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04oct16

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Informe del Secretario General sobre los niños y los conflictos armados en Colombia (sep. 2011 a jun. 2016)


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Naciones Unidas
Consejo de Seguridad

S/2016/837

Distr. general
4 de octubre de 2016
Español
Original: inglés

Informe del Secretario General sobre los niños y los conflictos armados en Colombia (septiembre de 2011 a junio de 2016)

Resumen

El presente informe se ha preparado en cumplimiento de lo dispuesto en la resolución 1612 (2005) del Consejo de Seguridad y resoluciones posteriores. Se trata del tercer informe presentado por el Secretario General al Consejo de Seguridad sobre el tema de los niños, niñas y adolescentes y los conflictos armados en Colombia y abarca el período comprendido entre septiembre de 2011 y junio de 2016. En él se presenta información sobre los seis tipos de violaciones graves cometidas contra menores, se indican las partes en conflicto responsables de esas violaciones y se describen los avances en la protección de los menores afectados por el conflicto armado.

El período sobre el que se informa se caracterizó por el inicio en 2012 de un histórico proceso de paz entre el Gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP), lo cual contribuyó a que el conflicto perdiera intensidad y a que disminuyera en general el número de violaciones cometidas contra niños, niñas y adolescentes, en particular al final del período. Concretamente, el Gobierno y las FARC-EP firmaron en mayo de 2016 un acuerdo en el que se indicaba el camino a seguir para la salida de los menores de 15 años de los campamentos como primera medida y se establecía un programa especial para la restauración de los derechos, la reintegración y la reparación para todos los menores de 18 años que hubieran salido. Además, en marzo de 2016 el Gobierno y un segundo grupo armado, el Ejército de Liberación Nacional (ELN), marcaron otro hito anunciando un acuerdo para entablar conversaciones de paz. Aunque estos acontecimientos históricos avivaron la esperanza de poner fin al conflicto, las actividades llevadas a cabo por grupos armados post-desmovilización siguieron haciendo peligrar la protección de los niños, niñas y adolescentes.

Durante todo el período sobre el que se informa el Gobierno de Colombia procuró fortalecer el marco orientado a poner fin a las violaciones cometidas contra niños, niñas y adolescentes, prevenirlas y responder a ellas. En el informe se recalca que hace falta dar prioridad al cumplimiento de los compromisos, así como de la legislación y las políticas vigentes, para que todo ello se plasme en resultados positivos concretos para la totalidad de los niños, niñas y adolescentes del país. En ese sentido, en el informe figura una serie de recomendaciones dirigidas a todas las partes para proteger mejor a los menores y fortalecer las garantías de no repetición en la fase posterior al conflicto.

I. Introducción

1. El presente informe, que abarca el período comprendido entre septiembre de 2011 y junio de 2016, se presenta en cumplimiento de lo dispuesto en la resolución 1612 (2005) del Consejo de Seguridad y resoluciones posteriores. Se trata de mi tercer informe sobre la situación de los niños, niñas y adolescentes y el conflicto armado en Colombia y complementa los dos que presenté antes (S/2009/434 y S/2012/171). En el informe se ponen de manifiesto las tendencias y las pautas de las violaciones cometidas contra menores en el contexto del conflicto armado en Colombia, así como los avances registrados para poner fin a esas violaciones y prevenirlas conforme a las conclusiones y recomendaciones presentadas en 2010 y 2012 por el Grupo de Trabajo del Consejo de Seguridad sobre los Niños y los Conflictos Armados (véanse S/AC.51/2010/3 y S/AC.51/2012/4).

2. La situación en Colombia se señaló en 2003 a la atención del Consejo de Seguridad de conformidad con el Artículo 99 de la Carta de las Naciones Unidas, en vista de la repercusión del conflicto armado en los niños, niñas y adolescentes. En 2003 se incluyó por primera vez a las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP), el Ejército de Liberación Nacional (ELN) y el grupo paramilitar Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) |1| en una lista de responsables de reclutamiento y utilización de menores incluida en el anexo II de mi informe anual sobre los niños y los conflictos armados (A/58/546-S/2003/1053). En mi informe anual más reciente (A/70/836-S/2016/360), el ELN y las FARC-EP volvieron a aparecer en la lista de responsables de reclutamiento y utilización de menores.

3. La información que figura en el presente informe fue reunida, documentada y verificada por el equipo de tareas sobre vigilancia y presentación de informes en Colombia, establecido en virtud de la resolución 1612 (2005) del Consejo de Seguridad.

II. Panorama de la evolución política y de seguridad

4. El período sobre el que se informa se caracterizó por una menor intensidad general del conflicto |2| y por el inicio en 2012 de las históricas conversaciones de paz entre el Gobierno de Colombia y las FARC-EP, así como por el anuncio en 2016 de conversaciones con el ELN.

5. Las conversaciones de paz entre el Presidente del Gobierno de Colombia, Juan Manuel Santos, y las FARC-EP se iniciaron en agosto de 2012 con apoyo de Cuba y Noruega como garantes y de Chile y Venezuela como países acompañantes. Pese a crisis esporádicas que obligaron a suspender temporalmente las conversaciones en varias ocasiones, el proceso de paz con las FARC-EP avanzó considerablemente, sobre todo los dos últimos años. En ese marco se concertaron acuerdos parciales en materia de desarrollo rural, participación política, erradicación de los cultivos de drogas ilícitas, cuestiones fundamentales sobre las víctimas y la justicia transicional, así como en relación con cuestiones relativas al fin del conflicto, entre ellas el cese al fuego y de las hostilidades y la dejación de las armas. En 2014 se estableció una subcomisión de género encargada de examinar los acuerdos y velar por que la perspectiva de género se incorporara en todo el proceso como cuestión transversal.

6. En junio de 2014 el Presidente Santos volvió a salir elegido por un segundo mandato de cuatro años, con lo cual recaía en él el cometido de seguir promoviendo el proceso de paz con las FARC-EP. No obstante, la campaña presidencial dejó entrever la acusada polarización de la sociedad y cierto escepticismo suscitado por el proceso de paz. Para respaldar la labor en pro de la paz, las Naciones Unidas en Colombia prepararon "Respira paz", campaña de sensibilización encaminada a promover una cultura de paz.

7. En marzo de 2016 tuvo lugar otro acontecimiento político de primer orden cuando el Gobierno de Colombia y el ELN anunciaron que habían llegado a un acuerdo para entablar conversaciones de paz. El inicio de esas conversaciones, sumado a la próxima conclusión de las mantenidas con las FARC-EP, reavivó las esperanzas de poner fin a 52 años de conflicto e instaurar en Colombia una paz sostenible.

8. Persistieron las violaciones graves cometidas contra niños, niñas y adolescentes, a menudo como consecuencia de enfrentamientos intermitentes entre partes en conflicto, así como de actividades llevadas a cabo por grupos armados post-desmovilización y otros grupos armados locales con intención de controlar territorio con fines de tráfico de drogas, extorsión, extracción minera ilegal, prostitución y trata de personas. Tras el proceso de desmovilización de organizaciones paramilitares que tuvo lugar entre 2003 y 2006 se formaron nuevos grupos armados integrados por antiguos miembros suyos, lo cual afectó a grandes extensiones de territorio. A mediados de 2016 los cinco grupos postdesmovilización principales causantes de un gran número de violaciones eran: a) Los Urabeños o Autodefensas Gaitanistas de Colombia (también denominados Clan Úsuga); b) Los Rastrojos; c) Águilas Negras; d) Los Paisas; y e) El Ejército Revolucionario Popular Antiterrorista Colombiano (ERPAC) |3|. La desmovilización parcial del ERPAC dejó un grupo armado residual denominado Libertadores del Vichada. Con los años, sus estructuras han evolucionado para contrarrestar las estrategias adoptadas por el Estado a fin de luchar contra los grupos, que han forjado alianzas con otros grupos armados o han combatido entre sí para hacerse con territorio. El 22 de abril de 2016 el Ministerio de Defensa emitió una directiva por la que autorizó las operaciones militares contra grupos post-desmovilización recalificados como grupos armados organizados.

9. El prolongado conflicto estorbó la aplicación eficaz de las políticas estatales y el desarrollo equitativo en las regiones de Colombia aisladas y afectadas por el conflicto |4|. Los niños, niñas y adolescentes de origen afrocolombiano e indígena que viven en zonas rurales fueron los que más se vieron afectados por el conflicto armado. La compleja situación humanitaria contribuyó al desplazamiento interno a gran escala durante todo el período sobre el que se informa, aunque las negociaciones de paz emprendidas por el Gobierno y las FARC-EP mejoraron sensiblemente la situación y contribuyeron a que el número de menores desplazados disminuyera un 40% entre 2013 y 2015. Además, el cese al fuego unilateral de las FARC-EP, anunciado en julio de 2015, y las ulteriores medidas de distensión adoptadas por las partes contribuyeron a una menor repercusión de la violencia en los civiles y a la disminución de los desplazamientos. Desde mediados de 2015, las Naciones Unidas no han registrado desplazamientos debidos a hostilidades emprendidas por las FARC-EP. No obstante esos avances, a diciembre de 2015 quedaban 5,8 millones de desplazados internos, cerca del 45% de ellos niños, niñas o adolescentes. Para el éxito de la labor de reconciliación e integración será decisivo encontrarles soluciones duraderas.

10. El Gobierno de Colombia ha implantado un ambicioso marco jurídico e institucional dirigido a facilitar asistencia y reparaciones a más de 7 millones de víctimas del conflicto armado, de las cuales es menor una de cada tres. Se avanzó en el sistema de inscripción de víctimas, la concesión de indemnizaciones financieras y el derecho de las víctimas a participar, lo cual es fruto de la labor del Estado canalizada por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), creada en 2012. La aprobación de la Ley 1448 (2011) de Víctimas y Restitución de Tierras, a cuya firma asistí el 13 de junio de 2011 |5|, revistió especial importancia en la medida en que en ella figuran disposiciones especiales para los niños, niñas y adolescentes víctimas. Se aprobaron otras novedades legislativas como la Ley 1719 (2014), relativa al acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual, en particular en un contexto de conflicto armado |6|. Con miras a mejorar la protección de las poblaciones desplazadas por el conflicto, la Corte Constitucional dictó asimismo el auto 119 de junio de 2013, por el que permitió a las personas desplazadas por la fuerza de forma violenta, en particular por grupos armados postdesmovilización, inscribirse en el Registro Único de Víctimas. Al 1 de julio de 2016 la UARIV había inscrito a 283.251 víctimas que, conforme a este auto, pasaron a reunir las condiciones para recibir asistencia de emergencia y reparaciones.

11. El diálogo político también permitió importantes avances en cuanto al reconocimiento de las víctimas del conflicto armado y su participación en las conversaciones mantenidas en La Habana por el Gobierno y las FARC -EP. Con el apoyo de las Naciones Unidas en Colombia, en 2014 viajaron a La Habana cinco delegaciones de víctimas, entre ellas dos víctimas reclutadas por grupos armados cuando tenían 13 años de edad y una mujer que a los 16 años había sufrido abusos sexuales por parte de paramilitares. En esas ocasiones tanto el Gobierno de Colombia como las FARC-EP reconocieron la repercusión del conflicto armado en la población civil, lo cual ofrecía la posibilidad de poner en marcha un proceso de consolidación de la paz y reconciliación.

12. El 4 de junio de 2015 las dos partes anunciaron que habían acordado establecer una comisión para el esclarecimiento de la verdad, la convivencia y la no repetición. Al poco tiempo, el 23 de septiembre, el Presidente Santos y el líder de las FARC-EP, Rodrigo Londoño Echeverri, alias "Timochenko", presentaron los elementos principales de un acuerdo de justicia transicional, posteriormente elaborados e incluidos en un acuerdo integral sobre verdad, justicia, reparación y no repetición para las víctimas del conflicto alcanzado el 15 de diciembre de 2015.

13. El acontecimiento más destacado en el ámbito de la protección de los niños, las niñas y los adolescentes tuvo lugar en mayo de 2016 en La Habana cuando el Gobierno de Colombia y las FARC-EP anunciaron un acuerdo sobre la salida de menores de 15 años de los campamentos de las FARC-EP, sobre el compromiso de las partes con la elaboración de una hoja de ruta para la salida de todos los demás menores de edad y sobre un programa integral especial para su atención.

14. Las partes observaron, por lo general, el cese al fuego unilateral anunciado por las FARC-EP y el anuncio del Gobierno en julio de 2015 de que suspendería los bombardeos aéreos, lo cual contribuyó a la menor intensidad del conflicto y a la mitigación del sufrimiento de los niños, niñas y adolescentes durante el último año del período sobre el que se informa. El 19 de enero de 2016 las partes solicitaron conjuntamente la participación de las Naciones Unidas en la vigilancia y verificación de la dejación de las armas, así como del cese al fuego y de las hostilidades, en el marco de un mecanismo tripartito (véase S/2016/53). El Consejo de Seguridad avaló el 25 de enero esta solicitud por unanimidad en su resolución 2261 (2016). El 23 de junio asistí a la firma de los acuerdos punteros sobre cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo y dejación de las armas, garantías de seguridad |7| y un acuerdo sobre ratificación. La misión política especial de las Naciones Unidas actuará como componente internacional del mecanismo de vigilancia y verificación del acuerdo sobre cese al fuego y de hostilidades y dejación de las armas. En calidad de componente internacional, la misión verificará y notificará el cumplimiento por las partes de sus compromisos de poner fin al enfrentamiento militar y abstenerse de cometer violaciones contra la población de las zonas de observación. La misión también se ocupará de verificar la dejación de las armas.

15. El 24 de agosto las partes anunciaron que habían concluido sus negociaciones y que habían llegado a un acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera que se firmó el 26 de septiembre en Cartagena en una ceremonia en la que participé. En el punto 3 del acuerdo final para la terminación del conflicto se recalcó que se pondría en libertad a los niños, niñas y adolescentes vinculados con las FARC-EP, que serían objeto de medidas de especial atención y protección. Además, en el punto 6 sobre la implementación de los acuerdos figuraba una disposición a efectos de garantizar el interés superior de los niños, niñas y adolescentes y la prevalencia de sus derechos.

III. Violaciones graves cometidas contra niños, niñas y adolescentes

16. Las Naciones Unidas registraron 2.078 acciones armadas entre noviembre de 2012 y diciembre de 2015. A lo largo del período examinado se observó una tendencia a la baja: en 2012 se registraron 945 acciones armadas, mientras que en 2015 el número de acciones armadas (533) disminuyó un 28% con respecto a 2013 y un 21% con respecto a 2014. También disminuyó el ámbito geográfico del conflicto; 29 de las 32 zonas controladas por administraciones locales, o departamentos, se vieron afectadas en 2012, frente a los 20 departamentos afectados durante el segundo semestre de 2015 |8|. En este contexto se perpetraron graves violaciones contra niños, niñas y adolescentes, aunque se registró una disminución considerable en la parte final del período examinado, en particular por lo que se refiere al número de menores asesinados o mutilados.

A. Reclutamiento y utilización de niños, niñas y adolescentes

17. Según datos recibidos por las Naciones Unidas, el reclutamiento y utilización de niños, niñas y adolescentes fue una violación denunciada repetidas veces en Colombia. Sin embargo, el número de casos verificados sufrió una disminución anual progresiva. En febrero de 2015 las FARC-EP se comprometieron a poner fin al reclutamiento de menores de 17 años, y el 18 de noviembre de 2015, en el curso de la visita de mi Representante Especial a La Habana, elevaron esta edad mínima a 18 años. Como se mencionaba antes, en mayo de 2016 tuvo lugar un importante acontecimiento consistente en que el Gobierno de Colombia y las FARC-EP anunciaron un acuerdo sobre la salida y la reintegración de menores.

18. La documentación de los casos siguió resultando difícil, al no disponerse de acceso a los grupos armados con fines de vigilancia, de modo que en la mayoría de los casos la verificación tuvo lugar al término de la salida de los niños, niñas y adolescentes, después de que las Fuerzas Armadas de Colombia los recuperaran, o tras su entrega a organizaciones humanitarias o instituciones encargadas de su protección. Las Naciones Unidas verificaron en 29 departamentos del país un total de 1.556 casos de reclutamiento y utilización de niños, niñas y adolescentes, algunos de apenas ocho años de edad. Los últimos cinco años, el 30% de los menores inscritos y salidos de grupos armados eran niñas, cuya edad media de reclutamiento (13,4 años) era inferior a la de los niños (14,1 años).

19. La mayor parte de los casos verificados se atribuyó a las FARC-EP. El reclutamiento por parte de las FARC-EP y otros grupos como el ELN afectó principalmente a comunidades indígenas y afrocolombianas de las zonas rurales, mientras que los grupos post-desmovilización y otros grupos armados locales reclutaron y utilizaron con frecuencia a niños, niñas y adolescentes de zonas urbanas marginadas y de zonas rurales estratégicas para hacerse con el control del tráfico de drogas y armas. Presuntamente se indujo a estos menores al alistamiento a los grupos armados con promesas de alimentos, dinero, protección u otro tipo de apoyo y beneficios para su familia. En un informe sobre el reclutamiento de menores presentado en diciembre de 2014 por la Defensoría del Pueblo se subrayaba que los menores de comunidades indígenas y afrocolombianas se encontraban en situaciones de extrema vulnerabilidad y seguían estando muy expuestos a abusos relacionados con el conflicto. En marzo de 2014 autoridades indígenas de Panamá también informaron del reclutamiento transfronterizo de menores por parte de las FARC-EP.

20. En algunos casos se obligó a los niños, niñas y adolescentes reclutados por grupos armados a cometer delitos graves. Por ejemplo, un menor reclutado en Antioquia por las FARC-EP a la edad de 12 años dijo en 2013 a la Defensoría del Pueblo que lo habían obligado a matar y a torturar a varios amigos suyos |9|. El reclutamiento y la utilización de menores para cometer delitos graves en la propia comunidad dificultaron aún más la reintegración.

21. Se denunció un mayor número de casos de reclutamiento y utilización por parte de los cinco grupos post-desmovilización principales y de otros grupos armados locales, como La Empresa y Los Machos. Según el sistema de alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo, estos grupos, que estaban presentes en cerca de la mitad de los departamentos, fueron responsables en 2015 de graves violaciones cometidas contra niños, niñas y adolescentes en ciudades como Buenaventura, Cúcuta, Medellín y Tumaco. Durante el primer semestre de 2016 siguió observándose cierto riesgo de reclutamiento por parte de estos grupos en Bolívar, Chocó, Meta, Guaviare y Córdoba, así como en Norte de Santander. Se denunciaron amenazas y tentativas de reclutamiento en Bolívar, Risaralda, Casanare, Amazonas y Guaviare, y en el primer semestre de 2016 se registraron siete incidentes, frente a los 18 registrados el segundo semestre de 2015.

22. Junto con otras violaciones graves, el reclutamiento y utilización de niños, niñas y adolescentes siguió siendo durante el período examinado un factor que contribuía al desplazamiento en la medida en que las familias huían para proteger a sus hijos. Al respecto, el sistema de alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo |10| emitió de septiembre de 2011 a junio de 2016 por lo menos 105 alertas de riesgo de reclutamiento en 30 departamentos. En 2013 se registró la cifra de alertas más alta (46), que bajó a 18 en 2014 y 2015.

23. También preocupa la utilización de niños, niñas y adolescentes por las Fuerzas Armadas de Colombia en labores de inteligencia. En el artículo 41, párrafo 29, de la Ley 1098 (2006) sobre la Infancia y la Adolescencia se afirma que las Fuerzas Armadas deben abstenerse de utilizar menores en actividades militares, operaciones psicológicas, campañas cívico-militares y similares. En el artículo 176 de la misma Ley se prohíben expresamente las entrevistas y la utilización de los niños, niñas y adolescentes desvinculados de los grupos armados en actividades de inteligencia llevadas a cabo por autoridades de la fuerza pública. En el Código Penal nacional y en varias directivas del Ministerio de Defensa Nacional (D.15/2007; D.30743/2007; D.048/2008; D.7169/2008) también se prohíbe esta práctica. Sin embargo, en marzo de 2015, durante la operación militar "Toma Masiva de Urabá" lanzada en Antioquia, miembros de las Fuerzas Armadas de Colombia presuntamente ofrecieron dinero a niños, niñas y adolescentes para que obtuvieran información sobre la presencia de un comandante en un grupo armado no estatal. En mayo de 2014 las FARC-EP anunciaron que habían puesto en libertad a tres niñas presuntamente reclutadas por las Fuerzas Armadas de Colombia que se habían infiltrado en sus filas como espías. En un caso semejante, en febrero de 2015 en Valle del Cauca las FARC -EP también entregaron al Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) a dos menores indígenas que presuntamente se habían infiltrado en sus filas enviados por las Fuerzas Armadas de Colombia.

24. Durante el período examinado también se denunciaron por lo menos 22 actividades cívico-militares en las comunidades, incluso en el interior de escuelas. En zonas donde hay presentes agentes armados, estas actividades sociales, culturales, deportivas o de desarrollo llevadas a cabo por las Fuerzas Armadas de Colombia exponen a los niños, niñas y adolescentes al riesgo de sufrir represalias por el solo hecho de interactuar con ellas. Además. aunque la Comisión Intersectorial para la Prevención del Reclutamiento y Utilización de Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes por los Grupos Organizados al Margen de la Ley es la entidad encargada de coordinar las iniciativas de prevención, las campañas organizadas por el Ministerio de Defensa para prevenir el reclutamiento por parte de grupos armados suscitaron preocupación en cuanto al riesgo de utilizar menores en actividades de inteligencia. En sus observaciones finales de 6 de marzo de 2015 (CRC/C/COL/CO/4-5), el Comité de los Derechos del Niño instó a Colombia a que "aplicara las directivas institucionales vigentes destinadas a proteger los derechos de los niños, en particular las que ordenan la suspensión de todas las actividades cívico-militares en que participen niños, que deben abarcar las realizadas por la policía, y las que prohíben la utilización de niños para labores de inteligencia militar".

B. Muerte y mutilación de niños, niñas y adolescentes

25. Se siguió dando muerte y mutilando a niños, niñas y adolescentes en Colombia como consecuencia de acciones armadas en el contexto de fuegos cruzados, enfrentamientos y ataques indiscriminados y mediante minas terrestres y municiones sin detonar. De septiembre de 2011 a junio de 2016 las Naciones Unidas verificaron 117 casos de menores muertos y 147 de menores heridos. Las cifras nacionales para el período comprendido entre enero de 2012 y junio de 2016 son notablemente superiores, pues entre los 4.523 menores inscritos por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) figuran familiares de víctimas de homicidios, considerados víctimas indirectas del conflicto. La UARIV también inscribió a 68 menores que habían sido víctimas de tortura y otros malos tratos durante ese mismo período.

26. Al principio del período sobre el que se informa fue habitual que niños, niñas y adolescentes resultaran muertos o heridos en el contexto de ataques indiscriminados o en combate. Por ejemplo, en 2012 fueron 37 los miembros de las FARC-EP, entre ellos ocho menores de 14 a 16 años de edad, que murieron en un ataque lanzado por las Fuerzas Armadas de Colombia contra su campamento en Meta. En un caso semejante registrado en 2012 cinco menores vinculados con el ELN sufrieron heridas graves en el curso de una operación en Bolívar. En 2013 varios niños o niñas pequeños resultaron heridos de gravedad o muertos como consecuencia de bombas lanzadas contra la policía local por las FARC-EP y el ELN. También resultaron muertos o heridos menores atrapados en un fuego cruzado. Por ejemplo, en Valle del Cauca, en febrero de 2012 un niño de cuatro años de edad resultó muerto en un fuego cruzado entre las FARC-EP y la policía. En agosto de 2013 en Putumayo un niño de 14 años de edad resultó muerto en un fuego cruzado entre las FARC-EP y las Fuerzas Armadas de Colombia.

27. En el segundo semestre del período examinado disminuyó sensiblemente el número de víctimas infantiles. Las minas terrestres fueron durante el período la principal causa de víctimas infantiles. Aunque el uso de minas terrestres está prohibido, grupos armados las han utilizado en Colombia, que es el segundo país del mundo en cuanto a número de víctimas infantiles de este tipo de minas. Según cifras de la Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal, de septiembre de 2011 a diciembre de 2015 habían quedado mutilados por lo menos 188 menores (136 niños y 52 niñas) y habían muerto 41 (35 niños y 6 niñas) a causa de minas antipersonal y municiones sin detonar. Aunque muchos accidentes quedan sin notificación, el número total de víctimas civiles documentadas de minas antipersonal y municiones sin detonar ha disminuido considerablemente desde 2012, en particular gracias a campañas de desminado y de sensibilización sobre el problema de las minas. En 2014-2015 las autoridades registraron una disminución del 66% en el número de incidentes frente a 2012 -2013. Sin embargo, la proporción de niños, niñas y adolescentes muertos o heridos en esos incidentes aumentó de un 30% del total de víctimas civiles en 2013 a un 45% en 2015.

28. Preocupaban en particular los casos verificados persistentes de niños, niñas y adolescentes muertos o mutilados a causa de minas antipersonal y municiones sin detonar en el interior de escuelas o en los alrededores de estas. Por ejemplo, en febrero de 2013 murió una niña de 17 años de edad y resultaron heridas otras dos de 15 y 17 años cuando una mina terrestre explotó en los alrededores de su escuela en Antioquia. En mayo de 2014 dos menores resultaron heridos por un artefacto explosivo que habían encontrado en los alrededores de su escuela en Putumayo. En noviembre de 2015 una niña de 15 años de edad resultó herida por la detonación de una mina terrestre fuera de su escuela en Antioquia.

29. Se registraron casos de muerte y mutilación deliberadas de niños, niñas y adolescentes por parte de grupos armados post-desmovilización. En abril de 2012 Los Rastrojos atacaron en Nariño a ocho niñas de 14 y 15 años de edad a las que acusaron de ser amigas de las fuerzas armadas de los Estados Unidos desplegadas en el país. Una de las niñas murió, otra resultó herida y las otras seis fueron desplazadas por la fuerza. En marzo de 2015 una niña de 15 años de edad a la que las Autodefensas Gaitanistas de Colombia habían sometido a explotación sexual fue asesinada en Antioquia por el grupo en medio de una operación lanzada por las Fuerzas Armadas de Colombia para rescatarla. También en Antioquia, las Autodefensas Gaitanistas de Colombia ejecutaron en agosto de 2015 a un niño de 16 años de edad que participaba en un programa de "policía cívica" organizado por la policía nacional.

30. Según información de la Fiscalía General, el número de ejecuciones extrajudiciales realizadas por las Fuerzas Armadas de Colombia, incluidas las que tuvieron como víctimas a niños, niñas y adolescentes, disminuyó notablemente, pasando de 43 casos en 2007 a uno en 2012. Las Naciones Unidas también notificaron en 2014 un caso en el que las Fuerzas Armadas de Colombia presuntamente habían ejecutado a una niña de 17 años de edad en el curso de una operación militar dirigida contra las FARC-EP en Antioquia. En el momento en que se redactaba el presente informe seguía abierta una investigación emprendida por la Fiscalía General en Tierralta (Córdoba).

C. Violación y otros tipos de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes

31. Con el conflicto armado, los niños, niñas y adolescentes han pasado a correr mayor riesgo de violencia sexual, que, como ocurre en otros contextos de conflicto armado, sigue en gran medida sin denunciarse. En vista de las dificultades encontradas por las víctimas en cuanto a la denuncia de las violaciones cometidas y el acceso a los servicios, durante el período examinado las Naciones Unidas solo pudieron verificar 23 casos de víctimas infantiles de violencia sexual a manos de las Fuerzas Armadas de Colombia (8), las Autodefensas Gaitanistas de Colombia (6), las FARC-EP (4), el ELN (1), las Águilas Negras (1) y algún grupo armado no identificado (3).

32. Las niñas vinculadas con grupos armados eran especialmente vulnerables. Por ejemplo, en abril de 2013 un líder de las FARC-EP sometió en Putumayo a abusos sexuales a una niña de 13 años de edad que quedó embarazada como consecuencia de ello. En abril de 2014 tres personas presuntamente se encontraban detenidas en Bolívar acusadas de vender niñas a grupos armados, incluido el ELN, con fines sexuales. La violencia sexual ejercida contra niños, niñas y adolescentes por grupos armados locales y post-desmovilización prosiguió en los territorios donde estos estaban presentes. Los grupos también emplearon la violencia sexual, o amenazaron con emplearla, contra hijos de defensores de los derechos humanos o líderes comunitarios como método de intimidación y control.

33. Además, cada año del período sobre el que se informa se documentaron casos de explotación sexual por grupos post-desmovilización de niñas que apenas tenían 12 años de edad, en particular en zonas controladas por grupos armados en que se extraía oro, como señalé en mis últimos informes al Consejo de Seguridad sobre la violencia sexual relacionada con los conflictos (S/2015/203 y S/2016/361).

34. También se denunciaron casos de violencia sexual cometida por miembros de las Fuerzas Armadas y la policía de Colombia, en particular en 2012. Desde fines de 2015 se han registrado avances en la lucha contra la impunidad. Por ejemplo, se detuvo a un miembro de las Fuerzas Armadas de Colombia que en 2012 había violado a una niña de 12 años de edad en Meta y se condenó a otro a 14 años de cárcel por haber violado en 2012 a una niña de 14 años de edad en Cundinamarca. También se ha revisado la directiva núm. 11 (2010) del Ministerio de Defensa, relativa a la prevención de la violencia sexual, para garantizar el cumplimiento de la política de "tolerancia cero" frente a la violencia sexual en las Fuerzas Armadas.

D. Ataques contra escuelas y hospitales

35. En varios departamentos del país, principalmente en zonas rurales, se verificaron ataques contra escuelas y hospitales lanzados por grupos armados y por las Fuerzas Armadas de Colombia y se observó una tendencia a la baja a medida que transcurría el período sobre el que se informa. A pesar de que en el Código Penal de Colombia figuran disposiciones concretas que tipifican como delito los ataques contra bienes de carácter civil, como las instituciones de enseñanza, y su utilización, no se rinden cuentas por este tipo de violaciones.

36. Durante el período sobre el que se informa, varias escuelas sufrieron daños a causa de fuegos cruzados, bombardeos e incidentes con minas y restos explosivos de guerra. En muchos casos se colocaron artefactos explosivos en los alrededores de una escuela o en el interior de sus instalaciones a causa de su proximidad a objetivos como comisarías de policía o bases militares o porque fuerzas o grupos armados utilizaban esas instalaciones con fines militares. En enero de 2013 se detonó una bomba en un internado de Caquetá; en el momento del incidente no había menores presentes, pues las FARC-EP habían informado a la comunidad antes de la explosión. En algunos casos las Fuerzas Armadas de Colombia desactivaron los artefactos explosivos, como ocurrió en Cauca en febrero y noviembre de 2014, en Caquetá en abril de 2015, en Meta en octubre de 2015 o en Tolima en febrero de 2016. En otros casos las escuelas quedaron dañadas o destruidas como consecuencia de explosiones o de fuego cruzado. Por ejemplo, en junio de 2012 se interrumpieron las clases de más de 700 alumnos de Nariño al haber quedado destruida su escuela en un ataque dirigido por las FARC-EP contra una comisaría de policía ubicada en las inmediaciones. En agosto de 2014 una escuela también sufrió daños a raíz de un ataque con granadas lanzado por las FARC-EP contra una comisaría de policía de Nariño. En febrero de 2016 una escuela de Antioquia quedó atrapada en un fuego cruzado entre las FARC-EP y el ELN; los menores, aterrorizados, tuvieron que refugiarse debajo de sus pupitres.

37. Asimismo, se presentaron 54 denuncias de maestros asesinados (13) o amenazados (41), en la mayor parte de los casos por grupos armados postdesmovilización. En algunos casos, presuntamente se dio muerte o se amenazó a maestros por su participación en actividades dirigidas a prevenir el tráfico de drogas o el reclutamiento de niños, niñas y adolescentes. También se denunciaron amenazas sufridas por personal médico y restricciones a la prestación de atención médica. En el período comprendido entre enero de 2011 y julio de 2016 el CICR documentó al menos 985 casos de obstrucción de actividades de atención médica, como amenazas y ataques contra personal, instalaciones o transporte médicos.

38. El uso de una escuela por una fuerza o grupo militar con fines militares puede poner en peligro su condición de espacio civil y hacerla más vulnerable a los ataques lanzados por las partes enfrentadas. Con la presencia de personal armado militar o de otro tipo también aumenta el riesgo de reclutamiento y de empleo de violencia sexual por parte de agentes armados que operan en el interior de las escuelas o en sus inmediaciones. También pueden aumentar las tasas de abandono escolar y disminuir la asistencia en la medida en que los progenitores tienen miedo a enviar a sus hijos a la escuela. Aunque Colombia es uno de los pocos países del mundo en los que está expresamente restringido el uso por las fuerzas armadas de edificios dedicados a la enseñanza, durante el período sobre el que se informa se verificaron casos de uso de escuelas con fines militares por parte de las Fuerzas Armadas de Colombia, por última vez en octubre de 2015. En febrero de 2013 las Fuerzas Armadas de Colombia utilizaron una escuela de Putumayo como base militar durante varios días. Como consecuencia de ello, algunos progenitores presuntamente dejaron de enviar a sus hijos a la escuela. En febrero de 2015 las Fuerzas Armadas de Colombia utilizaron otra escuela de Cauca durante los combates. Varios grupos armados también emplearon escuelas para almacenar armas. En marzo de 2015 las Fuerzas Armadas de Colombia desactivaron varios artefactos explosivos almacenados por las FARC-EP en una escuela de Putumayo. En otros casos, escuelas utilizadas por grupos armados sufrieron daños durante enfrentamientos con las Fuerzas Armadas de Colombia. Por ejemplo, en abril de 2013 una escuela utilizada como refugio por las FARC-EP sufrió daños al quedar atrapada en un fuego cruzado con las Fuerzas Armadas de Colombia en Arauca. La situación es especialmente problemática en las zonas remotas, donde puede que las comunidades necesiten meses o años para reconstruir las escuelas destruidas.

E. Secuestros

39. Durante el período sobre el que se informa, el equipo de tareas sobre vigilancia y presentación de informes en el país documentó seis casos de secuestro de menores, de los cuales pudo verificar tres. Por ejemplo, en mayo de 2012 las FARC-EP secuestraron y posteriormente asesinaron a un niño de 14 años de edad. En agosto de 2014 el ELN secuestró en Antioquia a una niña de 13 años de edad y a su padre; pasadas varias horas, se puso en libertad a la niña. Según la UARIV, de enero de 2012 a diciembre de 2015 se inscribió a 77 menores (36 niñas y 41 niños) como víctimas de secuestros relacionados con el conflicto. Pese a los pocos casos verificados de secuestro de menores, miembros de grupos armados salidos recientemente de los campamentos han relatado su secuestro en la niñez y han señalado que su familia no denunció el incidente por miedo a las represalias.

40. El 17 de octubre de 2015 las delegaciones de las FARC-EP y del Gobierno en las conversaciones de paz llegaron a un acuerdo sobre las personas desaparecidas que incluía "medidas inmediatas humanitarias de búsqueda, ubicación, identificación y entrega digna de restos de personas dadas por desaparecidas" en el contexto del conflicto armado. En este proceso también es importante dar prioridad a los casos de niños, niñas y adolescentes.

F. Denegación de acceso humanitario

41. La reclusión y las restricciones a la movilidad impuestas por grupos armados tuvieron considerable repercusión humanitaria en los niños, niñas y adolescentes. En julio de 2014, por ejemplo, los Urabeños recluyeron varias semanas a más de 3.200 personas en el departamento de Bolívar imponiendo estrictos controles del desplazamiento, incluidas restricciones a organizaciones humanitarias y a proveedores de asistencia estatales.

42. Las FARC-EP y el ELN también prohibieron la libre circulación de bienes y personas, a raíz de lo cual diversos municipios se quedaron sin acceso a asistencia humanitaria y a servicios básicos. Por ejemplo, en febrero de 2013 las FARC-EP prohibieron durante una semana todo tipo de transporte (de personas o de bienes) en por lo menos cuatro municipios de Chocó. En febrero de 2014 hombres armados no identificados dispararon en Cauca contra una misión humanitaria e hirieron a tres de sus miembros.

IV. Seguimiento de las recomendaciones del Secretario General y respuesta programática

A. Respuesta y seguimiento de las conclusiones

43. El fortalecimiento de la respuesta a las violaciones cometidas contra niños, niñas y adolescentes y las políticas de prevención contribuirán de forma importante a la paz en Colombia. Durante el período sobre el que se informa se adoptaron medidas para reforzar la coordinación institucional orientada a prevenir el reclutamiento y la utilización de menores y la correspondiente respuesta, prevenir los incidentes con minas antipersonal y municiones sin detonar y hacer frente a las consecuencias del desplazamiento forzado y la violencia sexual en situaciones de conflicto. Aunque con ello se han registrado mejoras considerables, la aplicación no ha sido coherente en todas las partes del país y subsisten deficiencias al respecto, principalmente en zonas rurales y aisladas.

Prevención del reclutamiento

44. El Gobierno ha elaborado un marco de políticas públicas para impedir que grupos armados recluten a niños, niñas y adolescentes. En julio de 2010 el Gobierno empezó a aplicar el documento CONPES 3673 |11|, en el que se exponía la estrategia estatal de prevención del reclutamiento y utilización de niños, niñas y adolescentes por parte de grupos armados y se facilitaba orientación para la asignación y distribución de los recursos públicos destinados a los programas de prevención entre 2010 y 2014.

45. En vista de que el documento CONPES 3673 se ha terminado de aplicar y de que en marzo de 2015 se procedió a su evaluación, hay que seguir procurando garantizar la coordinación eficaz y el seguimiento entre los ámbitos nacional y local y hacer un seguimiento adecuado para garantizar el pleno cumplimiento de los objetivos de política. Además, la aplicación de hojas de ruta y planes de prevención encontró dificultades financieras y en materia de seguridad que restaron eficacia a la respuesta local al reclutamiento de niños, niñas y adolescentes. En el contexto de la aprobación del Plan Nacional de Desarrollo 2014 -2018 "Todos por un nuevo país" (Ley 1753 de 2015), celebro que en el artículo 123 se hayan incluido disposiciones para el seguimiento de la política de prevención a partir de enfoques diferenciales para los pueblos indígenas, las comunidades afrocolombianas, raizales y palenqueras y el pueblo Rrom. Al respecto, aliento a que se asignen suficientes recursos para garantizar en Colombia la prevención eficaz del reclutamiento y utilización, así como de la violencia sexual, por parte de grupos armados y grupos post-desmovilización.

46. Bajo la dirección de la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos, la Comisión Intersectorial para la Prevención del Reclutamiento y Utilización de Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes por los Grupos Organizados al Margen de la Ley, integrada por 22 entidades estatales, prestó apoyo técnico a la preparación de políticas, hojas de ruta y planes de ámbito local para impedir el reclutamiento y la utilización, promover espacios seguros para los niños, niñas y adolescentes, capacitar a funcionarios de la administración pública local y difundir a las comunidades información sobre los servicios de prevención. Tras el acuerdo sobre menores firmado en mayo de 2016, la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y la Defensoría del Pueblo se pusieron al frente de la coordinación de la labor de un comité técnico junto con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la Organización Internacional para las Migraciones, el CICR y tres organizaciones de la sociedad civil (Anzorc, Conpaz y Coalico). Conforme a lo solicitado por el Gobierno de Colombia y las FARC-EP en su comunicado conjunto #70 sobre los menores, el comité presentó a las partes un protocolo para la salida de los menores de 15 años de los campamentos de las FARC-EP, así como un programa especial de restablecimiento de atención y reintegración de todos los menores de 18 años. El protocolo se aprobó el 6 de septiembre, como se indica en el comunicado conjunto #97, Protocolo de salida y plan transitorio de acogida de niños, niñas y adolescentes que salgan de los campamentos de las FARC-EP, y el proceso de salida y transición se inició el 10 de septiembre con la salida de 13 menores de 15 años.

47. El sistema de alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo emitió oportunamente alertas válidas de riesgo dirigidas a las comunidades, en particular a los niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, como indica el Grupo de Trabajo del Consejo de Seguridad sobre los Niños y los Conflictos Armados en sus conclusiones sobre Colombia (véase S/AC.51/2012/4, párrs. 10 b) y h)), podría mejorarse la coordinación de la respuesta institucional a estas alertas a fin de atender debidamente las necesidades de los niños, niñas y adolescentes.

Reintegración

48. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar siguió dando cumplimiento a un programa de reintegración de los niños, niñas y adolescentes que salen de grupos armados, incluidos grupos post-desmovilización. Desde que se creó en 1999 hasta julio de 2016, el Instituto ha ayudado en total a 6.035 niños, niñas y adolescentes. Durante el período sobre el que se informa se incorporaron al programa 1.310 menores.

49. Según los principios enumerados en el acuerdo de mayo de 2016 sobre los niños, niñas y adolescentes, los menores desmovilizados oficialmente que salgan de campamentos de las FARC-EP recibirán atención con fines de reintegración conforme al protocolo correspondiente y al programa especial de reintegración. En el momento en que se redactaba el presente informe, en septiembre de 2016, el primer grupo de menores había salido de los campamentos y había sido acogido por el UNICEF y sus asociados. Proseguirá la colaboración para garantizar la salida de todos los menores respetando los principios del interés superior del niño, niña y adolescente y su condición primordial de víctima, consagrados en la legislación nacional e internacional.

50. Antes se habían dado muchos casos de diferencia entre el trato dispensado a los niños, niñas y adolescentes salidos de grupos armados como las FARC-EP y el ELN y el dispensado a los salidos de grupos post-desmovilización y otros grupos armados. En algunos casos, se remitió a la Fiscalía General a menores vinculados con grupos post-desmovilización considerados "bandas criminales", con lo que no se beneficiaron de la asistencia con fines de reintegración. Sin embargo, la Corte Constitucional afirmó en 2012 que las víctimas del conflicto armado desplazadas por la fuerza no eran únicamente víctimas de determinados grupos armados, sino más bien de todos ellos (véase la sentencia C-781/2012). Asimismo, la Corte Constitucional confirmó en febrero de 2016 que todos los niños, niñas y adolescentes desmovilizados de grupos armados, incluidos los reclutados por grupos post-desmovilización, debían ser considerados víctimas conforme a la Ley 1448 (2011) sobre derechos de las víctimas y restitución de tierras, lo cual garantizaba la inclusividad y la igualdad de trato para los menores vinculados antes con cualquier grupo armado no estatal.

Justicia para las víctimas

51. Desde que se aprobó la Ley 1448 (2011), las actividades se han centrado en la creación de estructuras institucionales, entre ellas la UARIV, la Unidad de Restitución de Tierras, el Centro Nacional de Memoria Histórica, la Unidad Nacional de Protección y los jueces y magistrados especializados en restitución. La UARIV desplegó coordinadores locales y elaboró instrumentos para la medición de las reparaciones individuales y colectivas. En el plano local se crearon subcomités técnicos con el objeto de mejorar la determinación de las necesidades de las víctimas y la consiguiente respuesta mediante una mayor coordinación entre las autoridades nacionales y locales y los representantes de las víctimas.

52. De conformidad con las últimas conclusiones del Grupo de Trabajo sobre los Niños y los Conflictos Armados, que ponían de relieve la importancia de mejorar los enfoques centrados en las víctimas, también se avanzó en la inscripción de víctimas, la restitución de tierras, las indemnizaciones económicas y la participación de las víctimas. Se hizo especial hincapié en la formulación de planes para imprevistos y de prevención y reparación que solo se han aplicado parcialmente. Además de problemas actuales como el gran número de víctimas inscritas y la persistencia del conflicto armado en partes del país, la exigua presencia de la UARIV y otras instituciones estatales en las zonas rurales y especialmente afectadas supuso que no se cumplieran debidamente varios objetivos fundamentales, como garantizar los derechos de los desplazados internos y los refugiados y su acceso a servicios de protección y a la justicia y reparaciones, en particular en las comunidades indígenas y afrocolombianas.

Violencia sexual

53. Los avances en la respuesta a la violencia sexual relacionada con el conflicto se han plasmado en los ámbitos institucional y jurídico. Durante todo el período sobre el que se informa, las autoridades colombianas han procurado elaborar una estrategia interinstitucional de lucha contra la impunidad y de promoción de una respuesta integrada para las víctimas de violencia por razón de género en el contexto del conflicto. En 2012 la Comisión Intersectorial para la Prevención del Reclutamiento y Utilización de Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes por los Grupos Organizados al Margen de la Ley asumió responsabilidades como la prevención de la violencia sexual contra los niños, niñas y adolescentes, y en 2013 se publicaron lineamientos de política para la garantía de los derechos de las mujeres víctimas del conflicto armado (CONPES 3784).

54. Se aprobaron leyes para asegurar a los supervivientes de violencia sexual el acceso a las reparaciones, el apoyo psicosocial y la atención médica gratuita. Se amplió el ámbito de la Ley 1448 (2011) para dar cabida a las víctimas específicas de los grupos post-desmovilización. Por último, para hacer frente al problema de la escasez de denuncias presentadas la Ley 1719 (2014) sobre el acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual preveía la creación de un Sistema de Registro Unificado de Casos de Violencia contra mujeres y niñas que se alimentaría de información procedente de varias fuentes y entidades estatales.

55. En el acuerdo sobre las víctimas alcanzado el 15 de diciembre de 2015 entre el Gobierno y las FARC-EP se prestaba atención específica a la cuestión de la violencia sexual relacionada con el conflicto, tema que también se incorporó en los distintos componentes del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. El acuerdo de paz ofrece al Estado posibilidades de crear una política integrada para los supervivientes de violencia sexual relacionada con el conflicto que incluya la atención sanitaria y de salud mental, el acceso a la justicia y la lucha contra la impunidad, la reintegración socioeconómica y la recopilación exhaustiva de datos.

Actividades relativas a las minas

56. La Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal coordinó durante todo el período sobre el que se informa programas de desminado que incluían iniciativas de apoyo a las víctimas y educación sobre el peligro de las minas. De 2011 a 2015 se organizaron en 11 departamentos campañas de educación sobre el peligro de las minas en las que participaron al menos 138.234 niños, niñas y adolescentes, así como familiares y maestros. El 7 de marzo de 2015 el Gobierno y las FARC-EP anunciaron un acuerdo de desminado humanitario que se consideraba medida fundamental de fomento de la confianza en el proceso de paz. Formaba parte de ello un proyecto piloto conjunto de las Fuerzas Armadas de Colombia y las FARC-EP para la limpieza y descontaminación de la presencia de minas antipersonal, municiones sin explotar y artefactos explosivos improvisados, así como actividades de educación sobre el peligro de las minas realizadas en dos departamentos (Meta y Antioquia) con el apoyo de Norwegian People's Aid. Aliento a las partes a que intensifiquen sus iniciativas conjuntas de desminado humanitario en tanto condición necesaria para que los niños, niñas y adolescentes puedan regresar de forma segura a las escuelas y las comunidades puedan recuperar sus tierras, lo cual contribuirá a una paz sostenible.

Lucha contra la impunidad

57. En sus conclusiones de 2012 sobre la situación de los niños, niñas y adolescentes y el conflicto armado en Colombia, el Grupo de Trabajo del Consejo de Seguridad alentó al Gobierno de Colombia a que redoblara los esfuerzos por luchar contra la impunidad de las transgresiones contra menores en el conflicto armado investigando los casos y procesando a los autores. Durante el período examinado se impusieron 92 condenas por reclutamiento de niños, niñas y adolescentes. Con la aprobación en 2005 de la Ley de Justicia y Paz se estableció un modelo especial de enjuiciamiento para los miembros desmovilizados de los grupos paramilitares que excluía a los niños, niñas y adolescentes antes vinculados con ellos. A abril de 2016 se había procesado conforme a esta Ley a 158 exparamilitares.

58. Además, con arreglo al acuerdo sobre las víctimas de 15 de diciembre de 2015 el reclutamiento de menores de 15 años y la violencia sexual no pueden ser objeto de amnistía.

B. Promoción

59. Cuando se iniciaron en octubre de 2012 las negociaciones de paz con las FARC-EP, la cuestión de los niños, niñas y adolescentes no formaba parte del programa. Gracias a actividades de promoción emprendidas en distintos foros, en particular por mi Representante Especial para la Cuestión de los Niños y los Conflictos Armados con apoyo del coordinador residente y la oficina del UNICEF en Colombia, la cuestión se señaló a la atención de las partes negociadoras. Por ejemplo, mi Representante Especial defendió en 2013 ante el Gobierno de Colombia y ante los garantes del proceso de paz la necesidad de incluir la cuestión de los menores en una fase temprana de las negociaciones y los acuerdos.

60. Durante las mesas redondas regionales organizadas en 2013 por las Naciones Unidas a instancias de las comisiones de paz del Congreso y el Senado de Colombia se pusieron de relieve las cuestiones relacionadas con el reclutamiento de niños, niñas y adolescentes y la violencia sexual. Las partes negociadoras encomendaron a la Universidad Nacional de Colombia y a las Naciones Unidas la organización de tres foros regionales y uno nacional sobre las víctimas en el marco de los cuales se invitó a adolescentes y jóvenes a participar y a elaborar recomendaciones concretas en nombres de las víctimas directas e indirectas del conflicto. En 2014 varias delegaciones de víctimas pusieron de manifiesto en La Habana casos de reclutamiento y violencia sexual, ejecución extrajudicial por el ejército, asesinato y desplazamiento forzado de los que habían sido víctimas niños, niñas y adolescentes.

61. Mi Representante Especial para la Cuestión de los Niños y los Conflictos Armados, invitada por el Gobierno y las FARC-EP, se reunió con ambas delegaciones, así como con Cuba y Noruega, en calidad de facilitadores, primero en mayo de 2015 y después en octubre y noviembre de ese mismo año. En esas ocasiones propugnó el fin del reclutamiento de niños, niñas y adolescentes, la puesta en libertad de todos los menores vinculados con las FARC-EP en aras del interés superior de los menores y el tratamiento de estos principalmente como víctimas. También reiteró el apoyo de las Naciones Unidas a las partes para que llegaran a un acuerdo sobre la salida y reintegración de los niños, niñas y adolescentes. Esta labor culminó con la firma en La Habana el 15 de mayo de 2016 del acuerdo sobre la salida de menores de 15 años de los campamentos de las FARC-EP y compromiso con la elaboración de una hoja de ruta para la salida de todos los demás menores de edad y un programa integral especial para su atención.

62. En una coyuntura fundamental de la aplicación de los acuerdos entre el Gobierno y las FARC-EP se ha determinado que la colaboración entre entidades estatales, las Naciones Unidas y la comunidad internacional contribuye de forma esencial al logro de la paz y la protección de los niños, niñas y adolescentes de Colombia. Este momento decisivo sirve de importante oportunidad para forjar una alianza a fin de ofrecer a todos los niños, niñas y adolescentes la infancia pacífica que se merecen. A ese respecto, tiene carácter prioritario establecer garantías de no repetición para atajar las causas fundamentales del reclutamiento de menores y otras violaciones graves cometidas por grupos armados, incluidos los grupos postdesmovilización.

V. Recomendaciones

63. Exhorto a todas las partes a que cumplan con sus obligaciones de respetar el derecho de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario y, en particular, a que pongan fin a todas las violaciones graves cometidas contra niños, niñas y adolescentes. Exhorto a los grupos armados a que asuman y cumplan compromisos para poner fin al reclutamiento y la utilización de menores y pongan de inmediato en libertad a todos los que tengan en sus filas.

64. Acojo con beneplácito la firma de un acuerdo entre el Gobierno de Colombia y las FARC-EP sobre la salida de todos los niños, niñas y adolescentes vinculados con las FARC-EP, así como la aplicación inicial de este acuerdo en virtud de la salida de un primer grupo de menores. Aliento a las partes negociadoras a que velen por su aplicación conforme a los principios orientadores expuestos en el acuerdo, en particular por lo que se refiere al interés superior de los menores y el tratamiento de estos principalmente como víctimas. Recordando que en anteriores ocasiones no fue posible impedir que organizaciones delictivas o grupos armados volvieran a reclutar a los miembros desmovilizados, insto al Gobierno a que vele por que las necesidades de reintegración de los niños, niñas y adolescentes afectados por el conflicto armado se atiendan a título de máxima prioridad.

65. Reitero mi pleno apoyo al proceso de paz puesto en marcha por el Gobierno de Colombia con las FARC-EP y elogio a quienes han ejercido funciones de países garantes y acompañantes por su liderazgo y su contribución al logro de la paz en Colombia. Exhorto a la comunidad internacional a que siga prestando apoyo político y financiero a las iniciativas colombianas de consolidación de la paz y a la aplicación de los acuerdos de paz, prestando especial atención a las repercusiones en los niños, niñas y adolescentes afectados por el conflicto en zonas remotas y en comunidades afrocolombianas e indígenas.

66. Acojo con satisfacción que se haya anunciado la hoja de ruta de las conversaciones de paz con el ELN e insto a las partes negociadoras a que entablen lo antes posible el diálogo oficial. También exhorto a las partes negociadoras y los facilitadores a que examinen la cuestión de los niños, niñas y adolescentes en las fases iniciales del proceso de paz a fin de que se asuman compromisos específicos sobre protección de menores antes de la fase de desmovilización. Las Naciones Unidas están dispuestas a prestar apoyo, en particular por lo que se refiere a atender las necesidades de los menores salidos de grupos armados.

67. Encomio los avances del Gobierno de Colombia en cuanto a la prevención del reclutamiento y utilización de niños, niñas y adolescentes y a la correspondiente respuesta. Insto al Gobierno a que tenga en cuenta las constataciones de su evaluación del documento CONPES 3673, realizada en 2015, que pusieron de manifiesto la persistencia de deficiencias y problemas en lo que hace a la coordinación, el presupuesto y la falta de una repercusión local mensurable y sostenible. Al respecto, acojo con agrado la creación mediante el documento CONPES 3850 (2015) del Fondo Colombia en Paz, que tiene por objeto mejorar la financiación de las iniciativas de paz locales.

68. Por lo que se refiere a la asistencia a los niños, niñas y adolescentes que han salido de grupos armados, insto al Gobierno a que redoble sus esfuerzos por fortalecer la reunificación familiar, la protección con perspectiva de género y los servicios de atención, así como a que preste un apoyo adecuado a las comunidades de acogida para garantizar una reintegración satisfactoria. Igual de importancia tiene ofrecer alternativas socioeconómicas viables y apoyo psicosocial a los menores que corren el riesgo de incorporarse a otros grupos armados.

69. Acojo con beneplácito la sentencia 069 de la Corte Constitucional, emitida en febrero de 2016, a efectos de velar por que pueda inscribirse en el registro de víctimas a todos los niños, niñas y adolescentes víctimas de reclutamiento y por que estos reciban reparación, independientemente del grupo armado con el que hubieran estado vinculados. Sin embargo, me preocupa la pauta recurrente de violaciones cometidas contra menores por grupos post-desmovilización, por lo que insto al Gobierno a que siga esforzándose por protegerlos de esos grupos.

70. Me preocupa que se sigan cometiendo actos de violación y otras formas de violencia sexual contra menores, y exhorto a todos los grupos armados a que pongan fin de inmediato a esas infracciones. También insto al Gobierno a que vele por que el ejército cumpla la política de tolerancia cero frente a la violencia sexual y por que investigue, enjuicie y sancione a quien sea declarado responsable de actos de este tipo.

71. Acojo con satisfacción las medidas positivas adoptadas en el ámbito del desminado humanitario y la educación sobre el peligro de las minas y exhorto a los grupos armados a que pongan fin de inmediato y de forma definitiva al uso indiscriminado de artefactos explosivos que matan a niños, niñas y adolescentes o los dejan heridos.

72. En lo que respecta a la justicia transicional, deben atenderse con carácter prioritario las necesidades especiales de protección de los niños, niñas y adolescentes en tanto víctimas, aunque también en calidad de testigos y de autores cuando estén vinculados con grupos armados, mediante procesos de justicia restaurativa y rehabilitación social, conforme a su interés superior.

73. Considerando la relación entre el desplazamiento y las violaciones cometidas contra niños, niñas y adolescentes, aliento al Gobierno a que cree un entorno protector tendente al regreso voluntario, seguro y digno de las poblaciones desplazadas a sus comunidades de origen facilitándoles acceso a servicios básicos, en particular en el ámbito de la educación y la atención médica.


Notas:

1. Las AUC se suprimieron de la lista tras su desmovilización en 2005-2006. No obstante, surgieron grupos sucesores denominados grupos post-desmovilización que en ocasiones estaban al mando de antiguos dirigentes medios de las AUC y se componían de exmiembros de grupos paramilitares. Estos grupos empleaban técnicas semejantes a las de las AUC, pero diferían en cuanto a los niveles de su estructura de mando y control. [Volver]

2. Durante este período las Naciones Unidas observaron un descenso general del número de acciones armadas y ataques contra civiles. Se entiende por "acciones armadas" los ataques dirigidos contra instalaciones militares, el bloqueo de carreteras y autopistas, los puestos de control ilegales, los enfrentamientos, las emboscadas, el fuego cruzado, los hostigamientos armados y otros tipos de ataque armado. Se entiende por "ataques contra civiles" las amenazas, los ataques a civiles, la desaparición forzada, el asesinato y la mutilación de civiles en acciones armadas, las masacres, el reclutamiento de niños, niñas y adolescentes, los secuestros, la violencia sexual y la tortura. [Volver]

3. Véase un documento interno preparado en 2013 por el sistema de alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo, "Defensoría del Pueblo: Defensoría Delegada para la prevención de riesgo de violaciones a los derechos humanos y derecho internacional humanitario — sistema de alertas tempranas". [Volver]

4. En su informe de 2014 sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos observó que "La presencia del Estado se siente de forma desigual en distintas áreas geográficas y en diferentes estratos sociales, afectando al goce de todos los derechos humanos". "El acceso básico a los servicios de salud y de educación es un derecho reconocido en la legislación colombiana; sin embargo, la distribución de estos servicios está a menudo sesgada en favor de las zonas más prósperas, cuando estos servicios son necesarios precisamente para poder romper las desigualdades existentes". "Mientras no se aborden las desigualdades, Colombia seguirá teniendo problemas de derechos humanos" (véase A/HRC/28/3/Add.3, párrs. 15, 16 y 17). [Volver]

5. Declaración del Secretario General, "Secretary-General, at signing of Colombia's Victims' Rights and Land Restitution Bill, says 'real transforming effect on the ground must accompany new law'". Puede consultarse en www.un.org/press/en/2011/sgsm13634.doc.htm. [Volver]

6. Véase www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1719_2014.html. [Volver]

7. Acuerdo sobre "Garantías de seguridad y lucha contra las organizaciones criminales responsables de homicidios y masacres o que atentan contra defensores de derechos humanos, movimientos sociales o movimientos políticos, incluyendo las organizaciones criminales que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo y sus redes de apoyo, y la persecución de las conductas criminales que amenacen la implementación de los acuerdos y la construcción de la paz" (véase el comunicado conjunto #76, disponible en https://www.mesadeconversaciones.com.co/comunicados/comunicado-conjunto-76-la-habana-cuba-23-de-junio-de-2016). [Volver]

8. Datos de la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios en Colombia, 1 de noviembre de 2012 a 31 de diciembre de 2015 (Tendencias humanitarias y paz - Colombia, noviembre 2012 -diciembre 2015). Se puede consultar en www.humanitarianresponse.info/es/system/files/documents/files/160503_tendencias_humanitarias_2016_vff.pdf [Volver]

9. Véase el informe de la Defensoría del Pueblo de marzo de 2014 ("Informe trabajo de campo Antioquia, 2013"), Prevención del reclutamiento de niños, niñas y adolescentes: análisis de la política pública con enfoque étnico, pág. 29. [Volver]

10. El sistema de alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo de Colombia se concibió para prevenir las violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario. Su principal cometido es prevenir las violaciones graves mediante análisis del conflicto a escala local y regional, antelación a las amenazas, alertas y recomendaciones dirigidas a las autoridades competentes y aplicación de medidas de protección. [Volver]

11. Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES), Departamento Nacional de Planeación, Política de prevención del reclutamiento y utilización de niños, niñas y adolescentes por parte de los grupos armados organizados al margen de la ley y de los grupos delictivos organizados. [Volver]


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