EQUIPO NIZKOR
Información

DERECHOS


07sep04


La Fiscalía establece que los Sindicalistas de Arauca fueron ejecutados por el ejercito.


Estableció que el pasado 5 de agosto no hubo combate en el caserío Caño Seco, de Saravena (Arauca), como habían afirmado autoridades castrenses.

La medida de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía afecta al subteniente del Ejército Juan Pablo Ordóñez Cañón y a los soldados profesionales Oscar Saúl Cuta Hernández y John Alejandro Hernández Suárez, quienes participaron en los hechos.

Según la versión del Ejército, ese día los uniformados iban a capturar a los sindicalistas Jorge Eduardo Prieto Chapucero, Leonel Goyeneche y Héctor Alirio Martínez quienes tenían orden de captura de la Fiscalía por el delito de rebelión.

Los militares dijeron que en el momento en el que iban a ser detenidos los sindicalistas, intentaron huir y abrieron fuego contra la tropa y está respondió dándoles muerte.

Sin embargo, la Fiscalía estableció que esta versión carece de sustento luego de obtener versiones testimoniales y pruebas técnico científicas que señalan que no se produjo ese enfrentamiento.

"De acuerdo con las pruebas, se cometió el delito de homicidio. Se está descartando un inicial combate", aseguró el fiscal general (encargado) Alberto Santana.

Fuentes de la Fiscalía informaron a El Tiempo que las pruebas de balística demuestran que los disparos fueron hechos a corta distancia y las víctimas estaban aparentemente en estado de indefensión.

Así mismo, explicaron que se están revisando los antecedentes de dos armas de fuego que encontró el Ejército en la casa donde se quedaron los sindicalistas y que fueron puestas a disposición de la Fiscalía.

El organismo investigador solicitó que los militares sean puestos a disposición de la entidad en las instalaciones de la Quinta Brigada del Ejército en Bucaramanga, para ser escuchados en indagatoria.

Los uniformados no son los únicos a quienes la Fiscalía les libró órdenes de captura, También se ordenó la detención del particular Daniel Caballero Rozo quien al parecer acompañó a los militares en la operación en calidad de guía.

Por estos hechos la justicia penal militar ya había iniciado una investigación y había citado a indagatoria a los tres militares.

Una de las personas detenidas en la región aseguró que el día anterior a la muertes estuvo departiendo con los sindicalistas todo el día y que ellos fueron obligados a salir de la casa y en ningún momento intentaron huir.

Declaraciones Contradictorias

En su momento, el comandante de las Fuerzas Militares, Carlos Alberto Ospina, dijo que los sindicalistas dispararon a la tropa con armas 9 milímetros y que tenían en su poder tacos de dinamita.

En el mismo sentido, el general Luis Fabio García, comandante de la Segunda División del Ejército, había declarado que “estas tres personas murieron en combates con los soldados cuando fueron sorprendidos reunidos en una vivienda con varios guerrilleros del Eln".

"No creo que hayan estado en una reunión muy santa cuando en su poder las tropas les encontraron dos pistolas, tres tacos de dinamita y unos cuatro metros de cordón detonante", señaló el alto oficial.

A su turno, el ministro de Defensa, Jorge Alberto Uribe Echavarría, justificó la acción diciendo que “primero, eran delincuentes; segundo, que fue en combate con la fuerza pública; tercero, que estaban armados; cuarto, que tienen orden de captura”.

Por el contrario, Gloria Flórez, directora de la Asociación para la Promoción Social Alternativa 'Minga', había citado a un testigo de la vereda Caño Seco, que contó que los sindicalistas fueron sacados de una vivienda y ejecutados extrajudicialmente.

Flórez coincidió con defensores de derechos humanos como Iván Cepeda, que aseguraron que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA había pedido protección especial al Estado para dos de los líderes sindicales, desde el año 2002.

[Fuente: El Tiempo, Bogotá, Col, 07sep04]

Tienda de Libros Radio Nizkor On-Line Donations

DDHH en Colombia
small logoThis document has been published on 27sep04 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.