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DERECHOS


12dic03


Asesinan a un dirigente sindical de Telecom de Yopal.


La Corporación Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo", Organización No Gubernamental Colombiana repudia el asesinato del dirigente sindical de la USTC, Orlando Frías Parada, acontecido el pasado 9 de diciembre en el municipio de Villanueva (Casanare), según hechos denunciados por la Unión Sindical de Trabajadores de las Comunicaciones de Colombia, "USTC", subdirectiva de Yopal (Casanare), según los siguientes

Hechos

El día 9 de diciembre de 2003, siendo las 11:00 de la mañana, fue asesinado de cuatro impactos de bala, localizados en la cabeza, delante de sus cuatro hijos, menores de edad el trabajador de Telecom y directivo de la Unión Sindical de Trabajadores de las Comunicaciones de Colombia, "USTC", subdirectiva de Yopal (Casanare)

El asesinato de Orlando Frías Parada, Auxiliar Técnico de Telecom, con más de 18 años de trabajo dedicado a las luchas de los intereses de los trabajadores colombianos, se da en momentos en los cuales la Empresa Nacional de Telecomunicaciones Telecom y sus 12 Empresas Telasociadas, adelantan un proceso de liquidación.

Solicitudes

1. Se investiguen los hechos descritos con anterioridad, con el fin de identificar a los responsables, juzgarlos y aplicar las respectivas sanciones estipuladas por la ley.

2. Se garantice la vida y la integridad personal de los miembros de la Unión Sindical de Trabajadores de las Comunicaciones de Colombia, "USTC", subdirectiva de Yopal (Casanare)

3. Se garantice el libre ejercicio de la actividad sindical.

4. Se exija al estado colombiano el desmonte del paramilitarismo y la desvinculación inmediata del cargo a las funcionarios que se encuentren relacionados con el accionar de éste en el país; así como a los funcionarios que por acción, omisión e ineficacia se encuentren comprometidos en graves situaciones de violaciones de los derechos humanos.

5. Se exhorte a las instancias del Estado colombiano a reconocer y respetar los valores de verdad, justicia y reparación social e integral de las víctimas y familiares de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos.

6. Recordamos igualmente al Estado Colombiana que la responsabilidad primaria de protección de los derechos humanos recae de acuerdo con los principios constitucionales y el articulado de los tratados y Convenios Internacionales sobre el Estado colombiano, al ser éste el sujeto responsable de velar por el cumplimiento de lo consagrado en la Carta Política y por ser el que adquiere los compromisos en materia de derechos humanos y de derecho internacional humanitario ante la comunidad internacional. Por tal razón, su mayor deber jurídico es el de prevenir las violaciones frente a estos derechos y tomar las medidas necesarias para investigar, identificar, juzgar y sancionar a los responsables por su acción u omisión, o tomar las medidas correctivas de carácter administrativo o político que impida que estos crímenes se sigan perpetrando.

Bogotá, 12 de diciembre de 2003
Corporación Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo"

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Este documento ha sido publicado el 15dic03 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights