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DERECHOS


21dic02


Confirman en los tribunales la interceptación de las comunicadiones a abogado defensor de mapuches presos.


No exenta de inconveniencias estuvo la audiencia de revisión de cautela de garantías, solicitada por la Defensoría Penal Pública basada en el temor que teléfono de profesionales de esa repartición estuviesen intervenidos al igual que el del abogado de ejercicio libre Pablo Ortega.

Ello porque nuevamente se produjo una situación poco clara entre guardias de seguridad del palacio de tribunales, de una empresa privada, y periodistas que tempranamente llegaron para obtener una buena ubicación en una audiencia que por su contenido se presumía seria abierta y sin restricciones para el trabajo periodístico.

Sin embargo representantes de un matutino capitalino y de dos canales de televisión de cobertura nacional, fueron impedidos de acceder al recinto, incluso y aunque argumentaron hacerlo como personas comunes, lo que ni fue admitido, debiendo por lo tanto retirarse del lugar, al que regresaron una vez que se enteraron que había posibilidad de realizar su labor profesional sin obstáculos.

En tanto enterados los abogados de la Defensoría Penal Publica y de ejercicio libre, acerca de la restricción, solicitaron que se hiciera un receso a objeto de permitir el acceso de otros profesionales de la prensa que llegaron cuando la audiencia ya se iniciaba.

Argumentos

Basados en antecedentes obtenidos de las carpetas de investigación, un profesional de la Defensoría Penal pudo comprobar que se había autorizado la intercepción del teléfono celular del abogado Pablo Ortega, y ante la eventualidad que esto pudiera ocurrir con otros profesionales ligados a la investigación que se realiza por Asociación Ilícita Terrorista calificada, el Ministerio Público fundamentalmente en contra de quienes aparecen como ligados a la Coordinadora Arauco Malleco de comunidades en conflicto, es que el abogado Jaime López solicitó la audiencia a la que se adhirieron otros profesionales.

Fue la jefe de la Defensoría Penal Pública Mapuche, abogado Sandra Jelvez, quien inicio la seria de alegatos por el tema, produciéndose incluso cruces de miradas y sonrisas entre los profesionales de la prensa que participaban de la audiencia, cuando la profesional relato algunas situaciones que se producían con su celular, como son lentitud para establecer llamadas o el corte sorpresivo de las comunicaciones, entre otros síntomas que le hacían presumir una intercepción de las comunicaciones.

Cada uno de los abogados siguieron argumentando similares hechos, así como que de una u otra forma , de ocurrir este hecho, se estarían vulnerando derechos consagrados por la ley y la constitución. Tras la abogado Jelvez, intervinieron los profesionales del área, Jaime López, Jaime Madariaga, Carmen Ormeño, Pablo Ortega y Renato Maturana, quienes tienen la representación de los hasta ahora 26 imputados en este caso.

La intervención del Fiscal Francisco Rojas estableció fehacientemente que se mantenían intervenidos los teléfonos no solo del abogado Ortega sino también del perito de la Defensoría Penal Pública, Asistente Social Víctor Alonqueo, argumentado que el abogado al momento de solicitarse la autorización del tribunal de garantía no oficiaba como representante de alguno de los ahora imputados.

Resolución del Tibunal de Garantía

Tras un prolongado receso la Jueza de Garantía Maria Isabel Uribe determinó el cese inmediato de la intercepción telefónica del Abogado Pablo Ortega, considerando que al momento de determinarse que se hiciese, no se tenia antecedentes que representara a alguno de los imputados.

A la vez por considerar carente de eficacia para el desarrollo de la investigación, por haberse hecho público, que cesara también la intercepción telefónica del Asistente Social perito de la Defensoría Penal Víctor Alonqueo Boudon.

Se resolvió también no dar lugar a la solicitud de nulidad de la investigación formalizada, por no haber acreditación que la respalde.

Se determino además que no existía fundamento que hiciera presumir una intercepción de los teléfonos móviles de los abogados de la defensoría, a la vez que preciso la magistrado que carecía de facultades para acceder a la destrucción del material de audio, tal como lo habían solicitado los defensores, de aquel material en que apareciera alguna comunicación entre el abogado y su representado.

Reacciones

El Fiscal del Ministerio Público, que representó a este estamento en la audiencia Francisco Rojas, dijo que " se acaba de dictaminar una resolución por parte del tribunal en el sentido de que cesar la interceptación telefónica de uno de los abogados, tal y como lo solicitó el Ministerio Público en su oportunidad y se rechazo la nulidad planteada por uno de los intervinientes y a al espera de una determinación final respecto de todas las otras diligencias, lo importante es que la resolución a nosotros nos parece que se ajusta específicamente a derecho".

Respecto de la factibilidad de interceptación de otros teléfonos, el Fiscal Rojas, recordó que esta vigente el plazo de 10 meses para el desarrollo de la investigación y "vamos a utilizar todos los mecanismos legales que previene el código procesal penal"... "no se puede descartar ninguna forma de investigación, ninguna diligencia a priori".

Respecto de si en estos momentos existiesen otros celulares que estén interceptados, en el marco de esa investigación, el representante del Ministerio Público indicó que "eso es parte del secreto de la investigación hay una serie de diligencias que han sido decretadas y como les comentaba estamos dentro del curso de la investigación, que dura 10 meses".

Pablo Ortega.

El abogado aludido lamentó que los abogados del Ministerio Público, tengan un criterio jurídico que atenta contra uno de los pocos derechos absolutos que contempla la legislación, y la legislación internacional como es el derecho a defensa jurídica, " lamento profundamente el criterio de los fiscales del ministerio publico, respecto de la resolución del tribunal, debo también decir que enaltece la actitud de los tribunales de garantía, no esperaba menos de un juez de la republica, esto es una situación tan clara, tan meridianamente clara en materia jurídica que no podía ser de ninguna otra manera la resolución del tribunal, no obstante como entendemos que el perjuicio se mantiene toda vez que no ser ordenó la destrucción de los registros de audio y tal vez otros elementos que no conocemos en estos momentos obtenidos a partir de estas intercepciones ilegales, entendemos que queda a salvo el derecho de continuar con la tramitación de un amparo constitucional que sea interpuesto ante la Corte de Apelaciones de Temuco, y de otras acciones que se evaluaran los próximos días".

Respecto de que esta interceptación de comunicaciones telefónicas pudiera alcanzar a otras personas, el profesional preciso que " sin duda el criterio que ha sostenido el Ministerio Público, significa una grave violación de los derechos de todos los ciudadanos, que en este momento le ha tocado a profesionales ligados a causas indígenas, pero mañana puede tocarle a cualquier ciudadano de la republica", dijo Ortega.

Acerca de los alcances de la resolución, Pablo Ortega explicó que la resolución tiene que ver con que existe prohibición expresa de intervenir las comunicaciones y las causas, de cualquier causa judicial, entiendo si dijo Ortega "que la resolución debió ir mas allá y haber ordenado la destrucción de estas grabaciones".

Prensa

Tanto durante el receso, como al final de la audiencia, los representantes de medios radiales, televisivos, medios escritos y digitales, compararon situaciones registradas con sus teléfonos celulares, asemejándose la experiencia de estos con la descripción dada por la defensora penal, causando una verdadera psicosis entre estos, por lo que se comento la factibilidad de también recurrir a la justicia ante la posibilidad que alguno de estos aparatos, personales o de las empresas para las que cumple funciones estén también bajo vigilancia en el marco de esta investigación.

[Fuente: Diario El Gong, Temuco, 21dic02]

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Este documento ha sido publicado el 27feb03 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights