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26feb08


El caso Cabezas y una ley polémica


En la Argentina padecemos inusitadas demoras en los procesos judiciales. A las lamentables secuelas de todo proceso se agrega en los juicios penales la delicada y trágica situación de quienes se encuentran detenidos en espera de una sentencia, cuestión atroz si resultaran inocentes, pero aun penosa para los culpables por la angustia y la incertidumbre que conlleva la indefinición. La coexistencia de procesados y condenados en las cárceles es también un apocalipsis.

Las demoras y sus causas difieren a lo largo del país, pero en casi todas las jurisdicciones -y particularmente en la ciudad y la provincia de Buenos Aires - se deben a la congestión de los tribunales, en menor medida a cuestiones procesales y, en algunos casos, hasta a la incuria de los magistrados.

Para remediar lo que es un problema fáctico -muchas causas por juez-, en 1994, en un momento de crisis y de motines carcelarios, se creyó que la situación podía solucionarse con el recurso mágico de una ley. El asunto era percibido como un reflejo de la inercia judicial y, para sacudirla, se resolvió computar doble el tiempo en que el procesado estuviera detenido en espera de una sentencia luego de un tiempo prudencial de dos años. Se pensaba entonces que el sistema -conocido como dos por uno- iba a ser suficiente para que los jueces trabajaran y dictaran sentencia oportunamente, al tiempo que se hacía justicia con los procesados.

En la práctica, la ley fracasó. Era el remedio inadecuado. En 2001 terminó siendo derogada porque provocaba una distorsión en las penas. Se llegaba a situaciones absurdas: convenía demorar la sentencia para beneficiarse con la aplicación.

En algunos casos, los procesados se vieron favorecidos legítimamente, pero en la mayoría provocó efectos no deseados. Prueba de ello ha sido el proceso por el asesinato del fotógrafo José Luis Cabezas, el 25 de enero de 1997.

Por ese crimen, la Cámara de Apelaciones de Dolores condenó a reclusión y prisión perpetua a tres policías: Gustavo Prellezo (autor material), Sergio Cammaratta y Aníbal Luna; a cuatro miembros de la banda Los Horneros, Horacio Braga, Sergio Gustavo González, José Luis Auge y Miguel Retana, y al jefe de custodia del empresario postal Alfredo Yabrán, Gregorio Ríos, acusado de la autoría intelectual. También a Alberto Gómez, ex comisario de Pinamar.

Un fallo de la Sala I de la Cámara de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires permitió que los condenados obtuvieran la libertad antes de tiempo, desde el 13 de noviembre de 2003. Cuatro años después, en 2007, la Suprema Corte bonaerense, al ratificar las sentencias, ordenó que regresaran a prisión. Esa decisión se vio demorada por artilugios legales. Sólo González y Auge retornaron a prisión por haber violado las condiciones impuestas para ser liberados, pero su abogado, al igual que en el caso de Braga, anticipó que iban a recuperar la libertad por haber sido alcanzados por la ley del dos por uno. Continuaron presos Prellezo, por haber presentado su apelación fuera de término, y Gómez, por haber sido juzgado más tarde.

Tras una inquietante demora de casi cuatro años, la Sala I de la Cámara de Casación Penal bonaerense decidió reducirles las penas a los condenados. Auge, condenado originalmente a 20 años de prisión, debía cumplir 13 años y cuatro meses para pedir la libertad condicional, pero, como Ríos, podía hacerlo en la mitad de ese lapso gracias a la ley del dos por uno. En el cálculo del beneficio sólo se descontó el período comprendido entre 1997, cuando fueron detenidos, y 1999, por tratarse del período de dos años.

En 2004, Auge recuperó la libertad por medio de una fianza de 20.000 pesos. Había sido condenado el 2 de febrero de 2000 a cadena perpetua como partícipe primario del crimen. Como la defensa apeló esa decisión ante Casación y ese tribunal, en abril de 2004, le redujo la pena a 16 años, la Cámara de Apelaciones de Dolores interpretó que correspondía aplicarle el cálculo de la ley del dos por uno, lo que iba a permitirle salir de la cárcel por haber permanecido más de dos tercios de la condena revisada.

Profunda indignación produjo la libertad de la mayoría de los imputados, como lo hizo notar el director de Libertad de Prensa de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), Ricardo Trotti. En 2001, la ley del dos por uno fue derogada, pero la historia resultó ser más benigna con los criminales que con las víctimas y sus deudos. Once años se cumplieron del crimen de Cabezas, tras un proceso signado por la impunidad.

[Fuente: La Nación, Bs As, Arg, 26feb08]

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