EQUIPO NIZKOR
Información

DERECHOS


16jun10


Reglamento pone límites a la consulta indígena en minería


El reglamento a la consulta indígena en el sector minero que el Gobierno socializa con los actores involucrados antes de su aprobación pone límites a la posibilidad de veto de los indígenas bajo el argumento de que es el Estado el que al final decide, pese a las observaciones que realicen los originarios.

El director nacional de Minería, Freddy Beltrán, aseguró que hay que respetar el que antes del inicio de una operación minera debe realizarse la consulta a la comunidad, pero no hay un derecho a veto de ésta.

En octubre de 2009, el apumallku del Consejo de Ayllus y Marcas del Qullasuyo (Conamaq), Rafael Quispe, se opuso a la inauguración de la planta hidrometalúrgica de Corocoro porque se denunció que el Gobierno no había cumplido con la consulta indígena y no obtuvo la licencia ambiental.

La semana pasada, esta misma autoridad denunció que el presidente Evo Morales pretendía eliminar la consulta indígena porque ahuyenta las inversiones. Sin embargo, autoridades de Gobierno desmintieron ese extremo.

No obstante, el senador por el MAS Isaac Ávalos se refirió a la necesidad de regular el proceso amparado por la Constitución Política del Estado (CPE), porque hay comunidades que exigen a las empresas dinero en efectivo y rechazan las obras que éstas les ofrecen.

Los indígenas de Conamaq, de la Confederación Indígena del Oriente Boliviano (CIDOB), la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB) y las organizaciones interculturales demandaron del Gobierno el respeto a la consulta indígena.

"El proceso de consulta es eso, una consulta, y no un derecho a veto, a decidir; por tanto, no hay derecho a veto por parte de las comunidades".

Beltrán manifestó que la consulta tiene un carácter explicativo; si los argumentos de la empresa privada o estatal que quiere operar no convencen a la comunidad, ésta tiene el derecho a seguir pidiendo información hasta que se logre un consenso entre ambas partes.

En caso de que, a pesar de la suficiente explicación todavía persistan las observaciones, la decisión pasará a ser responsabilidad exclusiva del Estado.

La mayoría de las observaciones de los indígenas, puntualizó el Director Nacional de Minería, se dirigen hacia temas ambientales, por tanto, debe quedar claro, por ejemplo, cómo se remediarán los impactos ambientales.

De manera aún "experimental", aclaró Beltrán, este reglamento se está aplicando; sin embargo, para que adquiera una vigencia plena hace falta concluir el proceso de socialización con los sectores.

El Director dijo que se espera que sea aprobado paralelamente a la Ley Minera, que también se trabaja conjuntamente y en consulta con los sectores involucrados en la minería. Estos límites se analizan igualmente en materia de hidrocarburos.

[Fuente: La Prensa, La Paz, 16jun10]

Tienda de Libros Radio Nizkor On-Line Donations

Informes sobre DDHH en Bolivia
small logoThis document has been published on 05Jul10 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.