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01abr15 - CHL


Remisión al Tribunal Constitucional, para control de constitucionalidad, del proyecto de acuerdo que aprueba las enmiendas de Kampala sobre crimen de agresión


Oficio Nº 11.788

VALPARAÍSO, 1 de abril de 2015

A S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra transcribir a V.E. el proyecto de acuerdo que aprueba la "Enmienda al artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional", de 10 de junio de 2010, y las "Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional relativas al crimen de agresión", de 11 de junio de 2010, ambas adoptadas en la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, celebrada en Kampala, Uganda, correspondiente al boletín N°8182-10.

PROYECTO DE ACUERDO:

"Artículo único.- Apruébanse la "Enmienda al artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional", de 10 de junio de 2010, y las "Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional relativas al crimen de agresión", de 11 de junio de 2010, ambas adoptadas en la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, celebrada en Kampala, Uganda.".

***

De conformidad con lo estatuido en el inciso segundo del artículo 93 de la Constitución Política de la República, informo a V.E. que el proyecto quedó totalmente tramitado por el Congreso Nacional en el día de hoy, al darse cuenta del oficio N°72/SEC/15 del H. Senado, mediante el cual informa su aprobación en los mismos términos que lo hiciera esta Corporación.

En virtud de lo dispuesto en el N°1° del inciso primero del artículo 93 de la Constitución Política de la República y en el inciso segundo del artículo 59 de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, corresponde a ese Excmo. Tribunal ejercer el control de constitucionalidad respecto del artículo único del proyecto de acuerdo, por referirse las enmiendas señaladas a materias propias de ley orgánica constitucional.

Para los fines a que haya lugar, me permito poner en conocimiento de V.E. lo siguiente:

La Cámara de Diputados, en primer trámite constitucional, aprobó el proyecto de acuerdo con el voto a favor de 75 diputados, de un total de 116 en ejercicio.

El H. Senado, en segundo trámite constitucional, sancionó el citado proyecto de acuerdo, tanto en general como en particular, con 25 votos afirmativos, de un total de 34 senadores en ejercicio.

De esa manera, el Congreso Nacional ha dado cumplimiento a lo preceptuado en los artículos 54, número 1), y 66, inciso segundo, de la Constitución Política de la República.

***

En conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 77 de la Carta Fundamental, en relación con el artículo 16 de la ley N°18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, la Cámara de Diputados envió en consulta a la Excma. Corte Suprema el proyecto, la que emitió opinión al respecto, cuya respuesta adjunto a V.E. con el presente oficio.

***

Por último, me permito informar a V.E. que no se acompañan las actas respectivas por no haberse suscitado cuestión de constitucionalidad.

Dios guarde a V.E.

MARCO ANTONIO NÚÑEZ LOZANO
Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI
Secretario General de la Cámara de Diputados


[Fuente: Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, República de Chile]

International Criminal Law: Country List | Crime of Aggression
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