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11jun15


DS para explorar parques vulnera CPE y acuerdos


El Decreto Supremo 2366 que autoriza la exploración hidrocarburífera en parques nacionales contradice cuatro artículos de la Constitución Política del Estado (CPE), tres leyes, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), del cual Bolivia es signatario, y la declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, según el análisis del constitucionalista José Antonio Rivera.


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Al respecto, el exconsejero departamental Roberto de la Cruz, el exmagistrado Gualberto Cusi y el dirigente de la central Securé, Youci Fabricano, anunciaron una alianza para impugnar legalmente el decreto aprobado el 20 mayo pasado.

Según datos del Cedib, actualmente el 17 por ciento de las áreas protegidas, a nivel nacional, es zona de extractivismo; es decir, ya se realizan actividades petroleras.

Existen "indicios de inconstitucionalidad" en el DS 2366 porque su contenido contradice la CPE, dijo Rivera y detalló que, al autorizar la exploración hidrocarburífera en áreas protegidas, va en contra del artículo 30, párrafo 2, numeral 15 que establece la consulta previa y obligatoria a pueblos indígenas originarios campesinos en los casos en que el Estado decida explorar o explotar recursos naturales no renovables en sus territorios.

Rivera hizo notar que, con la sola emisión del decreto, el Gobierno ya tomó la decisión de adjudicar operaciones a empresas petroleras y recordó la denuncia de los indígenas en relación a que varias empresas ya están operando en sus territorios, por tanto no se está respetando el derecho a la consulta previa. "Se toman decisiones y luego se hace la consulta, eso va contra la jurisprudencia, (porque) lo que establece la Corte Internacional de Derechos Humanos es que la consulta sea previa, de buena fe y con carácter vinculante", señaló.

También hay contradicción con el artículo 385, por cuyo mandato las áreas protegidas son un bien común y cumplen función ambiental, cultural, económica y social y no pueden ser objeto de adjudicación para actividades de exploración y explotación, que ponen en riesgo su función ambiental y cultural.

Otro indicio de incompatibilidad es el relacionado con el artículo 394, a través del cual el Estado reconoce la propiedad comunitaria del territorio indígena campesino originario, que es inembargable, inalienable e irreversible. Estos conceptos refuerzan la necesidad de la consulta, apuntó Rivera.

El DS cuestionado también contradice al artículo 403 de la CPE que reconoce la integralidad del territorio indígena originario campesino, que "incluye el derecho a la tierra, al uso y aprovechamiento exclusivo de los recursos naturales renovables" y ahí vuelve a reafirmarse el derecho a la consulta, apuntó.

El especialista también señaló que contradicen las leyes de medioambiente, la del INRA y la de Reconducción Comunitaria, además del Convenio 169 de la OIT, ratificado por Bolivia mediante Ley 1257, que reconoce los derechos colectivos de los pueblos indígenas, sobre todo su derecho a la tierra que han ocupado tradicionalmente.

Rivera explicó que se debe hablar de "indicios de inconstitucionalidad", porque el único que puede declarar la inconstitucionalidad es el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP); pero no actúa de oficio, sino ante el planteamiento de alguna autoridad legítima.

De la Cruz anunció a través de ANF que se prepara un recurso de inconstitucionalidad, porque el decreto atenta contra la CPE aprobada en referendo en 2009 y Cusi recordó que el DS atropella los derechos de los pueblos indígenas, que fueron consagrados como ley nacional en 2007.

De la Cruz, Cusi y Fabricano coincidieron en que, con respecto al Tipnis, la construcción de la vía y el ingreso de las petroleras es parte de un solo paquete, que apuntala un modelo de desarrollo orientado a pisotear los derechos de la Madre Tierra.

Un documento del especialista del Centro de Documentación e Información Bolivia (Cedib), Jorge Campanini, señala que ya en 2012 "el Gobierno había definido la mayor superficie jamás dispuesta para actividades petroleras", pues "alrededor de 24 millones de hectáreas fueron dispuestas como parte de la nueva frontera petrolera que comprende alrededor del 22 por ciento del total del territorio nacional y que se superpone sobre 11 de las 22 áreas protegidas nacionales" que existen en el país.

Campanini destacó que el DS 2366 es parte de un paquete de normas desarrollado desde hace tiempo "para vulnerar los derechos y los esfuerzos por mantener una zona de protección ecológica" y parte de ese paquete fue reducir a "un simple trámite administrativo el proceso de consulta a los pueblos indígenas" con el DS 2298, antecedido por el DS 2195 (mayo 2014) de compensación por impacto ambiental.

[Fuente: Los Tiempos, Cochabamba, 11jun15]

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