EQUIPO NIZKOR
Informe

DERECHOS


Informe de la Vicaría de la Solidaridad sobre la situación de los derechos humanos en Chile durante el primer semestre de 1998


Índice Caso Prats La Colonia Dignidad Denuncia por torturas y muerte de un taxista en cuartel de carabineros Nuevo Arzobispo para la Diócesis de Santiago
Introducción Caso Letelier Demandas civiles contra el Estado Chileno por violaciones de DD.HH. durante la Dictadura Militar Nuevo criterios de la Corte Suprema en fallos sobre causas de DD.HH. Chileno elegido en Subcomisión de Protección de Minorías de la CDH de la ONU
Cumbre de las Américas Denegada libertad vigilada a detenidos en Punta Peuco Senado aprueba Proyecto de Ley sobre detención de ciudadanos y protección de sus derechos Competencia civil en causas de víctimas de DD.HH. Creación de página web sobre los DD.HH. en Chile
Querellas en contra del General Pinochet Caso del Sacerdote Joan Alsina Restitución bienes confiscados a los partidos políticos durante el régimen militar Participación del Auditor General del Ejército en la Corte Suprema Concursos en derechos humanos
Operación Albania Reapertura de causa por muerte de ex agente de la DINA Creación de un banco de ADN para la identificación de detenidos desaparecidos Tratamiento de información sobre detenidos desaparecidos y ejecutados políticos Procesos por detenidos, desaparecidos o ejecutados. Enero-junio 1998
Caso Berríos Denuncias por maltratos en recintos militares Nueva identificación de osamenta del patio 29 Presencia de detenidos desaparecidos en Colonia Dignidad
Caso Tucapel Jiménez Juicio en España contra la ex Junta Militar Chilena Condena a detectives por detención ilegal Denuncias ante la CIDH


Introducción

En el primer semestre de 1998, especial relevancia el debate público nacional tuvo el tema de los derechos humanos, particularmente durante los tres primeros meses, como consecuencia de la salida de la Comandancia en Jefe del Ejército del General Augusto Pinochet y su incorporación al Congreso como Senador vitalicio. También generó gran polémica la presentación de una acusación constitucional en su contra, lo que agudizó la tensión en las autoridades militares, las fuerzas políticas y el gobierno.

Durante los meses de Enero y Febrero, y hasta el día en que juraron los integrantes del nuevo Congreso Nacional, además de la acusación constitucional, se anunciaron varias iniciativas destinadas a impedir que el General Pinochet asumiera como senador vitalicio. Una de éstas fue un acuerdo testimonial, expresado en un voto político de la Cámara de Diputados el día 7 de enero, en que se señaló el rechazo y repudio a esta situación. El acuerdo contó con la aprobación de los diputados de la Concertación y la negativa de los parlamentarios de la derecha. Por otro lado, a fines de enero, se realizó una sesión especial de la Cámara, con el objeto de realizar un juicio político al General Pinochet, por su actuación durante el período de transición.

Otra iniciativa fue la de una reforma constitucional destinada a ampliar el mecanismo del plebiscito y resolver a través de una consulta popular las discrepancias institucionales que subsisten, especialmente la referida a la existencia de los senadores designados y el senador vitalicio. También hubo una presentación de un grupo de parlamentarios ante el Tribunal Constitucional, solicitando que se inhabilitara el juramento del General (R) Pinochet, argumentando que no había sido elegido Presidente de la República durante el período que gobernó, requisito que señala la disposición constitucional correspondiente al Senador Vitalicio. El Tribunal rechazó dicho recurso.

No obstante estas iniciativas, la que provocó mayores tensiones fue el anuncio de la acusación constitucional. El Ejecutivo intentó por todos los medios evitar que ésta idea se concretara, sin tener éxito. Este debate previo provocó la salida del Ministro de Defensa, Edmundo Pérez Yoma, asumiendo la cartera Raúl Troncoso y, por otro lado, el anuncio del General Pinochet de que continuaba en el cargo hasta el 10 de Marzo, pese a que la fecha previamente programada con el gobierno era a fines del mes de Enero de 1998.

El anuncio del General Pinochet de que no se iría sino hasta el mes de Marzo, retrasó el traspaso del mando a su sucesor, que ya había sido nominado por el Presidente de la República. El nuevo Comandante en Jefe del Ejército, General Ricardo Izurieta Caffarena, debió prolongar sus vacaciones y los cinco Generales que pasaban a retiro junto al General Pinochet prolongaron su pase a retiro hasta la misma fecha que éste.

En este contexto, en el mes de enero se dio a conocer el nacimiento de un Consejo de la Sociedad Civil, formado por un grupo de personalidades que suscribió un Manifiesto en que fundamentan los argumentos para una acusación en contra del General Pinochet, basados en la responsabilidad que le cabe en graves coacciones al estado de derecho.

El 10 de Marzo de 1998, se formalizó el retiro del General Pinochet, en una ceremonia solemne que se celebró en la Escuela Militar. En ella, el Presidente de la República, Eduardo Frei Ruiz-Tagle, entregó el mando del Ejército al nuevo Comandante en Jefe, el General Ricardo Izurieta, transformándose en el primer Comandante nombrado en democracia, después del golpe de estado de septiembre de 1973.

Días antes, el 6 de Marzo, el Ejército programó una ceremonia de despedida al General Pinochet, donde lo nombraron "Comandante en Jefe Benemérito", inédito título que provocó reacciones de rechazo. En virtud de éste, el General, aunque en retiro, podrá seguir recibiendo honores de la institución y continúa ligado a ella, aunque institucionalmente no tiene ningún valor.

El 11 de Marzo de 1998, fecha en que asumió el nuevo Parlamento, se desarrollaron varios incidentes tanto al interior del edificio del Congreso, como en las afueras de éste. En las respectivas ceremonias de juramento en las dos Cámaras, entre los cuales se efectuaron los de los senadores designados y el vitalicio, los Diputados y Senadores Socialistas, PPD y algunos de la Democracia Cristiana, ingresaron a la Sala portando pancartas con fotografías de los detenidos desaparecidos, lo que provocó una considerable demora en los juramentos. En las afueras del Edificio, se realizaron en forma paralela manifestaciones a favor y en contra del General Pinochet. Los grupos que se manifestaban contrarios a la asunción del General Pinochet como senador vitalicio fueron reprimidos por los efectivos de Carabineros que intentaron su disolución con el uso de carros lanza-aguas y lanzando bombas lacrimógenas. Estas manifestaciones se prolongaron por varias horas y concluyeron con numerosos heridos y detenidos. Por otro lado, durante la tarde y en la noche en diversos barrios en Santiago y otras ciudades del país, hubo actos de repudio al senador vitalicio.

La semana siguiente, el 17 de Marzo, con el patrocinio de once Diputados se formalizó en la Cámara de Diputados la anunciada Acusación Constitucional en contra del ex Comandante en Jefe del Ejército, General (R) Augusto Pinochet. El escrito se fundamentó en los artículos 48 y 49 de la Constitución, que permiten acusar constitucionalmente a un General de la República hasta tres meses después del cese de sus funciones por actos u omisiones que comprometan gravemente el honor o seguridad de la Nación, por hechos ocurridos con posterioridad al 11 de Marzo de 1990. Los principales párrafos se refieren a hechos que comprometieron gravemente la seguridad de la nación a consecuencia de: violaciones al deber de no deliberancia, de su negligencia en el ejercicio del mando y ser causante y responsable de ofensas a las víctimas de violaciones de derechos humanos.

La Comisión Informante, encargada de estudiar la acusación quedó integrada por los Diputados Ricardo Rincón y Carlos Olivares (PDC), Haroldo Fossa (RN), Gonzalo Ibáñez (Independiente-UDI) y la Diputada María Antonieta Saa (PPD), siendo elegida esta última para dirigirla. Esta Comisión, con los votos en contra de los Diputados Ibáñez y Fossa, recomendó declarar admisible la acusación. El 9 de Abril, la Cámara de Diputados, en una tensa sesión que duró más de diez horas, realizó la votación secreta que rechazó la presentación, con 62 votos en contra de ella y 52 a favor.

Por otro lado, el nuevo Comandante en Jefe del Ejército se refirió al tema de derechos humanos en declaraciones prestadas a la prensa en el mes de Mayo, en las que señaló que el Ejército ha colaborado, y continuará haciéndolo, con los tribunales de justicia. No obstante, no consideró pertinente que correspondiera pedir perdón por los hechos sucedidos, considerando que ésta no es una tarea del Ejército. En este mismo sentido opinó el Comandante en Jefe de la FACH, General Fernando Rojas.

El también recién asumido Arzobispo de Santiago, Monseñor Francisco Javier Errázuriz, discrepó de estas declaraciones y sostuvo que la Iglesia no cree que las responsabilidades fueran individuales y no institucionales. Asimismo, reafirmó el compromiso de la Iglesia con el esclarecimiento de las situaciones de violación de los derechos humanos.

En otro ámbito, el recambio significativo en la composición de la Corte Suprema se expresó en nuevos fallos relacionados con la competencia civil en las causas de violación a los derechos humanos y una interpretación diferente de la ley de amnistía, evitando el cierre de los procesos. Por otro lado, el Presidente de la Corte Suprema efectuó declaraciones en una conferencia de prensa a medios extranjeros que provocaron gran polémica, ya que expresó que durante el régimen militar hubo fuertes presiones hacia el Poder Judicial y la Corte Suprema, que impidió que sus miembros actuaran con plena independencia.

Entre los llamados casos emblemáticos, se puede destacar la resolución de la Corte Suprema que ordenó la reapertura de la causa denominada "Operación Albania" y la nominación de un Ministro en Visita para que continuara esta investigación, otorgando así mayor garantía a las posibilidades de éxito en el esclarecimiento de los hechos en que resultaron muertos doce jóvenes militantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, y el establecimiento de las responsabilidades de los agentes de seguridad en ellos.

En el plano internacional, continuaron las amonestaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en contra del Estado de Chile, por la aplicación de la ley de amnistía en causas por detenidos desaparecidos. Igualmente, la Comisión acogió denuncias referidas a la libertad de expresión y a la protección de los derechos de los pueblos indígenas.


Cumbre de las Américas

En el mes de Abril de 1998 se llevó a cabo en Santiago la II Cumbre de las Américas, que congregó a los Jefes de Estado de todo el continente americano. La Agenda del Foro Interamericano, y el Plan de Acción resuelto, contempló un capítulo destinado a la Justicia y los Derechos Humanos. Entre los recursos comprometidos por el Banco Mundial y el BID para estas materias, se destinaron más de cinco mil millones de dólares para proyectos dirigidos a defender la democracia y los derechos humanos, veintidós de los cuáles se refieren específicamente al tema de derechos humanos. Estos proyectos incluyen también los temas referidos a la modernización de los gobiernos locales, combate a la corrupción, reformas judiciales, educación para la democracia, lucha contra las drogas, etc.

El Acuerdo pactado considera, entre otros puntos, un perfeccionamiento de las instituciones que dan apoyo a los procesos democráticos, el fortalecimiento de las libertades y apoyo al establecimiento de un Relator Especial para la Libertad de Expresión, en el marco de la Organización de Estados Americanos, OEA. Asimismo, se propone el desarrollo de políticas integrales destinadas a la promoción y protección de los derechos humanos a nivel nacional, conforme con los principios y normas internacionales consagradas en los Tratados. Igualmente se puso énfasis en el respeto a la no discriminación y el derecho a un debido proceso en el ámbito judicial.

En forma paralela, se desarrolló la llamada "Cumbre de los Pueblos", que reunió alrededor de 800 delegados de organizaciones sociales, ecológicas, indígenas, femeninas, sindicales y de derechos humanos provenientes de veinte países americanos. En este encuentro se creó la Alianza Social Continental, que acordó un Plan de Acción para construir de manera efectiva una alternativa de desarrollo a las políticas oficiales. Además, se acordó el establecimiento de una Carta de Derechos Sociales, Laborales y Ambientales de la Sociedad Civil, para proponerla como condición para la suscripción de cualquier acuerdo comercial internacional. De esta manera se pretende reforzar una defensa ante los efectos negativos que ha tenido la globalización económica y el ALCA para los pueblos americanos.


Querellas en contra del General (R) Augusto Pinochet

Durante el primer semestre de 1998 se presentaron siete querellas en contra del General (R) Augusto Pinochet, por los delitos de genocidio y homicidio calificado, de las cuales seis fueron acogidas a tramitación. La primera de ellas fue presentada ante la Corte de Apelaciones de Santiago en el mes de Enero de 1998, por la Secretaria General del Partido Comunista Gladys Marín, quien además es cónyuge del ex dirigente del Partido Comunista Jorge Muñoz Poutays, detenido desaparecido el año 1976. El Pleno de la Corte nominó al Ministro de Fuero Juan Guzmán Tapia para que instruyera el sumario correspondiente. La querella está dirigida contra el General Pinochet y quienes resulten responsables del delito de genocidio, contenido en la Convención para la Prevención y la Sanción de ese ilícito, tratado ratificado por Chile, o, en subsidio, por los de homicidios múltiples calificados, inhumación ilegal, secuestro y asociación ilícita, tipificados en el Código Penal.

El escrito relata los hechos sucedidos desde el 11 de Septiembre de 1973 y señala que, como resultado de la política represiva emprendida por el régimen militar a través de la Dina, organismo de seguridad creado por el General Pinochet para estos efectos, hubo 3.197 víctimas de violaciones a los derechos humanos, 2.095 ejecutados y 1.102 detenidos desaparecidos, antecedentes recogidos del Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación y de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación.

A fines del mismo mes, fue presentada una segunda querella por familiares del Abogado Héctor Silva Iriarte, víctima de las ejecuciones efectuadas en el norte del país el año 1973 por la denominada "Caravana de la Muerte", encabezada por el General (R) Sergio Arellano Stark. Esta fue acogida por el Ministro Guzmán y la acumuló a la anterior.

La tercera querella fue interpuesta en el mes de Marzo, por la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, encabezada por su Presidenta, Sola Sierra. Al igual que la anterior, el Ministro Guzmán la acumuló a la investigación iniciada en el mes de enero.

Días después, la ex Diputada María Maluenda presentó una cuarta querella en contra del General (R) Pinochet, por encubrimiento de los delitos cometidos en los hechos en que resultó asesinado su hijo José Manuel Parada y otros dos militantes comunistas, Santiago Nattino y Manuel Guerrero. Esta presentación no fue acogida por el Ministro, por considerar que la causa se encuentra completamente agotada luego de la investigación instruida por el Ministro Milton Juica, en la que se condenó a sus autores.

La quinta querella fue presentada en los mismos días por la cónyuge de Sergio Lagos Marín, militante del Mir que fue detenido el año 1975 por agentes de la Dina, fecha desde la cual se encuentra desaparecido. Su hermano, Ogan Lagos, fue detenido el año 1974 y recluido en el Regimiento de Chillán, donde fue ejecutado.

Una sexta querella fue presentada por el Colegio de Profesores de Chile, por los delitos de homicidios múltiples calificados, secuestros, inhumación ilegal y asociación ilícita, cometidos en contra de 103 profesores durante la dictadura militar.

Las dos últimas querellas también fueron acumuladas a la investigación en curso, iniciada en el mes de Enero del presente año.

En el mes de Mayo, los dirigentes comunistas solicitaron una ampliación de la querella a los jerarcas de la ex Colonia Dignidad, encabezados por Paul Schaefer. El Ministro resolvió no acoger esta solicitud, por considerar que se trata de hechos que ya están siendo objeto de investigación.

En el mes de Junio de 1998 fue presentada una séptima acción judicial, por familiares de 26 ejecutados en Calama, hechos cometidos por el grupo encabezado por el General (R) Sergio Arellano Stark.

El Ministro Guzmán ha realizado numerosas diligencias, entre ellas, se constituyó en la localidad de Pisagua en el norte del país, donde se había denunciado una inhumación ilegal de víctimas del año 1973. En este lugar fueron exhumadas osamentas que resultaron de antigua data y no corresponden a las denunciadas. A raíz de esta situación, el Ministro declaró a la prensa que se constituirá en cualquier lugar del país en que se encuentren osamentas que pudiesen pertenecer a las víctimas que investiga.

Igualmente, decretó varias citaciones a declarar a ex miembros de las Fuerzas Armadas, entre ellos, el General(R) y ex miembro de la Junta Militar Gustavo Leigh y el General(R) Sergio Arellano Stark. También prestaron declaración ante el Magistrado los ex jerarcas de la DINA, General (R) Manuel Contreras y el Brigadier (R) Pedro Espinoza Bravo. Cabe destacar que este último declaró voluntariamente ante el Ministro, lo que había ofrecido a través de un Fax enviado directamente desde Punta Peuco a medios de prensa.

En una entrevista otorgada al periódico "La Hora" el 15 de Mayo de 1998, el Ministro Juan Guzmán señaló que era muy difícil investigar debido al tiempo transcurrido, hay datos que ya no existen porque se han incinerado o cuesta mucho ubicar y, por otro lado, hay testigos atemorizados y otros con mala memoria. El Ministro piensa que aún cuando no haya sentencia, espera ayudar a que se haga algo de justicia con su investigación.


Operación Albania

El abogado querellante de la denominada "Operación Albania", Nelson Caucoto, solicitó a la Corte Suprema la designación de un Ministro en Visita para que continuara tramitando el proceso y que éste quedara en manos de la Justicia Ordinaria, fundamentando que de esta manera podía garantizarse una investigación transparente y eficaz. Sumándose a esta iniciativa, el Consejo de Defensa del Estado resolvió, el 13 de Enero de 1998, hacerse parte en esta petición. Esta causa había sido reabierta en el mes de Diciembre de 1997, por un fallo de la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema que declaró la nulidad de la resolución de la Corte Marcial que el 2 de Julio de 1996 había sobreseído definitivamente la causa en que se investigaba la muerte de doce jóvenes pertenecientes al Frente Patriótico Manuel Rodríguez.

El 23 de Marzo de 1998, la Corte Suprema resolvió, por diez votos contra siete, incluyéndose entre estos últimos el del Auditor General del Ejército, General Fernando Torres Silva, la designación de un Ministro en Visita para que continuara la investigación. La designación recayó en el Ministro civil de la Corte Marcial Hugo Dolmestch.

El Abogado Caucoto y la representante del Consejo de Defensa del Estado, solicitaron al Ministro Dolmestch que repitiera las diligencias ordenadas por la Corte Suprema en su fallo de Diciembre, entre las que se encuentran los interrogatorios a ex agentes de la CNI, debido a que les parecía preocupante que, pese a haberse designado un Ministro Civil, la Cuarta Fiscalía Militar, antes de traspasar el proceso, continuaba tomando declaraciones a los ex efectivos de seguridad. El Magistrado accedió a estudiar esta situación y reiterar las declaraciones en los casos que considerara necesario.

En cumplimiento a las diligencias ordenadas por la Corte Suprema, el Ejército y demás ramas de las Fuerzas Armadas entregaron al tribunal nóminas con los nombres de sus funcionarios que formaban parte de la disuelta CNI, a la fecha en que ocurrieron los operativos de la Operación Albania. De esta forma, el tribunal dispuso de alrededor de mil quinientos nombres de ex efectivos del organismo de seguridad. El Ministerio Público Militar solicitó al Ministro Dolmestch mantener en cuaderno separado y en carácter de secreto estas listas, debido a que la información que contenían afectaba la seguridad de las fuerzas armadas, en tanto entregaba antecedentes acerca de la actual organización de las instituciones armadas. También solicitó que las diligencias dictadas en relación a estas nóminas se mantuvieran de igual forma en el cuaderno separado. El Ministro acogió esta petición en cuanto a las nóminas, no así en lo referido a las diligencias, señalando que las declaraciones que prestaran los ex agentes estaban relacionadas con los hechos investigados y no sobre sus labores actuales en los organismos castrenses ni la organización actual de éstos. De todas maneras, sobre esto último resolvió que decidiría caso a caso la necesidad de la reserva.

En el transcurso del mes de Junio, el Ministro inició la ronda de interrogatorios de los ex agentes, para determinar la identificación de los que actuaron en los hechos. Cabe señalar que en el proceso hay varias declaraciones contradictorias de los ex jefes de la CNI respecto de los nombres de quienes actuaron en los operativos, que resultaron ser falsos cuando fueron solicitados antecedentes de estas personas en el Servicio de Registro Civil. En este sentido, en un primer momento la CNI reconoció la participación de varios de sus agentes, con el objeto de radicar la investigación en la Justicia Militar; sin embargo, con posterioridad señaló al tribunal que dichos nombres eran falsos.

Cabe señalar que en el proceso está establecido que no hubo enfrentamiento entre los efectivos de seguridad y los jóvenes, y que éstos fueron ejecutados cuando estaban indefensos. Sólo resta establecer las identidades de los agentes que actuaron en estos operativos y las responsabilidades que les cabe a cada uno de ellos. Este es precisamente el objetivo de las diligencias ordenadas por la Corte Suprema y que realiza el Ministro en Visita.


Caso Berríos

En el mes de Enero de 1998, la titular del Sexto Juzgado del Crimen de Santiago, que investiga la desaparición del Químico y ex funcionario de la Dina, Eugenio Berríos, cuyos restos fueron encontrados en abril de 1995 en Uruguay, rechazó la solicitud de reapertura del sumario, resolución que fue apelada por la parte querellante.

Cabe recordar que, a fines del año 1997, el tribunal recibió el Certificado de Defunción de la víctima y el Informe de Pericia Técnica que estableciera la identidad de dichos restos como pertenecientes a Berríos, luego de lo cual se decretó el cierre del sumario. En estos documentos se establece como causa de muerte heridas encéfalo craneanas provocadas por disparos de bala y la data, el año 1993. El abogado de la familia solicitó entonces la reapertura de la investigación y la realización de nuevas diligencias.

Para mejor resolver la apelación, la Corte de Apelaciones solicitó antecedentes a la Cancillería referidos a un Sumario Administrativo instruido por ese Ministerio, el cual tenía relación con la desaparición de Berríos en Uruguay. Este Sumario fue iniciado después que el Consulado chileno en Montevideo y la Cancillería denegaran un salvoconducto a Berríos para regresar a Chile, antes de su desaparición. Esta investigación, según trascendió, podía establecer responsabilidades en el ocultamiento y traslado de Eugenio Berríos. En la época en que ocurrieron estos hechos, fines del año 1992, Berríos estaba siendo requerido en la causa por el homicidio del ex Canciller chileno, Orlando Letelier, ejecutado por la DINA.

En la primera semana de Junio de 1998, la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió reabrir el sumario y ampliar la investigación por los delitos de secuestro con resultado de muerte, falsificación y uso malicioso de pasaporte y el de asociación ilícita. Asimismo, dio curso a las 39 diligencias solicitadas por la parte querellante. Entre estas diligencias, se encuentran las de interrogar a ex directivos de la Dina, entre ellos, los oficiales de Ejército en retiro, General Manuel Contreras y Brigadier Pedro Espinoza, que actualmente cumplen condena en la cárcel de Punta Peuco por el asesinato de Letelier. También se solicitaron los expedientes por los homicidios del ex dirigente sindical Tucapel Jiménez, de Orlando Letelier y de Carmelo Soria.

Por otro lado, en el mes de abril, el tribunal uruguayo que investiga estos mismos hechos interrogó a dos oficiales de Ejército de ese país, Tomás Casella, Jefe del Servicio de Inteligencia y Eduardo Radelli, también del Servicio de Inteligencia, y al ex Jefe de la Policía de la localidad de Canelones, Ramón Rivas, por su relación con la desaparición de Berríos.

Según se ha establecido en Uruguay, Eugenio Berríos llegó al cuartel policial Parque del Plata el 15 de Noviembre de 1992, a solicitar protección porque temía ser secuestrado y asesinado. El Comisario de turno le tomó declaración, circunstancia en que apareció el oficial Radelli acompañado por dos civiles (que en esa oportunidad fueron identificados por Berríos como militares chilenos), solicitando al Químico, lo que fue negado por el Comisario. Sin embargo, el policía uruguayo fue obligado por su superior, Ramón Rivas, a entregarlo. Estos son los últimos antecedentes que se tienen de Eugenio Berríos, hasta el año 1995, fecha en que sus restos aparecieron en una playa en Uruguay.


Caso Tucapel Jiménez

En el mes de Mayo de 1998, el Ministro en Visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Sergio Valenzuela Patiño, que instruye las causas por homicidio del ex Presidente de la ANEF Tucapel Jiménez y del carpintero Juan Alegría Mundaca, dictó una resolución en la investigación por la muerte del carpintero, que dio inicio al período del término probatorio, en el cual las partes contraponen las pruebas existentes en el proceso.

En este período, fueron citados a declarar los cuatro acusados por el homicidio de Juan Alegría: el Suboficial (R) de Carabineros, Armando Cabrera Aguilar, el civil Osvaldo Pincetti Gac, el Mayor (R) de Ejército Alvaro Corbalán Castilla y el mencionado Herrera Jiménez, todos ellos ex funcionarios de la CNI.

Cabe recordar que, cuando fue encontrado el cuerpo sin vida del carpintero, apareció una carta supuestamente firmada por él, en la que confesaba su autoría en el homicidio de Tucapel Jiménez y expresaba su arrepentimiento. En el proceso se encuentra probado que en la muerte de Alegría participaron terceras personas y que la señalada carta es falsa. No obstante, los abogados defensores solicitaron la absolución de los cuatro ex funcionarios de la CNI e insisten en la tesis del suicidio y que ellos son víctimas de un montaje para involucrarlos en el asesinato de Alegría Mundaca.

Los interrogatorios iniciados en este período probatorio a los acusados, se realizan en audencia pública y pueden ser contra-interrogados por los abogados querellantes. Durante el interrogatorio de Osvaldo Pincetti, los abogados de la parte querellante y del Consejo de Defensa del Estado no pudieron estar presente, debido a que el Ministro no permitió su ingreso por haber llegado retrasados a la audiencia, impidiendo de esta manera hacer valer el derecho que les asiste y tranformándola en una audiencia secreta y no pública. Los abogados señalaron que no hay impedimento legal para ingresar a la audiencia por el hecho de llegar retrasados.

Por otro lado, en el mes de Abril de 1998, el abogado de la familia de Juan Alegría solicitó en Valparaíso la exhumación de los restos de la víctima, que se encontraban extraviados y aparecieron en una fosa común de Playa Ancha, luego de lo cual fueron instalados en un nicho familiar. El objeto de esta diligencia es que se posibilite un peritaje a expertos forenses de Estados Unidos, para confirmar su causa de muerte.

También se informó del interrogatorio del Mayor (R) de Ejército Carlos Herrera Jiménez, quien además se encuentra cumpliendo condena por el homicidio del transportista Mario Fernández en el recinto de la CNI en La Serena, hecho ocurrido el año 1984.


Caso Prats

El 1 de Abril de 1998, en la causa que se instruye en Argentina por el homicidio del General Carlos Prats González y de su cónyuge, Sofía Cuthbert, el Ministerio Público Argentino, representado por la Fiscalía Federal en lo Criminal y Correccional a través de los Fiscales Jorge Alvarez Berlanda y Jorge Di Lello, solicitó la declaración de imputación penal del ex Comandante en Jefe del Ejército y actual Senador vitalicio, General(R) Augusto Pinochet, y de los ex jerarcas de la Dina, Generales (R) Manuel Contreras, Raúl y Jorge Iturriaga Neumann, el Brigadier (R) Pedro Espinoza Bravo, el Brigadier (en servicio activo) José Zara, el Capitán (R) Armando Fernández Larios y de la ex funcionaria civil de la Dina, Mariana Callejas, ex cónyuge de Michael Townley.

La fundamentación de esta acusación se basa en la constatación de que este asesinato fue ordenado por la ex Dirección Nacional de Inteligencia, DINA. Se agrega que este crimen formó parte de una trilogía que incluyó los atentados al ex Canciller chileno Orlando Letelier del Solar en Washington y al dirigente demócrata cristiano y ex Vice Presidente de la República, Bernardo Leighton y su esposa Anita Fresno en Roma.

Una solicitud en igual sentido habían presentado las hijas del matrimonio Prats, quienes también entregaron antecedentes al tribunal de un extenso escrito del General (R) Manuel Contreras, que presentara éste en Diciembre de 1997 a la Corte Suprema con el objeto de que se revisara su proceso y se decretara su libertad. En dicho documento, el General Contreras expresa que la DINA dependía directamente del General Pinochet y que éste era su jefe directo.

En Mayo de 1998, el Juez Subrogante acogió la petición de imputación y determinó que existen antecedentes suficientes en el proceso para establecer la responsabilidad criminal de las personas que se señalan anteriormente. Esta imputación en el procedimiento penal argentino es un paso previo al procesamiento de los inculpados y los obliga a comparecer y ser interrogados en el proceso.

En relación a estos hechos, el 1 de Junio de 1998 el Diario Clarín de Buenos Aires denunció que el gobierno chileno, a través del Ministro del Interior Carlos Figueroa, había realizado gestiones ante el gobierno argentino para que no se inculpara al General (R) Augusto Pinochet. Esto se había expresado en entrevistas con su par argentino, Carlos Corach, durante la Cumbre de las Américas. Posteriormente, el ex Subjefe del Ejército de Chile, General (R) Rafael Villarroel se habría reunido, con el mismo propósito, con el Presidente Carlos Menem. En este último encuentro, el Presidente Menem le habría manifestado su disposición a evitar la convocatoria del General (R) Pinochet ante la justicia argentina. Esto fue desmentido por los gobiernos chilenos y argentino.

Mientras se desarrollaba este debate, el Juez Subrogante inició los trámites para decretar la prescripción de los acusados. Respecto de esto, la Fiscalía Federal debía emitir un informe, lo que fue suspendido cuando asumió su titular.

En Junio de 1998, la Jueza Servini despachó los exhortos a la justicia chilena, para la notificación de imputación del General (R) Manuel Contreras y del Brigadier (R) Pedro Espinoza. El Fiscal de la Corte Suprema emitió su informe recomendando acoger el exhorto. La defensa del General (R) Contreras descartó la factibilidad de que éste compareciera a declarar en Argentina, sin descartar la posibilidad de que fuera interrogado por la Jueza en Chile. Por su lado, el Brigadier (R) Espinoza señaló en una entrevista a un diario que estaba dispuesto a declarar ante el tribunal argentino, pero en Chile.


Caso Letelier

El 18 de Marzo de 1998, la Corte Suprema rechazó el recurso de revisión presentado por la defensa del General Contreras el 23 de Diciembre de 1997, a través del cual pretendía la reapertura del sumario y revisión de la sentencia que lo condenó. En el escrito, de 310 carillas, se afirmaba que el General Contreras actuaba de acuerdo órdenes impartidas por el General Augusto Pinochet, poniendo énfasis en la subordinación de Contreras a éste.

En el fallo, los Ministros expresan que, del examen de las diligencias solicitadas y de las pruebas presentadas, se desprende que no hay hechos nuevos o desconocidos que ameriten la reapertura del proceso. En otro sentido, se señala que, aún cuando éstos antecedentes fueran nuevos para la causa, no eran suficientes para acreditar la inocencia que se pretende establecer del ex Director de la DINA, General (R) Manuel Contreras .

Este recurso, por los antecedentes que se relatan en él y que se dieron a conocer ampliamente, se transformó en objeto de debate entre quienes tuvieron algún protagonismo en los organismos de seguridad del régimen militar. Abogados de derechos humanos lo calificaron más bien de instrumento de una operación de inteligencia, que tenía por objetivo presionar al Ejército, previo al retiro del General Augusto Pinochet, para que se negociara la libertad de los condenados en el proceso por el asesinato del ex Canciller Orlando Letelier. Para estos efectos, se intentó usar información que necesariamente poseen los ex jerarcas de la DINA y la CNI sobre las víctimas de violación a los derechos humanos. No obstante, tanto el documento como las declaraciones prestadas por los implicados no entregaron ningún elemento nuevo que permita avanzar en las investigaciones, ni mucho menos esclarecer las situaciones pendientes. Igualmente, los abogados del "Caso Letelier" señalaron que el escrito del General Manuel Contreras no tenía ninguna validez jurídica, porque no aportaban nada nuevo al proceso y, por otro lado, se encuentran prescritos todos los hechos ocurridos relacionados con la muerte del ex Canciller.

De todas maneras, se desató una verdadera guerra de declaraciones entre los ex Jefes de la Dina y CNI, Generales (R) Manuel Contreras y Odlanier Mena, quienes se acusaron mutuamente de deslealtad, sacando a relucir algunos hechos ocurridos en el período y públicamente conocidos, como la visita frustrada del General Pinochet a Filipinas y otros desconocidos, como un intento de envenenamiento del General Odlanier Mena ordenado por el General Contreras. También tuvo un doble efecto la afirmación de que la DINA dependía del General Pinochet, ya que se entendió que, con estas declaraciones, Manuel Contreras trató de acusar al mismo ex Jefe de Estado por el homicidio de Orlando Letelier y, en consecuencia, de todos los actos en que aparece involucrada la DINA.

Por otro lado, el Pleno de la Corte Suprema ordenó al Fiscal Enrique Paillás abrir un sumario en contra del abogado Humberto Neumann, defensor del General (R) Manuel Contreras, por las declaraciones emitidas por éste en las que acusó a los Ministros de la Segunda Sala Penal de rechazar el recurso, como respuesta a presiones políticas. El objetivo del sumario es analizar si éstas expresiones calificadas de injuriosas pueden dar curso a una querella en contra de Neumann. El abogado explicó públicamente que no había sido su ánimo injuriar ni ofender a los magistrados y los términos empleados se explican por su ofuscación y frustración ante el rechazo del recurso. Señaló además que había presentado por escrito al Presidente de la Corte Suprema las explicaciones pertinentes.

En otro ámbito, en el mes de Enero de 1998, el Brigadier (R) Pedro Espinoza, presentó un reclamo por no haber sido incluido en la lista de postulantes a la libertad vigilada, y solicitó la Contraloría General de la República la instrucción de un Sumario para investigar las causas de esta omisión.

En el mismo sentido, pero por causa contraria, Gendarmería inició un Sumario interno en contra del Alcaide de Punta Peuco y Jefe de Seguridad de Gendarmería, Edmundo Letelier, por incluir en la lista de postulantes a la libertad condicional al General (R) Manuel Contreras, quien no habría cumplido con los requisitos para solicitarla, contraviniendo así el procedimiento establecido para este trámite.

No obstante lo anterior, la Ministro de Justicia señaló que, aunque los condenados cumplieran con los requisitos, la petición de libertad era una facultad y no tenía como correlativo el derecho a obtenerla, lo que era atribución de la autoridad administrativa otorgarla, previo pronunciamiento de una Comisión especial para estos efectos.

Finalmente, en Abril de 1998, la Comisión de Libertad Condicional negó el beneficio la libertad condicional al General(R) Contreras y al Brigadier (R) Pedro Espinoza.


Rechazan solicitudes de libertad vigilada a detenidos en recinto de Punta Peuco

La Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó también las solicitudes de libertad presentadas por otros detenidos que cumplen condenas por violaciones a los derechos humanos y que se encuentran recluidos en el recinto de Punta Peuco, además de los condenados por el homicidio del ex Canciller Orlando Letelier. Estos otros son: el oficial de Carabineros Héctor Díaz Anderson, condenado a la pena de tres años de presidio por el delito de apremios ilegítimos con resultado de muerte del joven Carlos Godoy Echegoyen (1985); el oficial de Carabineros Manuel Agustín Muñoz Gamboa y los funcionarios de esa misma institución Juan Huaiquimilla y Luis Jofré Herrera, condenados por el caso de tres profesionales degollados (1985); Fernando Valdés Cid, condenado por violencia innecesaria con resultado de muerte Nelson Carrasco; y el Mayor (R) de Ejército Carlos Herrera Jiménez, condenado por el homicidio del transportista Mario Fernández López (1984) en un recinto de la CNI en La Serena, quien además se encuentra acusado del homicidio del carpintero Juan Alegría, hecho vinculado al asesinato del Presidente de la ANEF, Tucapel Jiménez (1984).


Caso del Sacerdote Joan Alsina

En el mes de marzo de 1998, se dio a conocer en la televisión española una entrevista realizada a Nelson Bañados, ex soldado chileno, en la que reconoció haber participado en el operativo en que fue asesinado el sacerdote de nacionalidad española, Joan Alsina, ocurrido en Santiago el año 1973, fecha desde la que se encuentra desaparecido.

El ex soldado, que en septiembre de 1973 se encontraba cumpliendo su servicio militar obligatorio, relató que en esa fecha le correspondió trasladar al sacerdote desde el recinto donde lo tenían detenido, el Internado Barros Arana, hasta el Puente Bulnes sobre el río Mapocho, donde fue bajado y él, personalmente, le disparó con su fusil, cayendo el cuerpo al río. El traslado se efectuó en un jeep institucional, conducido por el Capitán Mario Carávez Silva, quien ordenó fusilarlo. Señaló que le correspondió participar en las muertes de otros detenidos en iguales circunstancias, durante los operativos posteriores al 11 de Septiembre de 1973, quedando sus cuerpos tirados en el río Mapocho. El ex Conscripto pidió perdón a la familia de Joan Alsina y expresó que actuó en cumplimiento de las órdenes emitidas por sus superiores.

Cabe señalar que el año 1990, el ex Conscripto había prestado declaración ante el Tercer Juzgado del Crimen de Santiago, donde reconoció lo mismo que lo expresado ante la televisión española. En esa oportunidad, la Jueza Dobra Lusic, estableció que Bañados era autor material de la muerte del sacerdote y el Capitán Carávez el autor intelectual. A ambos se le aplicó el Decreto Ley de Amnistía.


Reapertura de causa por muerte de ex agente de la DINA en Colonia Dignidad

En el mes de Enero de 1998, el Primer Juzgado de Letras de Linares reabrió la investigación por la muerte del ex agente de la DINA, Miguel Becerra Hidalgo y ordenó varias diligencias. El cuerpo de Becerra fue encontrado en Julio de 1974 al interior de su camioneta Luv en un camino rural cercano a la localidad de Florida a unos 10 kms. de Linares. El informe de la autopsia señaló como causa de muerte envenenamiento por monóxido de carbono. Sin embargo, según testimonios de ex residentes en Villa Baviera que huyeron a Alemania, declararon en ese país que Becerra había sido asesinado con un veneno que había sido inyectado en una manzana, la que le fue proporcionada en la ex Colonia Dignidad.


Denuncias por maltratos al interior de recintos militares

Durante el primer semestre del presente año continuaron las denuncias por maltratos al interior de recintos militares. A raíz de una denuncia del Diputado Eugenio Tuma por hechos ocurridos en el Regimiento Rancagua en Arica a dos jóvenes conscriptos que se habían fugado por esta causa, el Ministro de Defensa anunció que se reactivaría una Comisión especial dependiente del Ejército, para recibir denuncias relacionadas con estos asuntos, de parte de los reclutas.

Los conscriptos fugados entregaron su testimonio ante la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, donde señalaron que había otros jóvenes afectados al igual que ellos, pero que no se atrevían a fugarse ni hacer las denuncias respectivas, por temor a represalias.

Por otro lado, los diputados Gabriel Ascencio y Patricio Walker, denunciaron maltratos a catorce conscriptos en el Regimiento Sangra en Puerto Varas, los que habían sido sometidos a golpes y azotes, siendo amenazados por un Cabo para que no hablaran. El Ejército abrió un Sumario por estos hechos, luego que los padres de los afectados interpusieran un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. Finalmente, el Ejército puso a disposición de la Fiscalía Militar al Cabo acusado de los maltratos, quien fue dado de baja de la institución y sometido a proceso por el tribunal militar.

Por otro lado, la causa por la muerte del conscripto Pedro Soto Tapia, cuyos restos aparecieron en Marzo de 1997, dos meses después de haber desaparecido desde el Regimiento Yungay en San Felipe, continuó su tramitación, realizándose varias diligencias para establecer las causas de la muerte. Los informes divergentes de los peritos de la Policía de Investigaciones y del Servicio Médico Legal, por el otro, provocaron una polémica a través de los medios de prensa. Los primeros afirmaron que se trataba de un suicidio, en tanto los segundos aseguraron que se trataba de una muerte provocada por la acción de terceros. Finalmente, el Servicio Médico Legal emitió un Informe en el cual señaló que la causa era indeterminada y podía establecerse, a través de una "autopsia psicológica" y por antecedentes recabados, que había presencia de conductas sodomíticas y de consumo de drogas en este caso.


Juicio en España contra ex Junta Militar Chilena

La investigación iniciada por el Juez de la Audiencia Nacional de España Manuel García Castellón por la desaparición de personas en Chile, ha continuado durante el primer semestre del año 1998.

Durante este período, han seguido prestando declaración diversos testigos, en su mayoría ex detenidos de los centros de reclusión secretos. También entregó su testimonio el ex directivo del Comité de Cooperación para la Paz en Chile, Obispo Luterano Helmuth Frenz, quien señaló que en una entrevista sostenida junto al ex Secretario Ejecutivo de ese Comité, el entonces Obispo Auxiliar de Santiago, Fernando Ariztía, con el General Pinochet, éste había reconocido la práctica de la tortura en contra de los detenidos.

Asimismo, el Juez García Castellón viajó en el mes de Enero a Estados Unidos, para efectuar indagaciones y tomar declaraciones a testigos protegidos por el sistema norteamericano. El Juez señaló que el FBI había prestado valioso apoyo a la investigación.

Por otro lado, la Corte Suprema chilena recibió un exhorto de la justicia española solicitando antecedentes sobre las violaciones a los derechos humanos en el período investigado. El Fiscal de la Corte, Enrique Paillás, emitió un Informe recomendando acoger el exhorto y dar curso a lo solicitado por el tribunal español. Sin embargo, la Segunda Sala de la Corte Suprema, por unanimidad, rechazó esta solicitud "sin perjuicio de las gestiones que puedan realizarse por la vía que corresponda para obtener los textos legales que enuncian la petición".

En este contexto, la controversia desatada en España respecto de la competencia de los tribunales españoles para investigar los casos de violación de derechos humanos en Argentina y Chile continuó. Así, a fines del mes de Marzo, el Juez García Castellón resolvió cerrar el Sumario, acogiendo de esta manera la solicitud presentada por el Fiscal nacional, Ignacio Peláez, quien es de opinión que esos tribunales no tienen jurisdicción para investigar. Esta resolución debe ser ratificada por la Sala Penal de la Audiencia Nacional, la que aún no se pronuncia sobre este asunto.

Por otro lado, el Juez Baltazar Garzón, que investiga los casos de violaciones de derechos humanos cometidos en Argentina, inició una investigación sobre la responsabilidad que le cabe al General (R) Augusto Pinochet en la desaparición de 119 detenidos en Chile por la Dina, que habrían sido afectados por la llamada "Operación Cóndor". Estas 119 personas, fueron informadas como muertas en Argentina en supuestos enfrentamientos entre ellas mismas. Sin embargo, todas ellas habían sido detenidas en Chile y su arresto no fue reconocido por las autoridades chilenas.


La Colonia Dignidad

Durante el primer semestre del año 1998 continuó la búsqueda de Paul Schaefer al interior de Villa Baviera. El hecho más importante en este sentido fue la orden dictada en el mes de Marzo por el Ministro en Visita Hernán González, para que efectivos de Carabineros y de Investigaciones se instalaran en Villa Baviera durante un período de treinta días, con el principal objetivo de encontrar a Schaefer y realizar un conjunto de operativos para desbaratar los sistemas de protección existentes en su interior y el empadronamiento de las personas que allí habitan. Asimismo, la policía tenía orden de proteger a los niños que se encontraran en el lugar. En el inicio de la ocupación, fueron detenidos cuatro colonos que intentaron impedir por la fuerza el ingreso de las fuerzas policiales. Simultáneamente a este ingreso, en Santiago se efectuó un minucioso allanamiento a la propiedad de Colonia Dignidad situada en Avda. Campos de Deportes en la comuna de Ñuñoa.

En esos mismos días, la Corte Suprema declaró inadmisible un recurso interpuesto por el abogado querellante, a fin de que se negara el conocimiento del Sumario a los directivos de la Colonia. De esta manera, los alemanes pudieron conocer las investigaciones efectuadas por el Ministro.

Durante los operativos realizados durante este período, se logró establecer la existencia de sensores de seguridad, túneles y subterráneos que antes no se habían ubicado, como también se pudo descubrir los camuflajes para que estos lugares no fueran encontrados. Todas estas instalaciones e implementos eran de gran sofisticación y nivel técnico. Además, se incautó armamento de fuego que no se encontraba debidamente inscrito. Sin embargo, lo más importante fue el hallazgo de abundante documentación escrita y gráfica sobre la Colonia. Esta documentación, que fue puesta a disposición del tribunal, permitiría demostrar que Paul Schaefer se encontraba al interior de Villa Baviera hasta mucho tiempo después de que se dictara la orden de detención en su contra.

Por este operativo se interpusieron dos recursos, uno de amparo por la detención de los colonos y otro de protección en contra de la vigilancia permanente, los que fueron rechazados por la Corte de Apelaciones de Talca, tribunal que consideró que esta medida se encuentra muy bien fundamentada y ejecutada por el Ministro en Visita. Además, no se encontraba restringida la libertad de movimiento de los colonos, dentro ni fuera del lugar.

Esta diligencia fue cuestionada también por el excesivo gasto que significaba para el Estado chileno la búsqueda de Paul Schaefer, el que ascendía a doscientos millones de pesos. No obstante el Prefecto Regional de la Policía de Investigaciones expresó que el gasto era necesario, porque era para evitar que estos hechos se repitieran. Por su lado, el Subsecretario del Interior declaró que lo importante no era lo que se gastaba, sino que se hiciera justicia. Igualmente, también se dio a conocer en la prensa la cifra estimada que se gastaba mensualmente en proteger a Schaefer, que asciende a cincuenta millones de pesos mensuales.

En relación a estos hechos, se produjo también una polémica debido a un comentario emitido por el sacerdote Raúl Hasbún en las noticias del Canal 13 de la Corporación de Televisión de la Universidad Católica, en el que criticó la medida decretada por el Ministro en Visita y defendió a Paul Schaefer señalando que "...se dice que en ese predio estaría una persona de la que el Estado de Chile ni siquiera sabe con certeza jurídica que haya cometido un delito. Un delito que, por lo demás, se comete centenares de veces en Chile, este y otros peores, respecto de los cuales existe certeza jurídica plena y pistas suficientes para aprehender a sus presuntos culpables, pero el aparato jurídico policial de Chile no lo hace..." El Obispo de la zona, Monseñor Carlos Camus, emitió una declaración manifestando su rechazo a este comentario, el cual le parece que confunde a la gente, que cree que es la postura oficial de la Iglesia, no siendo así. Aclara en su mensaje que los Obispos son la voz más oficial de la Iglesia y que, a nivel nacional, se pronuncian el Presidente y el Secretario de la Conferencia Episcopal y, en el caso de su diócesis, él mismo. También se pronunciaron estas autoridades de la Iglesia, los Obispos Javier Prado y Fernando Ariztía, quienes expresaron que quien mejor podía referirse al tema era precisamente Monseñor Camus y que, además, debía establecerse la verdad de lo ocurrido en Colonia Dignidad porque había situaciones confusas, lo que creaba mayores tensiones.

Con los antecedentes recabados, el 18 de Abril de 1998, el Ministro Hernán González dictó auto de procesamiento en contra de siete miembros de la directiva de la Colonia, Hans Jürgen Blanck (encargado de finanzas), Gerard Mücke (encargado de seguridad), Gerd Seewald (director de empresas y ex director del Internado de Villa Baviera), Kurt Schnellenkamp (fundador de la sociedad inmobiliaria y de inversiones Cerro Florido), Alfred Gerlach (piloto), Gunther Schaffrick (piloto y profesor del Internado) y Ricardo Alvear (encargado de comunicaciones). Todos ellos son procesados por encubrimiento de los delitos cometidos por Paul Schaefer. Esta resolución fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Talca, no obstante se les concedió la libertad bajo fianza a los procesados, y también fue ratificada por la Corte Suprema, al rechazar por unanimidad un recurso de protección interpuesto en favor de los siete jerarcas.

Entre otros antecedentes recogidos como resultado de este operativo, se estableció que ciento veinte jóvenes, alemanes y chilenos, con entrenamiento en defensa personal, no han sido habidos al interior de Villa Baviera. Se sospecha que se encontrarían acompañando y protegiendo a Schaefer en algún lugar de la zona.

Pese a este prolongado operativo y su prórroga de diez días, no pudo ser encontrado el líder alemán Paul Schaefer, debiendo retirarse del lugar la policía civil y uniformada, sin poder dar cumplimiento a la diligencia principal ordenada por el Ministro González.

Respecto de los juicios en Alemania, la Fiscalía Superior de Bonn envió un exhorto a la justicia chilena, que ingresó el 8 de Abril de 1998, en el que solicita abrir una vía de cooperación entre ambas instituciones para la investigación de Colonia Dignidad. El tribunal alemán mantiene tres procesos en contra de la Colonia y solicita el envío de las declaraciones prestadas en su oportunidad por Zalo Luna y Tobías Müller, ambos fugados hace un año desde Villa Baviera. Asimismo, trascendió que estaba en curso una solicitud de extradición de Paul Schaefer, por parte de Alemania.

En otro ámbito, el gobierno de Estados Unidos solicitó que se investigara la desaparición del ciudadano norteamericano Boris Weisfeiler, ocurrida en 1985 en las inmediaciones de la propiedad de Colonia Dignidad en la Octava Región. Según antecedentes entregados por ese país, en la desaparición de Weisfeiler estuvieron involucrados los colonos. Boris Weisfeiler era un profesor de Matemáticas de la Universidad de Pensilvania, de ascendencia judía, que se había nacionalizado norteamericano después que huyera de la Unión Soviética. Según los antecedentes entregados, esta persona habría sido detenida por una patrulla militar y entregada a los alemanes, entre ellos, Paul Schaefer, quienes lo habrían fusilado de un disparo en la nuca, después de someterlo a interrogatorio. La víctima habría estado vinculada a un operativo de la seguridad israelita que buscaba a asesinos nazis en la Colonia Dignidad.

En relación a nuevos testigos, en el mes de Febrero llegó a Chile el ex colono Wolfang Müller, fugado de la Colonia Dignidad el año 1966, quien declaró ante el Ministro en Visita.

Por otro lado, días después del allanamiento, el matrimonio compuesto por Erwin Fege Fabián, Jefe de Seguridad y del sistema de comunicaciones de la Colonia y Brigitte Malessa Boll, abandonaron Villa Baviera y solicitaron la protección de la Embajada de Alemania. El Embajador de ese país declaró que ellos ayudarían a su traslado a Alemania, pero previamente debían comparecer ante el Ministro en Visita. Se temía que esta fuera una maniobra de distracción de los colonos para impedir la detención de su líder. El matrimonio figuraba en una lista de 42 nombres de personas ligadas a la Colonia contra quienes se inició, a fines de 1996, una causa por simulación de contratos, querella entablada por el Consejo de Defensa del Estado sobre la base de antecedentes aportados por el Servicio de Impuestos Internos en una investigación por evasión de impuestos, en el traspaso de bienes de la disuelta Colonia. La pareja prestó declaraciones ante el Ministro Hernán González sin que se decretara ninguna orden en su contra. Finalmente, el matrimonio viajó a Alemania.

Un último hecho que se investiga en relación a la Colonia Dignidad, es la muerte en circunstancias poco claras de Ruth Baar, hija de Hugo Baar, quien escapara de Villa Baviera el año 1984. La mujer, de 43 años, enfermera, habría sido acusada de falta de precaución con Paul Schaefer, quien habría fallecido por no recibir cuidados suficientes. La enfermera habría sido sometida a duros interrogatorios que no habría soportado y provocaron finalmente su muerte. El Certificado de Defunción fue expedido por el Doctor Harmut Hopp, segundo líder de los colonos, quien certificó como causa de fallecimiento "muerte súbita cardiogénica, shock cardiogénico por infarto, corpulmonale", deceso ocurrido el día 3 de Enero de 1998 a las 18,30 hrs. Esta muerte se mantuvo en reserva hasta mediados de año y fue dada a conocer a sus padres que se encuentran en Alemania, quienes anunciaron una querella criminal en contra del doctor Hopp.


Demandas civiles en contra del Estado Chileno por casos de violaciones a los derechos humanos durante la Dictadura Militar

Durante el primer semestre del año 1998, se presentaron nuevas demandas civiles ante los tribunales de justicia, en contra del Estado chileno, reclamando indemnizaciones por daños y perjuicios causados por violaciones a los derechos humanos cometidas por agentes del estado durante el régimen militar.

En el mes de Abril de 1998, familiares de dieciséis víctimas detenidas desaparecidas en la localidad de Paine entablaron demandas en contra del Fisco, por daños materiales y morales cometidos en su contra durante el gobierno militar, por agentes del Estado que provocaron su muerte y desaparición.

El mismo mes, los familiares de Juan Antonio Ruz Díaz, ex Regidor socialista por Iquique, ejecutado en Pisagua en Octubre de 1973, presentaron una demanda por 450 millones de pesos, por daños materiales y morales cometidos por agentes del Estado que provocaron su muerte y posterior desaparición. Los restos de la víctima aún no son encontrados.

En Junio de 1998, familiares de otras tres víctimas de Pisagua, presentaron también demandas civiles en contra del Fisco, solicitando una indemnización de 450 millones de pesos. Ellos son: Luis Manríquez Wilden, que fue hallado el año 1990 junto a otras veinte osamentas en las fosas comunes de Pisagua. Manríquez había sido detenido en Iquique el año 1973, junto a sus tres hijos, acusado de porte de armas de fuego y de tráfico de estupefacientes, siendo posteriormente trasladado a Pisagua, donde fue fusilado junto a otros detenidos y su cuerpo hecho desaparecer. El segundo es Isaías Herrera Zúñiga, ex Gendarme de la Cárcel de Iquique, que fue detenido en esa ciudad el 14 de Enero de 1974. El tercero, se trata de Hugo Tomás Martínez Guillén, comerciante de Iquique que fue detenido en su domicilio el 2 de Noviembre de 1973.

Otra demanda fue presentada en Junio de 1998, por familiares del ex funcionario de Naciones Unidas Fernando Olivares Mori, solicitando una indemnización por sumas superiores a los 150 millones de pesos, en favor de su cónyuge y sus hijos. Olivares Mori fue detenido en las oficinas de CELADE el 5 de Octubre de 1973, siendo trasladado al Ministerio de Defensa y posteriormente al Estadio Nacional, desde donde desapareció. El año 1990 sus osamentas fueron encontradas en el Patio 29, siendo identificado por el peritaje del Servicio Médico Legal y sus restos entregados en Abril de 1998. Se estableció que la causa de muerte eran heridas a bala y la fecha de su muerte el 20 de Octubre de 1973.

Después de los intentos por llegar a acuerdos extra judicial entre el Consejo de Defensa del Estado y Carmen Gloria Quintana, en la demanda por indemnización presentada por la afectada el año 1990 en contra del Estado, por los daños y perjuicios causados en su persona, no se logró un convenio, debido a que el Consejo puso como requisito y condición al pago de la indemnización (en cantidad inferior a la establecida en la sentencia del tribunal) el que Carmen Gloria Quintana se comprometiera a que su pequeña hija, no interpusiera demandas cuando cumpliera los 18 años. Esta exigencia no había sido planteada por el Consejo y fue impuesta a última hora.

Tampoco se llegó a acuerdo extrajudicial con los familiares de Mario Fernández López, transportista de La Serena muerto el año 1984 en dependencias de la CNI de esa ciudad a consecuencia de las torturas de que fue objeto por parte de efectivos de ese servicio de seguridad. En este caso, también apeló el Consejo de Defensa del Estado a la sentencia dictada por el tribunal y ofreció a la familia la mitad del monto establecido por los tribunales, no llegando a acuerdo. Finalmente, la Corte Suprema estableció el monto a pagar por el Fisco, fijándolo en la misma cantidad que había determinado el tribunal de primera instancia en el primer fallo.


Aprobación en el Senado de Proyecto de Ley sobre detención de ciudadanos y protección de sus derechos

En la sesión del 20 de Mayo de 1998, el Senado, luego de acoger el Informe presentado por la Comisión Mixta, aprobó el proyecto de ley que reforma la figura penal de la detención "por sospecha" estableciendo normas de protección a los derechos personales, garantizados en la Constitución. Esta normativa intenta proteger y promover las garantías civiles de la persona que es detenida por la fuerza pública, particularmente los jóvenes.


Restitución de bienes confiscados a los partidos políticos durante el régimen militar

En el mes de Enero de 1998 fue aprobado por el Senado el Proyecto de Ley de Restitución de Bienes que fueron confiscados a los partidos políticos y personas naturales y jurídicas durante el régimen militar, por la aplicación de los Decretos Leyes números 12, 77, y 133 de 1973, N1697 DE 1977 y N 2346 de 1978. Este proyecto debe pasar a tercer trámite en la Cámara de Diputados, debido a que fue modificado el proyecto original aprobado por la Cámara Baja.

El proyecto establece que se procederá al pago de indemnizaciones a sus propietarios cuando no sea posible su devolución debido a alguna razón que impida jurídica o materialmente la restitución.


Creación de un banco de ADN para la identificación de detenidos desaparecidos

En el marco de las reformas y el proceso de modernización impulsados por el Ministerio de Justicia, el Servicio Médico Legal creará un Banco de Sangre con muestras de las madres y familiares de detenidos desaparecidos, con el objeto de, a futuro, comparar estas muestras con restos que puedan seguir encontrándose y que sean sospechosos de pertenecer a alguna de las víctimas. De esta forma, se podrán identificar los restos de manera inequívoca, aún cuando las madres de los desaparecidos ya no estén.


Nueva identificación de osamenta del patio 29

El 21 de Abril de 1998, fueron entregados a sus familiares los restos encontrados en el Patio 29 del Cementerio General que fueron identificados como pertenecientes a Fernando de la Cruz Olivares Mori, ex funcionario de Celade. Olivares Mori había sido detenido el 5 de Octubre de 1973, fecha desde la cual se encontraba desaparecido. La detención fue practicada por una patrulla naval al mando del entonces Teniente Jorge Osses Novoa, siendo llevado al Ministerio de Defensa. Estos hechos fueron investigados en el Sexto Juzgado del Crimen de Santiago, causa que fue sobreseída temporalmente el año 1977, por no encontrarse acreditada la existencia de un delito.


Dictan condena para detectives por detención ilegal

El Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Alejandro Solís Muñoz, condenó a ocho funcionarios de Investigaciones por el delito de detención ilegal de la ciudadana brasileña Tania Cordeiro Vaz y su hija Patricia Vaz Peres de Amorin, ocurrido el 28 de Marzo de 1993. La mujer fue detenida junto a su hija en su domicilio en la ciudad de Rancagua y trasladadas a Santiago, siendo dejadas en libertad al día siguiente. Nuevamente fueron detenidas y trasladadas a Santiago el 30 de Marzo. La mujer fue acusada de estar vinculada con presuntos asaltos de carácter terrorista.

La condena aplicada a los autores es de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión del empleo por un año y el pago de las costas de la causa.

Igualmente, el fallo ordena al Fisco, en conjunto con los funcionarios condenados, el pago de 20 millones de pesos, con reajuste según IPC, por el daño moral sufrido por la hija, Patricia Vaz Peres de Amorin, acogiendo una demanda civil interpuesta por la afectada.


Denuncia por torturas y muerte de un taxista en cuartel de carabineros

El lunes 12 de Enero de 1998, pasado el mediodía, el taxista Raúl Palma Salgado fue detenido por Carabineros junto a otras dos personas, Carlos Mardones Soto y Exequiel Miranda Reyes, en la comuna de La Cisterna, todos los cuales fueron trasladados hasta dependencias de la SIP de Carabineros en Vitacura. Carabineros informó que los tres viajaban en un automóvil con patente adulterada, en cuyo interior fue encontrada una pistola, un revólver, otra arma de aire comprimido y chalecos con distintivos de la Policía de Investigaciones. Alrededor de las 21,00hrs., los uniformados llevaron a Palma Salgado hasta la Clínica Alemana, donde fue ingresado con un paro cardio respiratorio, sobreviniéndole otro posteriormente del que no pudo ser rescatado por los médicos que lo atendieron. El Certificado de Defunción establece que la causa de muerte fue traumatismo cervical torácico abdominal. La autopsia estableció que el cuerpo de Palma presentaba desgarros internos y fracturas múltiples.

Testigo de estos hechos fue otro detenido, Luis Vásquez Ramírez, que también había sido detenido y conducido al mismo cuartel junto a su hermano Orlando Francisco. Señala que alrededor de las cinco de la tarde llegaron los tres detenidos, entre ellos el taxista, quienes iban vendados y se veían bien físicamente. El testigo expresa que pudo ver cuando los policías golpeaban a Palma y le ponían agua por las narices con botellas, como también cuando llevaban los cables para aplicarle electricidad. Dice que esto mismo le hicieron a su hermano y que él también fue golpeado. Luis Vásquez, con el patrocinio de abogados del Codepu, interpuso una denuncia por violencia innecesaria ante la Sexta Fiscalía Militar.

Según declaraciones prestadas por una mujer que había presentado una denuncia de asalto con robo en su persona, hecho ocurrido el 22 de Diciembre de 1997, reconoció al taxista como autor de dicho asalto. Además, señaló reconocer entre las especies incautadas a Palma, las pertenencias que le habían sido sustraídas. La mujer declaró que los policías la llevaron hasta el cuartel para que reconociera al detenido, donde lo vio en perfecto estado, sin lesiones ni moretones y que lo volvió a ver alrededor de las 20,30 hrs. en el patio del cuartel, esposado.

En la Sexta Fiscalía Militar se inició una causa por estos hechos, donde declararon los médicos de la Clínica Alemana que atendieron a Palma Salgado y los funcionarios del Servicio Médico Legal que le practicaron la autopsia. El hijo de la víctima interpuso una querella ante el 33 Juzgado del Crimen de Santiago, por apremios ilegítimos con resultado de muerte en la persona de su padre. El tribunal castrense encargó reos a los cuatro policías dados de baja por la institución.

Por otro lado, el abogado patrocinante del hijo de la víctima, Nelson Caucoto, solicitó a la Corte de Apelaciones de Santiago la designación de un Ministro en Visita, lo que fue acogido por el tribunal, designando a la Ministro María Antonia Morales como instructora de la causa. La Ministro, después de revisar los antecedentes, se declaró incompetente.

Esta muerte produjo gran conmoción y provocó el rechazo de las autoridades de Gobierno, como también de Diputados integrantes de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara. Por otro lado, Carabineros, después de concluir un sumario interno, dio de baja a cuatro funcionarios que interrogaron al taxista. No obstante, el Subsecretario del Interior declaró que la investigación judicial seguía su curso y allí podría determinarse si había otros responsables en esta muerte.

Estos hechos pusieron en primera línea el problema del tratamiento a los detenidos en los recintos policiales y los procedimientos utilizados por Carabineros. Esta situación se suma a otras denuncias efectuadas en el último tiempo que también concluyeron con la baja de los funcionarios. Se espera que con la reciente aprobación del proyecto de Ley sobre los derechos del detenido se podrá ir erradicando estas prácticas en los procedimientos policiales. Según señalan los organismos de derechos humanos como el Codepu y la Comisión Chilena de Derechos Humanos, un problema importante es que la declaración extrajudicial es determinante en la condena posterior, en consecuencia, la policía se esmera en buscarla. Cuando se implemente la reforma al sistema procesal penal, estas prácticas debieran eliminarse definitivamente.


Nuevos criterios de la Corte Suprema en fallos sobre causas de derechos humanos

Derogación de aplicación de ley de amnistía. A diferencia del año 1997, en que se aplicó el decreto ley de amnistía para dictar el sobreseimiento definitivo en varias causas de derechos humanos, durante el primer semestre de 1998, la Corte Suprema ha revocado en varios procesos la aplicación de la amnistía. Estas causas corresponden a los siguientes casos:

En el mes de Marzo, se dejó sin efecto el sobreseimiento definitivo del proceso por la desaparición de 24 campesinos en Paine, que había sido decretado por la Corte Marcial en Junio de 1996. En su fallo, la Sala Penal de la Corte Suprema resolvió dejar sin efecto la aplicación de la amnistía y ordenó el sobreseimiento temporal y parcial de la causa, lo que permite a los querellantes solicitar la reapertura de la causa y continuar con la investigación del paradero de las víctimas. Este proceso acumuló la investigación de cuarenta detenidos desaparecidos, 16 de los cuales fueron hallados sus restos en el Patio 29 del Cementerio General sepultados como NN e identificados por el Servicio Médico Legal luego que fueran exhumadas estas sepulturas. En estos últimos casos el sobreseimiento quedó definitivo.

En el mes de Mayo, nuevamente la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema acordó revocar la aplicación de la amnistía en la causa que investiga la desaparición de ocho militantes del Mir que habían sido detenidos en Valparaíso en el verano del año 1975 por agentes de la Dina y luego trasladados a Villa Grimaldi, recinto secreto de prisioneros en Santiago. La aplicación de la amnistía había sido dictada por la Corte Marcial.

En el mes de junio, otro sobreseimiento definitivo en virtud del Decreto ley de amnistía fue revocado por la Corte Suprema, al fallar un recurso de casación interpuesto por el Abogado Nelson Caucoto, por la sentencia dictada en el caso del desaparecido Luis Ortíz Moraga, detenido en Diciembre de 1974 por efectivos de la Dina, fecha desde la que se desconoce su paradero. Los Ministros consideraron en este caso que "Hasta el momento no es posible la tipificación precisa de algún ilícito que pueda dar o no lugar a la aplicación de la amnistía", además, ordena que la causa vuelva al estado de sumario, para que se continúe la investigación.

Cabe señalar que, en todos los casos enunciados, el Auditor General del Ejército, Fernando Torres Silva, integró la Sala para el conocimiento de los recursos interpuestos, pronunciándose en todos ellos en contra de los acuerdos de los Ministros de la Corte Suprema que componen la Segunda Sala Penal y de los abogados que la integraron en reemplazo de algunos de ellos.


Competencia civil en causas de víctimas de derechos humanos

Por otro lado, también cambió el comportamiento de la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema en el conocimiento de contiendas de competencia trabadas entre los tribunales ordinarios y la justicia militar, en procesos sobre detenidos desaparecidos o ejecutados políticos.

En este sentido se fallaron dos procesos en el mes de Abril de 1998. Uno, correspondiente a la causa por secuestro de Leopoldo Muñoz Andrade, detenido por la Dina en Julio de 1974, fecha desde la cual se encuentra desaparecido. La otra, se refiere a la muerte de un conscripto de la Escuela de Infantería de San Bernardo, que fuera ejecutado en Diciembre de 1973 en ese recinto militar. En ambas causas se resolvió que la competencia para su investigación quedaba radicada en la justicia ordinaria; en el Tercer Juzgado del Crimen en el primer caso y en el Primer Juzgado de San Bernardo en el segundo. Nuevamente, en ambos casos el único voto en contra fue el del Auditor General del Ejército, Fernando Torres Silva.

Cabe señalar que en el último año y medio, han sido citados a declarar a los tribunales alrededor de 200 uniformados, activos y en retiro. A esto se agrega que hay cien causas abiertas en estos momentos y otras 600 con sobreseimiento temporal, es decir, que pueden ser reabiertas si se allegan nuevos antecedentes a ellas.

Este nuevo escenario en los procesos por violaciones a derechos humanos está íntimamente relacionado con los cambios producidos en la composición de la Corte Suprema. Esto se vio culminado con la reforma aprobada a fines del año pasado, que permitió un importante cambio de los integrantes del máximo tribunal. Los nuevos Ministros, que se sumaron a otros ingresados en los últimos años, han expresado con sus votos una postura de interpretación de la ley de amnistía que permite continuar las investigaciones, hasta el esclarecimiento de los hechos y determinar la existencia de delitos, aunque no se establezcan las responsabilidades penales correspondientes.

Por otro lado, el Presidente de la Corte Suprema, Roberto Dávila, en declaraciones emitidas a la prensa extranjera se pronunció respecto de la ley de amnistía, señalando que la Junta Militar se había dado un "perdón anticipado", para olvidar violaciones a los derechos humanos y no se investigaran ciertos hechos. El Ministro Dávila agregó que los cambios en el Poder Judicial han permitido a la Corte Suprema remontar la imagen de obsecuencia que tenía durante el régimen militar. Después de estas declaraciones, expresó otras en las que señaló que era partidario de la dictación de una ley interpretativa del Decreto Ley 2191, de amnistía, que establezca los parámetros referentes a su aplicación.

Esto fue bien acogido por un grupo de parlamentarios de la Concertación, quienes días antes habían anunciado que reactivarían un proyecto de ley en este sentido, que había sido presentado el año 1992. En tanto, parlamentarios de oposición al gobierno opinaron lo contrario y criticaron las expresiones del Presidente de la Corte Suprema, señalando que una ley interpretativa, al contrario de aliviar los problemas del país, los agudizaría.

El proyecto de ley que se intenta reactivar propone restringir la aplicación de ese decreto y queden excluidos aquellos casos en que se han cometido graves violaciones a los derechos humanos. Para el Abogado José Zalaquett, ex Presidente de Amnistía Internacional y ex Integrante de la Comisión Rettig, los problemas de interpretación de la ley de amnistía son básicamente dos: Uno, si la ley tiene validez respecto de todos los delitos y no excluye los de lesa humanidad, como debiera ser debido a los tratados internacionales suscritos por Chile. Un segundo problema es, si se aplica automáticamente o debe investigarse primero para acreditarse plenamente la comisión de un delito amnistiado y en el plazo establecido en la ley. La jurisprudencia ha tenido una posición única respecto del primer problema: se aplica a todos los delitos, incluyendo los calificados de lesa humanidad por el derecho internacional, pero no ha sido igual en el segundo nivel de problemas. El abogado opina que lo más importante sería aclarar que la ley de amnistía no puede contradecir el derecho internacional vigente ni los tratados internacionales que ha suscrito Chile. De esta manera, quedarían automáticamente excluidos de la aplicación del DL 2191 los casos de detenidos desaparecidos, ya que es considerado un delito de lesa humanidad.


Participación del Auditor General del Ejército en la Corte Suprema

Luego de aprobada a fines del año 1997 la reforma constitucional relativa a los miembros de la Corte Suprema y su designación, se inició un debate en torno a la participación del Auditor General del Ejército en el máximo tribunal cuando se trataran causas relativas a la justicia militar. De acuerdo a la reforma del Código de Justicia Militar del año 1977, artículo 70 letra A, el Auditor General del Ejército debe integrarse a la Corte Suprema en todas aquellas materias referentes a la justicia militar y las Cortes Marciales. Con el tiempo, el Auditor integró la Corte Suprema no sólo en estas materias, sino también en las de la justicia ordinaria, cuando se trataban temas en que estaban involucrados militares, como lo son todas las instruidas por violaciones a los derechos humanos.

Según parlamentarios de la Concertación, con esta reforma constitucional, el Auditor no podría continuar integrante la Corte Suprema, ya que sus miembros los establece en 21, los cuales deben ser elegidos por el Presidente de la República y ratificados por el Senado, condiciones que no cumple el auditor. No obstante, los parlamentarios son partidarios de una disposición que, de manera explícita, derogue el artículo 70-A del Código de Justicia Militar. Además, señalan que con la integración del auditor en estas causas se pasa a llevar un principio fundamental del derecho, cual es el de que no se puede ser juez y parte en un asunto jurídico.

Esta iniciativa fue rechazada por el abogado del Ministerio Público Militar, César Ocaranza, quien expresó que el auditor tiene como función "ilustrar a los magistrados en materias de derecho penal militar o justicia castrense".

En el mes de Marzo de 1998, se presentaron tres recursos de inaplicabilidad en contra de la participación del Auditor Torres Silva en la Corte Suprema. Dos se refieren a causas por detenidos desaparecidos, una por un grupo de campesinos en Parral y otra por el matrimonio formado por los militantes del Mir Edwin Van Yurick y Bárbara Uribe. El tercero es en la causa que investiga la llamada "Operación Albania" (antecedentes en este mismo informe). La Corte Suprema no acogió los recursos que se presentaron y el Auditor integró la Sala Penal de ese tribunal para resolver las materias referidas a dichos procesos.


Debate acerca del tratamiento de información relacionada con detenidos desaparecidos y ejecutados políticos

Denuncias sobre fusilamientos e inhumaciones ilegales en Pisagua.

En el mes de Mayo de 1998, el Diputado de la Segunda Región, Felipe Valenzuela, entregó antecedentes a los tribunales de justicia, en relación a un testimonio reservado que le entregó un ex uniformado, en que expresaba que había participado en una ejecución de prisioneros políticos el año 1973, cuyos restos estaban enterrados en una fosa en Pisagua. Junto a otros parlamentarios de la Concertación, que presentaron una querella por los posibles delitos que se establecieran, presenciaron las excavaciones decretadas por el Juez de Pozo Almonte en el lugar señalado por el testigo.

En el lugar se determinó la fosa donde fueron encontradas numerosas osamentas, las que fueron trasladadas a Iquique, para ser analizadas por peritos antropólogos. El resultado de estas pericias determinó que los restos eran de antigua data y no correspondían a víctimas del año 1973. No obstante, el tribunal continuó con diligencias destinadas a establecer la verdad de lo declarado por el testigo.

Esta denuncia de inhumación ilegal se suma a otra efectuada poco tiempo antes por el mismo parlamentario, la que también resultó no corresponder a hechos en que estaban involucradas víctimas detenidas desaparecidas.


Presencia de detenidos desaparecidos en Colonia Dignidad.

En esos mismos días, el Abogado del Ministerio del Interior, Humberto Lagos, efectuó declaraciones a la prensa, señalando que tenía antecedentes de que en Colonia Dignidad se encontrarían con vida una gran cantidad de detenidos desaparecidos, lo que causó gran conmoción en los familiares de las víctimas.

Estas situaciones han provocado el rechazo de organismos de derechos humanos y de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, sobre todo en lo que se refiere al tratamiento de la información. Además, se destaca una falta de coordinación entre quienes han recibido estos testimonios con los organismos de derechos humanos, descuidando una atención preferencial a los familiares por lo sensible de estos temas.

En relación a estos hechos, el Ministerio del Interior publicó una inserción en la prensa, en la que expresa que es conveniente que quienes tengan antecedentes de situaciones relacionadas con las víctimas, concurran a la oficina especial creada por ese Ministerio para estos asuntos, que es continuadora de las funciones que efectuaba la ex Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación. De esta manera, debido a que aquí se guardan valiosos antecedentes, sus funcionarios pueden dar el tratamiento adecuado a estas informaciones, además de la correspondiente coordinación con las agrupaciones de familiares de las víctimas y efectuar las denuncias que correspondan a los tribunales de justicia.


Denuncias ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Resolución Condenatoria por aplicación de Decreto Ley de Amnistía en 19 casos de detenidos desaparecidos.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos emitió una resolución en contra de Chile por no cumplir con la derogación de la ley de amnistía en la investigación de 19 casos de detenidos desaparecidos y seis ejecutados políticos durante el régimen militar. Esta resolución fue dictada en el mes de Abril de 1998, pero fue dada a conocer públicamente en el mes de Mayo. Esta es la segunda reconvención de la Comisión en contra del Estado chileno.

Se precisa que el Ejecutivo argumentó en su defensa que el Decreto Ley de Amnistía 2191 fue dictado durante el gobierno militar de facto y que la especial situación de retorno a la democracia en Chile obligó al gobierno a acoger las reglas impuestas por el régimen militar, las que no pueden modificarse sino de conformidad con las normas impuestas en la Constitución Política.

Denuncia por violación a la libertad de expresión

La Comisión acogió una denuncia presentada por la Asociación de Abogados por las Libertades Públicas, por violación a la libertad de expresión, después que la Corte Suprema fallara por prohibir la exhibición en Chile de la película "La Ultima Tentación de Cristo". El objetivo de los denunciantes es que la Comisión condene al Estado chileno por haber violado el artículo 13 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, suscrito por el Estado chileno en 1990, y que se remita el caso a la Corte Interamericana a fin de obtener una sentencia vinculante en contra de Chile. Esto podría establecer la posibilidad de una indemnización a los afectados y medidas de reparación frente a la violación, entre las que podría incluirse la exhibición de la película.

Denuncia por institución de senadores designados y vitalicio

Un grupo de once abogados chilenos, entre los que se encuentran Roberto Garretón, el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos Jaime Castillo Velasco, la ex Diputada Martita Wöerner y el ex Diputado Andrés Aylwin, hicieron una presentación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en la que impugnan la institución de los Senadores designados y vitalicios por considerarla violatoria del derecho a la participación política en condiciones de igualdad, conforme lo establece la Convención Americana de Derechos Humanos, ratificada por el Estado chileno en 1990. Los abogados individualizados comparecieron a una audiencia especial ante la Comisión para defender esta presentación que, de acogerse, podría concluir en una recomendación a Chile para eliminar dicha institución, lo que constituiría un precedente ético y legal para reformar la Constitución Política. El gobierno chileno no compareció a la audencia de la Comisión para formular descargos. Esta presentación se resolverá en la Sesión de la Comisión del mes de Septiembre de 1998.

Denuncia por violación a los derechos del pueblo mapuche

La Comisión acogió una denuncia presentada en contra del Estado chileno, por la condena que fueron objeto 140 mapuches integrantes del Consejo de Todas las Tierras, por los delitos de usurpación de tierras y asociación ilícita, cuando ocuparon predios que reclamaban en virtud de derechos ancestrales. Esta condena de los tribunales de justicia es considerada por los denunciantes como atentatoria a los derechos del pueblo mapuche, consagrados en el Pacto de Derechos Civiles y Políticos (Pacto de San José) y en la Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre, suscritos por Chile. La reclamación argumenta que los 140 indígenas fueron víctimas de actos de denegación de justicia, abusos de poder y notable violación de sus derechos.


Nuevo Arzobispo para la Diócesis de Santiago

En el mes de mayo de 1998, asumió el nuevo Arzobispo de Santiago, Monseñor Francisco Javier Errázuriz. En su primera reunión con la prensa se refirió al tema de derechos humanos, señalando que éste era intransable y en el que siempre hay algo que hacer. Asimismo, recordó que los Obispos chilenos han hecho un llamado a quienes tengan información sobre los detenidos desaparecidos, para que la hagan saber a las autoridades. Expresó que quien atropella la dignidad de sus semejantes se aparta de Dios y siempre se puede mejorar las condiciones de vida de las personas, especialmente de los más pobres, cuestión que también implica respetar las libertades fundamentales.


Chileno elegido en Subcomisión de Protección de Minorías de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU

En Abril de 1998, la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas anunció que el Antropólogo y Rector de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano, José Bengoa, fue elegido en Ginebra como miembro de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección de Minorías. Esta Subcomisión trata materias relacionadas con los pueblos indígenas, las minorías nacionales, religiosas o lingüísticas, las nuevas formas de esclavitud, el tráfico de niños, mujeres y otras formas de violaciones a los derechos básicos de la persona humana. Por otro lado, José Bengoa actúa, desde hace tres años, como relator especial para el estudio de los derechos económicos, sociales y culturales, con especial preocupación en el análisis de las relaciones entre la distribución de los ingresos, la pobreza y el pleno ejercicio de los derechos.


Creación de página web sobre los derechos humanos en Chile

En el mes de Junio de 1998 fue presentada en una ceremonia especial, la creación de una página webb en Internet dedicada a la historia y situación actual de los derechos humanos en Chile. La página, titulada "Derechos Chile", está situada en "www.derechoschile.com" y, según expresó una de las asesoras del proyecto, la Psicóloga Elizabeth Lira, tiene como objetivo "colocar en el diálogo nacional aquello que ha sido tan difícil de reconocer y aceptar como parte de la historia reciente y lo que todos nosotros tenemos derecho a conocer cabalmente", además de servir como un recurso documental de fácil y universal acceso. Esta página fue lanzada por un grupo de periodistas e investigadores.


Concursos en derechos humanos

Premiación de quinto concurso nacional de ensayo profesor Jorge Millas

El 24 de Abril de 1998, el Jurado del Quinto Concurso Nacional de Ensayo Premio Anual Profesor Jorge Millas 1997, sobre Educación, y Derechos Humanos, convocado por el Ministerio de Educación, dio a conocer sus resultados. El primer premio recayó en la obra "El Derecho de Ser", de Miguel Kottow; el segundo lugar en "Más Allá de Icaro: Los Derechos Humanos en la Educación", de Carlos López y el tercero en "Educación e Interculturalidad: Un aporte Necesario a la Democratización". También hubo tres menciones honrosas.

Segundo Concurso de Tesis en derechos humanos

La Fundación de Documentación y Archivos de la Vicaría de la Solidaridad ha convocado al Segundo Concurso Nacional de Tesis en Derechos Humanos, a los estudiantes de licenciatura y post grado de todas las universidades del país. El concurso tiene dos etapas, en la primera se premiarán los diez proyectos de tesis y en la segunda las mejores tesis terminadas. Uno de los requisitos del concurso es usar los archivos de la Fundación. Hasta la fecha se han recibido innumerables consultas de estudiantes interesados en el concurso.


Procesos por detenidos, desaparecidos o ejecutados que han tenido movimiento durante el primer semestre de 1998 en Chile.

Mes Caso Víctimas Resolución o recurso interpuesto
Enero 3 Ejec. Operación Albania (12 víctimas) Corte Suprema revocó sobreseimiento.
5 D.D. Miguel Rivas Rachitoff y otros FM 4 1382-76 Juez Militar sobresee total y definitivamente esta causa por encontrarse extinguida la responsabilidad penal de los participantes en el delito de detención ilegal

Asimismo se sobresee total y definitivamente la causa respecto a la muerte de la familia Maureira Muñoz por haber sido materia de un proceso en que se ha dictado sentencia que se encuentra a firme y ejecutoriada. Se presenta un recurso de apelación ante la Corte Marcial.

7 Ejec. Miguel Angel Becerra Hidalgo JL 1 Linares Juez reabrió el sumario y ordenó diligencias.
8 Ejec. José Carrasco Tapia

Felipe S. Rivera Gajardo

Gstón Fdo. Vidaurrázaga M. Abraham Muskatblit Eidelstein M.F.PAC 3-F-86

Ministra Lusic asumió investigación de este caso
21 D.D. Carlos Lorca Tobar Modesta Carolina Wiff Sepúlveda FM 585-78 Fiscal Militar declara cerrado el sumario, por haber sido investigados estos hechos en la causa rol 553-78 que se encuentra amnistiada. Se interpuso un recurso de Apelación a la Corte Marcial.
28 D.D. Guillermo Albino Martínez Q.

FM 414-96

Corte Suprema dictó sobreseimiento definitivo por considerarlo cosa juzgada
Marzo 2 D.D. Arsenio Poupin Oissel

FM 2 646-97

Juez Militar dicta sobreseimiento definitivo por amnistía. Se presenta un recurso de apelación ante la Corte Marcial.
3 D.D. Casos de La Moneda FM 293-98 Corte de Apelaciones resuelve contienda de competencia a favor de la Justicia Militar
9 D.D. 26 Campesinos de Paine FM 2 952-80 Corte Suprema acoge recurso de queja revocando el sobres. definitivo y cambiándolo por sobreseimiento temporal y parcial en el caso de 18 personas. Respecto a Ignacio Santander Albornoz y Juan Guillermo Espinoza Cuadra confirma el sobres. definitivo por amnistía. Y respecto de otras 5 personas dicta sobres.definitivo y parcial.
19 D.D. Humberto Contreras Maluje FM 292-97 Corte Suprema deja en acuerdo recurso de casación
24 Ejec. Operación Albania 12 personas ejecutadas Corte Suprema designó Ministro en Visita civil de la Corte Marcial. El nombramiento recayó en el Ministro Dolmestch
25 D.D. Alegría Mundaca

MV 16.431

Corte Suprema deja en acuerdo recurso de casación.
30 D.D. Gonzalo I. Fuenzalida N., Julio O. Muñoz Otárola, José J. Peña Maltés, Manuel J. Sepúlveda S. y Alejandro A. Pinochet Arenas.

JC 3 148.956-H

Corte de Apelaciones de Santiago acoge apelación y ordena dejar sin efecto el sobreseimiento temporal y ordena la reapertura del sumario.
Abril Ejec. Manuel Rojas Fuentes JL 1 San Bdo. 69208-6 Corte Suprema dirimió contienda de competencia a favor de la Justicia Civil. La votación fue de unanimidad por los ministros civiles con el voto en contra de Torres Silva quien estuvo por el traspaso a la Justicia Militar.
16 D.D. Leopoldo Muñoz Andrade JC 3 PAC 23.340-3-2 Corte Suprema resuelve contienda de competencia disponiendo que continúe en Justicia Ordinaria, con el voto en contra del auditor General del Ejército, Fernando Torres Silva.
Mayo 4 D.D. Héctor Garay Hermosilla JC 8 Stgo. 11510-9 Corte Suprema resuelve contienda de competencia a favor de la justicia militar, para que lo agregue a la causa 553-78, ya amnistiada
5 D.D. Horacio Carabantes O., Alfredo García Vega, M. Isabel Gutiérrez M., Fabián Ibarra Córdoba, Sonia Ríos Pacheco, Carlos Rioseco Espinoza, Abel Alfredo Vilches F., Elías R. Villar Quijón FM Valpo. 230-77 Corte Suprema acoge Recurso de Queja de querellantes y ordena reapertura del sumario a la 2ª Fiscalía Militar y practique las diligencias pedidas.
15 Ejec. Patricio Munita Castillo FM Apelación en Corte Marcial de sobreseimiento definitivo por amnistía, dictado por Juez Militar.
15 D.D. Gustavo Manuel Farías Vargas Julio César Fernández Miguel Angel Heredia Vasquez Víctor Fernando Mesina Araya Luis Fernando Norambuena F. Jorge Luis Ojeda Jara José Guillermo Orellana Meza José Leonardo Pérez H. Ceferino del Carmen Santis Q. FM Valpo. 544-98 Pasa a Justicia Militar por incompetencia.
23 D.D. Félix Marmaduque Vargas F. FM 4 1030-96 Corte Marcial confirmó sobreseimiento definitivo por amnistía. Se interpuso un recurso de casación en el fondo.
25 D.D. María Angélica Andreoli Bravo JC 11 Stgo. 67791-2 Corte Suprema resuelve contienda de competencia a favor de la justicia militar, para que lo agregue a la causa 553-78, ya amnistiada.
28 D.D. Marcos E. Quiñones Lembach FM 2 94-95 Corte Suprema deja en acuerdo recurso de casación.
Junio 9 D.D. Jorge Eduardo Ortiz Moraga FM 4 93-95 Corte Suprema acoge Recurso de Casación de querellantes y ordena reapertura del sumario a la 4ª Fiscalía Militar.
17 D.D. Alvaro Barrios Duque FM 2 865-97 Corte Marcial confirmó sobreseimiento definitivo por cosa juzgada. Se interpuso un recurso de casación en el fondo.
30 D.D. Juan Manuel Llanca Rodas JL Puente Alto 40829-M Juez dictó sobreseimiento temporal

Derechos Humanos en Chile

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