Información
Equipo Nizkor
        Tienda | Donaciones Online
Derechos | Equipo Nizkor       

25abr14


Respuesta a Felipe Maire a causa del intento de convocar en forma fraudulenta una asamblea organizada por Walter Ferrufino


A la atención del señor
Felipe Maire
Comunidad de Ñaurenda

Luego de leída y analizada la carta de invitación surgen las siguientes conclusiones que paso a notificarle:

1) El 09 de septiembre de 2013 la "Asamblea General de Mburuvichas" convocada exclusivamente para el tratamiento del "Estatuto de la APG IG de aplicación en la jurisdicción indígena de la TCO IG" aprobó el texto por unanimidad de la representación de las 36 comunidades históricas que componen la APG IG por lo que toda reclamación de derechos debe analizarse en el marco de dicho intrumento legal vigente desde el día siguiente de la aprobación según específica su Art 49)

2) En el acta de aprobación de dicho Estatuto se deja expresamente establecido que se ratificaba el Directorio de la APG IG en los términos y por el tiempo previsto en el mismo por mandato expreso de las 36 Comunidades, por lo tanto es falso que no se haya elegido el actual Directorio.

3) El término "Asamblea Regional" no figura ni el antiguo estatuto depositado ante el Notario de Gobierno de la Gobernación de Tarija y mucho menos en el actual. Dicho tipo de asamblea era una ficción jurídica destinada a consolidar la partición de la TCO IG en 3 zonas y que nunca tuvo respaldo estatutario alguno por lo que es falso de pura falsedad de que sea la "máxima instancia" dado que esta es siempre la "Asamblea General de Mburuvichas de la APG IG".

4) El "Fondo de Inversión Itika Guasu" es administrado por el Banco do Brazil por determinación de la Asamblea General de Mburuvichas que lo aprobó y este banco envía mensualmente la información del mismo. Como se determinó en la Asamblea de su aprobación es el "Consejo de Sabios" y no el Directorio el responsable de dicho instrumento financiero. Estos extremos han sido informados en diferentes asambleas por parte del Directorio.

5) Las operaciones contables y financieras de la APG IG son auditadas anualmente y por tanto garantizada su integridad y legalidad de acuerdo a las normas legales previstas en el ordenamiento legal del Estado plurinacional de Bolivia y además han sido tratadas y aprobadas en Asamblea Ordinaria.

6) La demanda firmada presuntamente por comunidades tiene que ser respaldada por un acta formal de la Asamblea Comunal tal cual establece el Art 37) del Estatuto Vigente por lo que esta carta no tiene valor alguno en cuanto a exigencia dado que no cumple con lo dispuesto por los estatutos al no figurar acta alguna que respalde la firma de los Mburuvichas firmantes toda vez que estos no puede actuar por su propia decisión sino por mandato de la Asamblea Comunal quien es su máxima autoridad a estos efectos.

7) Cualquier reclamación legítima tiene que ser aprobada por la Asamblea Comunal y puede ser tratada en la Asamblea General ordinaria anual o en una Asamblea General Extraordinaria que trate el tema en cuestión.

8) La Asamblea General Extraordinaria según el art 40) del Estatuto vigente podra ser convocada por el Directorio o a solicitud de al menos el 40 por ciento de las comunidades, previa aprobación de cada una de las Asamblea comunales.

9) Usted señor Felipe Maire me escribe ostentando el título de "Capitán comunal" cuando no es el Mburuvicha Comunal según usos y costumbres por tanto está usted incurriendo en un delito penal grave tal cual es el de usurpación, pero más grave aún es su actividad tenga la finalidad de atacar a nuestra organización dirigido y orientado por un plan racista organizado desde la subgobernación de O'Connor.

Saludo a Usted con la consideración que se merece en Guaye, 25 de abril de 2014

Never Barrientos, Presidente de la APG IG

Tienda de Libros Radio Nizkor On-Line Donations

DDHH en Bolivia
small logoThis document has been published on 29Apr14 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.