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19jun16


Dictadura con antifaz de democracia


Tiene carácter de dictadura todo Gobierno que invocando el interés público se ejerce fuera de las leyes constitutivas de un país. Ésa es la situación entre nosotros por vulneración del sistema democrático, según el cual la República de Bolivia se funda en el principio de independendencia y separación de los Órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial (artículos 11 y 12 de la Constitución Política del Estado).Tal condición de quebrantamiento del sistema democrático se agudizó recientemente.

En reuniones preparadas por el Órgano Ejecutivo para modificar el régimen de administración de justicia, se inició la agresión a la democracia con la propuesta de la Mesa N° 1 (Elección de Magistrados), manifestada en sentido de que se mantenga la modalidad de nombramiento de máximas autoridades del Órgano Judicial que, en realidad, es decisión proveniente de ámbito presidencial a través de farsa sumisamente aceptada por subyugados integrantes del Legislativo, quienes pasan para voto popular la lista de seleccionados a ese efecto.

De conformidad a la regla de independencia y separación de los tres Poderes, corresponde sólo al Órgano Judicial, sin injerencia de los otros órganos, la evaluación y control de personal bajo su dependencia con atribuciones en el orden disciplinario. Contraviniendo tal norma, en la Mesa N° 3 (Retardación de Justicia), se ha propuesto un plan para establecer, "a cargo del Órgano Judicial con participación de los Órganos Legislativo y Ejecutivo", un sistema de evaluación y control de las actuaciones judiciales. A tal entidad tripartita se pretende también otorgar esas facultades sobre fiscales, policías y abogados.

En el mismo marco está la intención de "refundar" el sistema de administración de justicia tomando como ejemplo el vigente en tiempo de los Incas, sugerida por la Mesa N° 2 (Acceso a la Justicia Plural), lo cual significa supervisión por parte de las comunidades indígenas. A ello se agrega la creación de un "Agente Encubierto" que "investigue la posible implicancia de operadores de justicia en hechos de corrupción", más el establecimiento de un "Defensor del Litigante", por idea formulada en la Mesa N° 4 (Corrupción en el Sistema Judicial), los cuales sin duda, aunque no se mencionó, dependerán del Poder Ejecutivo.

Se incursionó en temas que no deben pasar directamente a una Asamblea Constituyente, sino ser tratados previamente en una reunión exclusiva de reforma integral al Código Penal. En esa órbita está el proyecto, propuesto por la Mesa N° 2 (Acceso a la Justicia Plural), que sugiere introducir la sanción de 30 años de cárcel sin derecho a indulto a "crímenes de odio". (No se ha explicado en qué consisten esas conductas delictivas,) e igualmente está lo expuesto en la Mesa N° 5 (Política Criminal y Justicia Penal), para sumatoria de penas a delitos de "relevancia social y reincidencia", e introducción de la pena de cadena perpetua al delito de violación de menores seguida de muerte. (Se encadenaba a los presos antiguamente en la Edad Media; hoy no se acepta esa barbaridad)..

En la Mesa N° 6 (Formación, Ingreso, Régimen Disciplinario) se rechazó totalmente la posibilidad de contar con una genuina Carrera Judicial que garantice la independencia y permanencia sin acoso político de los operadores de justicia, y se hicieron proposiciones que sólo competen a Colegios de Abogados y a Facultades de Derecho de las Universidades.

[Fuente: Por José Luis Baptista Morales, Los Tiempos, Cochabamba, 19jun16]

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