sus alias o atribución de nombre de guerra. ¿Qué defensa tiene al respecto?

Solamente conozco al capitán González Chipont de andar a caballo en un circuito hípico. No tengo ninguna directiva ni sé qué hacía. Creo que es producto de un reclamo que él hace.

Fiscal Abel Córdoba: ¿González Chipont lo ofrece como aval de algo que usted dice que no conocía?

Exactamente, me hace enumeraciones de gente que no conozco.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Cómo explica que hay muchos operativos donde nadie se conocía y en los únicos casos donde se conocen quiénes intervenían usted aparece en todos?

Juez Martín Bava: Hasta el momento estamos hablando de la calle Fitz Roy.

Fiscal Abel Córdoba: Retomo entonces, ¿el personal de Tropas que iba a los procedimientos tiene relación con los secuestrados que iban al centro clandestino?

No conozco el mecanismo cómo se instrumentaba. La experiencia que he recibido acá había gente que iba a la UR4, gente que iba a un lugar, gente que iba a otro, no le puedo detallar el mecanismo.

Juez sustituto Oscar Hergott: Cuando hizo referencia a que el jefe de compañía a veces le ordenaba que tenía que apoyar determinados operativos. ¿Quién era?

Teniente primero Barberán.

Juez Jorge Ferro: Una vez que finalizó el tiroteo dijo que llegó la ambulancia y llegaron vehículos de civil y policiales. ¿Quiénes venían?

Presumo que personal jerárquico policial y, perdón si afecto a los señores jueces, pero personal jurídico del servicio de justicia, lo digo por el portafolios y por alguna orden. Y dos, barra tres, personal militar. El coronel Álvarez, el coronel Losardo y creo que el segundo jefe del Destacamento que era un coronel Blázquez. Y el ayudante general del V Cuerpo.

Juez Jorge Ferro: ¿Se enteró quién llamó a esa gente?

No me entero exactamente pero creo que el organismo centralizador es el Centro de Operaciones Tácticas del cuerpo que tenía un teniente coronel o un coronel a cargo, imagino que debería estar así en conocimiento de lo que ocurría en tal o cual lugar de la ciudad.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Mencionó que estaba Tejada en ese lugar?

Puede que sí, si formaba parte de la conducción.

Fiscal Abel Córdoba: En una indagatoria anterior manifestó que estaba de franco, que pasaba por el lugar, que Casela estaba tomando mate y que se sumó de civil, ahora da otra versión...

Dije que eso lo mantenía y que arrancaba desde la seguridad perimétrica, el hecho de desplazarse de un lugar puede haberse olvidado con los años......

Fiscal Abel Córdoba: Me refiero a la contradicción.

No le puedo precisar con exactitud, tengo mis dudas si uno concurre del Comando o desde ese lugar. No le puedo decir eso es A o B.

Juez Martín Bava: Continuamos.

Hay una segunda, sin hacer cargas a nadie, relatando lo que ocurre.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: ¿La función de custodia de comandante qué limitaciones le imponía a usted?

Salía a la mañana a retirarlo de la casa 6:30, 7 de la mañana, lo dejaba en su trabajo, lo iba a buscar a las 15:30 y ya era una hora que depende si se reunía o no con el Comando. Unas ocho o nueve horas.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: ¿Su condición de custodia producía el efecto de que no cualquier superior disponía de usted?

No cualquiera me impartía una orden en forma directa. Tenía la limitación lógica de que si había una actividad extra consultaba con un secretario si cabía la posibilidad de cumplirla.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: ¿Le dijo al soldado Julián lo que le atribuye en la calle Fitz Roy cuarto piso que en el procedimiento había rematado, ultimado, a una persona joven de sexo femenino?

No se lo dije en ningún momento.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: Voy a solicitar a los efectos de llegar a la verdad, que se disponga el careo entre Méndez y el soldado Julián. Voy a necesitar que se incorpore por lectura la declaración de Julián en la instrucción en 2007 porque incurre en contradicciones que es necesario aclarar. Tengo para mí, que cuando el señor Eduardo Hidalgo declara ante el tribunal lo hace en fecha anterior al soldado y estaba en posesión de lo que iba a aportar el soldado.

Juez Martín Bava: Encontramos la razón de la contradicción entre lo que se han dicho ambos.

Fiscal Abel Córdoba: Es un pedido insólito, dados los conocimientos sólidos en la materia. Es inaudito que se pida un careo entre un testigo y un acusado. Se establece mediante la intervención de los abogados que pueden preguntar y repreguntar, es decir, esta oportunidad que tuvo Méndez de contradecir los dichos de ningún modo puede ser el pie para proponer careos que la doctrina autorizada entiende que no es procedente el careo entre un imputado y un testigo. Lo que puede hacer el repreguntarle y ofrecer los elementos de prueba que hay en asistencia a la postura de la defensa. El pedido que se incorpore a un año del inicio del juicio una declaración de 2007 es extemporáneo.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: Méndez está declarando hoy y creo que en octubre o noviembre declaró el soldado y antes Hidalgo.

Abogado querellante Diego Czernieky: La querella apoya el planteo del fiscal.

Juez Martín Bava: No es pertinente.

Abogado defensor oficial Gustavo Rodríguez: La defensa apoya el planteo de Gutiérrez.

Juez Martín Bava: No le voy a hacer lugar porque es una cuestión entre Fiscalía y el defensor.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: ¿En cuanto al origen del procedimiento en calle Fitz Roy, pudo haber sucedido que la guardia del edificio del frente haya alertado al COT sobre algún movimiento extraño que había en un lugar y que podía poner en peligro un barrio militar?

Es probable que la guardia de los edificios haya tomado el teléfono y haya comunicado algún acontecimiento. Creo que salieron notas periodísticas sobre ese tema y también muchísimo sirven los testigos que se le efectuaron.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: ¿Vio alguna relación de amistad o confianza entre el juez federal de esa época, algún funcionario judicial y el comandante del V Cuerpo de Ejército?

No. Primero no lo tengo visualizado exactamente a quién era el juez federal de esa época y tampoco conocía a los funcionarios judiciales. No le puedo decir.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: El comandante del V Cuerpo tenía periodismo adicto dispuesto a publicar sin crítica un comunicado militar porque el comandante lo dijera?

No, no tenía. Era bastante... por lo menos no tenía un acercamiento a la prensa en forma directa. Prefería delegar las funciones en los elementos que dependían, la secretaría general por ejemplo. No tenía una afinidad constante por así llamarlo. Puedo equivocarme.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: Recuerda lo que es una orden del día, ¿en aquella época en la parte avisos publicaban leyes o extractos de leyes?

Mire la orden del día era para ver si estaba de guardia o no. Estoy hablando de mi regimiento de origen. Acá se instrumentó un sistema distinto por la secretaría general del comandante de colocar una orden. He visto inclusive algunos artículos interesantes que podían incidir en el rendimiento o en la actividad centralizada de una fracción o algún elemento que podía ser operativo o no, de funcionamiento de la guardia o disposiciones particulares y generales que se impartían sí.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: ¿Tuvo conocimiento por una disposición legal del Proceso Militar que el personal militar estaba autorizado a abrir fuego en determinadas circunstancias?

Sí, la recuerdo porque hubo una orden previa, le estoy hablando 36 años atrás, yo era subteniente del regimiento 25, hubo un general que se llamó creo Laplane entonces volcó y le ordenó a los comandantes que todo el personal tenía que tener conocimiento, con su firma aclarada y no sé si poner en el legajo. Tener un documento legal de que esa persona sabía lo que tenía que hacer.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: ¿Cree que la apertura de fuego del personal militar contra el personal morador del edificio estaba encuadrada en esa disposición legal que existía?

Tengo que responder dividido. Usted lo encuadra siempre y cuando sea consecuencia de lo otro. Si una cosa en base a lo que sucede, procede en base a lo que ocurre. Es realidad absoluta.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: ¿Cómo ingresó el personal al departamento?

No tengo conocimiento.

(Cuarto intermedio de 15 minutos).

El segundo punto importante es un problema que ocurre en la calle Chiclana 1009. En ese lugar un día de febrero, pasado el mediodía, uno es convocado para configurar el cerco que la Agrupación Tropas hacía siempre.

A continuación se hace por el Comando, que le ordena a uno donde debe situarse y disminuye el personal de cuadros y tropa en ese lugar, correspondiéndome un ventana. Al llegar ahí se hace una distribución del escaso personal, correspondiéndome a mí ocupar la parte posterior de la casa. Transcurre una cantidad de tiempo de entre 5 y 10 minutos de distribución de gente que por el ruido de los vehículos, el diálogo del personal, yo ocupaba un lugar próximo a dos árboles.

Mirando los lugares, era para evitar una fuga por la parte posterior. Cuando ocurre todo se me arroja un explosivo tipo bomba de estruendo armada. Me ingresa por la parte del ojo izquierdo y provoca mi pérdida de conocimiento y me recogen y me conducen al Hospital Militar.

Recobro inmediatamente el conocimiento, creo que Fonti lo declaró, y después se hacen las evaluaciones y voy a Buenos Aires. Eso es lo que viví, estuve y me ocurrió.

Juez Jorge Ferro: ¿Podría describir el momento en que le arrojan?

Eso vino evidentemente de las alturas, una terraza o techo. Ocurre cuando por la parte de ingreso de la vivienda personal que no visualizaba intentan ingresar, imagino que toman las armas la gente que vivía en ese lugar y sale en ofensiva. Yo no alcanzo a visualizar quién me lo hace y cómo se ejecuta la operación contra mí.

Juez Jorge Ferro: Cuando dijo que le ordenaron hacer esa fracción de esa unidad perimétrica ¿quién le ordenó?

En ese momento estaba el mayor Ibarra y el teniente Casela que eran los que conducían la operación.

Juez Jorge Ferro: ¿Para darle esa orden a usted sabiendo que cumplía funciones con el comandante ellos tenían el consentimiento?

Sí, en ese momento había llegado de traerlo y tuvo conocimiento el comandante de lo que iba a pasar y me ordenó ir en apoyo de esa fracción. Ibarra habló con el ayudante y él con el comandante. Era febrero y el Comando estaba escaso de personal.

Juez sustituto Oscar Hergott: ¿El personal que concurrió estaba uniformado?

Sí. Utilizamos el vehículo de la dotación, el unimog y la F100.

Juez Jorge Ferro: ¿Se enteró qué pasó?

Con el tiempo sí, estuve 40 o 50 días en el Hospital Militar Central y me entero que a posteriori hubo un enfrentamiento armado con una persona muerta. Patricia Acevedo. Probablemente pudo haber habido una o dos personas más.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Para qué establecían un cerco?

Dos finalidades...

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: La finalidad del bloqueo ya fue explicada.

Para evitar la posibilidad de la fuga de una persona o por el tránsito de vehículos. Sabía la misión general que me habían impartido. Dar el cerco y cuidar la parte que se me indicara.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Por qué esa operación con tanta celeridad?

No le podría responder. No digo fugaz, simplemente se llega al lugar del hecho, uno recibió la orden de instalarse y ordena a la gente que conforme el cerco.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Por qué especulaban con que alguien iba a fugarse?

Porque era una de las factibilidades de que la operación ejecutada podía dar ese resultado.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Dónde estaba?

En el paredón hacia afuera, en la vereda con los árboles.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Cuando lo convocan para hacer este operativo dónde estaba?

Estaba en el Casino de Oficiales.

El personal a cargo es semejante al que hice referencia en el anterior procedimiento, me dieron la orden Casela e Ibarra.

Fiscal Abel Córdoba: ¿De qué modo pudo dimensionar qué riesgo tomaba o a qué distancia del hecho ubicarse?

Eso lo vi cuando me instalé en el terreno. No hice un cálculo exacto, me coloqué en el lugar donde aprecié que podía tener visibilidad y saber más o menos dónde estaba.

Fiscal Abel Córdoba: El señor Principi dijo que cuando lo estaban torturando dijo el domicilio de Chiclana 1009 y ahí quienes lo torturaban fueron al operativo, volvieron y le dijeron 'la matamos'. Uno deduce allí que quienes mataron a Patricia Acevedo era quienes estaban en el centro clandestino eran los que estaban torturando a Principi. ¿Tiene alguna defensa?

Desconozco esa parte del tema. No sabría precisar qué es lo que ocurre en ese hecho.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Vio personas salir de ese lugar?

No vi.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Por qué ese hecho pasivo es calificado por el Ejército como 'combate'?

No es considerado en ningún momento como combate.

Fiscal Abel Córdoba: Fue calificado de herido en combate.

Claro pero no por detener a alguien o hacer una acción forzada, solamente tengo la afección. Eso está explicitado en el reglamento.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Lo que usted vivió allí no fue un combate?

Exactamente.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Cuando le daban estas órdenes de ir a los operativos en la ciudad podía negarse, tenía disposición?

Depende de la actividad que tenía que realizar. Generalmente las órdenes se impartían. Y uno...

Fiscal Abel Córdoba: Usted ha vivido los años 76/77 y le pregunto ¿qué era el Ejército en el plano antisubversivo?

Tiene una raíz lo que estamos hablando que es el cumplimiento de las órdenes de un superior. Uno nunca va a tener la iniciativa propia y menos en un acto de este tipo.

Fiscal Abel Córdoba: ¿En algún momento le impartieron una orden que usted tuvo que desobedecer?

Ha habido órdenes que uno no ha cumplido tal cual lo exige el reglamento castrense.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Acá en Bahía?

No recuerdo pero evidentemente uno siempre tiene algo de rebeldía. Me pueden haber ordenado construir un puente o hacer ejercicios en el balneario Maldonado.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Por esas rebeldías no tiene sanciones?

Tengo una del subteniente por hacer una corrección en forma poco convencional en una sesión de tiro y son unos días de arresto.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Si le ordenaban uno de estos operativos evaluaba no cumplirlo?

No. Le aclaro que quien está acá es un teniente coronel retirado, en esa época tenía 21 o 22 años así que el concepto de las acciones y las personas puede ser diferente.

Fiscal Abel Córdoba: Hay algo que no cierra, ¿por qué fue un acto de servicio la custodia en la vivienda si es un acto policial?

Porque en esos años, 76, los comandos de las policías estaban subordinadas al Ejército. Y la orden pasaba por un general, un coronel y un teniente coronel y uno tenía que hacerlo.

Fiscal Abel Córdoba: La pregunta es ¿por qué con su rango usted se encontraba en una vivienda de civiles?

Lo tomo como una acción de servicio, hacía patrullajes a todas horas, usted no especifica puedo hacerlo o tal o cual hora. Soy totalmente consciente que el Ejército en el año 83 que viene la democracia hasta que me retiro, los cambios de procederes, estudios, doctrina, dogmas, han cambiando.

Juez Jorge Ferro: Usted había dicho 'actividades extra regulares del Ejército, ¿qué significa?

Usted tiene la instrucción básica en los primeros años del Colegio Militar, aprende el ataque, la defensa, operaciones y retiradas. Y paralelamente a eso cuando uno quizás no conocía. Estoy hablando año 72, 73, que surgen operaciones subsidiarias a una materia militar, una vez me dijeron 'va a venir la guardia de infantería al Colegio Militar' y vi formar en cadena y el empleo de la famosa pistola lanza gases...

Juez Jorge Ferro: ¿Actuaba como un acto de servicio consciente que era una actividad irregular?

No...

Juez Jorge Ferro: ¿Usted estaba cubriendo con ese cerco perimetral que el Ejército ingresara en un edificio civil?

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: La actividad estaba relacionada a la ley, acá hay una sentencia de la Cámara Federal que habla de la legalidad del procedimiento. Además, si me permite, de lo que está hablando es de operaciones contra fuerzas irregulares donde el enemigo no es un ejército, lo que tiene enfrente.

Juez Jorge Ferro: A eso va la pregunta, quiero que me compatibilice cómo es una actividad de servicio con un acto extra regular.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: Era el derecho vigente en esa época. En ese tiempo había tres leyes sancionadas el 24 de marzo que ordenaban eso, no es que sea una cosa totalmente ilegal.

Juez Jorge Ferro: Yo no hablé en ningún momento de ilegalidad.

Tiene como base para la pregunta el reglamento de las fuerzas terrestres y ahí tiene un agregado que prevé ese tipo de acontecimientos. Cuando está en el Colegio Militar usted lee eso y lo tiene incorporado a su doctrina.

Fiscal Abel Córdoba: Hubo una referencia que había un accionar del Ejército hasta la democracia y anterior...

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: Me tengo que oponer a la pregunta porque está escrito en todas partes lo que está preguntando.

Fiscal Abel Córdoba: Intento que se evalúe la motivación del acusado para realizar esos actos. ¿En algún operativo vio una orden de detención?

No en forma directa pero aprecio que quien estaba en conocimiento completo del procedimiento tenía una orden de por lo menos el oficial de turno. Le daba una orden que por supuesto que soy consciente que no era legal, con la cual no estaría de acuerdo en este momento, pero algo le daría.

No podría nunca atropellar o tirar una puerta y decir 'acá ingreso' porque esto no es mío. No estoy de acuerdo desde el punto de vista humano.

No es que esté arrepentido, la historia comienza con 1810, con pardos y morenos y continúa actualmente con los problemas que tenemos pero a medida que va pasando el tiempo uno se da cuenta de situaciones que son cambiantes en esta república.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Órdenes de allanamiento?

Tiene que haber existido un documento que localizaba la calle, ubicaba el lugar. Quien llevaba a cargo el operativo tiene que haber tenido algo que le permitiera llegar a ese lugar.

Juez Jorge Ferro: ¿En Chiclana quién estaba a cargo?

El mayor Ibarra.

Juez Jorge Ferro: ¿Usted habría recibido instrucciones respecto a qué hacer si encontraba a esa chica?

Detenerla.

Juez Jorge Ferro: ¿Y se entrega al juez?

Al comando superior.

Juez Jorge Ferro: ¿Esa orden está dada por escrito?

Creería que está dada por escrito. Antes de salir había una coordinación en algunos casos pero no comentaba, simplemente ocupaba un puesto. No le daban los datos de filiación sino de configuración geográfica. La transmitían en forma verbal.

Juez Jorge Ferro: ¿Qué papel jugaba el Destacamento de Inteligencia?

No he estado en contacto directo. No lo sé.

Juez Jorge Ferro: Le digo porque en el caso de Fitz Roy dijo que había llegado un coronel Álvarez y después dijo 'creo que estaba el teniente coronel Tejada que era jefe de unidad'?

Del área de Planeamiento, del área de Operaciones del Comando en Planeamiento.

Juez Jorge Ferro: ¿Esa misma agrupación estuvo en Chiclana?

No tengo conocimiento.

Juez Jorge Ferro: ¿El enlace sería Ibarra?

Sí.

Juez Jorge Ferro: ¿Tenía relación con Ibarra?

La relación de dependencia entre un jefe y un subteniente.

El diálogo con el comandante era muy parco y muy seco. Solamente 'lléveme a tal lado', 'búsqueme a tal hora'.

Juez Jorge Ferro: ¿Conocía algún oficial de Inteligencia?

No, el oficial de inteligencia hace el curso de teniente o teniente primero, en mi promoción no había ningún recibido en Inteligencia. Por la orgánica misma uno sabe que una gran unidad de batalla tiene un departamento de Inteligencia.

Juez Martín Bava: Ese año usted era subteniente, ¿dónde vivía?

En la casa de huéspedes.

Juez Martín Bava: ¿Corres también era subteniente?

También.

Juez Martín Bava: ¿Y vivía con usted?

Tenía designado los adminículos pero no vivía permanentemente.

Juez Martín Bava: ¿Con quién vivía?

Arroyo, Ferreira, Santamaría, los médicos Fonti y Taranto. Más otro que creo que era médico, otro era veterinario, Casela, Rojas, Chiesa. Corres no vivía con nosotros.

Juez Martín Bava: ¿Reconoció la existencia de La Escuelita?

El conocimiento de todos.

Juez Martín Bava: ¿De toda la gente que mencionó quién podía ir?

Nadie.

Juez Jorge Ferro: ¿Supo de situaciones irregulares en La Escuelita? ¿Que había mujeres embarazadas?

No.

Juez Martín Bava: ¿De algún otro centro de reunión de detenidos?

No conozco.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Dónde quedaba ese lugar?

En dirección creo que noroeste.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Dentro del predio militar?

Aprecio que dentro del predio. Nunca ingresé ni nunca estuve en las proximidades. Había órdenes generales de no ingresar. Aparte el mismo ritmo del cuartel. Era restrictivo el ingreso.

Fiscal Abel Córdoba: ¿No se preguntó de dónde sacaban la gente que estaba allí adentro?

No.

Fiscal Abel Córdoba: En Chiclana 1009 hay algo que resulta vacío, ¿cómo sabía usted a quién detener sin información?

Tenía que impedir la salida de personas que pudieran escaparse por ese lugar.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Qué supo del hecho después?

Estoy hablando con un lapso de tiempo de 40 días más, me comentan que había habido un enfrentamiento con otra gente en base a lo que había pasado. No sé quiénes.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Era personal que fue con usted?

Puede ser pero no lo puedo decir con exactitud.

Fiscal Abel Córdoba: ¿A Patricia Acevedo la conocía?

No la conocía ni tenía referencia de que fuera buscada. Las referencias que tengo es por los documentos militares.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Dónde vio documentos militares?

Probablemente en algún diario. Puede ser actividades operacionales.

Fiscal Abel Córdoba: Le pregunto por el concepto de combate, ¿qué es en términos militares un combate?

Es un enfrentamiento, puede ser de fracciones o de personas individuales o acompañadas con armamento, ambas donde hay el intercambio de disparos hasta los movimientos que uno pueda hacer de forma táctica o técnica para dar al otro.

Juez Jorge Ferro: ¿Dentro de este contexto sus superiores le explicaron lo que era la actividad antisubversiva?

No, me parece que en unos cinco reglamentos que salieron. No hubo un adoctrinamiento. Hubo explicaciones muy someras.

Juez Jorge Ferro: ¿Cuando recibió la orden de ir a Chiclana y a Fitz Roy a qué iba?

A hacer creo que un procedimiento, iba a detener a una persona.

Juez Jorge Ferro: ¿En base a qué y por qué?

Es información que disponían los superiores.

Juez Jorge Ferro: ¿Y cuando vio los resultados que composición del lugar hizo?

Es un enfrentamiento fatuo, uno piensa porqué...

Juez Jorge Ferro: ¿No sabía qué era antisubversivo?

En esencia lo sabe. Uno leía los diarios y veía los sucesos que ocurrían. No digo las razones o las sinrazones. Uno iba con una idea de lo que ocurría o podía ocurrir.

Juez Jorge Ferro: ¿Le hablaban de la doctrina de la seguridad nacional?

No.

Juez Jorge Ferro: ¿Nunca lo instruyeron?

No, no hubo explicación técnica didáctica o metodológica. Puede ser somera. Depende de la conducción que uno haya tenido.

Juez Jorge Ferro: ¿Conoció a Condal y Granada?

Los he conocido pero mucho más estando detenidos. Estaban en el área del Destacamento de Inteligencia, no tenía relación contacto ni diálogo con ellos en la década del 70. No existían.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: Dos preguntas, ¿después del suceso de Fitz Roy la justicia lo convocó o le hizo alguna imputación?

No.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: Se mencionó a Corres, él en 1976 era subteniente. ¿Con ese grado Corres podría haber cursado la escuela de Inteligencia?

No. Recién ingresaba el teniente en el último año.

Juez Martín Bava: ¿Cuál era la tarea?

Estaba trabajando en actividades anexas que destinaron para él, no le puedo explicar porque no nos lo dijo.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Tenía algún apodo?

No, le decíamos Petiso. Acá por supuesto me entero de lo que decían los testigos.

Juez Jorge Ferro: ¿Recibió algún comentario sobre una mujer embarazada que estaba en ese campo de detenidos por parte del dr. Martiré?

No, no recibí.

Juez sustituto Oscar Hergott: Usted conocía La Escuelita, era un lugar restrictivo, ¿por qué?

Se realizaban actividades propias de obtener información. Hay lugares donde usted no puede entrar.

Las guardias de seguridad las hacía Corres, que tenía personal a su cargo.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: Después del accidente de febrero de 1977 puede relatarnos cuál era su capacidad física.

Fui a la junta médica y me dan el 33 por ciento de incapacidad.

Abogado defensor particular Mauricio Gutiérrez: ¿La pregunta es si tenía capacidad como para participar o ir a un procedimiento como el de Chiclana?

No, veía poco de mi ojo izquierdo.

Juez Jorge Ferro: ¿Refirió que en La Escuelita se obtenía información?

Sí, no le puedo explicitar qué ni cómo.

Juez Jorge Ferro: Es de presuponer que ahí actuaba personal de Inteligencia porque toda fuerza militar la inteligencia se nutre de información, ¿presupone eso?

Presupongo pero le digo que el segundo comandante de cuerpo dispone quién. Él tenía su gente que trae de Tucumán.

Juez Jorge Ferro: No le digo que haya estado sino si presupone que esa gente era de Inteligencia.

Sí, puede haber actuado.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Podría relatar las circunstancias de la segunda condecoración?

En el regimiento 25 de Sarmiento Chubut, estaba en el regimiento, era instructor de materias de combate, llega un fax del Estado Mayor que había que ir a retirar a una empresa, vino un paquete, había que hacer una formación creo que el 10 o 12 de diciembre y me lo entregaron.

Fiscal Abel Córdoba: ¿Supo por qué?

No me lo explicitaron pero deben haber tenido en cuenta mi situación médica.

Quiero mencionar el punto tres de la imputación que tengo.

(Cuarto intermedio hasta el día siguiente).

Bahía Blanca, 08may12
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