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DERECHOS


Enero de 2006

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Declaración conjunta sobre la situación de derechos humanos en Colombia.


Declaración conjunta sobre la situación de derechos humanos en Colombia para la 62 sesión de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas 2006

Durante el año 2005, la situación de derechos humanos continuó siendo crítica, en la medida en que se siguió aplicando la política de “seguridad democrática”, cuya puesta en práctica se ha opuesto a principios y estándares básicos de derechos humanos. En 2005 se concretó la más grave operación de impunidad, especialmente frente a miles de graves violaciones cometidas por grupos paramilitares, que comprometen la responsabilidad estatal debido al apoyo, aquiescencia o tolerancia. Junto con la persistencia de violaciones sistemáticas y generalizadas, se han incrementado los casos de participación de la Fuerza Pública directamente en estas violaciones. Persiste un alto nivel de masacres, desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias y torturas.

Las infracciones al DIH cometidas por todos los grupos combatientes siguieron cometiéndose sistemáticamente y afectando gravemente a la población y bienes civiles, incluyendo secuestros y reclutamiento de menores. El desplazamiento se ha incrementado dramáticamente por acción de todos los grupos combatientes.

Las políticas gubernamentales desconocen y contradicen abiertamente estándares y principios internacionales. Por ejemplo, los programas de soldados campesinos y red de informantes continúan involucrando a la población civil en el conflicto armado y obstaculizando la aplicación de normas del DIH. El Gobierno continúa desarrollando políticas que buscan que toda la población civil sea combatiente, lo cual se opone a la función esencial del Estado de garantizar y proteger los derechos y libertades de la misma. También sigue negando la existencia del conflicto armado interno.

Las políticas sociales no están dirigidas a la redistribución de la riqueza y se han aumentado los índices de iniquidad. El 31% de la población se encuentra en la indigencia y el 64.2% por debajo de la línea de pobreza, el cierre de hospitales públicos continúa, el desempleo se ubica en el 17% y el subempleo en casi el 40%. Además, de aprobarse el TLC la crisis se aumentará por los efectos negativos para campesinos productores, pequeños industriales, farmacéuticos, trabajadores de la cultura y otros sectores |1|.

Aunque la ONU y la comunidad internacional han sido claras en señalar la importancia del pronto cumplimiento de las recomendaciones de la ACNUDH para mejorar la situación de derechos humanos, después de 3½ años, el Gobierno continúa incumpliendo la mayoría de ellas y actúa abiertamente en contra de muchas otras como aquella de tomar acciones contra la impunidad ante violaciones de derechos humanos. A pesar de los compromisos adquiridos en 2003, 2004 y 2005 ante la Comisión de Derechos Humanos, el Gobierno sigue tomando medidas contra recomendaciones como la de enfrentar la impunidad y la connivencia de la Fuerza Pública con grupos paramilitares, y la de aplicar los principios del DIH.

Las labores de observación y asistencia técnica que cumple la OACNUDH en Colombia siguen siendo fundamentales para enfrentar la grave situación de derechos humanos, y el contexto actual de paramilitarización exige un reforzamiento de la Oficina. El papel que cumple la OACNUDH en Colombia es esencial entre otras razones para: evaluar y monitorear la mas grave crisis en derechos humanos y derecho humanitario en el hemisferio; señalar con claridad los obstáculos que el Gobierno debe superar si desea cumplir con los estándares internacionales; advertir sobre normas y políticas que no están conforme al derecho internacional; apoyar y proteger a las víctimas y poblaciones vulnerables que por presiones y amenazas no pueden reclamar ni hacer visibles las violaciones que han sufrido; señalar y explicar las obligaciones internacionales del Estado colombiano y concretar estas obligaciones en recomendaciones precisas.

Persistencia de graves violaciones.

Entre agosto/2002 y junio/2005, alrededor de 6.648 personas fueron detenidas arbitrariamente desconociendo los derechos a la libertad personal y al debido proceso, en muchos casos con base en acusaciones falsas de reinsertados e informantes. El Gobierno no ha cumplido aún con las recomendaciones del Comité contra la Tortura (CAT/C/CR/31/1), entre otras razones debido a la promoción de un marco jurídico que deja en la impunidad estas graves violaciones. Entre enero y junio de 2005, por lo menos 350 personas fueron secuestradas presuntamente por: guerrillas 109; paramilitares 17; delincuencia común 103; y autores sin identificar 121.

Durante el primer semestre de 2005, al menos 153.463 personas fueron desplazadas forzadamente (15% mayor que en 2004). La Corte Constitucional evaluó que el Gobierno no ha cumplido disposiciones fundamentales de su sentencia T-025 de 2004 para su protección y asistencia.

Entre agosto de 2002 y junio de 2005, fueron asesinados o desaparecidos 43 defensores, el índice más alto durante los últimos ocho años. Altos funcionarios gubernamentales, incluyendo al Vicepresidente, siguen fomentando la estigmatización en contra de defensore(a)s, que siguen siendo víctimas de detenciones arbitrarias.

Impunidad.

El marco normativo promovido por el Gobierno para la desmovilización ha generado un alto nivel de impunidad y no responde a las garantías mínimas para respetar los derechos a la verdad, la justicia y la reparación. Según datos de la Fiscalía, mediante el Decreto 128/2003, al menos 11.200 paramilitares (99% de los desmovilizados) han sido dejados en libertad sin ser investigados o juzgados, bajo el argumento de no tener procesos penales abiertos en su contra, así hubiesen cometido graves violaciones incluyendo crímenes de lesa humanidad (únicamente 55 tenían procesos en su contra).

La ley de “justicia y paz”, que se aplica residualmente al 1% de los paramilitares (aquellos que no son beneficiados por el Decreto 128/2003), no cumple con los requisitos necesarios para garantizar verdad, justicia y reparación. Bajo este marco jurídico se desconocen los derechos de las víctimas, se obstaculiza su participación efectiva en los procesos y se encubre esta situación con medidas como una supuesta Comisión de Reparación y Reconciliación que no tiene la independencia ni los mecanismos para garantizar los derechos de las víctimas. La ley no exige a los “desmovilizados” ni confesar ni entregar los bienes adquiridos ilícitamente como condiciones para recibir los beneficios judiciales |2|.

La responsabilidad del Estado en materia de conformación y consolidación del paramilitarismo y de los nexos con la fuerza pública sigue encubierta a través de la impunidad. No se conoce un solo caso en que el Gobierno bajo su poder discrecional haya destituido a un funcionario público como medida disciplinaria para sancionar los nexos entre la Fuerza Pública y grupos paramilitares.

Consolidación del Paramilitarismo.

A partir del llamado proceso de “desmovilización”, el control paramilitar político, social, económico y territorial se ha incrementado, consolidado y reforzado, de acuerdo con diversos informes de medios de comunicación nacionales. Los desmovilizados permanecen bajo la línea de mando paramilitar ejerciendo funciones de control social bajo el amparo de ser “desmovilizados” mientras nuevos paramilitares armados son reclutados. El control paramilitar ha obstaculizado el trabajo de las ONG así como la libertad de expresión y opinión de grupos políticos de oposición.

Según informes de prensa recientes y estudios independientes como el del CEDE de la Universidad de los Andes |3|, la infiltración paramilitar se da en varios niveles y con un amplio cubrimiento regional. A nivel estatal incluye al Congreso, la Fiscalía General de la Nación y el Departamento Administrativo de Seguridad. Se ha consolidado la intervención coactiva paramilitar en diversos procesos de decisión popular y en general, en diferentes niveles de decisión del Estado. De acuerdo a los datos publicados en los diversos informes periodísticos, 49 frentes paramilitares ejercen formas de influencia en 382 municipios de 26 departamentos del país.

Atentados contra el Estado de Derecho y la democracia.

El Gobierno sigue insistiendo en reformas constitucionales y legales que atentan contra la independencia de la rama judicial y debilitan o acaban con mecanismos de protección de derechos fundamentales. Actualmente, el Gobierno promueve proyectos de ley que permiten que quienes han usurpado violentamente las tierras a los desplazados, las legalicen, y que desconocen los derechos colectivos de las comunidades indígenas y afrocolombianas sobre su territorio.

La ausencia de acciones en contra de la consolidación del control paramilitar han puesto en peligro la democracia y las libertades políticas en Colombia.

Ausencia de procesos de paz.

El Gobierno no ha iniciado un proceso serio de conversaciones de paz, y ni el Gobierno ni las guerrillas han logrado acuerdos concretos para materializar un acuerdo humanitario. Las medidas de la “política de seguridad democrática” alejan las posibilidades de reconciliación, pues involucran a la población en el conflicto, militarizan el país, fomentan una política de delación y dejan en la impunidad graves crímenes cometidos por paramilitares y guerrilleros.

Infracciones al DIH.

Todos los combatientes continúan cometiendo graves infracciones al derecho humanitario. Entre ellas, persiste la toma de rehenes, en sus manifestaciones de secuestros y retención de civiles.

Declaracion conjunta 2006

PETICIONES:

La Comisión de Derechos Humanos debe:

I. Instar al Gobierno colombiano a:

  • 1. Renovar el acuerdo con la Alta Comisionada para los Derechos Humanos para que su Oficina en Colombia continúe desarrollando plenamente su mandato.

  • 2. Cumplir las recomendaciones de la Alta Comisionada, los procedimientos especiales, órganos convencionales y los compromisos adquiridos ante estos y otros organismos de las Naciones Unidas incluyendo la Comisión de Derechos Humanos, que han venido formulando recomendaciones durante varios años.

  • 3. Cooperar con los mecanismos especiales de la Comisión de Derechos Humanos y en especial, aceptar la petición del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias para que realice una visita a Colombia y honrar sus obligaciones emanadas de los tratados de derechos humanos entre otras la de presentar oportunamente los informes ante el Comité sobre Discriminación contra la Mujer y el Comité para le Eliminación de la Discriminación Racial.

  • 4. Revisar y replantear la política de seguridad democrática a la luz de las obligaciones internacionales de derechos humanos y DIH y tomar las medidas necesarias para no seguir aplicando programas, políticas y estrategias contrarias a estas obligaciones y para resarcir y garantizar sus derechos a las personas que han sido afectadas por su aplicación

  • 5. De conformidad con el punto anterior, diseñar e implementar una política de derechos humanos acorde con el derecho internacional, con base en la amplia concertación con la sociedad civil de un Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos y DIH que responda a los requerimientos internacionales.

  • 6. Como parte de las medidas que deben tomarse de acuerdo con el punto anterior, abstenerse de practicar y promover ejecuciones sumarias, desapariciones forzadas, torturas, desplazamientos forzados y detenciones arbitrarias y reformular la política de seguridad para garantizar a la población los derechos a la seguridad, libertad, integridad personal, intimidad, buen nombre y debido proceso.

  • 7. Tomar las medidas necesarias para acabar las estructuras de control social, político, económico y territorial de los grupos paramilitares.

  • 8. Tomar acciones concretas para investigar, juzgar y sancionar bajo un marco jurídico acorde con los estándares internacionales de derechos humanos, especialmente los referidos a los derechos de las víctimas, a quienes siendo presuntos responsables de graves violaciones no fueron investigados sino puestos en libertad aplicando el Decreto 128 de 2003. Esto sobre la base entre otras, de la Resolución 2005/35 de la Comisión de Derechos Humanos que adopta los “Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones de las normas internacionales de derechos humanos y del DIH a interponer recursos y obtener reparaciones.”

  • 9. Tomar acciones concretas para investigar, juzgar y sancionar bajo un marco jurídico acorde con los estándares internacionales, a quienes siendo responsables de graves violaciones recibieron beneficios con base en la ley 975 de 2005 llamada de “justicia y paz”, que no cumple con los estándares internacionales, y garantizar a las víctimas sus derechos.

  • 10. Garantizar y reconocer públicamente la legitimidad de la labor de quienes promueven y defienden los derechos humanos, incluyendo líderes sindicales y sociales, indígenas, campesinos, afrodescendientes y mujeres, y sancionar a quienes los ponen en peligro.

  • 11. Aplicar a cabalidad los principios rectores del desplazamiento interno, especialmente los principios 28 y 29 así como los principios sobre la restitución de las viviendas y el patrimonio de los refugiados y las personas desplazadas. (E/CN.4/Sub.2/2005/17 28 de junio de 2005) y abstenerse de promover normas que violan los derechos de la población desplazada, como el Proyecto de Ley 319 de 2005 Cámara que legalizaría el despojo de sus tierras.

II. 1. Mientras persista el conflicto armado, instar a todos los grupos combatientes a respetar las obligaciones jurídicas que les impone el derecho humanitario, aplicando, entre otros, el principio de distinción y respetando las personas y bienes civiles.

2. Promover acuerdos especiales para la liberación de las personas privadas de la libertad con ocasión del conflicto, sin desmedro de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación, y acuerdos especiales para la desvinculación de niños y niñas del conflicto armado, de conformidad con la Resolución No.1612 del Consejo de Seguridad.

3. Adelantar procesos de solución política negociada al conflicto armado con base en una política integral de paz con la participación de la sociedad civil y teniendo en cuenta las raíces sociales, políticas y económicas del mismo.

III. Fortalecer la acción de Naciones Unidas en materia de derechos humanos:

En este sentido se solicita a la Comisión de Derechos Humanos:

  • 1. Apoyar y fortalecer la acción de la OACNUDH, respaldar su mandato, promover la ampliación de sus recursos para cumplir adecuadamente con sus labores de observación y asistencia y promover la ampliación de su cubrimiento regional.

  • 2. Solicitar a la Alta Comisionada que, además del informe que presenta ante la Comisión de Derechos Humanos, presente un informe interino a la Asamblea General sobre la situación de derechos humanos en Colombia.

  • 3. Solicitar a la Alta Comisionada que, a través de su Oficina, mantenga una supervisión especial sobre el proceso electoral para garantizar las libertades políticas, teniendo en cuenta el control ejercido por grupos paramilitares y guerrilleros en varias zonas del país y la posibilidad de abusos gubernamentales en apoyo a su candidato.

  • 4. Solicitar a la Alta Comisionada que, de acuerdo con su mandato, ponga especial atención a la observación de las implicaciones que para los derechos humanos ha tenido y tiene el proceso de desmovilización y en particular para que los crímenes de derecho internacional cometidos por grupos paramilitares y guerrilleros no queden en la impunidad, y se garanticen los derechos de las víctimas.

  • 5. Solicitar al Grupo de Trabajo sobre detenciones arbitrarias que considere la posibilidad de realizar una visita a Colombia teniendo en cuenta la gran cantidad de detenciones que se han llevado a cabo en desarrollo de la política de seguridad democrática desconociendo los derechos a la libertad personal y al debido proceso, entre otros.

  • 6. Solicitar al Representante del Secretario General para la Prevención del Genocidio que, de acuerdo con la recomendación del Relator Especial sobre indígenas |4|, elabore un programa de emergencia de atención a comunidades en peligro de extinción y produzca un informe sobre el cumplimiento de las recomendaciones internacionales por parte del Gobierno, en coordinación con las agencias de Naciones Unidas en Colombia.

  • 7. Exhortar a todas las agencias de Naciones Unidas en Colombia a exigir al Estado colombiano el cumplimiento de las recomendaciones internacionales sobre derechos humanos y la aplicación de los principios rectores del desplazamiento forzado.

  • 8. Llamar a los Estados miembros de las Naciones Unidas a apoyar las acciones que buscan superar la impunidad frente a las personas responsables de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos en Colombia, inclusive mediante la aplicación de la jurisdicción universal y el apoyo al Fiscal de la Corte Penal Internacional para que inicie las investigaciones pertinentes.

  • 9. Instar a todos los Estados partes de las Naciones Unidas a promover los anteriores puntos señalados.

Bogotá, enero de 2006


Organizaciones que adhieren a esta declaración:

  • 1. Asamblea por la Paz de la Unión Sindical Obrera – USO –,
  • 2. Asociación Campesina del Valle del Río Cimitarra (ACVC),
  • 3. Asociación de Desplazados Asentados en el Municipio de Barrancabermeja (ASODESAMUBA),
  • 4. Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (ASFADDES) y sus seccionales en Bucaramanga (Santander), Medellín (Antioquia), Neiva (Huila) y Cundinamarca.
  • 5. Asociación de Trabajo Interdisciplinario (ATI),
  • 6. Asociación Fraternal de Afrocomunidades de Cajibío (AFRANEC),
  • 7. Asociación Nacional de Ayuda Solidaria (ANDAS) y sus seccionales en Valle de Aburrá (Antioquia), Cartagena (Bolívar), Cúcuta (Norte Santander), Bucaramanga (Santander),
  • 8. Asociación Nacional de Desplazados (ANDESCOL) y su seccional en Barranquilla (Atlántico),
  • 9. Asociación Nacional para el Bienestar – SEMILLAS –
  • 10. Asociación para el Desarrollo Social e Integral – ECATE -,
  • 11. Asociación para la Promoción Alternativa – MINGA,
  • 12. Asociación Prodesarrollo de Familias Desplazadas y no Desplazadas del Suroccidente de Barranquilla (APRODEFA);
  • 13. Benposta Nación de Muchach@s
  • 14. Central Cooperativa de Servicios (CENCOOSER),
  • 15. Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y su seccional en Ibagué (Tolima), Neiva (Huila), Manizales (Caldas), Villavicencio (Meta), Tunja (Boyacá), Florencia (Caquetá), Puerto Inírida (Guainía), Pereira (Risaralda), Quindio (Armenia), Medellín (Antioquia), Barranquilla (Atlántico), Cartagena (Bolívar), Cesar (Valledupar), Rioacha (Guajira), Santa Marta (Magdalena), San Andrés y Providencia, Montería (Córdoba), Sincelejo (Sucre), Cali (Valle del Cauca), Popayán (Cauca), Quibdó (Chocó), Nariño (Pasto), Saravena (Arauca), Cúcuta (Norte de Santander), Bucaramanga (Santander).
  • 16. Centro Cristiano para la Justicia, la Paz y Acción No Violenta Justapaz,
  • 17. Centro de Cultura y Educación Popular – CINEP
  • 18. Centro de Promoción Ecuménica y Social (CEPECS),
  • 19. Coalición Contra la Vinculación de Niños, Niñas y Jóvenes al Conflicto Armado en Colombia
  • 20. Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR),
  • 21. Comisión Colombiana de Juristas (CCJ),
  • 22. Comisión Intereclesial de Justicia y Paz,
  • 23. Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CPDH) y sus seccionales en Manizales (Caldas) y Neiva (Huila), Pereira (Risaralda), Armenia (Quindio), Barranquilla (Atlántico), Cartagena (Bolívar), Cali (Valle), Nariño (Pasto), Arauca (Arauca), Cúcuta (Norte de Santander), Bucaramanga (Santander),
  • 24. Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos “Héctor Abad Gómez”,
  • 25. Comité Regional de Derechos Humanos Joel Sierra,
  • 26. Confederación de Trabajadores de Colombia – CTC
  • 27. Confederación General del Trabajo – CGT
  • 28. Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC),
  • 29. Corporación Casa de la Mujer,
  • 30. Corporación Centro de Estudios y Desarrollo de los Derechos Humanos (CEDERHNOS),
  • 31. Corporación Claretiana “Norman Pérez Bello”
  • 32. Corporación Colectivo de Abogados “Luis Carlos Pérez”,
  • 33. Corporación de Coordinación Metropolitana de Asociaciones de Desplazados,
  • 34. Corporación de Destechados del Cauca (CODESCO),
  • 35. Corporación Fondo de Solidaridad con los Jueces Colombianos –FASOL,
  • 36. Corporación Fundación para la Defensa de los Derechos Humanos – REINICIAR,
  • 37. Corporación Juan Bosco,
  • 38. Corporación Jurídica Libertad,
  • 39. Corporación Jurídica Yira Castro,
  • 40. Corporación Nación,
  • 41. Corporación para el Desarrollo del Oriente – COMPROMISO,
  • 42. Corporación para el Desarrollo Regional (CDR),
  • 43. Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos (CREDHOS),
  • 44. Corporación Servicios Profesionales Comunitarios Sembrar,
  • 45. Corporación Viva la Ciudadanía y su seccional en Medellín (Antioquia)
  • 46. Corporación  AVRE - Apoyo a Victimas de Violencia sociopolítica pro Recuperación Emocional,
  • 47. Cristianas y Cristianos por la Justicia y la Paz,
  • 48. Defensa de Niñas y Niños Internacional (DNI), y sus seccionales en Barrancabermeja (Santander) y Aquitanía (Boyacá),
  • 49. Diócesis de Quibdo (Choco),
  • 50. Escuela Nacional Sindical (ENS),
  • 51. Franciscans International,
  • 52. Fundación Comité de Integración del Macizo Colombiano (FUNDECIMA),
  • 53. Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (FCSPP) y sus seccionales en Barranquilla (Atlántico), Medellín (Antioquia), Cali (Valle del Cauca), Ibagué (Tolima), Cúcuta (Norte Santander), Bucaramanga (Santander),
  • 54. Fundación Cultura Democrática
  • 55. Fundación Franciscana Santo Tomás Moro,
  • 56. Fundación Manuel Cepeda
  • 57. Fundación Menonita Colombiana para el Desarrollo (MENCOLDES),
  • 58. Fundación para la Educación Popular (FUNCOP – CAUCA),
  • 59. Fundación para la Educación y el Desarrollo (FEDES),
  • 60. Fundación para la Promoción de la Cultura y la Educación Popular (FUNPROCEP),
  • 61. Fundación Sol y Tierra,
  • 62. Fundación Sumapaz,
  • 63. Humanidad Vigente Corporación Jurídica,
  • 64. Iglesia Presbiteriana de la Costa Norte,
  • 65. Instituto Latinoamericano de Servicios Legales Alternativos (ILSA),
  • 66. Instituto Nacional Sindical (CED – INS) Capítulo Valle,
  • 67. Instituto Popular de Capacitación (IPC),
  • 68. Movimiento Campesino de Cajibío,
  • 69. Organización de Mujeres del Suroccidente de Montería,
  • 70. Organización Femenina Popular (OFP) y su seccional en Bogotá,
  • 71. Organización Indígena de Antioquia (OIA),
  • 72. Organización Indígena Kankuama del Cesar (OIK),
  • 73. Organización Nacional Indigena de Colombia (ONIC),
  • 74. Pastoral Social Villavicencio,
  • 75. Proceso de Comunidades Negras (PCN) y su seccional en Bogotá,
  • 76. Promoción para la Paz, Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario (PROMOPAZ),
  • 77. Proyecto Agenda de Gays, Lesbianas, Bisexuales y Transexuales,
  • 78. Proyecto Colombia Diversa
  • 79. Proyecto Justicia y Vida,
  • 80. Servicio Jesuita a Refugiados (SJR),
  • 81. Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria de Alimentos (SINALTRAINAL) seccional Bugalagrande

Notas finales:

1. Colombia hace parte de los 3 países más desiguales de Latinoamérica. Volver

2. El Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas expresó recientemente su preocupación porque la ley de “Justicia y Paz” podría favorecer la impunidad. Volver

3. Gustavo Duncan, “Del Campo a la Ciudad en Colombia: La Infiltración urbana de los señores de la guerra”, Documento CEDE 2005-2. Universidad de los Andes. Volver

4. Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas, Informe de visita a Colombia entre el 8 y el 17 de marzo de 2004, E/CN.4/2005/88/Add.2, 10 de noviembre de 2004, párr.115. Volver


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