Libro Negro
El libro negro de la justicia en Chile

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De la Real Audiencia al golpe de estado

El queso y la balanza de la Justicia

"La Justicia de Chile haría reír, si no hiciera llorar. Una Justicia que lleva en un platillo de la balanza la verdad y en el otro platillo, un queso. La balanza inclinada del lado hacia el queso. Nuestra justicia es un absceso putrefacto que empesta el aire y hace la atmósfera irrespirable. Dura e inflexible para los de abajo, blanda y sonriente con los de arriba. Nuestra justicia está podrida y hay que barrerla en masa. Judas sentando en el tribunal después de la Crucifixión, acariciando en su bolsillo las treinta monedas de su infamia, mientras interroga a un ladrón de gallinas. Una justicia tuerta. El ojo que mira a los grandes de la tierra, sellado, lacrado por un peso fuerte y sólo abierto el otro que se dirige a los pequeños, a los débiles".1

El poeta Vicente HuidobroHuidobro, Vicente se unía con estas ácidas palabras a las críticas que en 1925 se hacían al sistema judicial chileno. La oleada de descontento contra jueces y ministros de corte formó parte de los muchos factores que, dos años después generaron el golpe militar encabezado por el coronel Carlos Ibañez del Campo que derrocaría al presidente Arturo Alessandri Palma.

En 1924 el propio León de Tarapacá se quejaba contra las deficiencias del Poder Judicial:

"Me llega diariamente el clamor uniforme y constante de (...) como la Corte Suprema desempeña sus funciones (...) No obstante estar obligados (sus ministros) a trabajar cuatro horas diarias, es público y notorio que las audiencias las empiezan sólo a las tres, para terminar a las cinco de la tarde (...) Los estados anotan que en estos últimos meses se han dictado muy pocos fallos".

La evolución del sistema judicial casi no figura en los libros sobre Chile. Fue olvidada por los historiadores lo mismo que por los políticos que instalaron la República, aunque desde antiguo ha sido un lugar común afirmar que Chile es "un país legalista".

Las críticas de Huidobro no han sido ciertamente las únicas. Mucho antes que él, don Andrés Bello, redactor de nuestro Código Civil, vigente desde 1855, opinaba:

"Para que esta reforma sea verdaderamente útil, debe ser radical. En ninguna parte del orden social (...) es tan preciso emplear el hacha. En materia de reformas políticas no somos inclinados al método de la demolición; pero nuestro sistema de juicios es tal, que nos parecería difícil no se ganase mucho derribándolo hasta los cimientos y sustituyéndole otro cualquiera".

Pero el hacha no se usó.

En 1903, un artículo de prensa contiene comentarios que bien podrían publicarse hoy por la plena vigencia de las opiniones:

"Aquí como allá se siente malestar; aquí como por allá no se hace justicia recta (...) aquí como por allá prevalecen y dominan otros intereses, otras influencias que el interés de la justicia inmaculada y la influencia de las sanas aspiraciones (...) La primera condición de los negocios es la seguridad y cuando en un país el Poder Judicial se ha rodeado de atmósfera de desprestigio, todo el mundo teme colocar en ese país capitales".

El llamado sistema "inquisitivo" -que presume al inculpado culpable en vez de inocente- subsistente en Chile, podría ser sólo una curiosidad o una extravagancia en un mundo globalizado que hace tiempo se convenció de su obsolescencia, entre otras razones, por su contradicción con la organización democrática del Estado. Pero es nuestra realidad, hasta que no entren en vigor las reformas aprobadas en 1997.

Aunque la Constitución Política de 1980 declara, como sus predecesoras, que los poderes del Estado chileno son tres, es evidente que el Judicial no ha sido materia de mayor interés para los historiadores.

Está claro que no es propio de los periodistas suplantar a los profesionales de la Historia. Pero sacudirle a ésta un poco de polvo y dar luces sobre algunos antecedentes que nos ayuden a entender el presente, es una obligación ética. Hay que tratar de desentrañar el porqué de las críticas de otro tiempo de Huidobro, Bello y Alessandri, y de las quejas de hoy de nuestra opinión pública, virtualmente unánime en su condena de la Justicia chilena.

La Justicia en la Colonia

España tenía, antes de conquistar América, una arraigada tradición jurídica proveniente de raíces romanas y germanas. Pero el Rey (quien reunía en su persona todos los poderes y era en sí administrador, legislador y juez) traspasó a los territorios conquistados sólo la base romana. 2, aquella parte que -como conviene a un Rey- excluía la participación del pueblo.

Un poder fáctico de la época, la Iglesia, compartía el control sobre la función judicial establecida por el Rey, pues estaba preocupada por los tratos que los aventureros navegantes daban a los indígenas.

Así se llegó a una fórmula simple: para imponer la ley en las nuevas tierras, la Corona enviaba a sus propios especialistas, la mayor de las veces letrados, para que aplicaran justicia. Su voz era la ley.

En Chile, la autoridades coloniales estaban complicadas por la eficaz resistencia indígena, y optaron por crear un sistema judicial muy simple.

En 1609 nació la Real Audiencia, una especie de Corte de Apelaciones más poderosa que las que conocemos hoy, presidida por el Gobernador y compuesta por tres oidores y un Fiscal, que era el acusador y cuya figura, desaparecida del sistema chileno, reaparecerá cuando empiece en el futuro inmediato a aplicarse la reforma que crea el Ministerio Público.

Los alcaldes, en las ciudades que se mantenían en pie, y los corregidores, en los campos, hacían las veces de jueces de primera instancia. Como todavía no se hablaba de división de poderes, la Real Audiencia no sólo administraba justicia actuando como el tribunal de segunda instancia, sino que cumplía tareas ejecutivas e incluso legislativas.

A fines del Siglo XVIII, se instaló un regente como presidente de la Real Audiencia, para que el gobernador se quedara sólo con las funciones ejecutivas.

En ese momento también se hizo otra reforma: el Tribunal Superior se dividió en dos salas especializadas. Una se dedicaría sólo a "lo criminal" y otra a "lo civil", distinción que -digámoslo para ilustración de legos en la materia- se funda en lo siguiente: criminal es el área de la justicia que regula las obligaciones de los individuos con la sociedad, o el Estado, es decir, la que sanciona delitos e impone penas; civil, por el contrario, es la que regula la relación entre los particulares y tiene que ver casi siempre con reclamos pecuniarios.

En 1757 se creó en Chile la primera universidad, la Universidad de San Felipe, que impartió inicialmente la carrera de Derecho. Salieron de sus aulas notables ciudadanos "criollos" capacitados para integrarse a ese incipiente sistema judicial. Pero los Reyes de España se oponían a designar a los nacidos en una colonia como jueces.

Pese al resentimiento que se alimentaba en el corazón de los criollos en contra de la Real Audiencia, la calidad de los magistrados españoles era en muchos casos notable y sus procedimientos penales tenían entonces virtudes que hoy escasean.

Un estudio de 1941 que analiza las sentencias de la Real Audiencia, concluye que "la substanciación de los juicios criminales se lleva durante la Colonia, por lo general, en corto tiempo y con escaso volumen de autos" 3.

Entre los fallos de la Real Audiencia, se cita una sentencia "modelo", que grafica el comportamiento ejemplar de ese tribunal de la Colonia. El fallo, dictado en una causa por "amancebamiento", data de 1788. El expediente tiene apenas nueve páginas, incluyendo la sentencia definitiva. La investigación de los hechos -conocida como la etapa del sumario- duró apenas un mes y dos días. Hoy eso sería un proceso "bala".

Era la "causa criminal contra Dn. Jose Flores por concubinato con Manuela Espinosa, alias la Badanera, ambos casados; y por otros excesos". Flores enfrentaba el cargo de hallarse "viviendo amancebado con una muger casada, con total abandono de la que lo es legítima suia, y sin que haia hecho juicio a los requierimientos judiciales que por la Rl. Juzticia se le han hecho; por esto y por la vida ociosa que tiene, sin el menor destino" 4. El acusado, por la escasez de sus recursos, contó con la defensa de un procurador de "pobres". Defensor y fiscal acusador se enfrentaron en las mismas condiciones ante el juez. Esa paridad se perdió en el proceso chileno y se recuperará sólo llegado el año 2.000, cuando se instaure el Ministerio Público y el juicio oral.

Dice el estudio que estamos citando que, además, los procuradores de los pobres en la colonia cumplieron su labor con "diligencia y meticulosidad ejemplares", características que no siempre pueden atribuirse actualmente a los postulantes a abogados que defienden a las personas de escasos recursos en los Servicios de Asistencia Judicial.(*)

(*) Una notable recreación de la estructura y actuación de la Justicia chilena en sus albores -justamente en el siglo XVII- puede hallarse en la reciente novela de Rodrigo Atria, Coplas de sangre (Planeta, Santiago, 1998), basada en hechos rigurosamente históricos (Nota del Editor).

Los fiscales cumplían en la Colonia un papel fundamental al "velar por la correcta y rápida sustanciación de los procesos y sus dictámenes son, por lo corriente, las piezas más eruditas, con mayor acopio de citas legales y más profundos raciocinios jurídicos y éticos en los juicios criminales" 5.

Los jueces de la Real Audiencia también eran ejemplares. Aunque no tenían facultades en la letra de la ley, acortaban los procesos y buscaban acuerdos entre las partes. Las sentencias no aludían tanto a fundamentos legales, como a raciocinios éticos y sociales. Las penas aplicadas estaban, con la mayor frecuencia, por debajo de la penalidad legal, y hasta usaban los métodos alternativos al cumplimiento de las penas, como sancionar con tres meses de trabajos públicos a un reincidente en el delito de abigeato que, según la letra de la ley, debía ser condenado a muerte.

En el Chile de hoy, el 70 por ciento de las penas significan privación de libertad, aunque la tendencia moderna es a crear sistema alternativos que busquen la rehabilitación del delincuente y desahoguen las cárceles. En Alemania, por citar un ejemplo, sólo el 22 por ciento de las penas implican cárcel.

La tendencia a moderar las penas fue tal en las colonias americanas que el Rey reiteradamente llamó la atención a sus jueces, haciéndoles ver que no les correspondía "el arbitrio" o la interpretación de la ley, sino que la mera "ejecución" de aquéllas, pues "ésta es nuestra voluntad" 6.

Fin de la Real Audiencia

Sobrevino la guerra de la Independencia. Los líderes criollos acusaron a la Real Audiencia de amparar a los batallones realistas.

En 1811, en medio de las batallas, el tribunal realista fue clausurado. Los vencedores crearon una nueva Cámara de Apelaciones en el mismo edificio en que hasta entonces funcionaba la Real Audiencia.

Ese fue el gesto revolucionario, pero en el resto del país la situación continuó igual que en la época colonial, con pequeños tribunales dirigidos por personas de buena voluntad, no letradas y excepcionalmente asesoradas por algún abogado.

Con todo, O'Higgins consagró en la Constitución de 1818 la división de los tres poderes del Estado. Se creó el Supremo Tribunal Judiciario (que sería la Corte Suprema) por sobre el de Apelaciones.

Pero ya dos años más tarde la demora en los procesos comenzaba a ser un problema y O'Higgins tuvo que dictar decretos que buscaran acelerarlos.

La Constitución de 1822 dedicó casi la tercera parte al Poder Judicial, pero hablar de administración de justicia en aquellos años era una entelequia, considerando la situación que se vivía en los entonces reducidos territorios de Chile. En la provincias, especialmente en el sur, reinaba el pillaje, que no encontraba resistencia de organismos policiales, ni la represión de tribunales 7.

La inseguridad era la misma en las ciudades y en el campo. Policía no había ninguna y el Ejército, embarcado en grandes proyectos nacionales, partía a la misión libertadora del Perú.

Diego PortalesPortales, Diego, quien en el cargo de ministro del Presidente Joaquín PrietoPrieto, Joaquín ejerció realmente el poder con mano dictatorial, intentó organizar una especie de justicia ambulatoria, para llevar tribunales a aquellos lugares más peligrosos. El objetivo era combatir los ataques de los indígenas a las nuevas autoridades criollas y también a los bandidos que dominaban en la región de La Frontera.

Las cabezas y manos de los jefes de los grupos perseguidos eran esparcidas en los caminos y vados de los ríos, para infundir miedo a sus integrantes.

Tal vez impresionado por la efectividad del método, Portales decidió usarlo contra sus enemigos, los sospechosos de conspirar para derrocarlo. En connivencia con el ministro Mariano EgañaEgaña, Mariano, intentó además establecer Consejos de Guerra permanentes para delitos políticos.

Egaña, quien ocupó varios cargos ministeriales durante la década portaliana, fue al mismo tiempo el propulsor de numerosas leyes e instituciones que fueron estructurando un sistema judicial chileno. Incluyó la creación de una Corte Suprema, con asiento en Santiago, en la Constitución de 1833. Además, él mismo participó como fiscal en el máximo tribunal durante casi toda esa década.

Egaña redactó varios proyectos conocidos como las leyes Marianas, que dieron origen, en 1875, a la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales, que se mantuvo durante más de un siglo prácticamente intocada, aunque luego mudó de nombre y pasó a llamarse Código Orgánico de Tribunales (COT).

Justicia repúblicana

El país se dividió, terminada la guerra de Independencia, en provincias. En cada una de ellas, se estableció un Juzgado de Letras, a cargo de letrados. Ese fue el debut de los primeros jueces "chilenos".

Los ministros de la Corte Suprema preguntaron en aquella época a Mariano Egaña qué debían hacer cuando, frente a determinado delito, contaban con leyes en desuso o penas absurdas. Este estimó legítimo que los jueces usaran su propio criterio para interpretar las normas obsoletas y, para formalizar su decisión, dictó una ley que les dio la libertad de aplicar otra norma existente o de hacer un esbozo de "jurisprudencia" cuando no hubiera en los textos legales una respuesta adecuada a los conflictos que se les planteaban.

La inquietud de esos jueces del siglo pasado no era antojadiza, pues algunas de las normas, por mucho que aparecieran en los textos legales, les resultaban ridículas, como cuenta el historiador Armando de Ramón. Por ejemplo, la pena fijada para los parricidas. Según la ley, el autor debía ser azotado 50 veces, encerrado en un saco debidamente sellado, junto a una serpiente, un mono, un perro rabioso y otros animales feroces. Después, debía ser lanzado en altamar, dentro del saco, asegurado con un fierro que le impidiera flotar si por alguna circunstancia quedaba vivo e intentaba huir.

La pena no parecía adecuada a los nuevos tiempos que vivía el país. Lo que después no siempre se ha entendido. Esa facultad de interpretación de la voluntad de una época, por ejemplo, nunca fue reclamada bajo el gobierno del general Augusto Pinochet. La Corte Suprema de finales del Siglo Veinte consideró que su única misión era aplicar el tenor literal de la ley.

En un comienzo, los tribunales debían aplicar las leyes españolas, tal como estaban redactadas, pues no hubo legislación chilena hasta 1855 cuando apareció el Código Civil, gracias casi por completo al esfuerzo solitario del venezolano Andrés Bello. Diez años más tarde surgió el Código del Comercio, que se debe a otro extranjero: el argentino José Gabriel Ocampo.

En 1874 se dictó el Código Penal y poco después el Código de Procedimiento Penal. La legislación española gozaba de buen prestigio en el medio nacional, aunque por los odios de la guerra de independencia, no se mencionaba explícitamente cuándo había que recurrir a ella. Las rencillas con los conquistadores no impidieron, sin embargo, que los criollos, al redactar el Código Penal chileno hicieran una mera adaptación del texto español.

El Código de Procedimiento Civil data de 1893 y el Código Orgánico de Tribunales se dictó en 1943.

Más tarde, la explotación de yacimientos de plata en Chañarcillo y de salitre en el norte, permitirían la expansión del Poder Judicial. Se crearon juzgados por todo el país y nuevas Cortes de Apelaciones.

Una "acusación constitucional"

A mediados de 1800, el Poder Judicial se había convertido en el último reducto del Partido Nacional, fundado por Manuel Montt y Antonio Varas, que se ubicaba a medio camino entre conservadores y liberales.

El propio ex Presidente Manuel Montt (1851-1861) se convirtió en presidente de la Corte Suprema, después de dejar el Ejecutivo.

Montt hacía equipo con Varas -como bien lo retrata el monumento dedicado a ellos que está en el acceso al Palacio de los Tribunales- y éste lo respaldaba desde el Congreso.

Para minar la fuerza de la dupla nacional Montt-Varas en los tribunales, el Partido Conservador -eclesiástico- acusó constitucionalmente a la Corte Suprema de "notable abandono de deberes" en 1868 8.

La acusación contenía un grave cargo contra Montt. Decía que, abusando de su cargo de presidente de la Corte Suprema, había tratado de influir sobre el juez de Melipilla para que absolviera a un sobrino suyo acusado de homicidio. Fermín Silva Montt, el mentado sobrino, era administrador de una hacienda y como tal, oficiaba de "inspector" del distrito. En esa calidad, impuso en las tierras a su cuidado la Çley seca;, disponiendo que durante los días de fiesta no se podía vender vino a los inquilinos. Por supuesto, en los campos la prohibición se cumplía a medias.

Silva, que se tomó en serio el edicto, estaba controlando su cumplimiento, cuando fue agredido por un ebrio. Para defenderse, tomó una varilla de rueda de carreta y, con ella, dio dos certeros golpes en la cabeza del borracho. Le rompió el hueso parietal y lo mató.

El juez de Melipilla procesó a Silva Montt por homicidio, aunque el acusado alegaba defensa propia.

Manuel Montt viajó a Melipilla y, a su vuelta fue acusado constitucionalmente por haberse entrometido en el juicio. el argumentó que se había visto obligado al viaje, porque el fundo de su sobrino había quedado sin administrador.

Los conservadores decían que Montt había coaccionado al juez, obligándolo a citar nuevamente a los testigos para que se desdijeran de sus dichos, y que lo había presionado para que dejara en libertad al sobrino. El acusado admitió haber hablado con el juez; pero dijo que no lo presionó, sino que apenas le pidió, por favor, que llamara a los testigos para que ratificaran sus declaraciones y se evitara con ello más dilaciones, pues una resolución rápida aminoraba el sufrimiento de la familia.

Había un segundo cargo en la acusación, que se amplió a otros tres ministros: José Alejo Valenzuela, José Gabriel Palma y José Miguel Barriga. Este era que en una querella de capítulos en contra del juez de Talca, la Corte de Apelaciones había decidido aplicar la resolución que más favorecía al juez -al producirse un empate de votos- y se imputaba a la Corte Suprema haber ratificado indebidamente ese fallo.

El juez en cuestión estaba acusado de torturar y flagelar a los reos para sacarles las confesiones.

Los ministros de la Suprema se defendían alegando que los cargos por tortura ni siquiera estaban incluidos en la querella que buscaba desaforar al juez y que si bien la Suprema aceptó el fallo de la Corte de Apelaciones, había dispuesto al mismo tiempo que se ampliara la querella en su contra para investigar tales denuncias.

Más allá del sustento que pudieran tener o no los cargos, la acusación constitucional se convirtió, a los ojos de los historiadores, en una contienda política entre conservadores, por un lado, y liberales y nacionales, por el otro.

En ese contexto, a Montt lo defendieron algunos de sus ex enemigos, como los liberales José Victorino Lastarria -quien estuvo exiliado durante casi todo el gobierno de Montt- y Domingo Santa María (Presidente de Chile entre 1881 y 1886).

Santa María hizo un emotivo alegato ante los diputados, destacando el carácter de revancha política que tenía la acusación constitucional:

"Confío en que la Cámara, al pronunciarse sobre la proposición de acusación, cerrará sus ojos a todo estímulo que no sea noble y bien intencionado: que desgracia para el país, antes que para los magistrados, si sucediera que los intereses políticos pudieran arrastrar a una Cámara a tomar resoluciones contrarias a la justicia y al bien público. Un partido triunfante haría desaparecer de los Tribunales a los Magistrados para dar asiento a sus adeptos, pero caído ese partido y reemplazado por otro, éste emprendería igual tarea, igual cruzada para dar entrada a sus amigos. La magistratura se convertiría de este modo, en un vil juguete de los cálculos y de las expresiones políticas y sin prestigio ni responsabilidad sería abandonada por todos los hombres honrados que no podrían contar con los veleidosos favores de los partidos y que minarían al sillón del magistrado como un banco de vergüenza y de la afrenta, entonces buscaríamos aquí en vano la justicia y tendríamos que alzar a cada momento los ojos al cielo" 9.

En la Cámara la acusación constitucional contra Montt y los demás ministros fue aprobada, pero el Senado la rechazó.

Politización, decadencia y corrupción

Durante el período parlamentarista (1891-1924), el Poder Legislativo, por definición el más político de los poderes del Estado, reemplazó al Ejecutivo en su rol de preeminencia.

El Poder Judicial se había convertido en las décadas anteriores en baluarte del Partido Liberal, especialmente porque las inversiones hechas por José Manuel BalmacedaBalmaceda, José Manuel durante su mandato (1886-1891) impulsaron su expansión, y los nuevos cupos se fueron llenando, obviamente, con jueces que adherían a sus ideas. El Poder se había cambiado del bando nacional al liberal.

Cuando se instauró el período parlamentario, los conflictos puramente políticos se trasladaron al Poder Judicial. Los magistrados, obedeciendo a una tendencia de la época, expresaban sin tapujos sus preferencias políticas. Las pasiones se exacerbaron sobrepasando todos los límites de la mesura, hasta desembocar en el estallido de la Guerra Civil de 1891.

El 7 de enero de ese año, Balmaceda rechazó las presiones del Congreso y declaró vigente el presupuesto del año anterior. La mayoría del Congreso se reunió y lo declaró destituido. La Armada se alineó con los congresistas y ocupó el país desde Valparaíso al norte. El Ejército, en Santiago, se mantuvo leal al Presidente, quien siguió ejerciendo el poder, instituyendo una verdadera dictadura. Tomó, entre otras medidas, la decisión de disolver la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones. Declaró vacantes todos los cargos de los ministros y fiscales de la Corte Suprema y jueces de la República. Expulsó a todos quienes consideró opositores a su gobierno e inmediatamente llamó a concurso y llenó las vacantes con partidarios suyos. Algunos de los despedidos, que cumplían con ese requisito, fueron recontratados.

Aunque continuaron trabajando los tribunales de primera instancia, desaparecidas las cortes superiores, los juzgados se convirtieron de dependencias administrativas del Ejecutivo.

Esta ha sido la única vez en nuestra historia que se ha clausurado el Poder Judicial.

El conflicto político siguió ahondándose y Balmaceda se suicidó.

Los congresistas, triunfantes en la guerra civil, anularon muchas de sus disposiciones, incluidas aquellas que desmantelaron el Poder Judicial.

Todos los magistrados que despidió Balmaceda, fueron repuestos en sus cargos. Y expulsados aquéllos que el Presidente contrató.

Los decretos de Balmaceda y aquellos de los congresistas que posteriormente los revocaron, implicaron renovar alrededor del 80 por ciento del Poder Judicial en cinco años.

La nueva judicatura era así completamente distinta de aquella anterior a 1891. Y aunque las leyes se mantuvieron, naturalmente los recién llegados imprimieron un nuevo estilo de administrar justicia, más comprometido con sus propios idearios políticos. El partido conservador se quedó con la cuota más alta.

Pronto comenzarían las acusaciones de intervención electoral. En provincias surgió el caudillismo y se extendió el cohecho. Los grupos que se disputaban el poder participaban en feroces y cruentas batallas. Y los jueces no estaban ausentes, como lo prueban innumerables historias.

Sobrevino un tiempo en que los partidos o grupos políticos competían provocando caídas de gabinete y repartiéndose el poder.

Gobernar era tan difícil, como que los jueces dieran garantías de investigación imparcial de cualquier denuncia de intervención política.

El Poder Judicial comenzó a corromperse y a desacreditarse. Los delitos más atroces quedaban sin castigo y la Corte Suprema dejó de cumplir el mandato de velar por el mejor y correcto funcionamiento de los tribunales.

Manu militari

El desprestigio del sistema parlamentario se extendió también al Poder Judicial, área en la cual también intentaron intervenir los militares, en el período que se inicia el 9 de septiembre de 1924, cuando derriban de la presidencia a Arturo Alessandri.

Como se recordará, cuatro meses después de aquel golpe de Estado, uno nuevo restituye a Alessandri en la presidencia. Tiempo después, en 1925, lo sucede en el cargo Emiliano Figueroa, hermano del presidente de la Corte Suprema, Javier Angel FigueroaFigueroa, Javier Angel.

Javier Angel no era un hombre de la carrera judicial. Había sido político, diputado y senador, y candidato a la presidencia en 1915. Como varios otros casos anteriores, cuando vio cerradas sus posibilidades en el campo político, decidió ingresar al Poder Judicial. Entró por arriba, directo a la Corte Suprema. Y no pasó mucho tiempo para que fuera nombrado presidente del máximo tribunal.

Mientras tanto, Emiliano, su hermano, ejercía de Presidente gracias al apoyo militar. Pero renuncia al comenzar 1927 y el coronel Carlos Ibañez ocupa su lugar e interviene el Poder Judicial, y su ministro de Justicia, Aquiles VergaraVergara, Aquiles, presiona a la Corte Suprema para que saque a aquellos jueces que todo el mundo conoce como venales y corruptos.

Este es justamente el tiempo en que el poeta Huidobro escribe su violenta diatriba.

No era fácil lo que se proponía el ministro. El presidente de la Corte, Javier Angel Figueroa se oponía. De las diferencias entre ambos quedó para el registro de la historia un duro intercambio de notas: Vergara escribe:

"No ha escapado seguramente al conocimiento de V.E. el verdadero clamor público que reclama la lentitud en la substanciación de los procesos civiles y criminales, que han ido en constante aumento hasta llegar en ciertos casos al extremo de traducirse en verdaderas denegación de justicia. No se os ocultará tampoco a V.E. el hecho de que hayan llegado a aceptar plazas y actúen en el servicio judicial elementos de escasa competencia y de dudosa moralidad que los hacen inhábiles e indeseables para ejercer con autoridad y prestigio sus nobles y elevadas funciones" 10.

Figueroa responde que "los jueces permanecerán en sus cargos durante su buen comportamiento". Defendía las facultades fiscalizadoras de la Corte Suprema sobre los tribunales y esgrimía que nadie podría ser depuesto sin una causa que los hubiera sentenciado legalmente.

El notorio ejercicio, por años, de malos funcionarios judiciales que no habían sido removidos, ni recibido la más leve sanción disciplinaria, debilitaba la postura de Figueroa en su intento de proteger la autonomía del Poder Judicial.

En la Suprema, los ministros se dividieron entre aquellos que apoyaban al gobierno y aquellos que lo rechazaban. Figueroa se negaba a llamar a retiro a los treinta magistrados que, según el Ejecutivo, debían ser removidos. Como Figueroa no obedecía, Ibañez declaró vacantes, el 24 de marzo de 1927, los puestos que ocupaban cinco ministros de cortes de apelaciones y trece jueces letrados.

En respuesta, el presidente de la Corte Suprema renunció y pocos días más tarde el gobierno lo deportó. Junto a Figueroa dimitieron los ministros que lo habían apoyado en la Corte: Alejandro Bezanilla Silva, Antonio María de la Fuente, Manuel Cortés y Luis David Cruz.

Los ministros que se quedaron, pues respaldaban al gobierno, fueron: Ricardo AnguitaAnguita, Ricardo, quien reemplazó al presidente, Dagoberto LagosLagos, Dagoberto, Moisés VargasVargas, Moisés, Germán AlcérrecaAlcérreca, Germán y José AstorquizaAstorquiza, José. Ellos mismos habían ayudado a Vergara a confeccionar la lista de los treinta indeseables.

Ibañez comenzó así la prometida depuración del sistema judicial, que terminó con la expulsión de dieciocho funcionarios, el exilio del presidente de la Suprema, del presidente de la Corte de Apelaciones de Santiago y de otros altos funcionarios judiciales.

Pese a la conmoción, la mayoría de los miembros del Poder Judicial observó la razzia en silencio, entre otras razones, porque gran parte de los jueces removidos eran realmente venales, aunque también hubo jueces corruptos que no fueron castigados. Y además, por el obvio temor que generaron en ellos los allanamientos, prisiones, torturas, exilio y destituciones que el gobierno impuso a sus opositores.

La depuración de Ibañez no implicó reformas en los procedimientos judiciales, pese a que gran parte de los ataques tenían su causa en ellos.

Desde la Guerra Civil de 1891 los partidos políticos preferidos por los magistrados fueron aquellos que "propendían a la mantención del status existente o, cuando menos, a una evolución moderada y pausada de las estructuras sociales, económicas y políticas de la República. Esto permitía dar un carácter muy conservador a las instituciones judiciales y a su modo de operar, por lo cual puede entenderse que si uno de sus miembros adhería a ideas que parecían discrepar con este 'modus operandi', no podía continuar perteneciendo a esta comunidad tan cerrada en sí misma" 11.

La cúpula judicial, inspirada en esta arraigada cultura conservadora, en adelante puso obstáculos a cualquier modificación profunda del aparato y sistema judiciales, pese al clamor que se venía oyendo desde principios de siglo.

El propio ministro de Justicia de Ibañez, Aquiles Vergara, decía después de asumir su cargo en 1927:

"Pocos servicios del Estado necesitaban más de la atención del gobierno, que nuestra administración de justicia. Varios eran los factores que, agravados por el correr de los años, sin fuerza de reacción propia, y contando con la paciencia nacional, habían creado una pesada atmósfera de lenidad y hasta de impureza alrededor de la magistratura, doblegada a los intereses de la política, pero soberbia y encastillada en sus relaciones con los demás poderes del Estado" 12.

Pero la reforma que se proponía Vergara no pasó de la aplicación bruta de la manu militari y postergó, hasta nuestros días, las reformas sustanciales.

Décadas de olvido

Entre 1891 y 1933, se produjo en Chile el llamado surgimiento de la "cuestión social" que sumió en la crisis la hasta entonces llamada república oligárquica, según han registrado los hitoriadores.

Con la expansión del aparato estatal, se fortalecieron los "sectores medios" y emergió el proletariado urbano e industrial. Siguió una etapa política en que las distintas clases sociales dominantes compartieron el poder político, sin imponerse unas sobre otras, equilibrándose en un sistema de alianzas que duró hasta 1960. Según Carlos Peña, durante esta etapa se habría producido una "profesionalización" de la judicatura. Y durante las tres décadas que van desde 1930 a 1960 el Poder Judicial se mantuvo prácticamente libre de críticas y presiones sociales.

No es que las deficiencias del sistema hubieran desaparecido. Es que nadie se interesaba en ellas. Tampoco el Estado prestaba mucha atención a la administración de justicia.

El ministro José CánovasCánovas, José (fallecido en 1992) recuerda en sus memorias que el 28 de septiembre de 1942, recién ingresado a la judicatura, fundó el Juzgado de Letras de Santa Juana (localidad dependiente del Departamento de Coronel, en la entonces provincia de Concepción). Relata así la experiencia:

"De inmediato, del sueño pasé a la realidad y así aprendí a enfrentarla desde el primer día de mi magistratura. En efecto, la llegada a Santa Juana fue desalentadora. Para instalarnos tuve que conseguir un bodegón abandonado, lleno de ratones, sin cielo raso y sin piso. Me prestaron una mesita vieja que se balanceaba al compás de un lápiz y había una silla que sólo tenía dos patas buenas, de modo que para sentarse uno tenía que apuntalarse con las piernas. El secretario se ubicó en una banca de madera rústica. Conseguí una máquina de escribir que tal vez la había llevado el primer civilizado del pueblo" 13.

Cuando quiso dictar el "acta de instalación" al secretario, éste se excusó diciendo que no sabía escribir a máquina. Cánovas le pidió que escribiera a mano, pero el secretario volvió a excusarse diciendo que se le habían quedado los anteojos en Concepción. Cuenta entonces: "Opté por escribir yo el acta, que él me autorizó con gran dificultad caligráfica".

El secretario de Cánovas no sabía escribir, pese a que tenía, como todos los secretarios de los juzgados, rango de juez y debía reemplazar al titular cuando éste se ausentaba.

En Curanilahue, Cánovas fue expulsado de la residencial en que se alojaba por haber encarcelado a un pariente del dueño. En Lota, que vivía convulsionada por los conflictos entre los mineros y los explotadores de los yacimientos de carbón, el magistrado descubrió que la Compañía minera controlaba el juzgado local. Le había asignado una casa al juez de turno (cuando llegó Cánovas la ocupaba el secretario) y una cuota de sacos de carbón al mes.

Cánovas se negó a habitar en el inmueble y obligó a su secretario a abandonarlo.

"Al administrador de Schwager lo llamé a mi despacho y le representé su mal proceder, ya que se permitió enviarme los trece sacos de carbón sin siquiera tomarme la venia o consultarme. Le advertí que no era su empleado, y que sin darse cuenta estaba cometiendo un delito" 14.

La corrupción en el juzgado de Lota era histórica. Uno de sus jueces fue conocido por dejar impunes incluso delitos de homicidio, simplemente archivando los procesos. Murió rico.

"Había un oficial primero (los oficiales, que van de oficial cuarto a oficial primero, son los responsables de los servicios menores en los tribunales, equivalentes a los que realizan los juniors en las empresas) que era el explotador de los pobres familiares de los presos. Al cumplir éstos los cinco días de detención me iba a consultar mi resolución. Como era mi costumbre, escribía al margen de cada causa si alguien quedaba en libertad o sometido a proceso. Si les daba la libertad, de inmediato el oficial primero salía de mi despacho hacia el mesón de atención al público y llamaba a los familiares del detenido, a los que cobraba diversas sumas por la libertad del preso, la que, según él, 'tenía que arreglar con el juez'; 15.

Situaciones como éstas han continuado ocurriendo en el Poder Judicial chileno. Fue por actos similares que el actual ministro de la Corte de Apelaciones, Alejandro SolísSolís, Alejandro, pidió la destitución de algunos oficiales a su cargo cuando dirigía el Quinto Juzgado del Crimen.

Atrapar a los funcionarios en estos actos requiere dedicación. Un juez descuidado, que se encierra en su despacho, no lo advertirá.

José Cánovas descubrió las maniobras de su oficial y pidió la destitución.

En sus primeros años en el cargo pudo establecer que muchos juicios se arreglaban "a lo compadre", influyendo en los parientes de los jueces, en sus amigos. Se acostumbraba fabricar pruebas, pagando a testigos para que declararan en tal o cual sentido. El extravío de expedientes era tan habitual como lo es hoy.

Pero es justo decir que al mismo tiempo que demonios, la judicatura prohijó distinguidos e ilustres jueces. Las cortes de Apelaciones de Santiago y Concepción, por ejemplo, se hicieron muy prestigiosas entre los abogados.

Vicios y virtudes fueron virtualmente ignorados por los medios de comunicación de aquellos tiempos El silencio, más que reflejo de satisfacción con el sistema, evidenciaba la indiferencia social hacia el rol que debía jugar este, el tercer poder del Estado. El interés ciudadano, reflejado en los archivos de prensa de la época, estaba focalizado en las conductas del Ejecutivo y el Legislativo.

Después de la desastrosa experiencia parlamentarista, el Ejecutivo había recuperado su primacía entre los tres poderes y así se quedaría.

El sistema judicial siguió funcionando con la misma estructura afianzada a comienzos del siglo XIX, en un estado de evidente abandono. Entre 1962 y 1963, el presupuesto público general de la Nación aumentó en un 17,5 por ciento; pero los montos asignados al sistema judicial crecieron, en el mismo período en apenas un siete por ciento, un porcentaje inferior al alza del costo de la vida 16. Entre 1947 y 1962, el porcentaje del presupuesto asignado al Poder Judicial disminuyó del 1,07 por ciento al 0,52 por ciento.

Sólo hacia fines de los '50, la preocupación por los temas judiciales comenzó a formar parte del debate público. Un estudio sobre la presencia del Poder Judicial en las informaciones de prensa entre 1954 y 1967, revela que el 86 por ciento de las noticias se concentran en el último año.

La huelga "larga"

El intento por establecer un modelo que sacara a Chile del subdesarrollo obvió de la lista de prioridades la realización de las reformas que se venían proponiendo al sistema judicial.

Nada se hacía por mejorarlo, aunque arreciaban las críticas al sistema. Los magistrados se agazaparon en una actitud de desconfianza hacia "la" política y en un arraigado corporativismo.

Si bien no hubo una voluntad real de hacer cambios, el tema estuvo presente en los programas de gobierno. El de Eduardo Frei Montalva planteaba la necesidad de modernizar el sistema judicial, de hacer cambios estructurales para que las nuevas leyes no tropezaran con "una justicia lenta, cara y anticuada" y propugnaba la necesaria "democratización" del sistema, entendida como medidas para asegurar su gratuidad y ampliar el acceso de los ciudadanos.

Frei padre creía necesarios "una renovación más acelerada de sus cuadros y el acceso de las nuevas generaciones a cargos de responsabilidad en el Poder Judicial", pero no llegó a concretarlos.

Bajo su mandato, el ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Rubén GalecioGalecio, Rubén, propuso crear un Ministerio Público. Considerando que no habría mucho dinero para ejecutar su idea de un modo radical, Galecio sugirió una adecuación a "la chilena". Habría que dividir la judicatura en dos: una parte de los jueces, los instructores, se dedicarían sólo a la investigación de los procesos y realizarían las labores del Ministerio Público. El resto, los falladores, dictarían las sentencias. La propuesta de Galecio incluía que algunas de las etapas del proceso fueran orales.

El revolucionario y solitario esfuerzo de Galecio murió en las carpetas de Frei Montalva, junto a las propias ideas del gobernante, pues Justicia no era una prioridad. La idea de Galecio fue sólo acogida en el proyecto de Ministerio Público aprobado bajo el gobierno de Eduardo Frei Ruiz-Tagle casi al llegar el siglo XXI.

El mayor conflicto del gobierno de Frei Montalva con el Poder Judicial no fue el debate en torno a las propuestas de reforma, sino que la demanda gremial por mejoras salariales.

En 1967, magistrados y funcionarios hicieron un movimiento de "brazos caídos", un paro que duró 24 horas y pasó casi inadvertido. Pero cuando concluía el gobierno, los jueces y empleados volvieron a unirse para realizar la única huelga total de que se tenga conocimiento en el Poder Judicial. Lo lideraba la Asociación Nacional de Magistrados, que tenía entonces entre sus principales dirigentes al influyente Sergio Dunlop, presidente en la Corte de Apelaciones de Talca en 1965, 1969 y 1973.

El ministro de Hacienda de Frei, Andrés Zaldívar, se negaba a otorgar mejoramientos extraordinarios a los magistrados -el Escalafón Primario- y a los funcionarios -el Escalafón Secundario-. Seiscientos jueces y mil 600 empleado pedían satisfacción urgente de sus demandas económicas y respaldaban las peticiones que en el mismo sentido había estado haciendo la Corte Suprema.

Los ministros del máximo tribunal, empero, tomaron cierta distancia del movimiento y sólo aceptaron el rol de mediadores.

La personalidad de Dunlop generaba fricciones al interior del Poder Judicial. Había quienes desconfiaban de su modo personalista. Se resistían al estilo "sindicalero" para tratar los problemas económicos del Poder Judicial. Los jueces, afirmaban, no pueden presentarse como "empleados" ante el Ejecutivo, pues, en el ejercicio de su ministerio, se les requerirá la obediencia de subalternos, en desmedro de su independencia.

Entre los detractores de Dunlop estaba el ministro José Cánovas, quien fue designado junto a Gustavo Chamorro para representar al ministro de Justicia, Gustavo Lagos, la inconfortable situación económica en que se encontraban los magistrados. El presidente de la Corte Suprema, Ramiro Méndez, se excusó de acompañarlos, pero les dio su bendición.

Cánovas y Chamorro le advirtieron anticipadamente al ministro que se preparaba una huelga y que ellos, como otros magistrados de cortes de apelaciones, estaban contra el movimiento. Subir la oferta evitaría una catástrofe, pero el ministro no escuchó.

El paro comenzó a medianoche del sábado 28 de noviembre de 1969. El domingo, ministros de la Corte Suprema se reunieron con los líderes de la huelga para informarles que existía un acuerdo con el gobierno para otorgar un 20 por ciento de aumento en las remuneraciones. Los huelguistas lo rechazaron. Querían un 60 por ciento de aumento: un 40 por ciento en sueldos, un 20 por ciento en la asignación de vivienda. Magistrados y funcionarios decidieron continuar el movimiento hasta las 14.30 horas del lunes.

Los ciudadanos que por cualquier motivo ingresaron ese fin de semana a las cárceles en Chile, no pudieron ser atendidos y se pasaron cinco días presos, sin que nadie oyera sus descargos. Muchos policías tuvieron que realizar trámites de jueces. Sobrevino el caos.

Los jueces demandaban además una modificación al sistema de calificaciones que seguía vigente y que consideraban un arma de presión de la Corte Suprema hacia sus subalternos.

Dunlop dio una conferencia de prensa ese domingo para informar de sus planteamientos y del avance de las conversaciones. Sus declaraciones casi le costaron el puesto. El lunes 30, La Nación publicó la noticia bajo el título "La Suprema lamenta y no acepta un paro que infringe las normas legales". La nota describía la postura del máximo tribunal, que afirmaba que los huelguistas no tenían el derecho legal de parar, junto a las declaraciones de Dunlop, culpando a la corte de indiferencia. Según el matutino, Dunlop había dicho que: "De no haber operancia por parte de la Corte Suprema, este movimiento huelguístico buscará la remoción de todos los integrantes de aquel organismo de Justicia".

Ante tamaña declaración de guerra, la Corte Suprema se reunió en pleno. Algunos, como Rafael Retamal, pedían la destitución inmediata del rebelde.

Dunlop tuvo que dar explicaciones ante el presidente, Ramiro Méndez. Con la grabación de la conferencia, facilitada por la periodista de Radio Cooperativa, Carmen Puelma, Dunlop demostró que nunca había hecho tales aseveraciones. Se salvó.

Las negociaciones continuaron. En la tarde del lunes, el gobierno llegó a un acuerdo con la Corte Suprema. El tribunal aprobó el proyecto de mejoramiento económico del Poder Judicial propuesto por el Ejecutivo, pese a la oposición de la magistratura y los funcionarios.

Junto con anunciar el acuerdo, el ministro de Justicia, tal vez para seducir a los huelguistas, informó que se modificaría también el sistema de calificaciones, para permitir "una real valorización del mérito funcionario". Sin embargo, tal idea no llegó a concretarse.

El acuerdo cupular no fue suficiente. Magistrados y funcionarios decidieron prorrogar el paro por otras 48 horas. El martes 2 de diciembre, el conflicto llegó a su nivel más alto de enfrentamiento. El ministro de la Corte Suprema, Rafael Retamal, asumió la labor de mediador y estuvo negociando todo el día, pero fracasó.

El Presidente Frei manifestó que lamentaba "profundamente" el movimiento y que "esto no es sólo un problema del Ejecutivo, sino un problema que afecta al país entero. No tengo forma de imponer autoridad sobre el Poder Judicial. Sin embargo, espero que los funcionarios recapaciten, pues su movimiento huelguístico, siendo ellos los administradores de la Justicia en Chile, les resta autoridad moral frente al país".

El Ministerio del Interior amenazaba con aplicar la ley de Seguridad Interior del Estado. Parte de las advertencias iban dirigidas indirectamente contra Dunlop. La asamblea de los huelguistas recibió el mensaje y respondió amenazando con abandonar "nuestras funciones en forma total e indefinida" en respaldo de cualquier dirigente que fuera sancionado individualmente.

El gobierno cedió un poco y ofreció un 30 por ciento de aumento. El presidente del Colegio de Abogados, Alejandro Silva Bascuñán, asumió el papel de mediador en reemplazo de Retamal, que rechazó continuar después que los huelguistas rechazaran también ese 30 por ciento.

El Colegio elaboró una nueva propuesta, que otorgaba un reajuste del 35 por ciento sobre el reajuste general que recibiría la administración pública en 1970. El Ejecutivo aceptó la idea. El miércoles hubo acuerdo. El jueves, a las 8 de la mañana, los magistrados y funcionarios volvieron a sus puestos de trabajo. El acuerdo con el Gobierno incluyó que no habría sanciones a los dirigentes y que los días de paralización no serían descontados.

Ese mismo día La Nación publicó una explicación pública del entonces secretario de la Corte Suprema, René Pica Urrutia, en respuesta a las informaciones de prensa que aseguraban que los ministros de la Corte Suprema recibían "remuneraciones excesivas".

Justicia "popular"

Poco antes de que Salvador Allende llegara al Gobierno, la crítica en boga era que el Poder Judicial había establecido una "justicia de clase". Quien más insistía en esta definición era el jurista y académico Eduardo Novoa Monreal.

Novoa llegó a ser presidente del Consejo de Defensa del Estado bajo el gobierno de Salvador Allende y defendió la nacionalización del cobre ante tribunales europeos en 1972.

En un trabajo, "¿Justicia de clase?", publicado en la revista de los jesuitas Mensaje , Novoa cita veinte casos para demostrar que "la justicia está al servicio de la clase dominante, y que interpreta y aplica la ley con miras a favorecer a los grupos sociales que disfrutan del régimen económico-social vigente, en desmedro de los trabajadores, que constituyen en el país una amplia mayoría; 17.

Entre los casos recopilados por el autor estaba el del periodista de La Serena Raúl PizarroPizarro, Raúl, quien escribió a comienzos de 1969 una serie de artículos que revelaban los abusos cometidos en contra de familias campesinas, entre otros, por el ministro de la Corte de esa ciudad, Ruiz Aburto Ruiz Aburto.

Según las crónicas de Raúl Pizarro, el magistrado realizaba una persecución inhumana en contra de los campesinos y detenía a quienes denunciaban los abusos. Hasta hubo una protesta en contra del magistrado y la Central única de Trabajadores pedía su destitución.

Pero, como suele ocurrir en estos casos, el periodista fue procesado por desacato al ministro cuestionado. El profesional presentó un recurso de amparo, argumentando que había obrado lícitamente, en el ejercicio de su derecho a informar y criticar, pero la Corte Suprema rechazó el recurso, el 22 de abril de 1969, declarando que sus artículos constituían demasías verbales que, extralimitando el derecho de crítica e información, se convierten en maledicencia desprovista de objetivos serios y lícitos;.

Posteriormente, la Cámara de Diputados aprobó una acusación constitucional en contra del ministro Ruiz Aburto, que fue desechada en el Senado, pese a que la mayoría de los presentes la aprobaba, pero no reunían el quórum necesario. La Corte Suprema lo mantuvo en el servicio y sólo tomó la medida de trasladarlo. En enero de 1970, el desprestigiado juez renunció voluntariamente a su cargo.

Un segundo caso narrado por Novoa describía la manipulación de los tribunales por parte de la empresa Braden Copper, propietaria de los minerales de cobre de Sewell.

En junio de 1945 se produjo en aquel enclave minero uno de los más grandes accidentes del trabajo que se hayan producido en Chile. Murieron más de 150 trabajadores, a raíz de lo cual el Congreso dictó una ley que concedió una indemnización especial a las viudas y huérfanos de los fallecidos.

Para liberarse del pago, la empresa Braden Copper objetó la constitucionalidad de la ley, utilizando un sucio subterfugio legal. Antes de que ninguno de los 510 huérfanos y 165 viudas hubiera alcanzado a cobrar, en un juzgado de Santiago apareció demandando a la empresa una tal Clarisa Díaz, que decía ser una de las viudas; no indicaba domicilio, ni acompañaba documentos que demostraran su calidad. El juicio sirvió de excusa a la empresa para iniciar un recurso de inaplicabilidad de la ley de indemnización ante la Corte Suprema. El fallo declaró inconstitucional la norma el 12 de mayo de 1947, dejando en el desamparo a las viudas y los hijos de los trabajadores.

Posteriormente, una organización de mujeres ofreció pruebas al máximo tribunal de que el juicio lo había arreglado la empresa, para obtener un fallo que sentara jurisprudencia y le permitiera detener los cobros que las auténticas favorecidas por la ley quisieran entablar. La corte suprema ordenó de un plumazo archivar esta denuncia, desestimando su relevancia.

Tras la publicación del largo artículo de Novoa, se encendió una ácida polémica en torno al Poder Judicial. El Presidente de la Corte Suprema, Ramiro Méndez , aceptó el desafío del debate y se presentó en un programa de televisión, junto a Rafael Retamal, para responder de sus actuaciones en cada uno de los casos citados por Novoa.

Méndez aprovechó también la ceremonia de inauguración del año judicial para replicar a Novoa. Acuñó una célebre sentencia: "Es absurdo decir que nuestras cortes son clasistas. Ellas sólo aplican las leyes que rigen en el país" 18. La frase se convertiría en una muletilla en las respuestas de los presidentes de la Corte ante futuras y más severas críticas.

Un estudio del Centro de Desarrollo Urbano y Regional (publicado por la Universidad Católica de Valparaíso) sobre la percepción de la justicia entre los pobres detectó que un 71 por ciento de los pobladores encuestados estuvo de acuerdo con la frase "uno no consigue justicia si no tiene dinero"; un 74 por ciento, estuvo de acuerdo con que "uno no consigue justicia si no tiene influencia". Los encuestados opinaron, en un 52 por ciento, que los abogados son "negociantes que actúan por lucro", sin considerar lo que es "justo". Frente al caso de una persona de estrato social alto que atropellara a un obrero, el 75 por ciento afirmó su convicción de que el obrero, aún teniendo testigos favorables, perdería el juicio 19.

En veinte años la percepción de los sectores marginados no había cambiado mucho. En 1993, la Corporación de Promoción Universitaria, CPU, publicó un estudio realizado por la Dirección de Estudios Sociológicos de la Universidad Católica, Desuc, sobre la opinión de los pobres acerca de la justicia. Ante la pregunta ¿Qué opina usted sobre cómo anda la justicia en Chile?, un 82,8 por ciento opinó negativamente. Los encuestados usaron espontáneamente calificativos como "ineficiente", "discriminatoria", "lenta", "arbitraria" y "corrupta" para referirse a ella.

Los académicos partidarios del gobierno de la Unidad Popular propugnaban en esos años la creación de tribunales vecinales, para solucionar los problemas de acceso a la justicia de los sectores más desposeídos, pero la idea no llegó a prosperar.

Los juzgados vecinales o de paz también formaron parte de los proyectos impulsados por Patricio Aylwin y Eduardo Frei Ruiz-Tagle. Es curioso que este último, que ha logrado la mayor reforma al Poder Judicial en el siglo, no ha podido obtener este simple cambio. El eterno y pregonado deseo de acercar la justicia a los más pobres ha quedado, como entonces, postergado.

La Corte Suprema en la antesala del golpe

El programa de gobierno de AllendeAllende sostenía que la misión del Poder Judicial era adecuarse al concepto de "Estado Popular".

En su declaración de intenciones, el nuevo gobierno reconocía el principio de autonomía entre los tres poderes del Estado y reiteraba otra de las eternas e incumplidas promesas al Poder Judicial de otorgarle una "real independencia económica". Hasta ahí, todo iba bien.

Pero Allende afirmaba además que su gobierno concebía "la existencia de un tribunal supremo, cuyos componentes sean designados por la Asamblea del Pueblo sin otra limitación que la que emane de la natural idoneidad de sus miembros. Este tribunal generará libremente los poderes internos, unipersonales o colegiados, del sistema judicial. Entendemos que la nueva organización y administración de justicia devendrá en auxilio de las clases mayoritarias. Además será expedita y menos onerosa. Para el gobierno popular una concepción de la magistratura reemplazará a la actual, individualista y burguesa".

El gobierno de Allende nunca tuvo intenciones serias de llevar a cabo este planteamiento, pero los conceptos vertidos en su programa fueron suficientes para que la judicatura se sintiera amenazada y se refugiara en un mayor corporativismo y autodefensa. Además, la Unidad Popular trasladó al sector Justicia el debate partidista, y los más altos magistrados, olvidados ya de antiguas manifestaciones políticas de sus miembros, reaccionaron despreciando a quienes se dejaron llevar por la corriente.

Apenas instalado el gobierno, se formó al interior del Ministerio de Justicia un Comité de la Unidad Popular (CUP), que pronto se reprodujeron al interior de la judicatura. En el Ministerio, seis o siete integrantes del CUP asesoraban al titular de la cartera en los nuevos nombramientos. Aunque el gobierno de Allende no hizo remociones masivas, llenó las vacantes que se producían con partidarios suyos.

En 1971, se produjo una de las elecciones más duras en la Asociación Nacional de Magistrados. Una lista de los CUP -cuyos candidatos postulaban reformar el sistema judicial para convertirlo en tribunales populares- perdió frente a la antigua directiva, representada por Sergio DunlopDunlop, Sergio, con el slogan de la defensa de la independencia del Poder Judicial. Los resultados, sin embargo, fueron abiertamente cuestionados y no sólo los allendistas acusaron a la lista de Dunlop de fraude.

En 1972, los miembros de los CUP se retiraron de la Asociación y formaron una agrupación separada, minoritaria.

Simultáneamente, la Corte Suprema iniciaba un duro y largo debate con el Ejecutivo, por la resistencia de éste a cumplir las decisiones judiciales. En medio de la batalla, un grupo de partidarios del gobierno se tomó la Corte de Apelaciones de Talca, en protesta por la petición de desafuero del intendente de la zona, que se había formulado ante el Senado.

Los ministros no pudieron ingresar al edificio, donde también se ubicaban el correo y el Servicio de Impuestos Internos. Un coronel de Carabineros ofreció desalojar a los manifestantes, pero el segundo en el mando le recordó que, independientemente de las instrucciones del tribunal, primero debían consultar al Ministerio del Interior. El conflicto terminó cuando el propio intendente, un joven militante socialista, pidió a los manifestantes que dejaran el edificio.

Hacia 1973, el Poder Judicial era uno de los baluartes en las acusaciones sobre las ilegalidades en que incurría el gobierno de la Unidad Popular. Allende había dispuesto el incumplimiento o postergación de órdenes judiciales, por ejemplo, de lanzamiento de quienes se hubieran tomado fundos, fábricas y casas. Además, dispuso que los fallos que pedían el auxilio de la fuerza pública fueran consultados con el Ministerio del Interior antes de ser ejecutados.

En medio de ese clima polarizado, el gobierno elaboró un proyecto de reforma para crear "una justicia participativa con criterios de actuación distintos de los preceptuados por el pensamiento jurídico tradicional". Allende entendía que el Poder Judicial como cuerpo estaba en la oposición a su gobierno y que contaba con el respaldo de los partidos políticos de centro y derecha, que asumieron, en este tema, la defensa del Estado de Derecho.

A mediados de 1973, AllendeAllende envió una carta a la Corte Suprema, criticando la actuación de los tribunales. Acusaba a los jueces de extralimitarse en sus atribuciones y de estorbar el cumplimiento de las labores administrativas.

Mencionaba como ejemplo del "trastrueque de valores de la justicia" el caso Chesque. Chesque era un fundo que fue tomado por un grupo de campesinos mapuches. Los propietarios, que decidieron "retomarlo", mataron en la refriega a uno de los ocupantes. Los Tribunales, decía Allende, resolvieron que los dueños del fundo no cometieron homicidio porque actuaron en defensa de su propiedad. En cambio, los mapuches estuvieron siete u ocho meses en prisión preventiva.

Según el Presidente, los tribunales superiores demostraban una "manifiesta incomprensión () "del proceso de transformación que vive el país y que expresa los anhelos de justicia social de grandes masas postergadas".

Allende también acusaba a los magistrados de la Corte Suprema de acudir a él siempre por motivos "personales" antes que jurídicos.

El 25 de junio, un pleno, presidido ahora por Enrique Urrutia Manzano envió un oficio al Presidente. Es la respuesta más severa que ese tribunal haya dirigido a Presidente alguno en la historia de Chile:

"(...) Quiere también esta corte expresar con entereza a V.E. que el poder que ella preside merece de los otros Poderes del Estado, por deber constitucional, el respeto de que disfruta y lo merece, además, por su honradez, ponderación, sentido humano y eficiencia y que ninguna apreciación insidiosa de algún parlamentario innombrable o de sucios periodistas logrará perturbar sobre este particular asunto el criterio de los chilenos.

"El Presidente de la República, sin advertirlo o inducido a ello, cometió un error al tomar partido en la sistemática tarea -nunca lograda- que algunos sectores del país han desatado en contra de esta Corte. Lo lamenta este Tribunal hondamente, y lo dice porque si S.E. ha invadido en su comunicación un campo jurídico que constitucionalmente le es vedado, este tribunal puede, a su vez, para restablecer el equilibrio así perturbado, insinuarse en las costumbres administrativas, aunque no sea más que para significarle a V.E. la importancia y las consecuencias de su error. La equivocación consistió en cambiar el pedestal del Poder Supremo en que la ciudadanía, y por consiguiente esta Corte, lo tenían colocado, por la precaria posición militante contra el órgano jurisdiccional superior del país que, por imperativo del deber, tiene que contrariar a veces en sus fallos los deseos más fervientes del Poder Ejecutivo.

"Error es el expresado de trascendental gravedad porque el Jefe Supremo de la Nación estaba siendo considerado por el ciudadano común y por esta Corte como guardián de la legalidad administrativa del país contra los excesos de algunos subordinados, y es por eso lamentable que se constituya ahora en censor del Poder Judicial tomando partido al lado de aquellos a quienes antes daba sus órdenes de cumplir la ley. Los ministros suscritos experimentamos sorpresa por el cambio y la actitud de V.E. porque entendemos que deprime su función constitucional.

"(...) El Presidente ha asumido la tarea -difícil y penosa para quien conoce el Derecho sólo por terceristas- de fijar a esta Corte Suprema las pautas de interpretación de la ley, misión que en los asuntos que le son encomendados compete exclusivamente al Poder Judicial y no al Poder Ejecutivo, según lo mandan los artículos 80 y 44 de la Constitución Política del Estado, no derogados todavía por las prácticas administrativas.

"(...) Ninguna discusión sociológica, o sutileza jurídica, o estratagema demagógica, o maliciosa cita de regímenes políticos pretéritos son capaces de derogar los preceptos legales copiados (en el oficio), que se copiaron para que V.E. lea con sus propios ojos y aprecie por sí mismo su calidad y precisión tales que no admiten interpretaciones elusivas.

"(...) Aun si el Juez o el Tribunal Superior cometieran un delito de prevaricación, aun si fallaran por dádiva o promesa no podría el funcionario administrativo resistir la orden, sino que tendría otros derechos funcionarios y ciudadanos, cuyo ejercicio, sin embargo, debería iniciarse ante el Tribunal de Justicia correspondiente".

El oficio también respondía por el caso Chesque:

"¿Pretende el oficio de V.E. que los Tribunales de Justicia olviden la ley, prescindan de todos los principios y en nombre de una justicia social sin ley, arbitraria, acomodaticia y hasta delictuosa en su caso amparen incondicionalmente a los tomadores y repudien de la misma manera a los que pretenden la recuperación de los predios tomados?".

Los trece ministros que integraban el máximo tribunal firmaron el acuerdo -autorizado por el secretario René Pica Urrutia; Enrique Urrutia Manzano, Eduardo Varas Videla , José María Eyzaguirre Echeverría;, Manuel Eduardo Ortíz , Israel Bórquez Montero, Rafael Retamal López, Luis Maldonado Boggiano, Juan Pomés García, Octavio Ramírez Miranda, Armando Silva Henríquez, Víctor Manuel Rivas del Canto, Enrique Correa Labra y José Arancibia.

Allende recibió el oficio del máximo tribunal y lo devolvió sin comentarios. El pleno volvió a reunirse (esta vez con la ausencia de Arancibia, Correa y Ortiz) y emitió un nuevo acuerdo:

"Que por tratarse de Poderes del Estado de igual rango constitucional entre los cuales no existe subordinación, es inaceptable la actitud del Presidente de la República de devolver el oficio de este tribunal".

El acuerdo está firmado el 4 de julio de 1973. Poco más de dos meses después, el 11 de septiembre, se produjo el golpe de Estado.


Editado electrónicamente por el Equipo Nizkor- Derechos Human Rights el 31ago01
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