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DERECHOS


Feb10


Situación de los Derechos Humanos en el sistema penal argentino durante el año 2009


Informe del Observatorio Internacional de Prisiones de Argentina

SITUACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL SISTEMA PENAL ARGENTINO DURANTE EL AÑO 2009

1. CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA PENAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

Es oportuno subrayar que el funcionamiento del sistema penal continúa presentando graves deficiencias similares a las señaladas en nuestro informe 2008 sin que se adviertan signos de cambio para mejor. En efecto, durante el año 2009 el OIP (Observatorio Internacional de Prisiones de Argentina), ha podido constatar que no ha mejorado la situación de los sectores más vulnerables de la sociedad argentina tanto en lo que hace al funcionamiento del servicio de administración de justicia |1| como en lo atinente a la forma en que se cumple la detención, sea que se trate de medidas cautelares o de la ejecución de penas privativas de libertad o de medidas de seguridad. La República Argentina sigue padeciendo el déficit de un acuerdo institucional que se plasme en políticas de Estado en materia de política criminal coherente. Esta situación se potencia por el tratamiento sensacionalista de la prensa. Constituye así el caldo de cultivo para propuestas demagógicas de solución violenta del conflicto basadas en la restricción de los derechos y garantías contemplados en la Constitución Nacional y en los instrumentos internacionales en materia de Derechos Humanos, el incremento del número de los delitos contemplados en las leyes penales, de la severidad de las penas privativas de libertad, la eliminación del régimen de progresividad en la ejecución de la pena y de la dificultad para obtener el beneficio de la libertad condicional.

En efecto, en no pocas ocasiones los detenidos presionados por las condiciones de detención y ante la oferta del denominado "juicio abreviado" prefieren declararse culpables de los hechos que se le imputan ante la perspectiva de obtener la libertad antes de llegar a un juicio oral y público por el que deben aguardar (en el mejor de los casos) hasta dos años |2|. Se pierde de vista el efecto aleccionador que surte del acto del juicio tanto para el imputado como así mismo para la víctima de los hechos. Paradójicamente se mantiene intacto un sistema excesivamente liberal para tratar a los reincidentes y delincuentes de estado (arts. 50, 51 y 52 C.P.) y subsisten las dificultades legales y administrativas para enfrentar las formas más peligrosas de delincuencia organizada. De este modo podemos aseverar que no se definen claramente políticas de contención y disuasión sobre organizaciones delictivas que trafican personas, drogas y armas, en tanto los jóvenes de las barriadas más vulnerables por su situación socio-económica son captados como consumidores y/o traficantes de estupefacientes, internándose en el corto plazo en el mundo del delito para poder sostener su adicción. De este estado de cosas son responsables tanto el gobierno actual como los dirigentes políticos de la oposición que, además de la crítica o de reacciones espasmódicas carecen de propuestas al tratamiento del oficialismo. En ese contexto, la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes en el sistema carcelario, son una consecuencia casi ineluctable. Por lo tanto la creciente denuncia de torturas y vejaciones cometidas en todo el territorio nacional por las fuerzas de seguridad denota que esta práctica se ha sistematizado, lejos de convertirse en excepción, sistematización sólo posible con la connivencia del poder político que oculta y niega dichas prácticas. Esto se podrá verificar a lo largo del presente informe cuando haya que tratar los temas específicos. El Gobierno Federal de la República Argentina se encuentra en mora en el cumplimiento de su obligación de designar a la institución que debe servir de mecanismo nacional de prevención de la tortura, por lo que podemos afirmar sin temor a equivocarnos que está faltando a los compromisos internacionales contraídos sin justificación alguna, máxime atendiendo a las múltiples denuncias existentes en distintos organismos internacionales por la comisión de esa clase de violación a los Derechos Humanos. Esta situación se agrava toda vez que desde que asumió la actual presidenta de la República Argentina Dra. C. Fernández de Kischner, siendo designado Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos el Dr. Aníbal Fernández, se vedó el ingreso a las cárceles federales a las organizaciones de DD.HH. que tienen por misión la tutela de los mismos en relación con las personas privadas de su libertad. En efecto, con diferentes argumentos que llegan a la descalificación de los miembros de las Ongs.(como es el caso del OIP) el Sr. Director del Servicio Penitenciario federal ha manifestado que no va a permitir que lo auditen. No cabe duda que sus dichos se encuentran respaldados por el actual ministro del área como así mismo del Jefe de Gabinete y de la propia presidenta, en otras palabras que es política de gobierno. Cabe señalar que el Congreso Nacional continúa sin designar al Procurador Penitenciario, ombudsman sectorial encargado por la ley de la protección de los derechos de los internos (tal como lo referimos en nuestro informe 2008). Esta situación es verdaderamente grave e inexplicable y no puede justificarse por las rencillas de la política doméstica tendientes a la distribución de cargos y nombramientos. Por disposición de la Cámara Federal electoral hemos podido observar el sufragio emitido por los detenidos en la Cárcel federal de Villa Devoto en la Capital federal y en la cárcel provincial de San Cayetano, en la Prov. de Corrientes. El desempeño de los actores representantes del Poder Judicial ha sido impecable toda vez que, como en el caso de los comicios de la cárcel federal de Villa Devoto (U2), previeron contingencias tales como: no figurar en el padrón por haber sido detenido y/o trasladado a esa unidad después del cierre de los padrones y encontraron la herramienta jurídica adecuada para subsanar el hecho y permitir el ejercicio de un derecho. Cuestión que es deseable tomen como ejemplo los juzgados electorales provinciales a fin de unificar criterios y de que todos puedan ejercer ese derecho. Por otra parte, cabe señalar que: el voto es un derecho y una obligación, por lo que si un interno manifiesta que no desea votar se le debe recordar que: de estar en libertad debe justificar su ausencia en las urnas con certificado médico, constancia de distancia, etc. y para mayor garantía debería presentarse ante las autoridades del comicio y desistir con causa justificada el ejercicio de ese derecho. El impedimento por no tener documentación es una cuestión que deberá ser materia de reflexión de las autoridades que escapa al análisis del tema que nos ocupa. Sin embargo no podemos dejar de observar el alto porcentaje de personas indocumentadas que existe en el país (y que no es posible subsanar en fechas próximas a las elecciones sino que deberá ser tema de un trabajo constante) es grave cuando se trata de personas a disposición de la justicia por cuanto resulta extraordinario pensar en una adecuada administración de justicia en tanto el justiciable carece de la documentación que permita acreditar fehacientemente su identidad.

2. SITUACIÓN DE LOS MENORES DE VEINTIÚN AÑOS EN EL SISTEMA PENAL ARGENTINO

Las consideraciones jurídicas sobre la situaciones de los jóvenes menores de veintiún años ha sido reflejada en nuestro informe año 2008 por lo que nos limitaremos a señalar que: el Senado dio media sanción al proyecto de ley de responsabilidad penal juvenil, al votar en particular todos sus artículos, y lo giró a Diputados donde a partir del 1º de marzo debatirán la sanción de la ley. El proyecto es polémico y reúne apoyos como resistencias. Por un lado puede considerarse de avanzada, porque organiza la escala de alternativas a la privación de libertad e instala como norma de cumplimiento obligatorio que la detención sea el último recurso. Pero nada indica que vaya a ser cumplida, ya que las leyes actuales y la Convención de los Derechos del Niño adoptada con rango constitucional ya lo impiden, y sin embargo no se cumplen. También resulta polémico el límite de edad al que se aplicará la ley, ya que incluye la franja desde los 14 años hasta los 16, límite actual para la sanción penal. Quienes sostienen el proyecto coinciden en que al incorporar la franja de 14 y 15 permitirán el blanqueo de las detenciones ilegales de chicos de esa edad que comete a diario la policía, lo que permitirá el control efectivo sobre esas detenciones. Quienes cuestionan el proyecto aseguran que en lugar de poner freno a las detenciones, se está autorizando la ilegalidad estatal y consideran que sería lo mismo que legalizar la tortura para mantener mayor control sobre ella. Cabe señalar que: el fenómeno de niños menores de 14 años cometiendo delitos, no está siendo materia de la debida atención por parte de las autoridades tanto judiciales como de los gobiernos provinciales. Es oportuno tomar en cuenta que un adecuado tratamiento sobre el niño/a en situación de riesgo (observar su entorno familiar y/o social, situaciones de abandono, etc) puede evitar que ese sujeto inicie una carrera hacía el delito. El 8 de julio pasado, el proyecto de ley de responsabilidad penal juvenil recibió media sanción en general en el Senado y fue enviada al tratamiento en las comisiones de Justicia y Asuntos Penales, de Población y Desarrollo Humano, de Presupuesto y Hacienda, y de Trabajo y Previsión Social. El 29 de octubre pasado, dichas comisiones elevaron un dictamen con la unificación en un proyecto consensuado que recibió media sanción artículo por artículo. El proyecto aclara que "la libertad... es la regla. La privación de libertad durante el proceso tendrá carácter excepcional y será aplicada como medida de último recurso y por tiempo determinado, siendo éste el más breve posible". Lo mismo señala la Convención de los Derechos del Niño, que lleva 20 años de antigüedad, que la privación de la libertad debe aplicarse sólo como "último recurso", argumento sostenido por quienes cuestionan la necesidad de la nueva ley y aseguran que es votada para conformar la presión de la mano dura y la tolerancia cero. Prohíbe además el alojamiento en dependencias policiales, penitenciarias o de fuerzas de seguridad y ordena que sean alojados en lugares adecuados y con personal capacitado. Establece medios alternativos de solución de conflictos, distingue ocho tipos de sanciones diferentes, en orden de gravedad creciente, y que son especificados en el artículo 43: Disculpas personales ante la víctima; reparación del daño causado; prestación de servicios a la comunidad; órdenes de orientación y supervisión; inhabilitación; privación de libertad durante el fin de semana o tiempo libre; privación de libertad en domicilio; privación de libertad en centro especializado. La Convención, en su artículo 37, inciso b, indica que "el encarcelamiento o la prisión de un niño se llevará a cabo tan sólo como medida de último recurso y durante el período más breve que proceda"; y en su artículo 40, incisos 3.b. y 4 propone la "aplicación de medidas alternativas a la internación en instituciones". La senadora Quintela sostuvo su oposición al artículo 1, el que indica la imputabilidad hasta los 14 años incluidos. "Me opongo a bajar la edad porque nos retrotrae a las leyes de la dictadura. La violencia de los niños adolescentes en situación de riesgo es nuestra responsabilidad y es una hipocresía penarlos por nuestra falta, en una sociedad que es hipócrita", sostuvo .Diez artículos fueron los que se modificaron en profundidad en las comisiones y que fueron votados en particular. Entre ellos, los que se referían a las medidas de coerción, a la exclusión de la figura del hurto simple y el de arrojar objetos a los medios de transporte (dentro del ámbito penal). Este último recibió cuatro votos adversos. También se modificó el artículo 53, considerado como uno de los artículos clave, ya que determina qué delitos son penados con prisión o reclusión de más de 5 años. La senadora Sonia Escudero recordó que la Argentina está denunciada ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y que los jueces terminan disponiendo penas como la perpetúa. Escudero defendió la inclusión de penas de 5 a 15 años entre los 16 y 17 años, por delitos gravísimos, porque sostuvo que "el mensaje que se quiere dar no es de impunidad". Cabe esperar que la Cámara de diputados salde un debate que se viene dando desde hace décadas y que genera situaciones como la denunciada por la Asociación Civil "Surcos" |3|

3. SITUACIÓN DE LOS MENORES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL EN LA CIUDAD AUTONÓMA DE BUENOS AIRES

El recurso de amparo en favor de menores con adicción al "paco", al que hizo lugar la Cámara de Apelaciones porteña, acierta en su propósito de que el gobierno de la ciudad "cese en su omisión de asistir adecuadamente a aquellas personas". La medida de la Cámara porteña responde a un recurso de amparo presentado hace más de dos años contra el gobierno de Jorge Telerman por el asesor tutelar Gustavo Moreno. El funcionario citó el caso del chico que "vomita sangre" o el que "tiene escaras en las piernas", en relación con el consumo de paco: por cierto, el sistema de salud debe llegar activamente a estos chicos. Las guardias especializadas que establece la Ley 448 de Salud Mental de la ciudad (cuya constitución sigue pendiente en la mayoría de los hospitales). El pedido de amparo plantea, de modo totalmente genérico, "que en las villas resulta muy difícil que un niño, niña o adolescente pueda sostener un tratamiento ambulatorio, ante la falta de contención familiar y social", por lo cual requiere que los centros de internación se instalen en las inmediaciones de esos barrios. El doctor Moreno destaca el problema de la "violencia familiar", citando el caso del joven que "golpea a su madre". Pero la violencia familiar no suele ser causada por los niños sino por los adultos, usualmente por hombres golpeadores por lo que debería prestarse mayor atención al problema en sus múltiples facetas. El caso Jonathan Lezcano es ilustrativo de la mala praxis en el sistema tanto judicial como sanitario para asistir a jóvenes en conflicto a partir de su adicción a la droga denominada "paco" (pasta base con agregados químicos altamente tóxicos) |4|.

El actual gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires muestra muy poca vocación de dar solución a la situación de los niños y jóvenes en situación de vulnerabilidad. Así lo indica la grave denuncia de la asesoría general tutelar porteña sobre la situación de los menores alojados en institutos. El documento que se presentó el día 6 de Octubre en la Legislatura refiere las condiciones en las que viven los 1.329 menores, de entre 12 y 18 años, que dependen del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Al 40% de los 1.329 menores de 18 años internados en los de 98 institutos privados y uno estatal de la ciudad de Buenos Aires se le administran psicotrópicos. Así lo determina la Asesoría General Tutelar (AGT) porteña, que refiere además que el 87,5% está bajo tratamiento psicológico y que el 75% recibe atención psiquiátrica. Los datos fueron revelados por el noveno informe de gestión de la AGT, el ente del Poder Judicial porteño que reúne a todos los fiscales tutelares que tienen como objetivo la defensa de los menores en condiciones vulnerables. El documento, llamado "Niñez, adolescencia y salud mental en la ciudad de Buenos Aires", está basado en datos judiciales que fueron acumulados a partir de todos los procesos que llevan adelante. Según la Asesoría General Tutelar (AGT) porteña, durante los últimos tres años ese proceso se incrementó en forma alarmante. "La institucionalización de un chico pobre debería ser el último recurso del Estado y tendría que durar la menor cantidad posible de tiempo, pero hemos llegado a la conclusión, con cifras incontrastables, que la única medida que se le ocurre al gobierno porteño es esa institucionalización, ese último recurso", advierte Laura Musa, asesora general tutelar y jefa de todos los fiscales porteños dedicados a la protección judicial de los menores de 18 años. "Pero lo peor de todo es que esos lugares son privados y, una vez que el Estado los contrata, lo único que hace es controlar las condiciones materiales del chico, pero no su evolución, es decir, que no hay preocupación por reconstruir su vida, ni evitar que termine al borde de la institucionalización", dice la fiscal. El problema, según el informe, es que esos institutos son difíciles de controlar y reproducen el viejo concepto del patronato que la Ley de Infancia (26.061) trató de abolir en 2005, cuando determinó que privar de la libertad a un menor de edad por vivir en la pobreza es ilegal., pero los chicos porteños afectados no sufrieron ningún cambio. En los últimos tres años se sumaron 700 chicos a los 600 que ya estaban institucionalizados y que dependían del gobierno nacional. Ahora son 1.329 bajo la tutela del Estado porteño y hasta septiembre de este año, sólo habían egresado 111, una tasa muy baja que confirma la denuncia de los fiscales. De las 99 instituciones, hay 4 paradores para chicos en situación de calle, 31 convivenciales y 64 centros de atención especial, una cifra compuesta por 26 hogares terapéuticos, 4 de atención en salud mental, 17 para niños con capacidades diferentes y 17 comunidades terapéuticas para el abordaje de adicciones. Sólo una pertenece al Estado porteño, y del total, el 61% están destinadas a la atención especial, psiquiátrica y terapéutica. Hasta el mes pasado, la AGT sólo ha podido controlar a 65 de estos institutos, porque el resto le negó el ingreso. Del análisis surge que el 53% no está correctamente habilitado como lo exige la ley porteña y que el 11% de los niños que están en esas instituciones no ha ido a la escuela. Los fiscales descubrieron que hay muchos niños institucionalizados sin DNI (documento nacional de identidad) y son los institutos privados los que definen el destino de los niños. Según se desprende de las 1.723 causas judiciales abiertas durante 2008, la mayoría no tiene debido proceso. La ciudad ordena la internación y muchas veces no se firma ningún documento judicial. Entonces cuando una abuela quiere ofrecer una negociación para recuperar a su nieto adolescente, no existe ninguna medida sobre la que se pueda discutir, los fiscales ya presentaron catorce acciones judiciales al respecto. Los chicos terminan como presos crónicos de un sistema que atrasa cincuenta años. En la actualidad, ya fueron contratados todos los hogares de la ciudad y existen varios casos de chicos enviados a distintos puntos del conurbano. En todos se repite la misma escena de abandono. Hay casi 500 chicos sin proceso En 2008, en comparación con 2007, los asesores tutelares porteños detectaron un "aumento importante" de institucionalizaciones y "un claro retroceso de legalidad en los procedimientos que concluyen con el ingreso de un niño a un dispositivo de albergue". De las 1723 actuaciones abiertas en 2008, el 42,9% son internaciones decididas por el gobierno porteño y el 13,8%, resuelta por el Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. El problema es que "hay 478 institucionalizaciones ordenadas por la comuna que carecen de encuadre jurídico apropiado". Son casi 500 menores de edad sin debido proceso. Del total de casos, el 36,5% de los niños nunca fue oído por la autoridad que definió su institucionalización. En el medio de ese panorama, hubo ocho menores que pasaron varios meses de su vida alojados en hospitales psiquiátricos, "aún contando con el alta médica de internación". La justicia porteña le dio la razón a los planteos de la AGT y logró su externación. Para los fiscales, el disparador es la crisis habitacional. Por otra parte, los reclamos de la CTA (Central de trabajadores argentinos) como así mismo de otras agrupaciones de trabajadores municipales Junta Interna ATE - CTA Delegación Gremial SUTECBA, por el permanente intento de desarticular y denigrar las condiciones de trabajo de los integrantes del Consejo del Niño, Niña y Adolescente de la Ciudad de Buenos Aires, es prueba de la intencionalidad del gobierno porteño de implementar políticas de infancia autoritarias.

La represión ejercida por la Policía Federal Argentina sobre los jóvenes que asistieron el 14 de noviembre al recital de "Viejas Locas" en el Estadio de Vélez Sarsfield" (en el barrio porteño de Liniers), utilizando un carro hidrante, un helicóptero y la policía montada, dejó 30 heridos y 44 detenidos. Entre los primeros se encuentra el caso de Rubén Carballo (un joven de 17 años), cuyo cuerpo fue hallado con la entrada aún sin cortar en el bolsillo de su pantalón. La asistencia médica del Centro Gallego no fue suficiente para ayudar a Rubén, quien falleció el 8 de diciembre. El 24 de diciembre, el cuerpo médico forense estableció que Rubén Carballo murió a causa de golpes y no de una caída, como aseguraba la Policía |5|

4. SITUACIÓN DE LOS MENORES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

La situación jurídica de los menores en la Prov. de Buenos Aires lo hemos tratado extensamente en nuestro informe 2008. Debemos agregar al mismo el intento por parte del actual gobernador de poner en vigencia un Código contravencional para menores. En efecto, ha enviado al parlamento de la Prov. en el mes de diciembre un proyecto de Código contravencional de menores que espera sea tratado durante el período de sesiones ordinarias del año 2010. Esto motivó la rápida movilización de las organizaciones de la sociedad civil que abogan por los derechos del Niño, Niña y Adolescente, con el fin de manifestar su oposición por considerarlo inconstitucional. Por otra parte debemos destacar que continúa siendo reprochable el procedimiento de algunos miembros de la fuerza policial en el abordaje de los jóvenes en conflicto con la ley. Al ritmo de los discursos de "mano dura" la violencia de las fuerzas del orden se hace notar. Sospechas de "gatillo fácil" como los hechos ocurridos el 7 de marzo a la madrugada. Dos jóvenes murieron acribillados por un grupo de hombres que se movilizaban en un auto. Habría un policía detenido. Familiares de las víctimas denuncian que quisieron encubrir el crimen. |6| La desaparición de Luciano Arruga se produce en el paroxismo de una campaña contra la "inseguridad". El hecho sucedió el 31 de enero en Lomas del Mirador, eje de la cruzada de los medios de comunicación y en una delegación que se creo en respuesta a las demandas de los "vecinos" por más "seguridad" |7|. La mala praxis en la atención a chicos en estado de vulnerabilidad, sumado al sensacionalismo de ciertos medios de comunicación da por resultado la construcción de "peligrosos delincuentes" en la subjetividad de niños de 14 años. Tal es el caso del chico apodado "el Ángel".cuya historia de vida pone en evidencia una seguidilla de abandono y desaciertos estatales. |8| En este punto parece oportuno subrayar que es ilegal la detención policial en chicos de 14 años. Las detenciones por averiguación de antecedentes fueron derogadas por inconstitucionales. El lobby policial de todos modos obtuvo el DAI (demora por averiguación de antecedentes), pero que tiene un límite de 12 horas. Un chico o adolescente, menor a los 18 años, no puede ser mantenido en una comisaría por más de medio día sin informar a los padres y a la Justicia. En ese marco, el proyecto de ley de la senadora oficialista Edda Acuña, con media sanción en el Senado y al borde de su aprobación en Diputados, es uno de los reclamos del lobby policial que permitiría retener en una celda a un chico por infinidad de motivos que no se compadecen con la averiguación de identidad, tecnología informática mediante. La ineficiente burocracia estatal puede digitalizar las huellas dactilares pero, al parecer es incapaz de averiguar la identidad de un chico .Como demostración de políticas, el Ángel no está encarnando por sí solo sino que es el visible de turno. En septiembre pasado, el defensor del fuero juvenil platense, Julián Axat, presentó una denuncia para investigar a la comisaría 1ª de La Plata, citando notas periodísticas en las que se mencionaba que "Josecito tendría '43 ingresos en la comisaría' producto de una larga secuencia de 'caídas' desde el año pasado a la fecha". Axat señaló en su denuncia que la cifra no se condice con los trámites judiciales reales iniciados. La diferencia (casi 40), son intervenciones policiales no informadas a la Justicia por averiguación de identidad y lo que en la jerga policial se denomina como "entrega menor", que consiste en llevarlo a su casa. La muerte de Nahuel Balsano se inscribe en la misma sintonía de los que venimos tratando. El 24 de abril de 2009 Nahuel fue detenido en la puerta de su casa, en la localidad de Avellaneda, mientras ayudaba a descargar la leche y demás artículos que su madre recibía como "manzanera" de la localidad. Un patrullero lo encierra diciendo que es autor de un robo de automotor ocurrido en el momento y que lo venía persiguiendo. Tras ser trasladado luego de declarar en la comisaría 3ª. de Dock Sud con signos de haber sido maltratado, es alojado en una celda de castigo (buzón) junto a otros siete detenidos y en un confuso episodio, se produce un incendio donde el único detenido con heridas graves que lo llevarían a la muerte, es el joven Nahuel. La comisaría 3ª es la misma donde en el año 2007 el joven Diego Gallardo fuera muerto a golpes.

5. SITUACIÓN DE LOS MENORES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL EN LA PROVINCIA DE CORRIENTES

Menores  adultos (de 18 a 21 años) condenados y alojados en la Unidad penal 1 pidieron a las autoridades judiciales que se garantice las condiciones de alojamiento como marca la ley y la constitución. Hicieron llegar al juzgado de menores del cual dependen una nota donde refieren la inquietud sobre sus condiciones de alojamiento en el Pabellón de Menores de la Unidad Penal 1 de la Ciudad de Corrientes,  ya que no cuentan con colchones ni frazadas adecuadas, duermen sobre la losa de los camastros, tienen una puerta reja que no posee ningún tipo de  cerramiento que los proteja del frío y del viento que en época invernal castiga duramente. Además manifestaron  ser sometidos a   malos tratos y  permanentes requisas a cualquier hora del día o la noche, con violencia a las personas y a las cosas.-  Solicitaron un contacto mas fluido e incluso la posibilidad de visitas periódicas del Juzgado de Menores a su lugar de detención, en salvaguarda de sus derechos.-

6. SITUACIÓN DE LOS MENORES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL EN LA PROVINCIA DE CHUBUT

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su 137° Período de Sesiones, celebrado en noviembre de 2009, dictó el Informe de Fondo artículo 50 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) en el Caso N° 12.533 - Iván Eladio Torres - Argentina. La denuncia -P 960-03- se presentó ante la CIDH el 14 de noviembre de 2003 por desaparición forzada de Iván Eladio Torres ocurrida el 2 de octubre de 2003 en la Comisaría Seccional Primera de Comodoro Rivadavia, Argentina, teniendo presente la Convención Interamericana sobre Desapariciones Forzadas (CIsDF), la CADH y la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura (CIpPyST). La denuncia fue admitida mediante Informe de Admisibilidad N° 69-05 en octubre de 2005. Ahora, mediante este Informe de Fondo, que es confidencial, conforme art. 50, la CIDH expone los hechos y conclusiones y ha formulado recomendaciones para que sean cumplidas en un plazo de dos meses. Asimismo, se abre la posibilidad de que la CIDH presente el Caso 12.533 ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). "La Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José Costa Rica, es una institución judicial autónoma de la Organización de los Estados Americanos cuyo objetivo es la aplicación e interpretación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de otros tratados concernientes al mismo asunto y fue establecida en 1979. Está formada por juristas de la más alta autoridad moral y reconocida competencia en materia de derechos humanos elegidos a título personal".

7. SITUACIÓN DE LOS MENORES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL EN LA PROVINCIA DE MENDOZA.

El informe proporcionado por la Asoc. Xumek permite observar los siguientes hechos: En el mes de junio de 2009, la Asociación Xumek presentó, junto a la Fundación Sur y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), una denuncia formal ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por casos de menores de edad privados ilegítimamente de su libertad por hechos presuntamente cometidos antes de cumplir los dieciséis años de edad. Allí se expuso la situación que se vive en nuestro país -situación a la que Mendoza no es ajena- en relación a la violación sistemática de las garantías Constitucionales y derechos humanos de niños, niñas y adolescentes. En este sentido, se dijo que con la aprobación de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) se da lo que se ha conocido como el traspaso de la doctrina de la "situación irregular" a aquella de la "protección integral". Este cambio de paradigma propone una nueva mirada sobre los niños, a quienes, en tanto sujetos plenos de derecho, deben reconocérsele los mismos derechos que a los adultos y otras garantías especiales en virtud de su condición de personas en crecimiento. En efecto, subsisten fuertes reminiscencias de concepciones obtusas, inspiradas en la figura del "patronato". Pese a la sanción de nuevas leyes a nivel nacional y provincial, muchas aún guardan vestigios del espíritu tutelar que asimila al/la niño/a con un objeto pasivo al que debe asistirse y sobre el cual el Estado debe intervenir. La sanción, en el año 2005, de la ley 26.061 --Ley de Protección Integral de los Derechos de los Niñas, Niños y Adolescentes--vino a derogar la ley 10.903. Pese a ello, el modelo tutelar argentino continuó vigente a través del Decreto-Ley 22.2786 --sancionado en 1980 por un gobierno de facto-- que regula el "Régimen Penal de la Minoridad" y mantiene concepciones ancladas en la lógica del patronato. Lo que pone en evidencia la "dualidad" que caracteriza a la justicia sobre infancia al permitir la convivencia de dos doctrinas antagónicas: la de la situación irregular con la de la protección integral; la de la CDN con las prácticas tutelares del patronato. El Decreto ley 22.278 establece que todo niño menor de 16 años de edad es no punible. Esto quiere decir que cuando a un menor de 16 años se le atribuye la responsabilidad por la presunta comisión de un delito, éste no podrá ser objeto de persecución penal en virtud de su edad. Pese a ello, el artículo 1° del Decreto ley 22.278 dispone en su último párrafo que: "Si de los estudios realizados resultare que el menor se haya abandonado, falto de asistencia, en peligro material o moral, o presenta problemas de conducta, el juez dispondrá definitivamente del mismo por auto fundado, previa audiencia de los padres, tutor o guardador". Es así que en el mismo cuerpo legal, se establece la no punibilidad de quienes, al momento de la comisión del delito, no hayan alcanzado los 16 años de edad pero, al mismo tiempo, se faculta al juez penal a "disponer" discrecionalmente del niño si considera que éste se encuentra en situación de "peligro material o moral". En la práctica esta intervención estatal se traduce, frente a jóvenes en situación de vulneración social, en privación de la libertad. Como veremos, esta normativa no cumple con las formalidades exigidas por el sistema interamericano de derechos humanos para privar de la libertad a una persona, en tanto no es una ley en sentido formal (cf. Art. 7.2 CADH) sino que es un Decreto de la última dictadura militar, sancionado en el año 1980, que no ha sido elaborada según el procedimiento establecido por la Constitución Nacional.

8. SITUACIÓN DE LOS MENORES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL EN LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO

En el mes de Junio se produce un motín en el Penal de Menores. Media hora antes del hecho habían estado dando los talleres de prevención sobre el HIV y el ambiente era de tranquilidad, algunos internos estuvieron en el taller y otros estaban afuera jugando al fútbol, en ningún momento se percibió que hubiera tensión o conflictividad. Sin embargo, se había incorporado un menor recién llegado de Buenos Aires y según las versiones este fue quién insto al resto para armar una revuelta. Las celdas han quedado quemadas, los chicos dispersos en algunas comisarías. Cabe señalar que continua sin resolverse el tema de la formación del personal a cargo de los chicos institucionalizados, hechos como el relatado puede prevenirse con solvencia profesional.

9. SITUACIÓN DE LOS MENORES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL EN LA PROVINCIA DE TUCUMÀN

La situación jurídica de los chicos en conflicto con la ley penal no ha variado desde nuestro informe 2008, en el nos hemos referido ampliamente. Cabe destacar sin embargo que si ha aumentado las quejas por malas condiciones de institucionalización. En particular a lo que atañe a las toxicomanías. En efecto, los jóvenes detenidos con problemas adicciones no reciben la adecuada atención y en algunos casos inician el consumo dentro de los institutos de detención, tal como se desprende de las declaraciones de los familiares de los recluidos, del mismo poder judicial y abogados litigantes |9| .

10. SITUACIÓN DE LOS MENORES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL EN LA PROVINCIA DE SANTA FE

Aunque las autoridades gubernamentales han manifestado un vivo interés por mejorar las condiciones de los chicos en situación de vulnerabilidad no se han constatado avances significativos en la materia. El día 11 de Junio recibimos la información de que nuevamente en el IRAR (Instituto de rehabilitación de Adolescentes de Rosario) ocurre un hecho grave, en virtud de una protesta los chicos alojados en el sector de enfermería. A raíz de un conflicto se prenden algunos elementos como frazadas y colchones. Los chicos privados de la libertad son sacados del lugar  por personal penitenciario, y enviados al hospital. Después de las curaciones son remitidos nuevamente al IRAR, uno de ellos presenta quemaduras, los demás trastornos respiratorios por la aspiración de humo. El fuego, no pudo ser extinguido por el personal. Concurrieron los bomberos y la policía. En ese momento entre las 12 y una de la mañana no se encontraba cerca del pabellón que se incendió personal civil alguno. La semana anterior en uno de los sectores los chicos permanecían con el piso lleno de agua,  las bajas temperaturas y las condiciones de salubridad deficientes son alarmantes, igualmente la escasa y mala calidad de la comida. Por otra parte es necesario remarcar que algunas tareas que había asumido el personal civil,  se están realizando nuevamente por personal del servicio penitenciario de la provincia. Que por otra parte nunca se retiro del contacto con los chicos. A un año y medio de la nueva gestión tenemos que seguir denunciando los mismos hechos. Concurrentemente las falencias en la escuela son medulares para comprender el grado de inoperancia de los funcionarios  a cargo del instituto, los chicos manifiestan que la actividad escolar se reduce a 15 minutos.

En la última semana no habían tenido posibilidad de salir al patio, debemos, en este caso tener en cuenta que muchos de los pabellones son totalmente cerrados y fuera de las celdas solo pueden salir a una estrecha galería cubierta.  Disfrutar de la luz solar es privilegio al que los chicos encerrados en el IRAR no pueden acceder, Cuando lo hacen esa concesión puede ser suprimida ante cualquier falta. El IRAR no puede asegurar la salud síquica y física de los niños alojados, la falta de competencia en los funcionarios a cargo de esta institución ha quedado de manifiesto con todos los hechos que se vienen sucediendo que implican, sin lugar a dudas reiteradas violaciones a los derechos humanos.

SITUACIÓN DE LOS ADULTOS EN EL SISTEMA PENAL

1. Sistema penitenciario federal

Como quedó expresado al comienzo del presente informe el OIP continua sin poder ingresar a las cárceles del sistema federal. Hemos solicitado al Defensor del Pueblo de la Nación que abra una actuación (Nº 5963/09) a fin de que sea elevada luego a la Comisión bicameral del Defensor del pueblo. Las condiciones de detención en esos establecimientos no sólo no han experimentado mejora alguna, sino que además se produjeron hechos de violencia inusitados e intentos de quitar beneficios que constituyen una conquista social largamente anhelada como lo es los estudios universitarios. En efecto, por primera vez en 180 años de existencia, el Rectorado de la UBA (Universidad de Buenos Aires) ha tenido que presentar un amparo para poder ejercer la docencia. Primero se trasladaron de la U2 (Devoto) a los internos estudiantes y luego se les impidió el ingreso a los docentes. Cuando la situación tomó estado público y el reproche se hizo sentir, la medida se retrotrajo sin que la justicia se expidiera sobre el tema.

Los hechos de corrupción dentro del sistema federal se suceden sin que desde el ministerio de justicia de la Nación se adviertan signos de tomar precauciones para prevenirlos tal como es de esperarse |10|. Por otra parte es llamativo que el actual director del SPF (Servicio penitenciario federal) haya nombrado como director de la U2 (Villa Devoto) a Hugo Sbardella, conocido como "El Carnicero", fue acusado de dejar ciego a golpes a un preso en 1998. La causa penal prescribió tras un "sorpresivo" cambio de carátula que trasmutó la acusación de lesiones gravísimas al benévolo "exceso en la legítima defensa". Sin embargo, el CELS (Centro de estudios legales y sociales), la Procuración Penitenciaria y varias ONGs consideraron inadmisible el nombramiento de alguien con esos antecedentes y lo denunciaron públicamente. Luego de las críticas recibidas tuvo que retrotraer la medida. Pero sólo temporalmente. Así, inventó la región Noroeste en la órbita del SPF y ahí lo designó nuevamente a Sbardella. El director del SPF negó la entrada a la cárcel al embajador de Francia Frederik du Laurens, a abogados de la propia Procuración y hasta jueces de la Nación. Otro hecho similar se originó cuando el diputado Juan Carlos Gioja, titular de la Comisión Administradora de la Biblioteca del Congreso de la Nación, y el profesor Sergio Torres, integrante de la cátedra del ministro de la Corte Suprema Eugenio Zaffaroni, organizaron una gran donación de libros que ellos mismos entregarían en el U2. Asimismo, impugnó una investigación de los sociólogos Alcira Daroqui y Carlos Motto donde se estableció un sinnúmero de torturas y sevicias perpetradas por los hombres del SPF "porque está hecha sobre una encuesta anónima". Curiosamente ignora que: salvo excepciones,  TODAS las encuestas son anónimas. Por otra parte,  ofrecerle en bandeja los nombres de los que se animaron a hablar hubiera significado ponerlos en serio riesgo. Al mismo tiempo, ha descalificado las cifras de muertes dudosas y/o violentas que brinda el Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos |11| en sitios de encierro "porque son recogidas de los diarios". Es obvio que si las organizaciones de la sociedad civil pudieran acceder a los datos estadísticos sin impedimento alguno, no sería necesario tomar los que proporciona los medios que por otra parte pueden ser sólo algunos de los que los hechos que ocurren efectivamente. Los casos que tomamos conocimiento en forma directa son:

El interno Claudio Ariel Montenegro -D.N.I. 23.138.053- alojado actualmente en el Instituto de Seguridad y Resolización (U6) de Rawson, pidió ayuda y auxilio por torturas, maltrato y abuso sexual por parte del personal del Servicio penitenciario federal y porque su vida corría peligro de muerte. Tal petición se debió a que padeció apremios ilegales entre el 29 y 30 de octubre de 2008 en dicha unidad. El OIP giró los antecedentes del caso al Equipo Nizkor, quienes solicitaron al Sr. Ministro de Justicia, seguridad y DD.HH. que intervenga para garantizar la vida del interno. El Sr. Ministro envió un extenso fax (8 de enero de 2009) donde daba cuenta de las actuaciones médicas que al parecer desmentían los dichos del interno. Sin embargo entre los especialistas que atendieron al Sr. Montenegro no figuraba quién efectivamente podría haber dado cuenta de la veracidad o no de los dichos: un médico legista o forense.

Silvia Nicodemo (hacía poco más de un año y medio que estaba presa, pero desde hacía más o menos tres meses había llegado a una celda individual, al fondo del pabellón 8 de la unidad Nº 3), sus compañeras la encontraron ahorcada, pasadas las 5 del domingo 22 de febrero. "Estaba colgada de un lugar al que, por lo alto, ella no podía acceder. Estaba viva. Movía las manos y las piernas y apretaba bien los dientes, me contaron. Alcanzaron a bajarla, pero se murió en los brazos de una de ellas, que supongo que fue la que me llamó esa misma mañana", relató la mamá de la joven. |12|

A mediados del mes de Marzo de 2009 la señora Roxana Inés Galván solicitó urgente resguardo y protección para su hermano Ariel Eugenio Galván, alojado en la Unidad 9 de Neuquén a disposición del Juzgado Nacional de Ejecución Penal Nº 1 a cargo del Dr. Sergio Delgado, reclamando que cesara el trato cruel y degradante y las sistemáticas agresiones físicas producidas por el personal penitenciario de la requisa y manifestando "temer" por la vida del interno. En razón de ello solicitaba su traslado a alguna de las penitenciarías federales de la Capital Federal o del conurbano bonaerense. Al respecto se realizaron distintas gestiones que produjeron la decisión de la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal de trasladarlo a la prisión federal de máxima seguridad de Rawson (sobre la que obran antecedentes cercanos de graves violaciones a los DHH de los allí detenidos). El día 20 de Abril el interno pidió auxilio desesperado manifestando que ante "la ratificación de la denuncia" realizada en sede judicial federal de Neuquén, el Director de la Unidad 9 personalmente lo había amenazado.

La carta "abierta" que hizo llegar una interna de la U3 (Ezeiza) mujeres, a las organizaciones de DD.HH. pone en evidencia el grado de malos tratos que sufren las detenidas |13|

El día 11 de junio la Sra. Luján Benítez nos informa que ha hecho presentaciones ante la Defensoría del Pueblo de la Nación y de la Procuración Penitenciaria Nacional  la Dra. Benítez concubina del señor Claudio Alejandro Córdoba, quien por disposición del Juzgado de Instrucción Federal Nº 2 de Lomas de Zamora, se encontraba detenido en el Módulo 6, Pabellón A, Celda Nº 3 del Complejo Federal Nº 1 de Ezeiza, perteneciente al Servicio Penitenciario Federal, dependiente del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, presenta las siguiente denuncia: 1.- El señor Córdoba que se encuentra actualmente bajo prisión preventiva, manifiesta que viene "sufriendo todo tipo de abusos por parte del personal penitenciario de requisa"...., que su vida "constantemente corre peligro", que en distintas situaciones dichos hechos fueron denunciados ante el Juez Pella del Juzgado de Instrucción Federal Nº 2 de Lomas de Zamora..., que encontrándose en RIF (resguardo judicial) fue varias veces "golpeado", de las que quedaron signos visible y "marcas" y que todo ello fueron "comprobados por el médico forense en varias oportunidades"..., y que el Juez y los Secretarios lo único que hacen es tomarle declaraciones "y me vuelven a la misma unidad que denuncié, haciendo un total abandono de persona"..., que temiendo por su vida ha pedido traslado al ámbito bonaerense "y me dicen que no hay cupo"..., además "tengo que estar sufriendo tormentos sicológicos, abusos de autoridad, maltratos y maltratos a mi familia" 2.- La señora Benítez manifiesta que el 10 de diciembre de 2009 "no la dejaron ingresar con sus hijas de 15 días y 1 año y un mes, respectivamente y que luego cuando volvió con la otra hija de cinco años, tampoco la dejaron entrar, aduciendo a que no están de acuerdo con el ingreso de menores. La señora Benítez señala que tras regresar sola a la visita tampoco se lo permitieron. Cuando regresó a su casa recibió un llamado de los compañeros de pabellón del interno Córdoba en donde le manifiestan que su concubino "se encontraba golpeado y sin poder realizar llamadas"..., esos mismos compañeros de pabellón le manifestaron que haga todo lo posible porque lo trasladen a otra penitenciaria. Las denuncias judiciales de las torturas que le habría practicado el  personal penitenciario del Complejo Federal Nº 1 de Ezeiza, fueron realizadas por personalmente y presentadas posteriormente por el Procurador Penitenciario una vez verificadas por informe médico, manifestó el interno que es objeto de persecución de penal en penal y, "ahora sabe que lo van a matar para impedir que declare" y pide e implora "por ayuda, defensa y traslado con resguardo de vida".

2. Provincia de Buenos Aires

A la situación de la Prov. de Buenos Aires nos hemos referido en profundidad en nuestro informe del año 2008 y no ha variado, por el contrario: las actitudes erráticas e improvisadas en materia de política criminal (respetuosa de los DD.HH.), se ha incrementado. En efecto, el gobierno de la Prov. no ha dudado en impulsar leyes inconstitucionales como el decreto PBA nº 578/2009. Registro de condenados por delitos contra la integridad sexual. Ley nº 13.869. El art. 31 de la Constitución Nacional dice que las leyes nacionales junto con la constitución y los tratados son la ley suprema de la Nación y las autoridades de Provincia deben someterse a ella cualesquiera sean las disposiciones de las constituciones provinciales y las leyes locales. El art. 51 del Código Penal prohíbe expresamente lo que dispone la ley provincial reglamentada por Scioli. Sin embargo, la arrogancia de los legisladores de la Provincia de Buenos Aires que sistemáticamente pretenden avanzar sobre la esfera de competencia del Congreso Nacional ha permitido este hecho que deberá oportunamente rever el Superior Tribunal de la Prov. A los hechos de corrupción denunciados y de público conocimiento se suma la crispación que produce en la opinión ciudadana el discurso gubernamental de "tolerancia cero" que al parecer es escuchado por algunos magistrados en clara violación de las garantías constitucionales |14|. La remanida frase (de neto corte autoritario) que: las organizaciones de DD.HH. defendemos los DD.HH. de los delincuentes que "entran por una puerta y salen por otra" pone en evidencia no sólo una supina ignorancia con respecto a las garantías constitucionales, sino que además pretenden deshumanizar a quienes están en conflicto con la ley penal. En efecto, tenemos que dejar de lado definitivamente el prejuicio que convierte toda preocupación por los derechos de los detenidos en un insulto o una ofensa hacia las víctimas: si hablamos de los derechos de alguien (y los detenidos, como personas, tienen derechos), entonces nadie debería ofenderse. Las denuncias sobre malos tratos que intentan realizar los detenidos en algunas ocasiones son trabadas por la misma administración judicial que debería garantizar la integridad física y los derechos de los detenidos. Así tenemos el siguiente caso: la defensora oficial Florencia Barrera solicitó un habeas corpus para su defendido J.C. Genta alojado en la U3, San Nicolás. El juez Luciano ordenó que la audiencia se realizara delante de un guardia del mismo servicio. El preso fue maltratado e internado en un hospital |15|. Varias formas de malos tratos incluyen a los traslados de un sitio a otro. Tenemos el caso de Oscar Chaparro, con condena previa, fue trasladado por la policía Bonaerense desde la 1ª de Avellaneda hasta Coronel Dorrego, cerca de Bahía Blanca. El viaje duró un día, sin agua, sin comida y sin aire. Lo encontraron muerto cuando abrieron la puerta al llegar a destino |16|. Las denuncias realizadas por Juan Manuel Casolati, secretario de Ejecución penal del partido de San Martín, sobre corrupción en el sistema penitenciario de la Prov. de Buenos Aires, corren serio riesgo de caer en un laberinto administrativo con destino incierto. En efecto, La denuncia que Casolati tradujo al lenguaje judicial tenía rostros, nombres y apellidos concretos: familiares de detenidos en las unidades 46, 47 y 48 de Camino del Buen Ayre y De Benedetti declararon ante el secretario sobre la circulación cada vez mayor de drogas, alcohol y "facas" ( dagas punzo cortantes de fabricación casera en los penales) a esto se debería el "marcado clima de violencia" denunciado por los familiares, casos como el del interno Ferreira (Pabellón 3, Unidad 46), herido con 35 puntazos en miembros inferiores, o el de Letieri Lártiga, a punto de perder la vida a manos de otro interno |17|. El expediente avanza con extrema lentitud en la Unidad Fiscal de Investigaciones Complejas Nº 9, a cargo de Edgardo Ledesma. Recién hace algunos días se enviaron las citaciones para los testigos propuestos en noviembre por Casolati. La tormenta penitenciaria, sin embargo, insiste en alterar la burocrática paz de los juzgados: a las 20.15 hs. del 12 de ·Enero Lidia del Pilar Santamaría Quintana, peruana, declaró ante el Ministerio Público que agentes del Servicio Penitenciario bonaerense presionaban a su marido, detenido en la U47 (uno de los penales citados en la denuncia de Casolati) para que asesinara a otros internos a cambio de ciertos favores: drogas para consumir y vender, zonas liberadas y visitas a gusto. Juan Ramón Jiménez Bogado, esposo de Lidia, lleva siete años detenido en San Martín con una condena no firme por el delito de secuestro |18|. Los vericuetos judiciales llevaron la causa a la fiscal adjunta de la UFI Nº 9, Diana Paula Mayko, que solicitó otro allanamiento del penal el 5 de febrero "mientras una parte de la delegación judicial se dirigía al casino de oficiales encontraron a uno de los guardias que transportaba una zorra con 38 elementos punzo cortantes: arpones, cuchillos y "facas" de fabricación casera, algunos de estos elementos envueltos en tela y muy mojados". El guardia Di Rocco dijo que esos elementos habían sido secuestrados, casualmente, la noche anterior. Y que estaban en un depósito que luego revisaron los fiscales, extrañados porque en ninguna parte había humedad ni agua, pero todas las armas estaban mojadas. La fiscal Mayko resolvió archivar la causa de la U47 con el eufemismo de "faltas administrativas" e imposibilidad de probar la extorsión. La primera parte de esta causa que nunca se unificó, instruida por Casolati, sigue todavía firme.

Un grupo de detenidas de la unidad 33 (29 de Abril), algunas embarazadas y otras con hijos pequeños que viven con ellas, realizaron un motín luego de que un bebé naciera muerto en prisión, siendo reprimidas con balas de goma y gases, quedando con heridas de distinto tipo 16 de ellas. La represión fue realizada por el grupo antimotines, participando cerca de mil efectivos, que las maltrataron aun cuando había finalizado el motín y se encontraban tendidas en el piso. Los 4 pabellones que alojan a las embarazadas y a las que viven con sus hijos está superpoblado (107 internas) y carecen de la atención médica adecuada, motivo por el cual denuncian que la muerte del bebé se debió a dichos descuidos. El 26 de mayo tomamos conocimiento de los reclamos de detenidos y familiares de los mismos sobre la situación alimentaría en el Penal de Florencio Varela. Pese a las suculentas sumas, que el estado dice invertir en la manutención de los detenidos, estos, privados de toda posibilidad de reclamo y sus familiares denuncian las enormes carencias alimentarías que están sufriendo todos los internos. Esta situación estaría poniendo en serio riesgo la salud, de todas estas personas, quienes, como sabemos, provienen en su mayoría, de familias sin recursos para poder palear esta situación. El 26 de Septiembre tomamos conocimiento de los hechos denunciados por Carlos Maidana, el integrante del Servicio Penitenciario Bonaerense que fue sometido a una "bienvenida carcelaria" grabada por sus compañeros de fuerza en la unidad de Melchor Romero, provincia de Buenos Aires. Estas personas, encargadas de la seguridad de la cárcel, le impusieron aquellas vejaciones con las que están acostumbrados a castigar los cuerpos de los detenidos. La repercusión de estas imágenes nos coloca frente a una triste oportunidad para hacer visible lo que se pretende silenciar: situaciones de violencia que, en la mayoría de los casos, son rutinizadas y negadas por funcionarios políticos y por jueces, fiscales y defensores.

3. Provincia de Corrientes

El asesinato de Ramón Arapí, acaecido el 20 de diciembre del 2001durante las protestas sociales que agitaron a todo el país, se comenzó a discutir en juicio oral y público en Mayo de 2009 y pone en evidencia la dudosa solvencia institucional de la administración de justicia provincial. El Fiscal (Dr. Gustavo Smith) confundiendo su rol y actuando como el mejor defensor de los imputados, y la magistrada (Dra. Gabriela Aromi de Somers), dando lugar a un recurso amañado, absolutamente antijurídico que atenta contra los derechos de las víctimas, como sostiene la querella. En efecto, el fiscal habría actuado como el mejor defensor de los uniformados, solicitando que "caiga" el debate oral (con esos términos) lejos de cualquier terminología jurídica apropiada. El Tribunal entendió que el Fiscal quería que "caiga" el Requerimiento Fiscal y el Auto de Elevación a Juicio, y pese a la extemporaneidad del planteo y en una expeditiva deliberación, decidieron hacer lugar al confuso planteo negándole a la familia Arapí la posibilidad de tener al menos justicia en el corto plazo. Existen en la causa un cúmulo de pruebas que identifican claramente a los autores del hecho como integrantes de la comisión policial de la Comisaría XIII del barrio Pirayuí que actuó en los hechos, lo que llevaría a una condena a los imputados. Tanto el fiscal como la presidenta del tribunal prefirieron reenviar la causa a Instrucción. El Dr. Vigay, letrado de la familia Arapí, le recriminó su actuación a la Dra. Aromí no solo en éste caso, sino también en la instrucción de la "Causa Arce", donde se investiga el homicidio de "Monchito" Arce, dirigente político asesinado a golpes por la policía frente a sus vecinos y familiares. El 12 de Mayo, después de casi 72 horas de ocurrido el hallazgo sin vida del interno Dante Alejandro Vázquez a orillas del Paraná lejos de su celda en la granja Yatay, donde funciona la Unidad Penitenciaria Nº 4 de Corrientes, el propio jefe del Servicio Penitenciario Provincial Miguel Ángel Domínguez, confirmó que el preso fue asesinado por estrangulamiento y no murió a causa de un paro cardiorrespiratorio como fuentes oficiales intentaron hacer creer |19|.

En el mes de Septiembre los internos de la Unidad 6 de San Cayetano, Prov. de Corrientes, a través de sus familiares, hacen llegar una carta a Walter Insaurralde, sostienen que siguen padeciendo "malos tratos" y "pésimas" condiciones de higiene. Además remarcan que "hay privilegios" para "internos que venden droga". "Queremos denunciar públicamente a los cargos del régimen penitenciario de la unidad Penal N 6, José de San Martín", comienza el documento. "Somos continuamente vapuleados, no dignos de una simple audiencia y tratados como animales", señalan "Estamos mal alimentados y sin posibilidad alguna de que nuestros familiares ingresen alimentos. Las visitas son requisadas profundamente" agregan: Hay "internos VIP como Miguel Ángel Rodríguez que evaden requisas e ingresan y distribuyen todo tipo de drogas farmacéutica y marihuana". Denuncian "un arreglo con la seguridad interna". Los internos piden que "se terminen las colas de hasta 5 horas de espera" para que sus familiares los visiten, "hablamos de personas de edad y embarazadas", dicen. "Y cuando logran pasar vuelven a esperar para ser requisadas", cuando "hay cinco personas mientras sólo dos cumplen funciones vuelven a esperar para ser requisadas", cuando "hay cinco personas mientras sólo dos cumplen funciones" Es de señalar que la Prov. de Corrientes no ha mejorado la formación de los agentes penitenciarios, quienes carecen de los elementales conocimientos requeridos en materia de DD.HH. para desempeñar con idoneidad la función socializadora que indica nuestras leyes.

La corrupción en el sistema penitenciario de la Prov. produce hechos como el siguiente: Acusan a guardia cárceles de traficar drogas en un penal correntino. Un informe presentado ante el Ministerio de Gobierno y Justicia provincial asegura que hay una "mafia" que vende drogas y deja pasar armas en el Penal 1 el más importante de esa provincia. El interventor Miguel Ángel Domínguez solicitó que al menos 15 agentes penitenciarios sean dados de baja, y el propio Ministerio avala y asegura que la investigación está bien encaminada. En un primer momento se mencionaba que al menos tres oficiales y dos agentes del Servicio Penitenciario provincial serían dados de baja, tras haber quedado acusados en una causa por tráfico de drogas y suministro de armas para los detenidos en la Unidad Penitenciaria 1. Los medios correntinos, citando el informe, describen la existencia de una "mafia interna" que desde hace años maneja los hilos en los distintos penales. Las acusaciones se basarían en los testimonios de las autoridades de las distintas cárceles, personal subalterno y de los propios presos. La mayoría de las declaraciones identifica a los mismos oficiales como "cabezas de una organización encargada del suministro de drogas, armas blancas, todo a cambio de importantes sumas de dinero" |20|, "Se sancionó a un grupo de oficiales, no a todos. Ahora elevamos las disposiciones al ejecutivo y al ministerio de Gobierno para qué tome parte -dijo Domínguez-. A pesar de la intervención, el tráfico de drogas continúa siendo uno de los mayores problemas internos en la Unidad Penitenciaria 1, aunque con el avance de las investigaciones, las requisas recuperan cada vez menos estupefacientes y armas". La investigación comenzó tras una masacre ocurrida en el penal 1, el 19 de marzo de 2007. Tres presos fueron brutalmente asesinados a tiros y hachazos en uno de los pabellones tras un motín. Las víctimas fueron Ramón Centurión, alias "Arnold", José Ramírez, conocido como "Huevo Frito" y Samuel Céspedes, quien murió tres días después. Centurión murió tras recibir un hachazo en la cabeza, otro en el cuello, varias puñaladas y al menos dos balazos. Ramírez, su compañero de celda, fue masacrado a golpes y "facazos". La investigación ya estaba encaminada, pero la masacre fue el detonante para forzar una resolución más urgente. Desde entonces se vienen realizando requisas internas en las que se secuestraron, siempre según fuentes citadas, casi 600 cigarrillos armados, botellas de fernet (bebida alcohólica), litros de "Pajarito" (producto de una destilería clandestina que funcionaba en el penal), "facas"(daga fabricada dentro de los penales), "lanzas" y tranquilizantes. El Penal 1 de Corrientes tiene lugar para 180 presos, pero en este momento albergaría a unos 500 detenidos.

4. Provincia de Mendoza

La Asociación Xumeck en su informe 2009 realiza un cuadro comparativo sobre el hacinamiento carcelario que resulta por demás ilustrativo sobre la errática política que sobre el tema sostiene el gobierno provincial. Así tenemos que en la penitenciaria de Boulogne Sur Mer la capacidad de alojamiento es de 450 internos y aloja actualmente a 936, teniendo un déficit de 486 plazas. El establecimiento Almafuerte aloja a 642 reclusos y tiene capacidad para 420 mostrando un déficit de 222 plazas. La cárcel de San Rafael aloja a 384 internos y tiene capacidad para 339 con un déficit de 45 plazas. No sólo la precariedad en las condiciones de detención de los internos alojados en los establecimientos penitenciarios de Mendoza continúa siendo preocupante (debido a las deficiencias edilicias y a la escasez de recursos humanos suficientemente capacitados), sino que además el hacinamiento subsiste en la mayoría de las unidades. Podemos aseverar que (tomando el sistema en su conjunto) el déficit de alojamiento ronda en las 615 plazas. En lo que atañe a las muertes violentas, también encontramos un incremento en relación al año anterior, durante el presente se ha podido observar un incremento significativo en las muertes acaecidas en los establecimientos penitenciarios de Boulogne Sur Mer y Almafuerte. Según la crónica periodística, durante 2009, al menos 13 internos murieron de forma violenta en diferentes lugares de detención en la provincia, de los cuales 8 fueron reportados como suicidios y 6 como homicidios |21|.

El Capellán Mayor del Servicio Penitenciario Provincial, Padre Roberto Juárez, expresó así su preocupación por esta gran cantidad de muertes violentas en los establecimientos penitenciarios de la provincia: "hace tiempo vengo advirtiendo a las autoridades de que esa metodología no es conducente. Es alarmante que un interno pase 20 de las 24 horas del día encerrado y solo en una celda, sin ninguna actividad que hacer. "Una situación de encierro a lo largo de tanto tiempo y sin nada que hacer, a cualquier persona la quiebra y a los más débiles, los tienta al suicidio, indudablemente. Tampoco sirve para que cuando salgan a la sociedad sean personas distintas, por lo que espero que se cambie esta metodología en la cárcel de Mendoza".

Retardo en el acuerdo de solución amistoso: la legislatura de Mendoza y el Poder Ejecutivo continúan demorando injustificadamente las acciones que debe cumplimentar con vistas a concretar un Acuerdo de Solución Amistosa en el Caso caratulado "Internos Penitenciaría de Mendoza vs. Argentina", que tramita ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (P-1231/04) y fue declarado admisible mediante Informe nº 70/058, por presunta violación a los artículos 1.1, 2, 4, 5, 7 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

5. Provincia de Misiones

La Prov. de Misiones no escapa a las mismas fallas que se evidencian en los demás sistemas penitenciarios provinciales, aunque es alentador constatar que hay cierto grado de receptividad positiva en las autoridades del área gubernamental a cargo de las relaciones institucionales. En efecto, el OIP estuvo de visita durante el mes de julio en la localidad del El Dorado y tomó conocimiento que un interno alojado en la penitenciaria Nº 1 de Loreto había escrito un libro ("Detrás de las Murallas") y que no había logrado su publicación hasta el momento. El 7 de Septiembre el OIP envió una nota al Sr. Subsecretario de Coordinación institucional Dr. Carlos Marcelo Perié interesándolo sobre el tema. El 14 de Noviembre recibimos la invitación a la presentación del libro que se realizó el día 17 en la Facultad de ciencias forestales con un debate sobre la vida intramuros. Este gesto pone en evidencia que un trabajo mancomunado entre las organizaciones de la sociedad civil y las autoridades resulta positivo para la socialización de los internos.

6. Provincia de Santa Fe

La Prov. de Santa Fe continua con serias dificultades para llevar adelante una política penitenciaria acorde con la vigencia de los DD.HH. en las institucionales de encierro. Si bien podemos contabilizar como un avance la desarticulación del pabellón denominado "el corralito" (en la cárcel de Coronda) donde los internos con padecimientos mentales estaban en condiciones atroces (que oportunamente informamos), aún no se ha solucionado temas de fondo tales como: formación acorde con los preceptos constitucionales de las fuerzas de seguridad (policía, agentes penitenciarios). Nos encontramos así con situaciones como las acaecidas en la Alcaidía de Rosario durante el mes de Octubre. En efecto, casi todos los internos exhibieron marcas que coinciden con sus relato en los que afirman que son obligados a colocarse desnudos frente a la pared y allí son golpeados. La tortura tiene como parámetros generales el maltrato permanente, el encierro, la falta de agua, luz, la comida de pésima calidad, muchas veces en mal estado; el maltrato a la visita, la incitación a las peleas por parte del personal policial, la deficiente atención médica. Por otra parte los organismos oficiales que debieran ejercer un control parecen ausentes como por ejemplo la secretaria de DD.HH. de la provincia, la Defensoria del pueblo o el poder judicial que ante las denuncias hechas por la CTC (Coordinadora de trabajo carcelario) y por los familiares de los presos no ha tomado medidas eficientes que terminen con la violación a los derechos humanos de las personas privadas de la libertad alojadas en el pabellón B de la Alcaidía de Rosario.

7. Provincia de Santiago del Estero

La Prov. de Santiago del Estero continúa con la deficiencia mencionada en nuestro informe 2008 sobre la formación de los agentes penitenciarios que permita un trato digno a los internos y les facilite el trabajo de socialización. Este déficit genera conflictos intramuros toda vez que impide una adecuada comunicación de las necesidades de las personas allí alojadas y tensiones laborales en los agentes penitenciarios. Si bien consideramos un avance los talleres sobre prevención del HIV (Síndrome de inmunodeficiencia adquirido).

8. Provincia de Tucumán

Las autoridades del OIP de la corresponsalía para el NOA (noroeste argentino), y el defensor del Pueblo Jorge García Mena (en el mes de Marzo) acordaron acciones conjuntas en el marco del cumplimiento de la ley 24.660 (Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad). La cooperación mutua busca que las personas privadas de su libertad puedan tener receptores para sus quejas, las que pueden realizar en forma verbal o escrita. La corresponsal del OIP observó con preocupación el hecho de que las torturas impetradas por personal policial se han convertido en moneda corriente en Tucumán. Según las cifras oficiales, en las comisarías de la provincia están alojadas unas 200 personas en conflicto con la ley. Por lo que la capacidad de alojamiento en las comisarías ha colapsado. El problema de la droga dependencia en las cárceles de Tucumán es grave al punto tal que se ha generado un debate público y ha puesto en una encrucijada al Poder judicial. En efecto, el 12 de noviembre se sorprendió a dos internos que ocultaban cocaína, y el día 14 a otro hombre que llevaba estupefacientes y un celular en un balde. "Los jueces debemos velar por la salud de los presos", dijo el presidente de la sala VI. El 65% de los alojados en Villa Urquiza se droga |22|.

Los camaristas penales deben cumplir también el rol de juez de ejecución de sentencia. Por ello, deben velar por la recuperación del interno. En ese sentido, cuando el reo sufre alguna enfermedad grave, el tribunal debe ser notificado en el acto, explicó Pedro Roldán Vázquez, de la sala I. Esta sala de la Cámara Penal tiene el antecedente de un interno que padecía diabetes; la enfermedad le estaba dejando graves secuelas, como la pérdida de la vista, y en la cárcel no podían afrontar el tratamiento. Según fuentes judiciales, los vocales le solicitaron al director del penal, Roberto Guyot, que el reo fuera asistido. "Se nos contestó que no había dinero para hacer un tratamiento acorde al que necesitaba esta persona. Pero eso no es un justificativo: la ley no admite excepciones cuando se trata de esta clase de derechos", Finalmente, los camaristas intervinieron mediante un oficio y lograron que el reo reciba atención médica intensiva.

Informe del Observatorio Internacional de Prisiones de Argentina

Notas

1. - Osvaldo José Gómez es un sobreviviente de Cromañón y en 2007 iba a terapia mientras trabajaba de sol a sol para darle de comer a su hija, hasta que cayó preso por un malentendido. Pasó casi ocho meses recluido en una celda, acusado de ser un violador serial sólo por tener una remera roja como el verdadero culpable, Maximiliano Di Consoli, a quien la policía atrapó después. Aunque salió en libertad condicional, su caso llegó a juicio oral y recién el4 de mayo de 2009 fue absuelto por decisión de los jueces y a pedido el fiscal Julio César Castro, el mismo que consiguió treinta años de cárcel para el violador. El Sr. Gómez inició una demanda de 3 millones de pesos contra el Estado. Desde el principio, el abogado de Gómez pidió que se hiciera un ADN a su cliente pero esto nunca ocurrió. "Y había muestras para hacerlo", dijo su representante letrado. Gómez quiere señalar a los funcionarios judiciales que serían responsables de que haya estado en prisión preventiva sin pruebas concretas. En particular, el juez de instrucción porteño Federico Salvó. Durante el juicio oral y público, el fiscal Julio César Castro criticó la tarea desarrollada durante la etapa sumarial y consideró que la instrucción fue "deficiente" e impidió el esclarecimiento de los hechos. Los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal 1 de esta Capital Federal, ante la ausencia de una parte querellante, resolvió absolverlo. "Es la primera vez que me escuchan", dijo Gómez en sus "últimas palabras" ante el tribunal integrado por los jueces Alberto Huarte Petite, Luis Salas y Martín Vázquez Acuña. [Volver]

2. - El caso Gustavo F. D. Martínez a cargo del Tribunal Nº 5 de Mercedes y alojado en el penal de esa misma ciudad es ilustrativo de estas situaciones- [Volver]

3. - La asociación civil sin fines de lucro Organización Surcos y dos abogados que la integran fueron demandados por el ex juez del Tribunal Oral de Menores N° 1 Eduardo Osvaldo Albano por haberlo denunciado ante el Consejo de la Magistratura por imponer condenas a prisión perpetua a tres jóvenes por delitos cometidos cuando eran menores de edad. Como resarcimiento, el ex juez Como resarcimiento, el ex juez solicita cien mil pesos, más intereses y costas. A pesar de que la denuncia de magistrados ante el Consejo de la Magistratura constituye el ejercicio legítimo de un derecho, la jueza Laura Irene González, a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nro. 69 de la Ciudad de Buenos Aires, dio trámite a la demanda. [Volver]

4. - Jonathan y Ezequiel subieron a un remís y no fueron vistos nunca más. Estuvieron desaparecidos dos meses hasta que el día 15 de Septiembre de 2009 la policía les avisó sus padres que los dos chicos estaban enterrados en la Chacarita. La causa está caratulada como robo automotor con armas. Tanto Jonathan y Ezequiel, de 17 y 25 años, tienen impactos de bala en la cabeza. Salieron de sus casas el 8 de julio y no volvieron. Al día siguiente se hizo la denuncia y la madre de Jonathan fue a varias comisarías y hospitales, intervino Missing Children Angélica, la mamá de Jonathan, recorrió durante el último año numerosos centros de rehabilitación para internar a su hijo por la adicción al paco que padecía. "Mi hijo -recuerda- se quería recuperar, pero teníamos que ir a entrevistas para que lo internaran y a la tercera o cuarta, como cualquier chico que está con el paco, se cansaba". [Volver]

5. -"Mi hijo estaba manchado de azul, por la pintura del camión hidrante. Tiene marcas de los palazos y de los perdigones de las balas de goma", denunció Rubén Carballo padre, desolado. Fotos y videos dejaron asentados los sucesos acontecidos entre las 40 mil personas que esperaban el inicio del show. Esas pruebas convencieron a Carballo sobre la desgracia de su hijo y lo llevó a considerar: "Esa Policía no está capacitada. Estamos viviendo peor que en la dictadura militar. Nos están matando a nuestros hijos como perros". - El caso está a cargo de la Fiscalía Nº 2 a cargo de Lucio Herrera. [Volver]

6. - El asesinato de dos jóvenes en San Francisco Solano, partido de Quilmes, despertó la ira de los familiares y vecinos de las víctimas, que acusan a policías de civil de "acribillarlos como animales". Además, aseguraron que efectivos de la comisaría del barrio "quisieron encubrir" los hechos: "Primero dijeron que los chicos habían muerto de heridas de arma blanca. Pero nosotros los vimos tirados en el piso, les vimos los balazos", balbuceó Ana María Sena, madre de uno de los chicos muertos. Tanto la policía local como el fiscal a cargo de la causa se negaron a dar información sobre la causa. Sin embargo, fuentes del caso admitieron que hay una persona detenida por el doble crimen: sería un policía federal de 23 años que justificó su accionar bajo el argumento de la defensa propia. "Si hubieran querido robar, los policías tendrían que haberlos inmovilizado, detenido, haber llamado a refuerzos, no sé... Pero no matarlos como lo hicieron", reprocha Julio Fernández, en un intento de buscar una explicación lógica a lo que le sucedió a su hijo Maximiliano la mañana del 7 de marzo. [Volver]

7. - La última vez que se lo vio a Luciano fue el 31 de enero cuando se dirigía a la casa de Vanesa, su hermana. Ella sospecho de la delegación policial del barrio, pues en reiteradas ocasiones, policías de este lugar lo había amenazado con frases de tono peyorativo e intimidante. Por ello además de presentar la denuncia para que buscaran a Luciano, realizo una campaña con afiches difundiendo su búsqueda, y se presentó en reiteradas oportunidades a la fiscalía aportando datos sobre la línea de investigación que hiciera foco en la delegación., con lo cual se le dio intervención a la DDI (Delegación Departamental de Investigaciones), que en poco días requisó el barrio hostigando a los propios amigos de Luciano, y generándoles temor a todos los que supieran algo. Con ello durante el primer mes la causa estuvo prácticamente dormida, y la línea policial nunca se investigó, a pesar que una de las declaraciones obtenidas por la DDI hablaba de que alguien con las características de Luciano habría estado en un patrullero el día de su desaparición. Testigos que lo vieron posteriormente afirman que estando detenido en el Destacamento fue golpeado salvajemente. Hasta el día de la fecha no se sabe nada de Luciano. Es importante señalar que Luciano ya había estado detenido en el Destacamento de Lomas del Mirador, el día 21 de septiembre de 2008 desde las 09:00hs hasta entrada la noche. Cuando sus familiares se acercaron hasta allí pudieron escuchar los gritos de Luciano mientras era golpeado por la policía. Luciano, como todos los chicos humildes del barrio, era constantemente hostigado por la policía. [Volver]

8. - El Ángel, pese a tener 14 años, debe su irrupción en los medios (o la irrupción de los medios sobre él) con el intento de robo de una moto, en la que podría haber muerto o matado como suele ocurrir en la ley de la calle. El impresionante raíd de 60 "causas delictivas", cuando en realidad sólo existen once denuncias ante la Justicia se la debe a las fuentes policiales, alentadas por las señales de mano dura que desde el gobierno bonaerense van arrojando a los repetidores de gacetillas. El 11 de Noviembre un tribunal de familia platense analizaba el pedido de la Subsecretaría de la Niñez provincial para que el Ángel fuera internado compulsivamente en un centro terapéutico, lo que no significa detención ni instituto, porque el tribunal de familia es del fuero civil, y la internación compulsiva es semejante a cualquier internación pedida por un familiar a la Justicia civil en un caso límite. La medida solicitada, que no es restrictiva de la libertad porque no hay una orden judicial que ordene su detención, intenta ubicar al chico en un centro terapéutico como una medida sanitaria y no punitiva, como lo indican una larga enumeración de leyes provinciales, nacionales, tratados y convenciones y las constituciones provincial y nacional. El chico había abandonado (no fugado, ya que no estaba detenido) el anterior centro terapéutico, lo que revela, según señalan fuentes judiciales, que "hubo una errónea interpretación de la situación real para, sin detenerlo, evitar facilitarle el abandono de una casa con sólo levantar la tranquera". [Volver]

9. -"Doctor, ya no sé qué hacer para que mi hijo no se drogue ahí dentro. Prefiero pegarle un tiro en cada pierna para que no pueda salir a buscar esa porquería antes que verlo así, porque se le está muriendo el cerebro. Por favor, ayúdeme. Esa cárcel lo está matando". Semanas atrás, un camarista penal quedó conmovido por la súplica desesperada del padre de un interno de Villa Urquiza. Y, según fuentes tribunalicias, esta escena se repite cada vez con más frecuencia. Sin embargo, para los vocales la solución no es simple ni rápida. Pese a que la Ley 23.737 de estupefacientes (incluida en el Código Penal) dispone que el Servicio Penitenciario Federal o Provincial debe contar en cada unidad con un lugar de detención aislado para reos adictos en rehabilitación, esto no se cumple. Por ello, los magistrados deben acudir a servicios externos para poder velar por la recuperación del preso. "En muchos casos estamos subsanando deficiencias que les corresponden a otro poder", expresó ante LA GACETA el vocal Carlos Francisco Ruiz Vargas, presidente de la sala VI de la Cámara Penal. la sala V de la Cámara Penal ordenó el traslado de un interno -condenado por tentativa de robo- a un instituto para recuperación de adictos ubicado en Salta, llamado Asociación Civil Betania. "Acá no contamos con este tipo de servicios manifestó el camarista. [Volver]

10. - Comenzó a tomar cuerpo legal la culpabilidad de los penitenciarios Osvaldo Barnechea, Mauro Vogler y Felipe Britez por su responsabilidad en la estafa de casi 800 mil pesos en perjuicio de la Unidad Nº 6 de Rawson. Así, el juez federal Hugo Sastre los procesó y embargó por 900 mil pesos a los tres. Los principales afectados por este latrocinio son los presos quienes, además de sufrir los malos tratos, ven disminuida su pobrísima calidad de vida y pulverizados sus derechos a la alimentación, salud y tantos otros que estipula la Constitución, junto a los pactos internacionales que firmó el gobierno nacional. La noticia fue tapa de todos los diarios patagónicos y cabe recordar que la Justicia Federal investiga el destino de 774.440,34 pesos que Chubut le pagó al Servicio Penitenciario Federal por los presos provinciales que mantiene en la U-6. Según la evaluación que realizo Sastre, luego de analizar la información que le suministró la sucursal Rawson del Banco Nación, consideró "probado" que de esa entidad se retiraron 772,857, 95 pesos por caja durante enero, febrero, junio y octubre de 2005. De acuerdo a la pericia, Sastre escribió: "Está acreditado que estos importes no fueron ingresados en las fotocopias de los libros Mayor de cuentas de movimiento y tampoco aparecen reflejados en las fojas adjuntas del Libro del Banco ni en las fechas en que se realizaron los depósitos ni a posteriori". La primer denuncia ante la institución y ante la justicia la formuló el ex alcaide mayor Horacio Leguizamón, quien fue echado del Servicio Penitenciario Federal con un vertiginoso pase a retiro. Mientras que los denunciados, por caso el actual prefecto y principal implicado, Osvaldo Barnechea, ascendió dos grados y es luego tesorero nacional del SPF; Sixto Ferreira, auditor contable que recibió la denuncia de Leguizamón, para luego desaparecerla, fue ascendido a inspector general y es Jefe de Administración del Servicio. [Volver]

11. - Ahorcamiento 19 - Herida cortopunzante 14 - Quemaduras 10 - Causa violenta sin datos 2- Mala atención médica 1- Ingestión de cocaína 1 - Disparo de arma de fuego 1 - Estrangulamiento 1- electrocución 1- [Volver]

12. - Según la mujer, su hija tenía una relación "buenísima" con sus compañeras, pero "era odiada por la policía". Los problemas con la planta penitenciaria habrían empezado cuando la joven, al querer defender a una presa embarazada, le pegó a una celadora. "Estuvo más de veinte días en 'los tubos' -celda de castigo - y desde ese momento se la tenían jurada", explicó. Luego de recibir dos llamados anónimos el domingo a primera hora, que le dijeron lo sucedido, llegó la información oficial: "La asistente social me dijo que mi hija estaba en el hospital y que tenía que ir para allá. No me dejaron verla. parecía que se había descompuesto" Su versión no dista mucho de la que la Procuración Penitenciaria Nacional que reconstruyó hasta el momento de la muerte desde el relato de las presas. Si bien la investigación continua, Mariana Lauro, una de las abogadas que se acercó al penal, informó que "las compañeras confirmaron que la chica no tenía problemas con ellas ni mostraba signos de depresión. Incluso dijeron que se estaba preparando para la visita de su mamá, el domingo". No obstante, dejó en claro que "aún si fue un suicidio, el hecho es de extrema gravedad, y el SPF es responsable". [Volver]

13. - "Desde mi situación de encierro, consigo que por una vez respeten la ley que ellos mismos imponen, autorizándome a acudir a un tratamiento odontológico particular afuera de la unidad. Ya que los arreglos que cubren desde el S.P.F. no son los adecuados para mi dentadura, claro está que no es mi deseo extraerme cada pieza recuperable de mi boca, para ser una desdentada más, como suelen estigmatizarnos a las personas que se encuentran privadas de su libertad.

El turno que logro conseguir, después de un largo período burocrático, fue para el día 7 de mayo de 2009 a las 10.00 horas en Cap.Fed. Sobre este día se basa mi relato real.

A las 2:00 horas de la madrugada, se me notifica que aún no es seguro pero creen entender que saldré a las 4:30 horas junto con las chicas que van de comparendo (o se audiencia en juzgados).

Cómo no me lo aseguran vuelvo a la cama a continuar con mi sueño, hasta las 4.15 horas que a los gritos me despierto al resonar mi apellido, con apuro ya que las demás ya están fuera esperando a que vaya, para el carro de traslados nos distribuya en los lugares correspondientes. Comienza lo que se denomina "la calesita" ya que a esas horas nadie debe estar aún en ningún lugar determinado, pero la Odisea comienza.

Siendo alrededor de 15 mujeres las que ya nos encontramos aglutinadas en el reten, nos dividen en dos carros, uno para provincia y el otro para la Capital. A mi me toca el de provincia, aunque mi destino sea la Capital, pero cómo tienen 6 horas para llegar a mi destino, el paseo arranca. En un carro donde con esposas, que empiezan a ser parte de mi por un periodo indeterminado, viajo con 4 chicas más y un muchacho que viene de no se donde hace un montón de horas. Llegamos al Complejo (Unidad vecina a la mía en el mismo Ezeiza), allí después de un rato nos vuelven a distribuir. Continúo con personas destinadas a los juzgados de Lomas de Zamora, siendo la única que voy a Capital. Seguimos viaje en este nuevo carro hasta Capital, a la Unidad de Devoto, que se trata de la base de traslados, y sea contramano o no todos debemos pasar por allí. Claro que llegando a las 6:00 horas, los más experimentados sabemos que hemos de esperar al cambio de guardia de las 8:00 horas. Con las nuevas distribuciones de personas, me cambian hacia un carro destartalado, pareciendo cumplir la función de leonera hasta que las siguientes autoridades jerárquicas de tanto soldadito dando vueltas, decida cómo distribuir a las personas. Allí coincido con un joven adulto de 19 años, que llega en silla de ruedas (con un balazo en su columna), con sondas, y los guardias permiten quitar las esposas de uno de los muchachos para que lo suba en brazos al carro, en vez de trasladarlo a su respectivo juzgado en ambulancia como correspondería en su caso. Dentro del ir y venir de presos, me llevan a una ambulancia, sola, de la cual al rato sin nueva explicación me sacan para subirme a un carro grande y viejo. Al subir observo que mis acompañantes de viaje esta vez, son dos hombres, uno joven esposado y el otro, que llama mi atención, un anciano de cabello canoso, con una chaqueta de cuero, zapatos negros (indumentaria impensable para cualquier persona privada de su libertad) siendo lo más extraño de todo que no estaba esposado. A mi llegada queda interrumpida la conversación que estos dos mantenían, pero al pasar yo hacia la parte trasera del vehículo, por orden de la agente femenina que me traía, llego a oír cómo el joven recomienda al mayor, que no mencione su causa y que alegue "motivos humanitarios". Ante mi sorpresa, con tales personajes, mi imaginación comienza a suponer realidades que producen en mí escalofríos, seguido de un mutismo, el carro arranca por fin siendo casi las 9:00 horas, decido cerrar mis ojos para no seguir presenciando lo que imagino son mis compañeros de trayecto.

Llegamos a uno de los destinos, donde baja el joven, no sin despedirse con demasiado respeto del mayor quien le encomienda transmitir sus saludos al "TURCO", otra vez los escalofríos me inundan, no queriendo creer lo evidente, continuamos ruta, hasta que vislumbro el barrio ya conocido por mi, llegando así a mi destino, el consultorio odontológico. Respiro profundo y me bajan, después de mi tratamiento de conducto con la anestesia aún en mi boca, antes de volver al carro, pregunto a mis vigilantes si el señor canoso continúa en el carro, me responden que sí, indago el porque dicho señor no va esposado cómo yo, la respuesta que recibo es lo que yo ya sabía y no quería creer, que se trata de un preso por delitos de LESA HUMANIDAD. Intento explicar a esos mandados que yo no puedo ser compañera de viaje de esa escoria por se hija de un desaparecido, además de ser presa política, cuando a uno de ellos se le ocurre ser chistoso, y comenta que su papá también es un desaparecido porque fue a comprar cigarrillos y jamás regresó. Le increpó que no estoy de bromas y que no voy a volver con semejante compañía.

Me llevan al carro nuevamente, ya son las 12:30 horas, continúo con esas esposas que siguen siendo parte de mí, me introducen dentro, está el canoso, sigue fumando cómo si nada, arranca el vehículo, no tarda en llegar al siguiente destino, donde lo bajan.

Aprovechando su ausencia me dirijo al sargento que allí se encontraba, le expongo la situación y le exijo volver a mi unidad de detención en otro carro, que no estoy dispuesta a seguir viaje con ese esbirro, me comenta que se trata del General Cau, que lo acusan de torturador, pero que no tiene nada que ver porque cuando lo acusan es sólo por una descripción física y que él alega que se encontraba en paraguay, que el otro era un policía acusado de delinquir (el joven que bajó primero), pero que éste anciano no era peligroso, le vuelvo a explicar mis razones, que ni siquiera nos llevan en iguales condiciones, que la amarrocada soy yo, no él, que me consiga otro carro o me deposite en alguna leonera, que yo espero lo que haga falta, que no viajo más con esa basura.

Este sargento me tomó en serio, fue educado y llamó por teléfono informando, solicitando otro vehículo. Me tranquiliza, diciéndome que hay que esperar y que seguirán manteniendo al general en el médico forense hasta que me lleven a mí.

Al rato largo, llega una combi nueva, con un chofer y una agente femenina, me cambian con el chico de armas largas corridas y demás, para arrancar a toda velocidad con sirena incluida hacia la Unidad 3 de Ezeiza en donde me encuentro, al llegar me entero que la excusa puesta por esta agente es que un vehículo sospechoso seguía la combi donde me traían, mientras recupero la libertad de mis muñecas, siendo las 15:00 horas.

Karina "La galle" [Volver]

14. - En el mes de julio la jueza Claudia Dávalos desestimó un hábeas corpus colectivo, presentado por el Comité contra la Tortura de la Comisión Provincial por la Memoria, en donde se denunciaban las graves condiciones de detención que afectaban a las 34 personas presas en la Comisaría Tercera de Avellaneda. La respuesta de la jueza fue curiosa, ya que ella pretendió negar uno a uno los cargos señalados por los abogados del comité, al mismo tiempo en que -naturalmente, y con sus propias palabras- describía una situación espeluznante. Así, la doctora Dávalos reconocía abiertamente que los detenidos dormían sobre el cemento (un hecho que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha reconocido repetidamente como violatorio de la dignidad humana de los detenidos), sin advertir algún problema en ello; admitía la inexistencia absoluta de calefacción con la que enfrentar el invierno, pero -dada la luz que apenas se filtraba por los techos- deducía que la temperatura de la cárcel debía ser "agradable" (¡!); y corroboraba la situación de hacinamiento existente en la comisaría, pero desestimando toda posible crítica al respecto. Para ello, aludía al testimonio de algunos de los detenidos, como si la violación en cuestión se tratara de una cuestión privada, y no de una falta de orden público. [Volver]

15. - la audiencia de hábeas corpus ante el juez José Emilio Luciano, a cargo del juzgado de Ejecución Departamental de San Nicolás, fue corta, incluso nula. Duró el tiempo que le llevó a la defensora pedir que se retire el guardia penitenciario para iniciar la denuncia y los segundos que Luciano demoró en decir: "No. Si se retira nos quedamos sin seguridad". La particular visión que el juez Luciano tuvo de las garantías del hábeas corpus terminó con la audiencia en forma abrupta. El preso se negó a declarar vigilado por sus denunciados y fue regresado al penal. Luciano aceptó escucharlo, media hora después, pero modificando esencialmente el escenario: trasladó la audiencia a la unidad penal donde un centenar de orejas penitenciarias le garantizaban aquello que en su despacho judicial suponía no tener, y vulnerando, como en la dictadura, todo el principio constitucional protectivo del hábeas corpus. En la propia unidad, el interno se decidió y habló. Dijo que el oficial Leguizamón le había exigido 200 pesos para mantener el pabellón. Dijo que él no pagó y que de inmediato lo trasladaron al pabellón 2, celda 95, donde pasó la noche sin colchón, con el inodoro tapado y la mugre desbordando el piso. Al día siguiente, el jueves 12, se realizó una nueva audiencia por el mismo pedido de hábeas corpus. Y otra vez, el guardia se incrustó en el despacho. Luciano, para dejar a salvo la administración de justicia, dijo en voz baja y sin que figurara en el expediente, que la presencia de guardias penitenciarios en las audiencias de hábeas corpus estaba avalada de palabra por la Cámara de Apelaciones nicoleña. Genta, se obstinó en no declarar delante de sus denunciados. Más tarde, ese mismo día, la abogada presentó un escrito en el que Genta denunciaba que en el penal le habían ofrecido mantenerlo en el pabellón si se retractaba de la denuncia por el cobro de coima. También apuntó contra un oficial de rango alto que amenazó con trasladarlo. Ese día, Genta fue retirado del pabellón y enviado a Sanidad del penal. Antes de entrar, fue revisado por el médico penitenciario Landolfo que constató que no presentaba lesiones. Pero el día 16 cuando lo derivaron al hospital local, era diferente. Salió con convulsiones y al borde de la muerte. Muy golpeado en el rostro, en el cráneo. [Volver]

16. - El número 10458 blanco, sobre la pared de lata herrumbrada, identifica al obsoleto camión de traslado de detenidos de la Bonaerense, es en ese vehículo que fue trasladado el detenido de 26 años desde la comisaría 1ª de Avellaneda hasta la seccional de la policía disctrital de Coronel Dorrego, en enero pasado. A Chaparro lo subieron a las 7 de la mañana del 14 de enero. El viaje, que normalmente demoraría en auto 5 horas, al 10458 le demandó un día. Después de haber sido guardado en una de las celdas del camión, cerradas herméticamente con orificios por los que es imposible respirar, con el aparato de ventilación descompuesto, soportando temperaturas mayores a 40 grados, sin que le dieran una gota de agua ni un mendrugo, Chaparro llegó a Coronel Dorrego a las 7 del 15 de enero. La sorpresa de quienes abrieron la puerta de su celda y lo encontraron muerto, sólo se explica por la desaprensión con que tratan a los detenidos (como si fueran fardos en tránsito y no personas). junto a Chaparro llegaron otros dos presos, pero vivos, y que testimoniaron en la causa ante el fiscal Gustavo Zorzano. Según fuentes de la investigación, los dos detenidos sostuvieron que Chaparro se quejó toda la noche, dijeron que no recibieron ni agua ni comida durante todo el trayecto, y que en algún momento de la madrugada lo dejaron de escuchar., la autopsia dio como resultado muerte por asfixia, pero no porque alguien hubiera tapado la boca de Chaparro, sino porque ni siquiera había aire para impedir su entrada. El detenido tenía problemas de salud que multiplicó su complicación y murió. Quizá por estar un poco más sanos, los otros dos no murieron. Debemos agregar que Al abrir la puerta de la celda, lo encontraron enrollado sobre sí mismo, en el exiguo espacio de 60 centímetros cuadrados que había tenido para caerse muerto, con signos de haber sido zapateado en el rostro, la cabeza, la espalda. Podría argumentarse que se golpeó contra las paredes de la celda desesperado ante la ausencia de oxígeno. En ese caso, la desesperación debe haber sido terrible: se habría autogolpeado los genitales. [Volver]

17. - El 25 de Nov. De 2008, Casolati realiza la denuncia: "Tomo conocimiento por diversas circunstancias -escribió Juan Manuel Casolati - que el personal penitenciario estaría vendiendo "facas" y drogas a los detenidos. "Dicho personal -siguió Casolati en su texto- estaría permitiendo, promoviendo y amparando hechos de violencia entre la población allí alojada de modo tal de hacer posibles distintos negocios entre ellos". "Todos los hechos denunciados -concluye Casolati en su presentación- estarían en pleno conocimiento del director y del segundo jefe del área de seguridad así como también del jefe del penal, quienes no sólo no pueden desconocer lo que pasa en el interior de la Unidad 46, en su posición de garantes, sino que además han sido alertados más de una vez sobre tales hechos y, lejos de haber implementado acciones con objeto de controlar o disminuir los hechos de violencia, los han alentado, amparado y permitido". [Volver]

18. - La fiscal Amalia Belaunzarán instruyó la causa por presunta coacción agravada. El 13 de enero allanó la celda de los detenidos Gómez Bogado y Cortez Amato y encontró "una botella de whisky, dos facas de 40 centímetros, un cuchillo tipo Tramontina, otras tres facas y cinco cigarrillos de marihuana". Otro de los detenidos le entregó un blíster de Diazepan, una faca de 45 centímetros, un cuchillo y dos palos de madera con punta. La fiscal tomó declaración testimonial a los cuatro detenidos. [Volver]

19. - La autopsia reveló que tenía el cuello destrozado. Lo encontraron con su cara semi sumergida en el Paraná. Al costado había huellas de pisadas de una persona descalza. Para los investigadores todos son sospechosos. En días más, debía quedar en libertad. Pese a ello, tampoco desde los organismos oficiales emitieron un comunicado para aclarar esta cuestión, más bien quedó librado al interés. de los medios de que se siga tocando el tema. "El primer examen médico del occiso en el lugar del hecho no reveló que haya sufrido una muerte traumática, no se observó ninguna lesión visible", dijo el propio Domínguez. Vázquez estaba purgando una pena por robo y lesiones y el 28 debía quedar en libertad, pero "alguien lo estranguló y lo arrojó al río donde quedó solo con su rostro con su rostro semisumergido". El interno tenía permiso para ser trasladado hacia esa unidad carcelaria desde el mes de noviembre de 2008, luego de pasar exitosamente un examen en el que resultó apto para el régimen de seguridad mínima para concretar su reinserción en la comunidad. "Llegó 36 horas antes de su muerte, luego de pasar su examen por buena conducta, no solo con el resto de la población carcelaria como los agentes del servicio del Penal 1", donde cumplió casi la totalidad de su condena. Esa tarde, Vázquez, otro interno y dos guardiacárceles trabajaban en la fabricación de las bases de un destacamento fijo que estaban por instalar próximamente. Casi al final de la jornada, se ofreció para ir a buscar hacia el río a los caballos que el SPP posee en la Granja Yatay, lo que fue autorizado. "Al rato aparecieron los caballos solos y el interno no llegó, por lo que su compañero fue a buscarlo y lo encontró tirado en la costa del río. Su cara estaba dentro del agua y ya estaba sin vida. Al lado de su cuerpo se encontró una huella de pié descalzo aunque podría ser de la propia víctima", Al día siguiente, a las 8:30 de la mañana se concretó la autopsia ordenada por el fiscal Robineau donde se determinó que Vázquez había muerto estrangulado, tomando en cuenta las lesiones que tenía en su cuello. "No consta en los expedientes que hasta ahora se han revisado, que el preso haya tenido algún incidente con la población carcelaria de la Unidad Penitenciaria Nº 1 donde estuvo previamente, ni de la UP Nº 4 donde estaba alojado hasta su homicidio, por lo que estamos al frente de un caso sumamente extraño", dijeron los voceros. Para los investigadores, no se produjeron contradicciones en las tres declaraciones tomadas a las últimas personas que vieron con vida a Vázquez. En la Unidad Penitenciaria Nº 4, hay alojados 37 presos, que a diario son vigilados por una docena de agentes. [Volver]

20. - cita de un reportaje del diario "Época"- [Volver]

21. - El año se inició con la muerte durante el mes de enero de Sergio Raúl González (32 años), quien fue asesinado en Cacheuta. Ese mismo mes Francisco Martín Pena Or (21 años) falleció luego de haber sido aparentemente agredido por un grupo de internos en el Complejo San Felipe, ubicado en la parte de atrás de la Cárcel de Boulogne Sur Mer. El primer suicidio del año 2009 fue Hugo Asenjo (19 años), quien se habría quitado la vida la madrugada del 2 de febrero en la celda que ocupaba en la Complejo Almafuerte utilizando una frazada. El joven sería conocido como el "hombre araña" o el "violador de la cuarta" acusado del abuso sexual seguido de muerte de Lilian Gómez, una vecina de los edificios de Mitre y Pellegrini de la Ciudad de Mendoza.1 El último día de febrero el interno Lucas Aguilera también se habría suicidado en la vieja cárcel de Boulogne Sur Mer. Un mes más tarde murió apuñalado en Boulogne Sur Mer José Alberto Tello (28 años), quien estaba procesado por homicidio y robo agravado. Otros dos casos se registraron en abril. La muerte confusa de Lucas Atencio Lucero (23 años), acusado de hurto agravado desde agosto de 2006. Se dijo que se había ahorcado en la cárcel de Boulogne Sur Mer, pero fue encontrado atado de pies y manos. En el moderno penal de Almafuerte Rolando Romero Delgado, acusado de robo agravado, falleció luego de recibir un "puntazo" en el corazón.

El 13 de mayo, también se constató la muerte de Osvaldo Arnoldo Gómez Vara (54 años) quien ese día iba a ser trasladado a Tribunales donde daría comienzo el juicio en su contra por abuso sexual. El hombre fue encontrado en a las 6:40 hs. en el interior de la celda 7, pabellón 16, de la vieja cárcel de la calle Boulogne Sur Mer, con una manta alrededor de su cuello y sin signos vitales.2

Tres casos más ocurrieron en junio. Utilizando una sábana también se habría ahorcado Víctor Ramírez Medina (29 años), quien hacía 6 meses que no recibía visitas y cumplía una condena en el penal de Almafuerte. A los pocos días, también en Almafuerte Francisco Luna Benegas recibió un puntazo mortal en el pecho y Héctor José Zalazar Celedón, habría optado por cortarse las venas de ambas muñecas y murió desangrado. El 22 de julio Carlos Viales (24 años) se quitó la vida a poco de que fuera condenado por homicidio a 29 años de prisión. Sólo quedó en intento el suicidio de Mauricio Espinosa, quien fue rescatado por sus compañeros cuando trató de quitarse la vida colgándose de una soga atada a uno de los barrotes de su celda, luego de recibir una pena de prisión perpetua. El último suicidio del año se habría registrado durante la primera semana de octubre, cuando Miguel Angel Flores (44 años), detenido en uno de los calabozos de la Comisaría 25 de Guaymallén, habría empleado los cordones de sus zapatillas para ahorcarse. Finalmente, en la cárcel de Boulogne Sur Mer el 31 de julio se reportó la muerte de Cristian Pizarro Quinteros (34 años) quien fue muerto de una puñalada en el pecho luego de un enfrentamiento con otros internos que se prolongó durante varias horas sin que el personal penitenciario tomara medidas para evitar el fatal desenlace. [Volver]

22. - La jueza María del Pilar Prieto dijo que no hay dónde someter a un tratamiento a los reos. Ante cada secuestro de droga en el penal de Villa Urquiza, los camaristas ya no muestran sorpresa, sino preocupación. En ese sentido, la jueza María del Pilar Prieto, vocal de la sala IV y responsable de ejecución de la condena del reo que fue arrestado ayer a la madrugada en la prisión, afirmó que no tiene demasiado sentido realizar nuevos estudios sobre el consumo de estupefacientes en la penitenciaría mientras no haya una infraestructura sanitaria adecuada. "Si yo descubro que son todos adictos, ¿qué puedo hacer? No hay hospitales ni centros especializados a los cuales acudir. Si existiera una unidad de estas características, podría pedir que internen al preso para que se recupere. Pero la situación dentro de la cárcel es atormentadora", sentenció Prieto. Docente de la cátedra de Criminología de la Facultad de Derecho de la UNT, afirmó que no logra comprender cómo llegan drogas (y en este caso, hasta un teléfono celular) a manos de los presos. "Las requisas que les hacen a los familiares son tan invasivas que muchas de las esposas e hijas (de los reos) están dejando de ir a visitarlos", explicó Prieto. Además, descartó de lleno la posibilidad del voleo. "Eso es totalmente improbable. La estructura edilicia de Villa Urquiza no lo permitiría y, además, supuestamente hay guardiacárceles vigilando todo", expresó. Además, dijo que una persona, para poder obtener una gran cantidad de psicofármacos, primero debe contar con recetas médicas. "Y más allá de todo esto, no hay que olvidarse de levantar la vista de la ley y ver a la persona. Ellos buscan ese 'mazazo'; les conviene dormir para no tener que afrontar el encierro. Y quienes los cuidan también se ven beneficiados con esta situación. Pero yo creo que no se debe buscar al adicto, sino al que genera el tráfico dentro del penal", argumentó. Por último, dijo que el hacinamiento en la cárcel también la preocupa: "la Constitución dispone que las cárceles no deben ser usadas para castigar. Pero es lo que se está haciendo". (fuente La Gaceta de Tucumán) [Volver]


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