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05oct12


Acta de sanción condenatoria por usos y costumbres en la jurisdicción indígena de la TCO Itika Guasu (Hugo y Rene Arevayo)


Reunido el Directorio de la APG IG en la Sede Social a los cinco días del mes octubre de dos mil doce a efectos de analizar la situación creada por la conducta de Rene Arevayo y Hugo Arevayo, ambos de origen guaraní y comunarios de la TCO IG, quienes han actuado en convivencia y conjuntamente con Anastasio Arevayo, también de origen guaraní, comunario de la TCO Itica Guasu y funcionario de asuntos indígenas del Ejecutivo Seccional de la Provincia O'Connor, Walter Ferrufino, puesto para el que fue propuesto por la APG IG.

Luego de escuchados los informes de las Asambleas informativas realizadas con diversas comunidades de la APG IG se ha constatado de forma fehaciente lo siguiente:

1) Que Rene Arevayo y Hugo Arevayo dicen representar y ser miembros del Consejo de Capitanes de Tarija y, en esta condición, actuar en contra de los intereses de la TCO IG y de su entidad representativa la APG IG, para lo cual han promovido reuniones y asambleas en forma contraria a los usos y costumbres y suplantando a las autoridades legítimas y legales.

2) Que Rene Arevayo y Hugo Arevayo han difamado públicamente y en forma artera al Directorio de la APG IG, acusándolos de delitos a efectos de conseguir mediante falsas incriminaciones la legitimación que no tienen y con la intención de fraccionar a la APG IG.

3) Que Rene Arevayo y Hugo Arevayo han actuado gravemente en contra de los usos y costumbres guaraníes y en contra de los intereses legítimos y legales de la APG IG al punto de desconocer la propia organización y considerar que el derecho indígena no es de aplicación en la TCO IG.

4) Que Rene Arevayo y Hugo Arevayo han actuado en convivencia y en forma organizada con Anastasio Arevayo a efectos de encubrir y legitimar las actuaciones ilegales que el mismo realizó en la jurisdicción de la TCO IG y por las que ha sido condenado con esta misma fecha en resolución independiente.

5) Que Rene Arevayo y Hugo Arevayo han violado en forma muy grave los usos y costumbres guaranís, la jurisdicción indígena de la TCO IG y el derecho indígena.

Por todo ello el Directorio de la APG IG resuelve:

A) Condenar en forma perpetua a Rene Arevayo y Hugo Arevayo al extrañamiento de la TCO IG, por lo que pierden su condición de comunarios y consecuentemente los derechos que les corresponden.

B) Condenar a Rene Arevayo y Hugo Arevayo por violación grave de la jurisdicción indígena a no poder ser candidatos, ni represententantes del Pueblo Guaraní de la TCO IG en ninguna otra jurisdicción en forma perpetua.

Esta resolución se adopta en uso del mandato que como autoridades por usos y costumbres nos corresponden y en aplicación de la jurisdicción indígena reconocida por la ley y la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, la que será notificada al condenado, a todos los Mburuvichas y se hará pública para general conocimiento.

En Guaye (Entre Ríos) a los cinco días del mes de octubre de dos mil doce.


Nota documental:

Este acta fue refrendada por el Directorio de la APG IG y notificada a los afectados por el Notario de Fe Pública de Entre Ríos


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