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16mar19


En mayo viene la Corte IDH a Salta y podría tener el fallo antes de fin de año


Ya finalizó el proceso de audiencia pública sobre el caso Lhaka Honhat vs. Argentina, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). El emblemático caso de derecho indígena territorial, que involucra a 643 mil hectáreas en el departamento de Rivadavia en Salta, finalmente tendrá una sentencia firme.

La Corte, al finalizar la jornada confirmó que realizará una visita a los ex lotes fiscales 55 y 14, y adelantó que probablemente sea en mayo, aunque no precisó una fecha.

Después de la visita de los jueces comenzará el plazo para presentar los alegatos por escrito de las dos partes, los peticionarios y el Estado nacional.

Con todo ese material, el juzgado internacional ya tendrá todo el material necesario para resolver y dictar una sentencia. Desde el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) expresaron a El Tribuno que los fallos de la Corte no suelen tardar mucho y que en promedio el total de un trámite es más o menos de dos años.

Este proceso se inició en febrero del 2018, momento que la Comisión de Derechos Humanos pidió elevar el caso a la Corte, sin embargo existe la posibilidad de que la resolución este antes de fin de año.

La sentencia es obligatoria para el Estado argentino y tiene que cumplirla. Eso está establecido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que se manifiesta sobre la obligatoriedad de las decisiones de la Corte.

Jornada histórica

Gabriela Kletzel, abogada del CELS, expresó que la audiencia del caso Lhaka Honhat en la Corte "fue una jornada histórica", por ser la primera vez que la Corte IDH trata un asunto vinculado con la propiedad comunitaria indígena respecto a la Argentina.

"Fue una oportunidad para que los jueces conozcan a las distintas partes del casos y puedan tomar declaraciones, es evidente que despertó muchísimo su interés. Pudieron despejar dudas sobre los hechos en territorio", afirmó Kletzel. La experta consideró que el Estado nacional tuvo una estrategia de litigiosidad en esta oportunidad y expresó que "no es lo más habitual", porque en general tiene una actitud menos litigiosa.

"Hubo una serie de situaciones sobre la presentación de prueba por parte del Estado, que da cuenta de una actitud litigiosa que le llamó la atención a los jueces de Corte. Incluso, al final de los alegatos uno de los jueces marcó esa situación del tema de la litigiosidad que se veía en este caso", agregó Kletzel.

La abogada objetó la actitud del Estado de querer demostrar la intervención en la zona preguntando si las comunidades los indígenas asistían a hospitales o colegios públicos. "No era muy claro por qué podía ser relevante si había una escuela, porque desde ya tiene que haberla porque tienen que garantizar el derecho a la educación o derecho a la salud. Ese no es un planteo de Lhaka Honhat", remarcó la representante del CELS.

También cuestionó la decisión de poner en duda la legitimidad de la asociación. "El planteo de Lhaka Honhat es a favor de todas las comunidades indígenas que habitan los ex lotes fiscales 55 y 14. No hay ninguna relevancia en pertenecer o no a la Lhaka Honhat para beneficiarse de lo que nos surja de la sentencia. No se entiende porque podría ser una "defensa" del Estado plantear la representatividad de Lhaka Honhat", remarcó.

Alegatos

La fiscal de Estado de la Provincia, Pamela Calletti, tuvo a cargo la exposición de los alegatos orales que presentó la Provincia. Durante su presentación la funcionaria provincial expresó que una solución "pacífica, definitiva, estable y sostenible en el tiempo" necesariamente requiere el desarrollo de una metodología participativa basada en consensos obtenidos mediante el diálogo.

Después Calletti detalló los antecedentes del caso. Por ejemplo, contó que del 2002 al 2005 se llevó adelante el proceso de solución amistosa, sin embargo en el 2006 la CIDH declaró la admisibilidad al caso. "Ello no importó en forma alguna la discontinuación de los trabajos en el ámbito provincial, permaneciendo inalterable la vocación conciliatoria y de trabajo del Gobierno de la provincia de Salta", expresó.

Expuso que en octubre de 2007 se aprobó el acta celebrada entre la Provincia, la asociación Lhaka Honhat y familias criollas, asignándose 400 mil hectáreas a las comunidades y 240 mil a los criollos.

Describió que en el 2008 se conformó la Unidad Ejecutora Provincial, que tenía por misión identificar cartográficamente la totalidad de los pobladores criollos y las comunidades indígenas, mapear la zona de ocupación criolla, la zona de uso tradicional de las comunidades, acompañar el proceso de consenso, celebrar acuerdos y apoyar la relocalización.

En el 2014, con el decreto 1.498, se reconoció y transfirió la propiedad comunitaria del 58,27% indiviso a las comunidades indígenas. El 35,39% indiviso a favor de los pobladores criollos y en reserva el 6% para uso institucional y obras de infraestructura necesaria.

"La participación de las comunidades en conjunto con los criollos son el insumo fundamental para la resolución definitiva y pacífica del conflicto territorial", afirmó la funcionaria.

Al finalizar, Calletti solicitó que "subsidiariamente declare la inexistencia de responsabilidad del Estado y de vulneraciones de los derechos alegados por los peticionarios", y reafirmó la "inquebrantable voluntad de seguir trabajando en forma incansable e ininterrumpida para lograr el goce pleno de todos los derechos".

[Fuente: El Tribuno, Salta, 16mar19]

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