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01jun15


Acta de la audiencia preliminar en el marco del juicio por los crímenes cometidos por la Concentración Nacional Universitaria


-ACTA-

En la ciudad de Mar del Plata al primer (1) día del mes de junio de dos mil quince, siendo las 10:50 hs., se celebra la presente audiencia en el marco de la causa N° 33013793/2007/TO1 caratulada "Demarchi, Gustavo Modesto y otros s/homicidio agravado p/el conc. de dos o más personas y privación ilegal libertad agravada (art. 142 inc. 1) querellante: Paciaroni de Gasparri, Esilda y otros" del Registro de esta Secretaría, llevada adelante por los Señores Jueces del Tribunal, Dres. Elbio Osores Soler, Víctor H. Bianco y Luis A. Imas por ante el suscripto, Secretario del Tribunal, Dr. Carlos Ezequiel Oneto previa constatación de la presencia de las partes, encontrándose presentes en la sala el encausado Gustavo Modesto Demarchi quien resulta ser letrado en causa propia; el Dr. Horacio Insanti representando a Juan Pedro Asaro y Raúl Arturo Viglizzo; el Dr. Hugo Enrique Moya co-defensor de José Luis Granel (letrado en causa propia); la Dra. María Silvia Coronel quien asiste a Luis Roberto Coronel; la Unidad de Letrados Móviles de la Defensoría General de la Nación asistiendo a través de la Dra. Paula S. Muniagurria a los encausados Marcelo Arenaza, Roberto Alejandro Justel y Fernando Alberto Otero, el Dr. Manuel Baillieau representando a Juan Carlos Asaro y Raúl Rogelio Moleón y el Dr. José Galán asistiendo a Mario Ernesto Durquet, también se encuentra presente la Dra. Isabel Labattaglia; el Ministerio Público Fiscal representado por el Sr. Fiscal General, Dr. Daniel Eduardo Adler, la Sra. Fiscal Federal, Dra. Laura Mazzaferri y la Sra. Fiscal ad hoc, Dra. María Eugenia Montero, por las partes querellantes: el Dr. Luciano Bayo representa a la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos del Centro y Sur de la Provincia de Buenos Aires; el Dr. Ireneo Hugo Di Matteo en representación de la Universidad Nacional de Mar del Plata y la Dra. Gloria del Carmen León en igual carácter respecto de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Declarada abierta la audiencia, el Señor Presidente hace saber a las partes que la presente audiencia se encuentra relacionada con cuestiones operativas del debate, informándose que la audiencia de juicio oral y público comenzará el lunes próximo 8 de junio y se resolverá sobre la marcha respecto del día 9 en razón del paro general previsto. La citación de testigos por audiencia se evaluará por Secretaría en cuanto a la cantidad diaria y, las partes, deberán hacer saber con la debida antelación respecto de la eventual documental que quisieran exhibir a los testigos. Por otra parte, en cuanto a la documentación recibida en el marco de la prueba solicitada, las partes deberá tomar vista de la misma debiendo indicar las piezas que consideran necesario contar para su posterior devolución. Asimismo, los imputados podrán estar presentes en la sala de audiencias o permanecer en sala contigua si así lo desean, salvo en los actos indispensables del debate que se requiera su presencia. Otorgada la palabra al Dr. Adler, refiere que efectuará un planteo en cuanto a la autodefensa de los encartados, a lo que el Presidente le hace saber que una vez finalizada las cuestiones operativas del debate podrá ser tratada la misma. Por su parte, el Dr. Insanti pregunta si los encausados podrán permanecer en su lugar de alojamiento y no comparecer durante el debate, a lo que las partes no tienen objeciones y el Señor Presidente le hace saber que no hay inconvenientes en que no comparezcan. El Dr. Granel refiere que vive en Buenos Aires y trabaja allí, solicitando se le permita no concurrir durante el debate, a lo que el Señor Presidente le hace saber que no hay inconvenientes pero deberá concurrir un representante o co defensor. En cuanto a la figura del defensor sustituto podrán ser designados, no habiendo objeciones de las partes. El Señor Fiscal General basándose en la Acordada 42/08 de la CSJN y Acordada 1/12 de CFCP la posibilidad de concentrar la mayor cantidad de testigos a lo que el Señor Presidente le hace saber que se tratará de aprovechar el tiempo en cuanto a la cantidad de testigos. Asimismo, las audiencias se desarrollarán semana por medio los días lunes y martes. La Dra. Coronel pregunta cuándo podrán contar con los cronogramas de testigos, a lo que el Señor Presidente que con la debida antelación se proveerá a las partes de los mismos. Finalizada las cuestiones atinentes al desarrollo del debate, la Sra. Fiscal Federal, Dra. Mazzaferri refiere que se opone al ejercicio de la autodefensa de Demarchi solicitando que el mismo designe defensor particular o, en su caso, ser asistido por la defensa oficial. Por otra parte, el Dr. Insanti solicita se corra traslado a todas las partes a fin de garantizar el derecho de defensa en juicio de sus asistidos, a lo que el Señor Presidente corre vista a las defensas del planteo efectuado. Otorgada la palabra a Demarchi, rechaza por extemporánea y mala fe el planteo efectuado, ya que busca limitar su derecho de ejercer su propia defensa, señalando que nunca obstruyó el trámite del proceso solicitando finalmente el rechazo con costas. El Dr. Insanti solicita se mantenga "la falsa apariencia del juicio" y se rechace el planteo efectuado. La Dra. Coronel adhiere a las manifestaciones de Demarchi e Insanti solicitando el rechazo del planteo efectuado por la Fiscalía con costas. La Dra. Muniagurría señala que la función de la defensa pública queda al margen del planteo efectuado, sin perjuicio de lo cual entiende que asiste el derecho de autodefenderse al encausado, más aún cuando resulta ser una persona calificada para hacerlo. Por su parte, el Dr. Galán solicita el rechazo del planteo efectuado el cual a su vez, considera que fue efectuado de manera desleal. El Señor Presidente dispone un cuarto intermedio de 30 minutos a fin de resolver el planteo efectuado. Reanudada la audiencia, el Señor Presidente hace saber a las partes lo resuelto por el Tribunal que a continuación se transcribe: "///del Plata, 1 de junio de 2015. AUTOS Y VISTOS: Atento el planteo de la Fiscalía General y oído el interesado Demarchi y los Dres. Insanti, Coronel, Muniagurría y Galán, Y CONSIDERANDO: No advirtiéndose agravio a los intereses acusatorios, ni a la garantía del debido proceso, ni evidencia en el actual estado de la causa - vísperas del inicio del debate - que pueda valorarse preventivamente en desmedro de una defensa técnica eficaz y la manifestación del imputado Demarchi en cuanto proveer a la designación de un codefensor particular, el Tribunal RESUELVE: RECHAZAR el planteo del Ministerio Público Fiscal en relación al apartamiento de la autodefensa ejercida por el imputado Demarchi, sin costas. Fdo: Elbio Osores Soler, Víctor Horacio Bianco, Luis Alberto Imas. Ante mí: Carlos Ezequiel Oneto - Secretario". El Dr. Adler efectúa protesta de recurrir en casación conforme lo resuelto precedentemente. Siendo las 12:50 hs. se da por finalizada la audiencia, por lo que no siendo para más, se da lectura, firman los comparecientes, después de los Sres. Jueces de Cámara, por ante mí de lo que doy fe. Finalizada la lectura, la Dra. Muniagurría pregunta si se efectuó la video filmación de la presente audiencia, a lo se que hace saber que el registro fílmico forma parte de la presente acta donde constarán con los argumentos efectuados, no siendo para más, se da lectura, firman los comparecientes, después de los Sres. Jueces de Cámara, por ante mí que doy fe.


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