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21ago12


Sinopsis de la 55.ª audiencia del juicio por crímenes contra la humanidad cometidos en el circuito Necochea


JUICIO DEL CIRCUITO REPRESIVO NECOCHEA,
COMISARIA CUARTA Y BASE AEREA
Audiencias 21-08-12

"Si la historia la cuentan los que ganan, eso quiere decir que hay otra historia", dijo, citando a Lito Nebbia, el abogado Carlos Meira, defensor de los ex militares Alfredo Manuel Arrillaga, Eduardo Jorge Blanco, Fortunato Valentín Rezett y el ex policía Aldo José Sagasti, imputados por la comisión de delitos de lesa humanidad cometidos en el marco del circuito represivo de Necochea, comisaría cuarta de Mar del Plata y el Centro Clandestino de Detención conocido como La Cueva.

"Acá se ha construido una historia durante más de 30 años", agregó el letrado en su alegato, al tiempo que consideró que "se dice que los militares salieron a matar gente de un día para otro, y aquí hubo una guerra con sus excesos". "Todas las Fuerzas Armadas estuvieron empeñadas en la lucha contra la subversión", aseguró Meira.

En la parte más técnica de su exposición afirmó que "no se puede probar qué delito han cometido mis defendidos. El delito que cometieron es haber estado destinados acá". Sostuvo que Rezett era el encargado de hacer diligencias, según Meira "era el 'che pibe'". También dijo que la comisaría cuarta "era un lugar de reunión de detenidos, no era un Centro Clandestino de Detención". Como un atenuante pidió que se tenga en cuenta que sus defendidos no tienen antecedentes, a pesar de que tanto Rezett como Arrillaga cuenta con dos condenas a perpetua.

Los defensores del mayor Jorge Toccalino, comenzaron su exposición solicitando que se deje sin efecto el alegato del Colegio de Abogados por considerar que estuvo viciado de nulidad al pedir penas un 50% más altas a todos los imputados, de lo que lo habían hecho el resto de los acusadores, "por la calidad de las víctimas". El defensor Gerardo Ibáñez aclaró que no a todos los procesados se les imputa la desaparición de abogados durante la "Noche de las Corbatas".

Ibáñez argumentó que hay una dificultad de ejercer el derecho de defensa por el tiempo trasncurrido desde que ocurrieron los hechos que se investigan. Y así repudió la nulidad de la ley de Obediencia Debida dado que "la inseguridad jurídica es absoluta porque las leyes dependen de la composición política" que tenga el congreso en cada momento.

Sosteniendo también la idea de que existía una guerra, esgrimió que Toccalino "ha actuado sobre la norma que en ese momento estaba vigente". Y afirmó que no tenía mando de tropas, era jefe de operaciones". En su parte del alegato Hugo Juvenal Pinto, siguiendo ese razonamiento, solicitó que "hay que establecer un hecho. Ser militar no es un delito".

Tanto estos defensorers como Carlos Meira coincidieron en reclamar la continuidad de las prisiones domiciliarias. Ibáñez le dijo al Tribunal que "no lo deben resolver ustedes" por entender que "eso ya es cosa juzgada". Y Meira sentenció: "parece que solo hay que respetar los derechos humanos de una parte de la sociedad pero no para los condenados".


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small logoThis document has been published on 20Sep12 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.