Fraude electoral en las elecciones convocadas para 1995.

Provincia de Entre Ríos.

Entendemos que es sustancial la preservación de los derechos políticos de los ciudadanos para la plena efectivización del derecho a elegir sus propias autoridades. En tal sentido y teniendo especialmente presente la normativa tutelar de este derecho incorporada en el pacto de Derechos Civiles y Políticos hemos incorporado este apartado aclarando que estas irregularidades sucedieron en más de una provincia aunque en la actualidad sólo contamos con la información correspondiente a la de Entre Ríos.

Ante las irregularidades del comicio en la ciudad de Concordia de esa provincia, el principal partido opositor presentó ante la Justicia electoral una demanda de impugnación de los comicios celebrados en los departamentos de Concordia. Gualeguay, Uruguay y Gualeguaychú.

Según la cronología de los hechos, a las 21 hs. del día del comicio (14-5-95) se suspendió en la ciudad de Paraná el procesamiento de datos que provenía de la empresa ENCOTESA (Empresa de Correos) desde la ciudad de Concordia; a esa hora el registro del partido de la oposición y las encuestas de "boca de urna" arrojaban datos diferentes a los que se dieron a conocer al día siguiente como definitivos.

En este lapso, se dio a conocer la denuncia por irregularidades comiciales formuladas por un empleado de ENCOTESA de la Ciudad de Concordia, quien habría detectado maniobras irregulares con la manipulación de las urnas con posterioridad al cierre del comicio. Luego de la denuncia, alrededor de las 23 hs. se reanudó el servicio de suministro de datos -anteriormente interrumpido- datos que" oficialmente" resultaron definitivos y definitorios del resultado final de dichas elecciones.

Por lo expuesto la oposición solicitó la apertura de urnas para determinar el número de votantes.

Entre las irregularidades constatadas pueden enumerarse las siguientes: urnas sin faja de seguridad o con fajas de seguridad pero sin las firmas del Presidente o con la firma adulterada o falsificada, telegramas sin firmas del Presidente de Mesa ni Fiscales o faltando uno de ellos, falta de Actas de Escrutinio firmadas por las Autoridades de Mesa y Actas de Apertura de Comicio firmadas por el Presidente de Mesa (hecho que presupone la falta de control de votantes). Concretamente estos hechos sucedieron en el Departamento Concordia, Escuelas: Sarmiento, Lavarden, San José de Calazans, Capuchinos, Vélez Sarsfield, D. de Urquiza, Villa Adela y Coronel Navarro. Votantes que sufragaron dos veces: en la mesa que les correspondía por Padrón munidos de su documento de identidad tipo, y cumpliendo funciones de Fiscales de Partido Político en la mesa donde se encontraban cumpliendo dichas funciones con otro documento de identidad. Las irregularidades se verificaron igualmente respecto de los auxiliares de los presidentes de mesa y de los fiscales de los partidos políticos que ejercen el contralor de las urnas.

En cuanto a la utilización del método de cambio de urnas pudo establecerse una válida presunción a partir de la negligencia y omisión en la custodia de las urnas en su traslado: en el trayecto comprendido entre la Escuela y el Correo de la localidad, salieron sin custodia policial y quedaron sin la misma, inclusive dentro del mismo edificio de Correos, hecho comprobado por un testigo presencial violando claramente el Art. 104 C. E. in fine. Cabe destacar que los Fiscales de la oposición se vieron imposibilitados de controlar y custodiar las urnas y documentación del comicio luego que fueran retiradas de las escuelas.