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06jul20


Comunicado del Equipo Nizkor frente a entrega del caso Claudia Julieta Duque a la JEP


La jueza 2ª Penal Especializada de Bogotá, Nidia Angélica Carrero Torres, ha dictado sendos autos remitiendo a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) los expedientes de José Miguel Narváez, exsubdirector del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) y William Alberto Merchán, hacker y exdetective de Contrainteligencia de ese organismo, en el caso de la tortura psíquica agravada a la que fue sometida la periodista Claudia Julieta Duque.

Desde el Equipo Nizkor expresamos nuestro total rechazo a la remisión del caso de nuestra corresponsal a la JEP y la asimilación de la persecución en su contra por parte de los servicios de inteligencia del Estado con un delito cometido en el marco del conflicto armado.

En línea con lo que manifestamos el 18 de noviembre de 2019, una vez más se demuestra que la determinación de los operadores de justicia en el caso Claudia Julieta Duque no es otra que garantizar la impunidad. Este acuerdo de voluntades tiene su origen en el temor generado ante el reconocimiento de los ataques contra la periodista como crimen contra la humanidad en octubre de 2017 y con la llegada a la Presidencia un año después de Iván Duque Márquez, pupilo y amigo del expresidente Álvaro Uribe Vélez, principal beneficiario y responsable de las acciones del DAS entre los años 2002 y 2010.

La jueza Carrero Torres llegó al caso en septiembre de 2018, un mes después de la posesión del presidente Iván Duque y, desde entonces, ha mantenido los procedimientos en una parálisis casi absoluta, de la que ha salido sólo para emitir pronunciamientos arbitrarios e injustos, tales como la censura en contra de la víctima y la remisión del caso a la JEP.

En el caso de José Miguel Narváez, el estancamiento de la etapa de juicio permitió evitar un fallo en justicia ordinaria y lograr que los tiempos coincidieran con la entrada en vigencia de la JEP, régimen especial que, aplicado a los militares y funcionarios públicos, equivale a una auto-amnistía prohibida por el Derecho Penal Internacional.

Por cuenta de la jueza segunda, el proceso fue desviado hasta pretender sancionar a la víctima mediante la imposición de un silenciamiento forzoso, mientras los victimarios fueron todos premiados con libertades por vencimiento de términos.

La decisión de la Jueza Carrero Torres es una pieza que podemos considerar aberrante. Es contraria a la ética del proceso y crea una disfunción en el proceso penal subvirtiendo el sentido del derecho como camino a la justicia.

El recurso que hace en sus decisiones al Derecho Internacional Humanitario es un subterfugio vergonzante para renunciar al debido proceso y permitir a los responsables de crímenes contra la humanidad, especialmente en el caso de José Miguel Narváez Martínez, un camino hacia la impunidad, renunciando el Estado a través de la actuación procesal de la jueza al cumplimiento de su función en un sistema de justicia.

Lo que surge al leer el escrito de la jueza es una ansia perversa de violar los fundamentos de debido proceso y los derechos de cualquier víctima en el proceso penal, pues no es posible conceptualizar de otro modo la preeminencia que la magistrada otorga al absurdo principio de la verdad fuera del debido proceso.

Tanto la señora jueza como quienes aprobaron las leyes que permiten que la JEP se utilice como una herramienta para la impunidad de crímenes graves, tendrán algún día que explicar esta aberración, que es una vergüenza para la justicia colombiana y para todas las víctimas. Mediante este mecanismo, se está implantando de facto un punto final en los procesos penales abiertos, violando el derecho de las víctimas, de todas las víctimas, a un proceso penal justo y respetuoso del debido proceso.

El sistema de impunidad colombiano que se ha instaurado, y del que la resolución de la jueza (ante la que no cabe recurso alguno) es un ejemplo palmario, no subsistirá a la crítica reposada ni a la honesta crítica intelectual y, como pasó en otros modelos similares, caerá por la fuerza de sus propias contradicciones, ya que es imposible mantener en un sistema democrático una aberración de tal naturaleza.

Este tipo de resoluciones crean el rechazo ciudadano al derecho y generan en los criminales la garantía de su impunidad. Este modelo ha generado en Colombia la campaña de exterminio de activistas que actualmente está en curso.

Desde el Equipo Nizkor reafirmamos la decisión de nuestra corresponsal y representante en Colombia en el sentido de renunciar al procedimiento penal en ese país, pues todas las decisiones tomadas desde hace dos años han estado encaminadas a lograr un punto final en las actuaciones judiciales y revictimizarla.

[Fuente: Equipo Nizkor, Charleroi, Madrid y Bogotá, 06jul20]

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