Muertos en Falsos Enfrentamientos
Acciones legales emprendidas por los familiares

Los familiares de las 9 personas asesinadas el 23 de agosto de 1984 han desempeñado un papel fundamental en el esclarecimiento de las verdaderas circunstancias en que murieron sus parientes y en la denuncia de la falsedad contenida en las versiones oficiales. En su búsqueda de la verdad también han recurrido a los tribunales.

El 6 de septiembre de 1984, la señora Yolanda Rodríguez Hormazábal, madre de Mario Lagos, interpuso una querella criminal ante el Primer Juzgado de Letras de Concepción. El juez civil rápidamente se declaró incompetente y envió los antecedentes al Juzgado Militar, pues estimó que existía personal uniformado involucrado en el crimen que costó la vida a Mario.

El 10 de septiembre la madre de Mario Lagos sigue el mismo camino que el Arzobispo de Concepción, Monseñor Manuel Santos, al solicitar a la Corte de Apelaciones de Concepción la designación de un Ministro en Visita que se hiciera cargo de la investigación de los homicidios ocurridos en Concepción y Los Angeles, que en esos momentos eran conocidos por Juzgados del Crimen y por la Segunda Fiscalía Militar de Concepción. El mismo 10 de septiembre, la Corte de Apelaciones se apresuró en contestar con un escueto y categórico "no ha lugar".

En octubre de 1984 la señora Yolanda, en su calidad de madre de Mario Lagos, se hizo parte en el proceso Nº 746-84, sustanciado por el Fiscal Ad Hoc con asiento en Concepción, Pedro Marisio. Le hizo presente al militar que su intención era colaborar en la investigación para el pronto esclarecimiento de las circunstancias en que murió su hijo; aportar las pruebas, testimonios y demás antecedentes que llegaron a su poder; y en su momento, a la luz de lo que ofreciera la investigación, solicitar las encargatorias de reo y las condenas que establece la ley para los individuos que resulten responsables del asesinato. Idénticas solicitudes hicieron el padre de Nelson Herrera, señor Lutgardo Herrera Olate y parientes directos de Luciano Aedo y Mario Mujica.

En los mismos días, en Valdivia, los padres de Rogelio Tapia, Dr. Miguel Tapia de la Maza y Sra. María Jesús de la Puente, la esposa Elisa Hernández, más los familiares de Raúl Jaime Barrientos Matamata, se hacían parte y solicitaban la realización de numerosas diligencias probatorias en el proceso que instruía el Fiscal Militar de esa ciudad por el homicidio de sus parientes.

Entre agosto de 1984 y lo que va corrido de 1987 se han acumulado en ambos procesos suficientes pruebas que demuestran que estas personas fueron víctimas de un homicidio calificado, como lo define el artículo 391 Nº 1 del Código Penal. "El que mate a otro y no esté comprendido en el artículo anterior, será penado: 1º Con presidio mayor en su grado medio a muerte, si se ejecutare el homicidio con algunas de las circunstancias siguientes:

  • Primera .--Con alevosía.
  • Segunda . --Con premio o promesa remunerativa.
  • Tercera . --Por medio de veneno.
  • Cuarta .--Con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido.
  • Quinta . --Con premeditación conocida".

La investigación de un homicidio, por ser uno de los delitos más graves, está especialmente reglamentada por la ley procesal chilena. El Código de Procedimiento Penal instruye minuciosa y detalladamente al juez acerca de cómo llevar la investigación cuando se ha cometido un homicidio y le exige una especial dedicación en la aclaración de dichos delitos.

Por razones evidentes de dependencia jerárquica institucional, podríamos creer que los fiscales no han hecho caso de ese imperativo legal, que han sido negligentes en la investigación de estos crímenes, o cuando menos, parciales. Que han prejuzgado, o han creído a pie juntillas la versión oficial y no han querido oír a los familiares de las víctimas ni conocer los testimonios de testigos presenciales de los hechos; o que en su imaginación han rodeado las muertes de circunstancias que eximen de responsabilidad a quienes las produjeron, modificando con su subjetivismo una realidad que es evidente para cualquier observador imparcial.

Pero la acumulación de pruebas, las coincidencias que se observan entre ellas, no nos hacen tener dudas de que en estos casos los fiscales militares han obrado maliciosamente. Después de tres años de investigación no se ha dictado una sola encargatoria de reo que afecte a los homicidas; en cambio en el proceso Nº 746-84 el fiscal Marisio se apresuró a encargar reos a la mayoría de los detenidos en relación con estos hechos.

Los protocolos de autopsia y los certificados médicos de defunción (1) coinciden en señalar como causa de muerte de Luciano Aedo, Mario Lagos y Nelson Herrera, heridas a balas producidas por armas homicidas. Nelson Herrera y Mario Lagos fueron asesinados en plena luz del día frente a la Vega Monumental ante cientos de testigos. El chofer del taxibús donde viajaban relató que ellos fueron asesinados y que no hubo enfrentamiento de ningún tipo. Todos estos antecedentes constan en el expediente Nº 745- 84. Sin embargo el fiscal Ad-Hoc Pedro Marisio no ha dictado ninguna resolución que afecte a los homicidas.

Recientemente el abogado del Comité de Defensa de los Derechos del Pueblo --CODEPU-- de Concepción, Adolfo Montiel Gómez solicitó al fiscal Marisio que encargara reos y sometiera a proceso a dos agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI), identificados responsables de la muerte de Luciado Aedo. Marisio contestó "No ha lugar", a pesar de que numerosos testigos relataron en el proceso que Luciano Aedo fue acribillado por la espalda, versiones que concuerdan con la autopsia. El "No ha lugar" fue confirmado recientemente por la Corte Marcial.

Entretanto, en Valdivia, el proceso no ha corrido mejor suerte. A pesar de que las evidencias son demoledoras, el fiscal se ha negado a considerar las peticiones de los familiares de Rogelio Tapia y Jaime Barrientos y a encargar reos a los responsables de sus muertes. Mas aún, actualmente la causa se encuentra sobreseída.

La justicia chilena, especialmente la militar, ha dado suficientes demostraciones de su falta de voluntad en esclarecer crímenes tan horrendos como los que son tratados en este libro. No podremos sorprendemos entonces si, aún existiendo innumerables pruebas que demuestren que no se trató d un enfrentamiento sino de homicidios calificados, desoyendo a la Iglesia Católica y a vastos sectores de la sociedad chilena, ignorando las peticiones de verdad y de justicia de los familiares, los procesos acaben olvidados en un archivo y los culpables de los crímenes no sean castigados mientras exista la complicidad de la justicia con la dictadura.

Sobre esta justicia cómplice, los detenidos en el mismo proceso, hacen pública su posición en carta dirigida al coronel Pedro Marisio.

Carta pública al titular de la 2da. Fiscalía militar de Concepción, coronel Pedro Marisio.

El 23 de agosto de este año, se cumplirán 2 años de nuestro encarcelamiento y de los hechos que lo motivaron.

Hace 2 años la CNI y fuerzas conjuntas re/izaron un operativo en la VIII, IX y X regiones, asesinando a 7 patriotas chilenos (siendo además ejecutados .otros dos en Santiago el mismo día).

Fueron "Falsos Enfrentamientos", eso nos consta a nosotros, a los numerosos testigos y se desprende de variados testimonios. La gravedad y especiad on pública de esa orgía de sangre, motivó la solicitud de un ministro en visita por el sr. Obispo don José Manuel Santos.

Como en numerosos casos pasados y recientes se inhabilitó la Justicia Civil y fue finalmente nombrado un Fiscal Militar AD-HOC, esa hoy es su responsabilidad.

¿Qué opinión nos merece su actuación como fiscal? Usted Sr. Fiscal estuvo presente en las sesiones de tortura e interrogatorios en el cuartel secreto de la CNI (en Concepción) de calle Pedro de Valdivia, en los mismos instantes en que se nos torturaba hace 2 años atrás. Usted Sr. Fiscal durante los interrogatorios ha amenazado prolongadas incomunicaciones, desvirtuando declaraciones y presionando con el objetivo de obtener determinado tipo de declaraciones incriminatorias.

En usted como Fiscal AD-HOC recae una causa que contiene nuestros procesos, querellas por torturas (luego que también se inhabilitaron los tribunales civiles) y homicidios.

En conclusión, usted es un leal funcionario del régimen actual.

¿Cuántos responsables de robos, secuestros, torturas y homicidios pertenecientes a la CNI usted ha interrogado, careado, detenido o procesado en este y otros casos?

En el Sur, este proceso es sin duda, el que más actual y gravemente involucra a aparatos represivos en crímenes y torturas. Eso quizás "explica" vuestra eficacia para prolongar y empantanar este proceso. Así una vez más se comprueba que la aplicación de Justicia en Chile
no da garantías a quienes son consecuentes antidictatoriales. Es una conclusión luego de casi 13 años.

En tanto, todavía usted podrá seguir ocultando responsabilidades, prolongando procesos y proponiéndonos altas condenas, denegando libertades bajo fianza y obviando las pruebas incriminatorias contra sus colegas de la CNI.

Pero lo anterior, no hará sino aumentar el desprestigio de la justicia civil y militar en Chile. Las excepciones ciertamente no alcanzan a ocultar una realidad tan mayúscula.

Nosotros "temporalmente prisioneros" no tenemos la menor duda que usted sr. Fiscal deberá responder por todo cuanto hizo, hoy día hace o deja de hacer en este y otros procesos. Deberá hacerlo como militar, abogado y hombre.

Es importante que usted sr. Fiscal, tenga en cuenta que estamos en el año 86 y que la otrora fuerte dictadura de la cual usted es aún funcionario, hoy vive su crisis definitiva, que llega hasta sus más altos mandos y por tanto todo indica que usted no será Fiscal militar por mucho tiempo más.

De otra parte, nosotros prisioneros políticos condenados o por condenar (los años que usted y el engendro de justicia que representa estimen) no lo seremos indefinidamente y lo más posible es que su término y enjuiciamiento como Fiscal militar coincida con nuestra liberación.

Lo anterior es lo que altera todo y lo que explica este y otros "desacatos'' futuros Sr. Fiscal.

En realidad Sr. Fiscal, este "desacato" es parte de uno mayor, el de todo un pueblo que no acepta, resiste y se rebela contra un régimen que degüella, quema, acribilla, tortura, y encarcela chilenos y chilenas; endeuda y aísla al país internacionalmente.

Hasta cuando nos llame a la fiscalía.

SOLEDAD ARANGUIZ RUZ
MIGUEL BARRIGA GUTIÉRREZ
CRISTINA CHACALTANA PIZARRO
JOSÉ RAILAF CURAQUEO
IGNACIO VIDAURRAZAGA MANRIQUEZ

Desde las prisiones. Concepción agosto 1986.


1. Certificados de defunción de Mario Lagos, Luciano Aedo y Nelson Herrera


Editado electrónicamente por el Equipo Nizkor- Derechos Human Rights el 18mar02
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