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25abr16

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Grupo armado perpetra ataques en la TCO Itika Guasu para poder llevar a cabo falsas incriminaciones contra líderes indígenas


El pasado 21 de abril de 2016, un grupo armado de tres personas no guaranís y con antecedentes de violencia, despojo de recursos forestales y ocupación ilegal de tierras en la Tierra Comunitaria de Origen Itika Guasu (TCO Itiku Guasu), perpetraron varios ataques contra guaraníes de las comunidades de Chorokepiau y Fuerte Viejo, ambas situadas en la TCO Itika Guasu y pertenecientes a la Asamblea del Pueblo Guaraní Itika Guasu.

HECHOS:

El jueves 21 de abril de 2016 un grupo armado de tres personas encabezado por Rolando Rómulo Torrez Labra (C.I. 4123043 Tja), perpetró los siguientes hechos de violencia contra guaraníes de la TCO Itika Guasu:

  • En torno a las 18:30 h., cuando los hermanos Everto, Carlos y Silvio Barrientos retornaban de comprar víveres en el almacén propiedad del corregidor de Tarupayo, Ciro Zambrana, y hacían a pie el camino de vuelta desde Tambo Tarupayo a la comunidad en que residen, Chorokepiau, justo a la altura de la represa de Ciro Zambrana (aproximadamente a mitad de camino entre Tarupayo y Chorokepiau) son interceptados por un jeep color negro ocupado por Rómulo Torrez y los sobrinos de éste, Nery y José Torrez.

    Los tres ocupantes del jeep se encontraban es estado de ebriedad. Agarraron a Everto Barrientos del cuello y le dijeron "¿Vos sos el macho?… ¡Ahora vas a pagar todo!", y aprovechando que Everto llevaba un sombrero con cinta para sujetarlo al cuello, lo agarraron de ahí y lo revolcaron por el suelo mientras le golpeaban con puños y pies.

    Carlos y Silvio Barrientos salieron corriendo porque Rolando Torrez les amenazó con un arma de fuego del tipo revólver o pistola.

    Mientras tanto, continuó la golpiza en el suelo contra Everto Barrientos hasta que éste perdió el sentido. Al cabo de un tiempo que no recuerda exactamente, pero en todo caso inferior a dos horas, despertó semidesnudo y ensangrentado y se levantó. En ese momento Rolando Torrez le percibe y nuevamente lo persiguió. Everto se metió en medio de la maleza y se quedó ahí.

    Los tres agresores destrozaron y desparramaron los víveres que los hermanos Barrientos habían comprado.

  • 19:15 h.: Carlos Barrientos llama a su hermano Eyber Barrientos, y dio el aviso de la golpiza que los Torrez estaban infligiendo a Everto. Anoticiados de esto en la comunidad de Chorokepiau de inmediato se juntaron y se fueron a buscar a Everto con las indicaciones que les habían dado por teléfono.

  • A las 20:00 h. aproximadamente encontraron a Everto, escondido y herido, y desde el celular de uno de los hermanos llamaron a Marino Gallardo, encargado de la relación con las comunidades para asuntos jurídicos, para que en la capital provincial de Entre Ríos alertaran del incidente a la policía y se les pidiera que se desplazaran al lugar de los hechos para la verificación de los sucedido.

  • En torno a esa misma hora, las 20:00, a bordo del mismo vehículo, Rolando Torrez y sus sobrinos Nery y José irrumpieron en la comunidad de Fuerte Viejo, también perteneciente a la APG IG, y se dirigieron a la vivienda de la Sra. Isabel Escalante y su hijo Paulino González. Descendieron del vehículo y preguntaron por Paulino González, quien no se encontraba en el lugar. Al informarles la Sra. Isabel que se encontraba en Entre Ríos, penetraron agresivamente en su vivienda y comenzaron a dar patadas a los enseres domésticos. Mientras golpeaban sillas y mesa y esparcían los alimentos por el suelo, comentaban que estaban buscando a Paulino González para matarle. Le preguntaron también si se encontraba Mario Miranda, que "es el otro que jode". Los perros de la Sra. Isabel obligaron a los Torrez a abandonar el lugar y los Torrez salieron dirección a Chorokepiau. Estos hechos fueron denunciados por el Mburuvicha comunal de Fuerte Viejo Mario Miranda.

  • 20:30 h.: Rolando Torrez pasa con su jeep, esta vez sin acompañantes, por el lugar donde agredió a Everto Barrientos y en donde se habían congregado varios comunarios de Chorokepiau para proteger al agredido y a la espera de la llegada de la policía. Los guaranís allí presente le piden explicaciones de los sucedido y le recriminan sus actos.

  • 22:30 h.: Se escucharon disparos en el abra. Nuevamente era el jeep de Rolando Torrez que volvía al lugar de los hechos. Los guaraníes estaban a un lado del camino y al ver a Torrez, dos de ellos se pararon frente a él para reclamarle el motivo por el que habían golpeado a Everto Barrientos.

    La respuesta de los que estaban en el Jeep fue sacar la escopeta y amenazarles. Estaban en el jeep Rolando Torrez, su tío Fortunato Torrez y los hijos de éste Nery y José. Rolando Torrez además estaba armado con una pistola y/o revolver y Nery Torrez llevaba una escopeta, un puñal y un revenque (látigo que se usa para los caballos).

    Ante esta amenaza, los guaraníes presentes se agolparon en el lugar. Rolando Torrez, viendo que eran muchos, quiso escapar en su jeep, a lo que los presentes respondieron golpeando el jeep con palos y rompiendo el parabrisas.

    En un intento de arrebatarle la escopeta, golpean a Nery con un palo y se produjo entonces un enfrentamiento a palos y puños. Al ver que habían logrado acorralar a los Torrez, y como quiera que ya tenían en su poder la escopeta, se detuvieron y les dijeron que se fueran. Los cuatro Torrez subieron al jeep y se marcharon.

  • 23:00 h.: Eyber Barrientos llama desde el teléfono de Carlos Barrientos a la APG IG en Entre Ríos pidiendo que por favor la policía fuera a Chorokepiau. Se le explicó que no iba a ir la policía y entonces pidieron que al menos fuera un responsable jurídico de la APG IG para que constatara el ataque de los Torrez contra sus compañeros y los víveres que llevaban.

Actuación del Departamento Jurídico de la APG IG desde Entre Ríos

  • 20:00 h.: Nada más recibir la denuncia de Chorokepiau a las 20:00 h., Marino Gallardo se dirigió a la policía a sentar denuncia.

    El Cabo de guardia le dijo que no podía recibir la denuncia porque no estaba el oficial a mando de este tipo de problema, quien es el Sargento Delgado. Manifestó no poder enviar patrulla alguna porque toda la policía estaba realizando labores de custodia en el Municipio, ello a pesar de que el oficial conocía bien que se trataba de una reincidencia en la actuación de Rolando Torrez y que el hecho ameritaba detención inmediata.

  • 21:00 h.: El departamento jurídico de la APGIG logra hablar con el Sargento Delgado, quien alega cansancio y pide le vuelvan a visitar al día siguiente.

  • 23:00 h.: Habiendo sido informados de lo sucedido, varias personas de la APG IG se desplazan de Entre Ríos a Chorokepiau sin contar con ayuda policial y para verificar los hechos sobre el terreno y el estado de los heridos.

  • Viernes 22 de abril, 05:00 h.: Los integrantes del equipo que se desplazó a Chorokepiau regresan a Entre Ríos y llevaron con ellos a los heridos.

  • Ante la gravedad de las lesiones, se pide la Fiscalía que ordene el examen Médico Forense el cual fue realizado el viernes 22 de abril por la tarde en la capital departamental de Tarija.

    No se puede informar de la actuación policial porque no la hubo.

De la falta de atención y trato discriminatorio a los guaranís en el hospital de Entre Ríos

Cuando los heridos guaranís llegan la madrugada del 22 de abril al hospital de Entre Ríos, tomaron conocimiento de que para ese entonces ya habían sido trasladados los Torrez en ambulancia desde Tarupayo. El personal del hospital les atendió de forma inmediata, mientras que a los heridos guaranís no les atendieron hasta las 08:00 a.m. y además les cobraron por la consulta.

A partir de ese momento el hospital de Entre Ríos devino el lugar de escenificación del grupo cuya cabeza visible es Hugo Arebayo y que ha intentado ya en repetidas ocasiones usurpar la dirección de la APG IG a sus legítimas autoridades.

Rápidamente llegaron al hospital Lorgio Bustos, Eloy Novillo y Eduardo Segundo, pertenecientes a este grupo organizado. Eloy Novillo exclamaba que "gracias a esto Never no podrá ser presidente", refiriéndose a Never Barrientos, el presidente de la APG IG, que cuenta con el apoyo de las comunidades de la TCO Itika Guasu, y que lleva desde 2014 haciendo frente a las acciones ilegales de este grupo.

Se ha de señalar que, a pesar de la coincidencia de apellido, Never Barrientos no es familiar de los heridos.

El grupo agresor se vio respaldado por el acceso de otras personas al hospital provistas de cámara y que empezaron a organizarse para "informar" (sic), al diario El País, de Tarija, conocido por su línea editorial discriminatoria respecto de los guaraníes.

Una familiar de los Torrez gritaba en el hospital que los guaranís son chawancos, vocablo utilizado en la época de los patrones y cuando los guaraníes estaban sometidos en régimen de servidumbre, la cual aún no ha sido erradicada en el Chaco boliviano. Llamó "borrachos" a los guaranís.

La atención hospitalaria proporcionada a los cuatro miembros de la familia Torrez fue del todo diligente y eficaz, y estuvo centrada en las primeras horas a garantizar el descanso de los mismos con vistas a que se les pasara el efecto etílico del alcohol.

La escenificación continuó con la llegada al hospital de funcionarios de la subgobernación y del municipio.

Mientras los agresores estaban en camillas con atención médica permanente, los tres guaraníes heridos estaban a su suerte ya que, según el personal, "su estado de salud no era grave".

La toma de fotografías de los agresores se prolongó hasta las 07:00, existiendo sospechas de que a uno de ellos se le vendó la cabeza sólo para que le tomaran la fotografía. Las fotografías así tomadas de Nery Torrez y de Rolando Torrez son las que después ha publicado el Periódico El País de Tarija.

Efectivos de la policía estaban presentes pero inactivos.

  • 10:00 am: Pasado el efecto del alcohol, los agresores fueron trasladados en ambulancia a Tarija, ya que sólo a esa hora y tras varias horas en el hospital, el personal médico estimó que esto era necesario.

    Los médicos informaron a los guaranís que no podían atenderles y les dieron orden de referencia a Tarija, sin ambulancia.

    El estado de los guaranís atacados y agredidos.

    En contraste con el aparente buen estado de salud que mostró Rolando Torrez en el canal de Televisión PLUS TLT (del mismo propietario que El Pais de Tarija), donde compareció para difundir la idea de que el autor de todo esto es Eyber Barrientos, el balance de los guaranís heridos, según información obtenida de los respectivos informes forenses, es el siguiente:

    EVERTO BARRIENTOS ANTEZANA:

    • Cráneo: Presencia de superficie contusa de 5 cm. x 6 cm. ubicada en región parietal lado derecho.
    • Rostro: Equimosis verde tenue ubicada en parpado inferior lado izquierdo. Herida excoriativa en dorso nasal. Edema en region nasal.
    • Cuello: Equimosis traumática lineal discontinua de dirección oblicua en lado derecho.
    • Extremidad superior: Equimosis verde puntiforme de 6 cm. x 5 cm. ubicada en cara interna tercio proximal brazo izquierdo. Excoriación con replegamiento epidérmico en codo derecho.
    • Extremidad inferior: presencia de quince punturas por espina ubicadas en cara anterior e interna de rodilla derecha.

    El forense concluye que las lesiones son compatibles con traumatismo directo y tangencial por objeto contundente de bordes romos que causa la superficie contusa y que son coincidente con la fecha de la agresión.

    DAVID BARRIENTOS ANTEZANA:

    Las lesiones que presenta a nivel del rostro y cuerpo obedecen a un traumatismo causado por objeto contundente. Las lesiones son coincidentes con la fecha de la agresión.

    ROSA ANTEZANA AGUILERA:

    Lesiones en miembro superior, región lumbar y muslo, éstas últimas como consecuencia de una punción traumática de espinas, coincidente con lo relatado. Las lesiones son coincidentes con la fecha de la agresión.

    A Rosa Antezana tuvieron que prestarle 7 Bs. para poder comprar analgésicos.

    En todos los casos el informe forense concluye que las poli-contusiones que padecen los agredidos tienen su origen en violencia grupal.

    Resultaron también heridos, pero no acudieron al hospital, José Ortega, quien fue apaleado, el Mburuvicha Comunal Abel Barrientos y Roberto Segundo.

    CONTEXTO Y ANTECEDENTES:

    Los hechos relatados, incluida la tergiversación posterior y el montaje con finalidad incriminatoria, se enmarcan en la persecución sistemática de que están siendo víctimas los guaranís de la Itika Guasu a manos de un grupo dirigido localmente por el Subgobernador Walter Ferrufino Gaite, de familia con claros y conocidos antecedentes esclavistas, y que funciona con métodos propios del crimen organizado.


    Walter Ferrufino


    Hugo Arebayo


    René Arebayo

    Walter Ferrufino Gaite, mantiene un grupo de unas 20 personas contratadas desde hace más de dos años, que tiene como finalidad el acoso de las organizaciones guaranís con métodos claramente mafiosos, tales como: acusaciones falsas, amenazas, intimidación, extorsión y cooptación forzosa. Para conseguir su ilegal finalidad instrumentan todo tipo de documentos falsos con los que, mediante el apoyo legal de abogados del propio grupo, pretenden usurpar la personalidad jurídica de las organizaciones y de sus dirigentes.

    Este grupo de kapangas organizado por el protervo subgobernador Walter Ferrufino, tiene su cabeza visible en los guaranís Hugo Arebayo Corimayo, su hermano René Arebayo Corimayo y su tío Anastacio Arebayo. Estos dos últimos en 2014 fungían como funcionarios públicos y los tres tienen sanciones por usos y costumbres impuestas por la APG IG y que datan de octubre de 2012, fecha en la que ya se les había prohibido formalmente que ocuparan cargos de representación de la APG IG, tanto a nivel interno como frente a terceros.

    Tanto es así que localmente se empieza a hablar del "cártel Ferrufino-Arebayos", aludiendo con ello al dudoso origen de las ingentes sumas de dinero que esta asociación de individuos maneja.

    No es la primera vez que la familia Torrez está implicada en las acciones intimidatorias, amenazantes y violentas del grupo respecto de los guaranís de Chorokepiau, como puede verse en el relato de antecedentes que proporcionamos a continuación.

    Formarían también parte de la trama jurídica de este grupo Marco Antonio Cardozo Jemio, quien ha simulado una falsa representación legal de la APG IG y ha defendido como "abogado" en sede judicial a Hugo Arebayo, cuando el mismo Ministerio de Justicia ha certificado que este señor carece de título habilitante de abogado.

    Antecedentes:

    El 24 de junio de 2014, el Sr. Rolando Torrez, no guaraní que frecuenta la comunidad de Chorokepiau (TCO Itika Guasu), comenzó a realizar trabajos agrícolas no autorizados dentro de la comunidad, incluido el cerramiento de una parcela con pretensión de hacer valer un derecho propietario del que carece, todo ello sin autorización y siendo además contrario a los usos y costumbres vigentes.

    Al tomar conocimiento de estos hechos, la comunidad procedió al desmantelamiento de los postes de delimitación instalados por el Sr. Rolando Torrez, a lo que éste respondió profiriendo amenazas a los comunarios al tiempo que exhibía una motosierra, con la que intentó atentar contra el brazo de un comunario. Ante este hecho, los comunarios procedieron a requisarle la motosierra y a dejarla en depósito en la comunidad, decisión tomada en el marco de la jurisdicción indígena de la TCO Itika Guasu y conforme a usos y costumbres.

    Asimismo, cuando los comunarios retornaban a sus casas, el Señor Fortunato Torrez, tío de Rolando Torrez, apareció exhibiendo una escopeta en actitud también amenazante, con la intención de causar zozobra y terror en la comunidad.

    Los hechos fueron objeto de denuncia interpuesta el 07 de julio de 2014 por Eyver Barrientos, comunario guaraní residente en Chorokepiau, contra Rolando Torrez, ante el riesgo para los comunarios y la imposibilidad de que el señor Torrez cumpla con la decisión de la comunidad, esto es, de las autoridades competentes de la jurisdicción indígena.

    El 7 de julio de 2014, el Fiscal de Materia III de Entre Ríos (Tarija), D. GABRIEL ALARCÓN BARRIOS, resuelve desestimar la denuncia al "no existir una relación fáctica clara". Ante la impugnación de esta decisión, emite el 9 de julio de 2014 un requerimiento disponiendo una serie de medidas de investigación.

    Sin embargo, el mismo fiscal sí ha procedido a dar trámite a una denuncia por "robo agravado" interpuesta por el Sr. Rolando Torrez contra Eyver Barrientos, por estimar el autor de las amenazas que la motosierra le ha sido robada, cuando se tiene que el decomiso de la misma obedeció a una decisión de las autoridades indígenas jurisdiccionales que el señor Fiscal debiera haber respetado. Esta denuncia por robo agravado dio lugar al caso FISER Nº 102/2014, cuya investigación fue ampliada por 90 días mediante resolución fiscal de 5 de septiembre de 2014, en lo que muy probablemente fue el último acto procesal del Fiscal de Materia Gabriel Alarcón Barrios antes de que dejara su plaza en Entre Ríos. En dicha resolución el Fiscal afirma además que la investigación del caso FISER Nº 102/2014 comenzó el 3 de enero de 2014, siendo que en la carátula del cuaderno de investigación puede verse que este caso se inició en julio de 2014.

    Es de señalar que en el relato de hechos de su denuncia por robo agravado, el Sr. Rolando Torrez hace mención a que éstos sucedieron cuando se "encontraba trabajando en mi potrero situado en la comunidad de Chopoquipiau realizando mejoras al cerco de mi propiedad con una máquina moto sierra...", derecho propietario que el Sr. Torrez no tiene en absoluto, al ser terreno comunitario propiedad de la APG IG, siendo este hecho el que motivó que los comunarios, tras conminarle, procedieran al desmantelamiento de los postes de demarcación que el mencionado señor pretendía instalar.

    El presente caso fue por delito de amenazas, si bien los hechos que lo originan son también constitutivos de un delito de despojo, del art. 351 del CP de Bolivia y de perturbación de posesión del art. 353 del mismo código.

    Al resolver como lo hizo, una vez más la Fiscalía de Entre Ríos desacata las decisiones de las autoridades de la jurisdicción indígena originaria, a cuyo respeto viene en cambio obligada en base al art. 12 de la Ley de Deslinde Jurisdiccional de 29 de diciembre de 2010, más arriba transcrito.

    De hecho, el problema de fondo en este caso es precisamente la falta de reconocimiento de las decisiones de la jurisdicción indígena originaria por parte de la justicia ordinaria, ya que el origen del problema radica en la usurpación de terrenos pertenecientes a la TCO Itika Guasu para la explotación y tráfico ilegal de recursos forestales, que es la actividad en la que el denunciante y otras personas ajenas a la TCO Itika Guasu están inmersos.

    Estos hechos han sido también objeto de denuncia por parte de la APG IG ante la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierras (ABT), de Bolivia, organismo público competente en esta materia, el cual ha podido constatar el uso ilegal de recursos forestales de la TCO Itika Guasu por parte de socios de Rolando Torrez, concretamente de Leopoldo Torrez Nieto y Fortunato Torrez Rueda. Como consecuencia, la ABT dispuso la paralización de la tala de árboles para serramiento que estos señores estaban efectuando.

    Simultáneamente, otros socios de Rolando Torrez estarían dirigiendo denuncias contra comunarios guaranís de Chorokepiau, denuncias que tendrían como finalidad principal poder continuar con el uso y tráfico ilegal de recursos forestales que no son de su propiedad, al tiempo que intentan consolidar el avasallamiento u ocupación de hecho de terrenos propiedad de la APG IG.

    La actuación fiscal en Entre Ríos y Tarija no sólo no ha respetado hasta el momento las decisiones de las autoridades de la jurisdicción indígena originaria vigente en la TCO Itika Guasu, sino que tal actuación viene dejando de lado los principios de legalidad, objetividad y autonomía, para, en cambio, proteger actos de los sancionados por la Ley Nº 477 Contra el Avasallamiento y Tráfico de Tierras, de 30 de diciembre de 2013 (y que también sancionaría el nuevo art. 351 bis del CP), cuando dichos actos de avasallamiento se dirigen contra población indígena.

    [Fuente: Equipo Nizkor, Charleroi, 25abr16]

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