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19oct10


Historia Procesal del Juicio "Base Naval I" de Mar del Plata.


Breve reseña procesal de los distintos procedimientos contra responsables de crímenes contra la humanidad en la ciudad de Mar del Plata.

Introducción

La ciudad de Mar del Plata estaba incluida como subzona 15 en las órdenes secretas del Ejército de Tierra, las cuales tenían como finalidad reglamentar las operaciones de exterminio.

En el caso específico de la Marina de Guerra y según el PLACINTAR C.O.N. nº 1 'S' 75 Contribuyente a la Directiva Antisubversiva COAR nº 1 'S'/75 que recoge las órdenes secretas para la creación de los grupos de tareas, cuya finalidad principal era el exterminio de población civil, en Mar del Plata tenía jurisdicción el Grupo de Tareas 6 que dependía directamente del Comando General de la Armada y para las comunicaciones electrónicas del Comando de Operaciones Navales, ambos en la Base naval de Puerto Belgrano.

Según estos documentos, de los que existe una sola copia depositada en la Corte Suprema de la Nación en 1998, la FUERTAR 6 estaba integrada por:

  • Agrupación de Buzos Tácticos
  • Agrupación de Comando Anfibios
  • Escuela de Submarinos
  • Escuela Antisubmarina
  • Escuela de Buceo
  • Escuela de Suboficiales de I.M.
  • Prefectura Mar del Plata
  • Prefectura Quequen
  • Subprefectura General Lavalle
  • Dependencias con asiento en Mar del Plata y zona de influencia.

Es de destacar que la Marina de Guerra creó 11 Fuerzas de Tareas dentro del marco de las órdenes secretas previstas en el PLACINTAR.

Hasta la fecha sólo han sido procesado oficiales del Grupo de Tareas 3.3.2 que tenía sede en la ESMA (Escuela de Mecánica de la Armada).

Este Grupo de Tareas era uno de los integrantes de la FUERTAR 3 - Agrupación Buenos Aires, que estaba bajo la dirección del Jefe de Operaciones del Estado Mayor General de la Armada.

Procedimientos en Mar del Plata

En el año 1999 comenzaron en varias ciudades importantes de la Argentina los denominados "Juicios por la verdad", se trataba de procesos no punitivos, es decir, que no perseguían el objetivo de juzgar a los responsables de la última dictadura.

Por aquel entonces las leyes de Obediencia debida y Punto final, más los indultos instaurados por el ex presidente Carlos Menem, hacían imposible el juzgamiento de militares y civiles cómplices y colaboracionistas del terrorismo de estado. Por eso, estos denominados "Juicios por la verdad" tomaron un carácter de suma importancia, por su valor documental, por su valor histórico y porque luego sentarían precedente para los futuros juicios penales.

El 5 de febrero de 2001, en el Tribunal Oral Federal número 5 de Mar del Plata y ante los jueces Roberto Atilio Falcone, Mario Alberto Portela, Néstor Rubén Parra y el Sr. Secretario, Dr. Facundo Luis Capparelli, dio comienzo el "Juicio por la verdad" en Mar del Plata. El juicio se extendería hasta finales del año 2005 y durante el proceso, además de rendir testimonio numerosas víctimas, serían nombrados como responsables (sin procesamiento penal) de los centros clandestinos de detención los represores de la Base Naval de Mar del Plata.

Este juicio dejó ver claramente cómo operaban las fuerzas armadas en conjunto y cómo se realizaban operativos de secuestro entre el Ejército Argentino y la Marina o la Fuerza Aérea. Además dejó al descubierto la complicidad de los civiles, abogados, fiscales y jueces que le dieron el marco legal a la última dictadura, instaurando la figura del desparecido y trabajando en conjunto con el aparato represor de la época.

En Agosto de 2003, luego de que el Senado de la Nación aprobara por mayoría declarar nulas las leyes de Obediencia Debida y de Punto Final, se presentó el marco político propicio para el juzgamiento de represores. Así fue como el 27 de Septiembre del año 2004 el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata comenzó con la investigación de la desaparición de Liliana Iorio, Patricia Lazzeri, Liliana Retegui, Omar Tristán Roldan y Delia Garaguso.

El 01 de Octubre de 2004 se toma declaración indagatoria al Contralmirante Juan Carlos Malugani, según consta en fojas 1048/49, Cuerpo VI de la Causa 4447.

El 14 de junio de 2005 la Corte Suprema de la Nación, aprueba por 7 votos a favor y uno en contra la ley que establece la nulidad de las leyes de impunidad que daban protección a los represores e impedían seguir con el proceso de unos 1.100 imputados por delitos de lesa humanidad.

El 21 de noviembre de 2006 se dicta el procesamiento de Malugani por los casos Iorio, Retegui y Lazzeri.

El 23 de noviembre de 2006 se realiza una ampliación de la indagatoria a Malugani por los casos de Omar Tristán Roldan, Delia Garaguso, Patricia Lazzeri, Liliana Retegui, Liliana Iorio, Stella Maris Nicuez y Nancy Carricabur.

El 29 de noviembre de 2006 la justicia llama a declaración indagatoria al Contralmirante Roberto Luis Pertusio por los casos de Roldán y Garaguso.

En Diciembre de 2006 la justicia dicta el Procesamiento Malugani y Pertusio:

  • Malugani: autor Privación ilegal de la libertad doblemente agravada por mediar violencia y amenazas- imposición de tormentos agravados en perjuicio de perseguidos políticos- de Carricavur, Nicuez Iorio, Lazzeri, Retegui, Roldán y Garaguso; homicidio agravado de los últimos cinco y hurto calificado.

  • Pertusio: co-autor Privación ilegal de la libertad doblemente agravada por mediar violencia y amenazas- imposición de tormentos agravados en perjuicio de perseguidos políticos, homicidio agravado de Garaguso y Roldan, y hurto calificado.

    El día 26 de Marzo de 2007 se le toma declaración indagatoria al Capitán de Navío Justo Alberto Ignacio Ortiz, quién era Sub Jefe de la Base Naval de Mar del Plata; en esta oportunidad se lo indaga por los hechos de que fueran víctimas Iorio, Lazzeri, Roldan, Retegui, Garaguso, Carricabur y Nicuez.

    Finalmente, el 4 de Abril de 2007 la justicia Argentina dicta el procesamiento con prisión preventiva por el homicidio doblemente agravado de Retegui, Lazzeri, Iorio, Roldan y Garaguso y la privación ilegal de la libertad doblemente agravada e imposición de tormentos agravada de Retegui, Lazzeri, Iorio Carricabur, Nicuez, Roldan y Garaguso.

    Posteriormente, el 19 de Abril de 2007 y según consta en fojas 2691/2692 de la causa 4447, cuerpo XIV, el Contralmirante Roberto Luis Pertusio fue llamado nuevamente por la justicia para una ampliación indagatoria.

    El 22 de Mayo de 2007 la Cámara Federal confirma el procesamiento del Contralmirante Juan Carlos Malugani y del Contralmirante Roberto Luis Pertusio.

    También resuelve confirmar la calificación del procesamiento de 1ª instancia de fs 2072/2080. Excepto en relación al delito de Hurto.

    A los 24 días del mes de Julio de 2007 se llama a tomar declaración indagatoria al Coronel Pedro Alberto Barda, quién fuera responsable máximo de los Centros Clandestinos de Detención de la Provincia de Buenos Aires y de la Sub zona 15 donde se encuentra Mar del Plata. Se lo acusa del homicidio agravado de Liliana Maria Iorio, Liliana Beatriz Retegui, Patricia Emilia Lazzeri, Omar Tritan Roldan, Delia Garaguso, Juan Raul Bourg, Alicia Rodríguez de Bourg.

    También pesan en su contra el delito de privación ilegal de la libertad doblemente agravada e imposición de tormentos agravados por tratarse de perseguidos politicos de Carrucabur, Nicuez, Iorio, Retegui, Lazzeri, Roldan, Garaguso, Bourg, Rodríguez de Bourg y Datto.

    También el 24 de Julio de 2007 se indaga al General de Brigada Alfredo Manuel Arrillaga que se desempeño como Jefe de Inteligencia del Ejército Argentino. Se lo interroga en relación al homicidio agravado de Iorio, Retegui, Lazzeri, Roldan, Garaguso, Bourg y Rodríguez de Bourg y la privación ilegal de la libertad doblemente agravada e imposición de tormentos agravados de Carricabur, Nicuez, Iorio, Retegui, Lazzeri, Roldan, Garaguso, Bourg, Rodríguez de Bourg y Datto.

    Por último ese mismo día presta declaración indagatoria al Capitán de Fragata Rafael Guiñazu por el homicidio Agravado de Juan Raúl Bourg y Rodríguez de Bourg y la privación ilegal de la libertad doblemente agravada e imposición de tormentos agravados de Bourg, Rodríguez de Bourg y Datto.

    El día 25 de Julio de 2007 se le realiza una ampliación indagatoria al Contralmirante Roberto Luis Pertusio en relación al robo doblemente agravado y homicidio agravado de Omar Tristán Roldan y Delia Garaguso.

    El 26 de Julio de 2007 se llama a indagatoria al Capitán de Navío Juan José Lombardo por el homicidio agravado de Bourg y Rodríguez de Bourg y la privación ilegal de la libertad doblemente agravada e imposición de tormentos agravados de Bourg, Rodríguez de Bourg y Datto.

    Ese mismo 26 de Julio de 2007 presta declaración Indagatoria El Capitán de Navío Mario José Osvaldo Forbice, por la privacion ilegal de la libertad doblemente agravada e imposicion de tormentos agravados de Datto, Ferrecio, Pellegrini, Cortez, Sanchez, Mancini, Sanchez A., Carlos Mujica.

    El 7 de Agosto de 2007 se confirma el procesamiento del Coronel Barda del General de Brigada Alfredo Manuel Arrillaga del Capitán de Navío Juan José Lombardo del Capitán de Fragata Rafael Alberto Guiñazu del Capitán de Navío Mario José Forbice y del Contralmirante Roberto Luis Pertusio.

    24 de Agosto de 2007, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirma el procesamiento del Capitán de Navío Justo Alberto Ignacio Ortiz.

    El 8 de Octubre de 2007 se le toma declaración indagatoria al General de Brigada Alfredo Manuel Arrillaga por el homicidio calificado de Marta Noemí Yantoro y la privación ilegal de la libertad doblemente agravada e imposición de tormentos agravados de Alimontas, Álvarez, Lamas, Pavlosky, Celentano, Lerner, Nicolo, Rudnik, Catalano, Ferrecio, Musmeci, Pellegrini, Molinari, Dellia Valle, Pediconi, Cortez, Sánchez, Manzini, Vacca, Renzi, Sánchez, Marochi, Valor, Mujica, Dubas, Gaitan, Ferreiro, López, Ortiz, Barciulli, Monica Roldan, Pegoraro, Cagnola, Eguia, Gardella, Godoy de De Angelis, Yantoro, Lencinas, Barber, Sadet, Chiaramonte Miguel, Chiaramonte Alberto, Battaglia y Sotelo.

    El mismo 8 de Octubre de 2007 presta declaración Indagatoria el Contralmirante Roberto Luis Pertusio por el homicidio agravado de Yantoro y la privación ilegal de la libertad doblemente agravada e imposición de tormentos agravados de Vacca, Renzi y Yantoro.

    Luego, en esa misma jornada le tocaría el turno al Capitán de Navío Juan José Lombardo, quién prestaría una ampliación declaratoria por la privación ilegal de la libertad doblemente gravada e imposición de tormentos agravados de Vacca, Renzi, Ortiz, Barciulli, Monica Roldan, Pegoraro, Cagnola, Eguia, Gardella, Godoy de De Angeliz, Yantoro.

    Más tarde lo haría el Capitán de Fragata Rafael Alberto Guiñazu por el homicidio calificado de Yantoro y la privación ilegal de la libertad doblemente agrava e imposición de tormentos agravados de Alimontas, Álvarez, Lamas, Pavlosky, Celentano, Lerner, Nicolo, Rudnik, Catalano, Ferrecio, Musmeci, Pellegrini, Molinari, Dellia Valle, Pediconi, Cortez, Sánchez, Manzini, Vacca, Renzi, Sánchez, Marochi, Valor, Mujica, Dubas, Gaitan, Ferreiro, López, Ortiz, Barciulli, Monica Roldan, Pegoraro, Cagnola, Eguia, Gardella, Godoy de De Angelis, Yantoro, Lencinas, Barber, Battaglia y Sotelo.

    Por último ese mismo 8 de Octubre de 2007 la Justicia dicta el procesamiento del Coronel Pedro Barda, del Contralmirante Roberto Luis Pertusio, del Capitán de Navío Juan José Lombardo, del Capitán de Navío Mario José Forbice y del Capitán de Fragata Rafael Alberto Guiñazu. La Justicia decide mantener en arresto domiciliario al Coronel Barda, Capitán de Navío Forbice y al Contralmirante Pertusio.

    El 9 de Octubre de 2007 realiza una ampliación indagatoria el Coronel Pedro Alberto Barda en relación al homicidio calificado de Marta Noemí Yantoro y la privación ilegal de la libertad doblemente agravada e imposición de tormentos agravados de Alimontas, Álvarez, Lamas, Pavlosky, Celentano, Lerner, Nicolo, Rudnik, Catalano, Ferrecio, Musmeci, Pellegrini, Molinari, Dellia Valle, Pediconi, Cortez, Sánchez, Manzini, Vacca, Renzi, Sánchez, Marochi, Valor, Mujica, Dubas, Gaitan, Ferreiro, López, Ortiz, Barciulli, Monica Roldan, Pegoraro, Cagnola, Eguia, Gardella, Godoy de De Angelis, Yantoro, Lencinas, Barber, Sadet, Chiaramonte Miguel, Chiaramonte Alberto, Battaglia y Sotelo.

    Ese mismo 9 de octubre de 2007 presta una ampliación indagatoria el Capitán de Navío Justo Alberto Ignacio Ortiz por la privación ilegal de la libertad doblemente agravada e imposición de tormentos agravados de Alimontas, Álvarez, Lamas, Pavlosky, Celentano, Lerner, Nicolo, Rudnik, Catalano, Ferrecio, Musmeci, Pellegrini, Molinari, Dellia Valle, Pediconi, Cortez, Sánchez, Manzini, Vacca, Renzi, Sánchez, Marochi, Valor, Mujica, Dubas, Gaitan, Ferreiro, López, Lencinas, Barber, Battaglia.

    Por último el Capitán de Navío Mario José Forbice amplía su declaración por la privación ilegal de la libertad doblemente agravada e imposición de tormentos agravados de Barber, Sadet y Lidia Álvarez de Sadet.

    El 25 de Octubre de 2007 se dicta el procesamiento en 1ª instancia del Coronel Barda, del General Arrillaga, del Contralmirante Pertusio, del Capitán de Navío Lombardo, del Capitán de Navío Forbice, del Capitán de Fragata Guiñazu y del Capitán de Navío Ortiz.

    La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirma el procesamiento con prisión preventiva del Contralmirante Juan Carlos Malugani y del Contralmirante Roberto Luis Pertusio (excepto delito de hurto).

    El 4 de Septiembre de 2008 prestan ampliación declaratoria los represores Justo Alberto Ignacio Ortiz, Roberto Luis Pertusio, Juan José Lombardo, Mario José Osvaldo Forbice.

    El 5 de Septiembre de 2008 amplían su declaración los represores Rafael Alberto Guiñazu, Alfredo Manuel Arrillaga.

    El 30 de Septiembre de 2008 se amplían los procesamientos de Arrillaga, Ortiz, Lombardo, Guiñazu, Forbice, Pertusio y se decreta el procesamiento de Maspero, Mosqueda, Bustamante, Silva, Falke, Guyot, Racedo, Marino y Lodigiani.

    En el mes de Octubre de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirma el procesamiento del Capitán de Navío Justo Alberto Ignacio Ortiz por delitos de homicidio agravado de Iorio, Retegui, Lazzeri, Roldán y Garaguso, Privación ilegal de la libertad doblemente agravada e imposición de tormentos agravada de Carricabur, Nicuez, Iorio, Retegui, Lazzeri, Roldán y Garaguso. Excepto el delito de Hurto calificado.

    El 9 de Diciembre de 2008 la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirma los procesamientos en 1ª instancia del Coronel Barda, el General Arrillaga, el Capitán de Navío Lombardo, el Capitán de Fragata Guiñazu, el Capitán de Navío Forbice y el Contralmirante Pertusio.

    El 16 de Febrero de 2009 se le realiza una ampliación indagatoria al Coronel Pedro Barda por el homicidio calificado de Correa Ayesa, Renzi, Statu, Ostrowiecky, Lopez, pegoraro, Jacue Susana, Cagnola, Ordoñez, Rubén García y Miriam García y la privación ilegal de la libertad doblemente agravada e imposición de tormentos gravados de Durán, Ostrowiecky, Erreguerena, Susana Jacue, Statu, Cangaro, Correa Ayesa, Balut, Olivieri Huder de Prado, Sanchez Viamonte, Martínez, Palma, Macedo de García, Rubén Justo García, Miriam García, Alejandro Pérez Catán, Ricardo Valente, Flores de Pérez Catán, Garmendia, Soler, Daquino, Ordoñez, Julio Desiderio y Alejandro Sáenz.

    El 30 de Junio del 2009 la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirma el procesamiento de los represores Ortiz, Lombardo, Guiñazu, Forbice, Pertusio, Maspero, Mosqueda, Bustamante, Silva, Falcke, Racedo, Marino, Lodigiani y dicta el sobreseimiento de Guyot (revoca el procesamiento de Juan Carlos Guyot como partícipe necesario de los delitos de privación ilegítima de la libertad doblemente agravada de Pavlovsky, Lerner, Datto y Ferrecio. Dicta el sobreseimiento)

    En Agosto de 2009 la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirma el procesamiento de Barda, Arrillaga, Lombardo, Forbice, Pertusio, Ortiz y Guiñazu.

    Finalmente el 21 de Agosto de 2009 el Juez Subrogante Rodolfo Pradas, a cargo del Juzgado Federal Nº 3, notificó a los querellantes la decisión de elevar a Juicio Oral una parte de la causa Base Naval, la que se encuentra con procesamiento firme y cumpliendo con lo ordenado en el Art. 346 del CPPN:

    Juicio oral Base Naval 1:

    En el juicio Base Naval 1 (Causa 2286; Causa 4447 en etapa de instrucción) se juzgará al General de Brigada Alfredo Manuel Arrillaga, al Capitán de Navío Justo Ignacio Ortiz y al Contralmirante Roberto Luis Pertusio, quienes están acusados de secuestros, torturas, robo y homicidios.

    Alfredo Manuel Arrillaga Roberto Luis Pertusio Justo Ignacio Ortiz
    Gral de Brigada
    Alfredo M. Arrillaga
    ---
    Contralmirante
    Roberto Luis Pertusio
    ---
    Capitán de Navío
    Justo Ignacio Ortiz
    ---
    También estaban imputados en esta causa el Coronel retirado Pedro Alberto Barda y el Contralmirante Juan Carlos Malugani, jefe de la Base Naval durante la última dictadura cívico militar. No obstante, ninguno de los dos militares será juzgado por padecer una enfermedad mental degenerativa que les impide afrontar el proceso.

    Así es como el día martes 17 de agosto de 2010 dio comienzo el juicio oral y público a tres represores, dos marinos y uno perteneciente a Ejército, en relación a la causa Base Naval de Mar del Plata. El tribunal se conformó por los jueces Nelson Jarazo, Alejandro Esmoris y Jorge Michelli.

    La defensa de los acusados en la causa Base Naval de Mar del Plata la ejercen el Dr. Carlos Meira, defensor de Alfredo Manuel Arrillaga, y los doctores Paula Susana Muniagurria y Daniel Vázquez respecto de los marinos

    El Ministerio Público está representado por el Fiscal Federal General Daniel Adler y Juan Portla. La parte querellante por los abogados César Sivo (por APDH Mar del Plata) y Gloria del Carmen León (por las familias Iorio, Retegui y Regine).

    La Secretaria de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires está representada por Alejo Ramos Padilla y Gustavo Pupo.

    Equipo Nizkor
    Charleroi y Mar del Plata, 19 de octubre de 2010

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