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DERECHOS


21mar06


Se solicita Investigación de la conducta irrregular del Juez Walter Bento.


Excma. Cámara Federal:

Los abajo firmantes, familiares de detenidos-desaparecidos por razones políticas y abogados representantes de organismos de derechos humanos, se presentan ante V.E. y dicen:

I- Objeto: Que de conformidad con sus funciones de superintendencia (art. 118 inciso c) del Reglamento para la Justicia Nacional, CSJN, Fallos 224:575 y sus modif.), solicitamos a V.E. investigue la conducta del Juez Federal titular del Juzgado Federal nro. 1, Dr. Walter Bento y, en su caso, disponga la remisión de las actuaciones al Consejo de la Magistratura a los fines dispuestos en los artículos 53, 114 inc. 5 y 115 de la Constitución Nacional, por los motivos que se exponen a continuación:

II- Hechos: que el día viernes 17 de marzo próximo pasado el Dr. Bento convocó a su público despacho a periodistas de diversos medios de comunicación locales a fin de comunicarles “importantes novedades” en las casi sesenta causas por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura que se tramitan en el juzgado a su cargo. En dicha oportunidad y en una suerte de “conferencia de prensa” anunció que en dos de esas causas “citaría a prestar declaración indagatoria” a diversas personas por la comisión de diversos delitos, que no especificó; al ser consultado sobre la posibilidad de detenciones dijo que éstas dependían de cada ilícito en concreto y de la pena prevista para el mismo. Además especificó que se trataba de “nueve personas” entre militares y policías.

Sin embargo, durante la noche de ese mismo día se difundió en el noticiero de Canal 9 de Mendoza un reportaje a este magistrado quien, contradiciéndose con lo afirmado horas atrás, dio la nómina de las causas en las que habría ordenado las “citaciones”: dijo que correspondían a las desapariciones forzadas de Virginia Adela Suárez, de Ricardo Sánchez y de una persona apellidada Moyano, ocurridas en el mes de mayo de 1976.

III- Valoración: la conducta del Dr. Walter Bento no es otra cosa que un jalón más en la larga cadena de irregularidades que viene cometiendo, desde su nombramiento en el cargo de juez federal, en las causas por violaciones a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura y que actualmente se encuentran pendientes de su conocimiento y decisión.

A su general inactividad al respecto y a su inédita resolución de incompetencia que V.E. anulara oportunamente en términos durísimos (as. nro. 77.676-B-4648, auto del 26/12/2005) se suma esta irresponsable aparición mediática, anunciando - cosa nunca vista en ninguno de los tribunales nacionales que investigan estos graves delitos- diversas medidas coercitivas futuras en tres hechos determinados. Evidentemente, presionado por su propia inactividad y por su claro deseo de no investigar los graves delitos contra la humanidad objeto de las casi sesenta causas por violaciones a los derechos humanos que tiene en su juzgado, el Dr. Bento una vez más “huye para adelante” y anticipa a los presuntos autores y cómplices de las desapariciones de las personas que expresamente ha difundido las posibles medidas que se van a tomar en su contra en el futuro, otorgando a aquellos que se encuentren aún con vida (extremo que ni el propio magistrado conoce, como ha reconocido ante la prensa) la facultad de decidir entre huir o enfrentar el “accionar” de una justicia que, en sus manos, se muestra ineficiente, desinteresada en averiguar la verdad real de lo sucedido y, como se advierte una vez más, complaciente con sus responsables penales.

Como adelantamos, al igual que lo que ocurrió con su famosa y frustrada incompetencia, no tenemos conocimiento de otra conducta semejante de un juez federal en todo el territorio de la Nación. Seguramente presionado por la inminencia del trigésimo aniversario del golpe militar de 1976, Bento ha querido mandar un mensaje a la sociedad, mostrándose como un juez activo en la investigación, cuando en realidad le está avisando a los responsables de las desapariciones de tres personas ocurridas en mayo de 1976 lo que les espera, que no es otra cosa que un trato privilegiado en su tribunal.

IV- Prueba: a los fines de una mejor valoración de V.E. sobre la conducta de su inferior, acompañamos copia de la edición on line del Diario “Los Andes” del día sábado 17 de marzo próximo pasado. Asimismo solicitamos a V.E. requiera a Canal 9 de Mendoza el tape sobre el reportaje al magistrado del último viernes y en el que anuncia claramente las causas penales en las que, presuntamente, va a ordenar medidas coercitivas personales.

V- Calificación Legal: la conducta del Dr. Walter Bento viola el artículo 8 inciso b) del Reglamento mencionado, que obliga a los magistrados a “guardar absoluta reserva con respecto a los asuntos vinculados con las funciones de los respectivos tribunales”

VI: Petitorio:

Por lo expuesto solicitamos a V.E.

    1- Tenga por presentado este escrito y la prueba ofrecida.

    2- De a la misma el trámite administrativo correspondiente.

    3- De conformidad con sus funciones de Superintendencia (art. 118 inc. c), Reglamento para la Justicia Nacional) investigue la conducta del Sr. Juez Federal Walter Bento y eleve las actuaciones al Consejo de la Magistratura a los fines previstos en los artículos 53, 114 inc. 5to. y 115 de la Constitución Nacional.

Proveer de conformidad
es justicia

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