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DERECHOS


27jun05


Las omisiones, los cambios.


Supongamos que yo soy la secretaria del doctor Ternura y le presento a mi jefe el borrador de una carta que dice así: "Señor Mancuso: le informo que en el día de hoy el honorable Congreso de la República aprobó la ley de Justicia y Paz. En vista de lo anterior nosotros esperamos de las AUC un compromiso verdadero de cumplirle al país. Firmado, doctor Ternura, Comisionado de Paz". Y supongamos que mi jefe me devuelve la carta corregida, para que yo la pase en limpio, así: "Querido Salvatore: ¡Lo logramos, punto por punto, tal como tú querías! Un abrazo alborozado, Luis Carlos". En este caso hipotético -y caricaturesco-, la secretaria entendería muchas cosas.

Pues resulta que si uno le dedica el tiempo suficiente a leer el proyecto de Justicia y Paz que el ministro Sabas le presentó a la comunidad internacional (y al Congreso, pero a los pocos días lo retiró) en febrero de este año, y lo compara con el proyecto presentado por el doctor Ternura y por el mismo Sabas, que fue el aprobado con pocos cambios la semana pasada, el efecto que produce la lectura comparativa los dos textos, no es muy distinto al de la carta de arriba. Además, ya no es hipotético, sino real, ni es caricatura, aunque lo parezca. Y voy a demostrarlo (ya que ambos proyectos tienen el mismo esqueleto) transcribiéndoles algunos apartes de ese borrador, tal como era, y de esta ley, tal como quedó.

Decía el proyecto de Sabas cosas como esta, al hablar de una víctima: "Cuando ésta hubiere sido asesinada o estuviere desaparecida". Y en cambio dice el texto del doctor Ternura, el aprobado: "Cuando a ésta se le hubiere dado muerte o estuviere desaparecida". No hay que haber estudiado literatura para darse cuenta del efecto de atenuación que se consigue cuando uno sustituye el verbo "asesinar" por la perífrasis neutra "dar muerte".

Pero hay asuntos aún más sustanciales. Decía el proyecto de Sabas: "Las víctimas tienen el derecho de conocer la verdad sobre las violaciones de derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario cometidas contra ellas y sus familiares. En especial, sobre el paradero de las víctimas de desaparición forzada, secuestro, reclutamiento forzoso y masacres. Las autoridades del Estado deben investigar lo sucedido a las víctimas de estos crímenes, e informar a sus familiares de la suerte que han corrido". Dice la ley aprobada que las víctimas tienen derecho a "conocer la verdad sobre los delitos cometidos". Ahí puede notarse que la sola mención de los "derechos humanos" les produce alergia a la mayoría de los congresistas. Y la variación final tampoco es inocente: "Los procesos judiciales deben promover la investigación de lo sucedido a las víctimas de estas conductas, e informar a sus familiares de lo pertinente". ¿Qué será lo pertinente? ¿Lo conveniente? ¿Y lo que le conviene a quién?

Pero sigamos. Decía el proyecto inicial: "El grupo armado deberá entregar al Gobierno Nacional la información que corresponda sobre los lugares en los cuales se hallen fosas comunes o cuerpos de personas desaparecidas o asesinadas". El único vestigio que encontré de este requisito es el siguiente: "Que entregue información o colabore con el desmantelamiento del grupo al que pertenecía".

Otro requisito que desaparece para poder acceder a la rebaja de penas es este: "Que el sindicado reconozca los hechos y su responsabilidad sobre ellos, y de manera expresa pida perdón por el daño causado a las víctimas y a la sociedad". Esto ya no es necesario para los beneficios, aunque en el capítulo sobre reparación, que habla de deberes (pero no del castigo cuando no se cumplan), sí aparece, algo cambiado: "Reconocimiento público de haber causado daños a las víctimas, declaración pública de arrepentimiento, solicitud de perdón dirigida a las víctimas y la promesa de no repetir tales conductas".

En el proyecto inicial los beneficiados debían firmar un acta de compromiso en la que se comprometían, bajo la gravedad del juramento, entre otras cosas a: "No hacer apología o defensa, a ningún título, de los delitos cometidos". Esto ya no se les exige en la ley aprobada, con lo que nos tocará oír los panegíricos y elogios que los paras dedicarán a las maravillas que hicieron.

Pero quizá la omisión más grave está en el mismo título de los proyectos de ley, y la más sintomática. El proyecto que defendía la representante Parody (imagínense, una Pasionaria para los congresistas que aprobaron esta ley inicua, y por eso la echaron del recinto a sombrerazos) llevaba el título de ley de Verdad, Justicia y Reparación. Una palabra se cambió: reparación por paz, y uno se traga ese cambio. Pero otra voló: verdad. Y ahí es donde se nota qué es lo que no quieren que se sepa: la verdad. Uno puede renunciar a un castigo proporcional si al menos se dice la verdad. Pero si a la impunidad se une la mentira, no vamos por el camino de la justicia, ni de la paz.

[Fuente: Por Héctor Abad Faciolince, Revista Semana, Bogotá, 27jun06]

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