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DERECHOS


31dic04


Reconocen derechos a defensores oficiales en causas por desaparecidos.


La Cámara Nacional de Casación —máxima autoridad penal del país— reconoció el derecho de los defensores oficiales a intervenir en causas sobre personas desaparecidas durante la última dictadura militar, por más que los familiares de esas víctimas no se hayan presentado a reclamar sus derechos.

De todos modos, la Sala I del Tribunal recomendó que, antes de formular pedidos o iniciar averiguaciones sobre personas desaparecidas, los defensores públicos "agoten las posibilidades de contacto" con los familiares a los fines de "compatibilizar intereses".

La "legitimación" para actuar de la Defensoría Pública había sido rechazada por la Cámara Federal de Mendoza en el juicio que investiga "el destino de las personas víctimas de desaparición forzada en la circunscripción de este Tribunal (la provincia de Mendoza) entre el 24 de marzo de 1976 y el 26 de setiembre de 1983". Así se transcribe en el fallo de la Sala I, que dio a conocer ayer el Ministerio Público de la Defensa a través de un comunicado oficial.

El fallo fue firmado por los jueces Alfredo Bisordi, Liliana Catucci y Juan Carlos Rodríguez Basavilbaso.

Siguiendo la jurisprudencia de la Corte en materia de derechos humanos, los camaristas destacaron que es "una obligación del Estado" averiguar la verdad, y que la misma no debe depender de intereses de particulares (como el de un familiar de un desaparecido). De esta manera, se les reconoció el derecho a actuar de oficio a los defensores oficiales y, por ejemplo, presentarse como querellantes en causas sobre crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura.

En la apelación contra el fallo del tribunal mendocino, formulada por la defensora pública Laura Pollastri, se afirmaba que esa decisión —ahora revocada— constituía "una arbitrariedad".

El recurso había llegado a la Cámara de Casación el año pasado. Y este tribunal, con los fundamentos expresados por la defensora Pollastri, lo remitió a la Corte Suprema. En octubre último, la Corte —compartiendo a su vez el criterio del procurador fiscal Eduardo Casal— revocó la sentencia de la Cámara Federal de Mendoza y devolvió el expediente a la de Casación Penal, para que dictara un nuevo fallo, que es el que se conoció ayer.

[Fuente: Clarin, Bs As, Arg, 31dic04]

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small logoThis document has been published on 24Mar05 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.