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03may15


Precisiones necesarias sobre el Fondo Indígena


El 7 y 9 de abril de 2015 estuvieron, respectivamente, en la Cámara de Senadores, el Contralor General del Estado y la Ministra de Desarrollo Rural y Tierras para brindar informes orales, solicitados por los senadores de Unidad Demócrata (UD), sobre hechos irregulares suscitados en el Fondo de Desarrollo para los Pueblos Indígenas Originarios y Comunidades Campesinas (FDPPIOYCC). Ambas autoridades dieron información precisa y útil sobre algunos aspectos críticos relacionados con los problemas actuales del Fondo.

Sin embargo, varios de los solicitantes o sus correligionarios continúan emitiendo criterios sobre el Fondo Indígena sin tomar en cuenta o, en su caso, distorsionando las aclaraciones efectuadas por las autoridades señaladas. Aparentemente, la solicitud de informe oral de los opositores fue sólo un mero show mediático en el marco de su permanente y desesperado afán de desprestigio a un proceso que ha cambiado y seguirá cambiando el país para bien.

Los opositores continúan afirmando que el partido de gobierno está encubriendo los actos irregulares en el Fondo, e insinúan, de alguna manera, ser quienes denunciaron las irregularidades. El Contralor informó de manera oral y por escrito haber realizado de oficio un trabajo de supervisión (no de auditoría) en el Fondo Indígena, considerando las diferentes peticiones públicas del presidente Evo y denuncias publicadas en medios de prensa (Página Siete del 11 diciembre de 2013), y en atención al Artículo 217 de la CPE que señala: "…La Contraloría General del Estado será responsable de la supervisión y del control externo posterior de las entidades públicas…". Por tanto, no fueron los opositores quienes denunciaron irregularidades en el Fondo. Los bolivianos y el mundo conocen la posición firme y validada del presidente Evo de cero tolerancia a la corrupción. Es más, el Contralor General del Estado, a quien la oposición califica como funcional al Gobierno, presentó al Ministerio Público el Informe Circunstanciado de su trabajo de supervisión a los proyectos del Fondo, en pleno periodo preelectoral (diciembre de 2014). Entonces, ¿de qué manera el partido de gobierno encubre las irregularidades en el Fondo?

Los opositores siguen cuestionando por qué la Contraloría General del Estado presentó solamente informes circunstanciados y no informes de auditoría al Ministerio Público. Al respecto, el Contralor señaló enfáticamente que no se practicó una auditoría en el Fondo, sino que en el marco del Artículo 217 de la CPE, se efectuó una actividad de supervisión a los proyectos del Fondo correspondientes a las gestiones 2010 y 2011. Además, la normativa vigente en la CGE sobre la correspondencia de un Informe Circunstanciado señala: "…corresponderá un Informe Circunstanciado cuando el auditor gubernamental (…) en cualquier instancia de su trabajo, toma conocimiento de un hecho que de acuerdo a su valoración puede configurar uno o varios tipos penales…". Nótese entonces que un Informe Circunstanciado es más eficaz cuando los actos examinados presentan indicios de responsabilidad penal.

Los opositores también afirman que la Contraloría envió el Informe Circunstanciado al Ministerio Público con la intención de tapar los hechos irregulares en el Fondo Indígena y hacer que éstos pasen al olvido. Al respecto, el Artículo 35 de la Ley 1178 - SAFCO señala: "…Cuando los actos o hechos examinados presentan indicios de responsabilidad civil o penal (…) la autoridad legal competente denunciará los hechos ante el Ministerio Público …". En consecuencia, lo único que hizo la Contraloría es cumplir la ley, la misma que está vigente en el país desde 1990.

El Contralor también informó que el trabajo de supervisión a los proyectos del Fondo Indígena consideró los siguientes aspectos: aprobación de proyectos, desembolsos, presentación de descargos, seguimiento y monitoreo, y cierre de proyectos.

De acuerdo al D.S. 28572 de creación del Fondo (Artículo 8) y el Estatuto Orgánico del Fondo Indígena (Artículo 28), la aprobación del financiamiento de proyectos es atribución del directorio del Fondo, instancia que además tiene como atribuciones: aprobar y modificar el Estatuto, formular, programar y ejecutar políticas internas del Fondo, aprobar la estructura organizativa del Fondo, aprobar los estados financieros y la memoria anual, aprobar el presupuesto anual, solicitar la designación o la remoción del director ejecutivo, aprobar el informe auditado de las operaciones realizadas por el Fondo presentado por el director ejecutivo y realizar operaciones necesarias para el cumplimiento de funciones del Fondo. Nótese que la administración (desembolsos, ejecución, seguimiento, monitoreo y otros) de los proyectos no figura de manera explícita entre las atribuciones del directorio. Es, por tanto, injusto, por decir lo menos, que los opositores satanicen y sindiquen "a priori" como corruptos a todas las personas, dirigentes de agrupaciones sociales o no, que fueron parte del directorio del Fondo en alguna oportunidad.

El Fondo Indígena fue creado por el Decreto Supremo 28571 en diciembre de 2005 con el objetivo de financiar proyectos de desarrollo productivo y social que beneficien de manera directa a los Pueblos Indígenas, Originarios y Comunidades Campesinas . El Artículo 3 del mismo dice: "…El Fondo es el encargado de administrar y ejecutar bajo los criterios de eficiencia, eficacia, equidad, transparencia y participación los recursos económicos asignados …". Para este fin, el Fondo Indígena, como institución de derecho público de carácter descentralizado, con personalidad jurídica y autonomía de gestión, cuenta con toda una estructura administrativa y reglamentaria; y su Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) es el director ejecutivo del Fondo. En este marco, el desembolso de recursos económicos necesarios para la ejecución de un proyecto exige la suscripción de un Convenio de Financiamiento.

Los beneficiarios de los proyectos del Fondo son grupos de personas sin personalidad jurídica, en consecuencia, tanto ellos como sus representantes actúan como personas particulares. En el Convenio de Financiamiento suscrito, el Fondo se obliga a trasferir recursos económicos mediante el SIGMA en la cuenta de los beneficiarios, de acuerdo a un cronograma de desembolsos. Es importante aclarar que para transferir recursos de la manera señalada, los beneficiarios deben tener una cuenta en el Banco Unión S.A., que gestiona los recursos del Estado; al no contar con personalidad jurídica, los beneficiarios, en su condición de personas particulares, tienen que abrir una cuenta a nombre de alguno de sus representantes. Esta figura es diferente a la que los opositores pretenden hacer ver cuando señalan que los representantes de los beneficiarios recibieron recursos del Fondo y de manera discrecional depositaron los mismos en sus cuentas personales.

Uno de los problemas del Fondo Indígena se inicia a tiempo de ejecutar el gasto y presentar descargos por parte de los representantes de los beneficiarios.

El otro problema tiene que ver con la falta de acompañamiento a los proyectos por parte del Fondo Indígena. El Decreto Supremo 28571, el Estatuto Orgánico del Fondo Indígena, los manuales de funciones del Fondo y las cláusulas de los convenios de financiamiento establecen que el director ejecutivo del Fondo es el directo responsable del seguimiento y monitoreo a los proyectos en términos de su ejecución física y financiera. El Informe Circunstanciado relacionado con la supervisión de 153 proyectos del Fondo establece que los directores ejecutivos del Fondo no definieron mecanismos para garantizar los proyectos, así como el cumplimiento de obligaciones por parte de los beneficiarios. Por ello, la Contraloría establece en contra de tres directores ejecutivos indicios de responsabilidad penal (incumplimiento de deberes, contratos lesivos al Estado y daño económico al Estado). Serán las instancias llamadas por ley las que sancionen estas figuras penales, nuevamente, caiga quien caiga. Al momento, uno de los directores ejecutivos tiene detención preventiva, otro está con detención domiciliaria y el tercero aún no ha sido habido.

Todos estamos preocupados por los hechos ocurridos en el Fondo Indígena; sin embargo, el tema debe ser tratado con precisión técnica y en el marco democrático correspondiente. Es lamentable e irresponsable que los opositores pretendan utilizar este tema solamente con fines políticos y mediáticos de desprestigio al actual proceso de cambio.

[Fuente: Por Rubén Medinaceli, Senador del MAS-IPSP, Página Siete, La Paz, 03may15]

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