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15abr15


Condena a exministros Sabas Pretelt y Diego Palacio


Tras hallarlos responsables de delitos de cohecho por dar u ofrecer, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó a 80 meses de prisión a los exministros Sabas Eduardo Pretelt de la Vega y Diego Palacio Betancourt, así como a 60 meses de prisión al exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Alberto Velásquez Echeverri.

Con la intervención de cinco conjueces durante el juicio, la Corte validó las pruebas que demuestran la participación de los tres exfuncionarios en la entrega de prebendas burocráticas a los excongresistas Yidis Medina y Teodolindo Avendaño, para evitar, la madrugada del 4 de junio de 2004 en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, el hundimiento de la reforma constitucional que instauró la reelección presidencial.

Según la sentencia, "ese ilícito actuar resultó definitivo para cambiar el rumbo no solo de la política, sino los destinos del país, en la medida en que al procurar con métodos protervos la continuidad de un trámite legislativo que de haber surtido su curso sin las referidas interferencias y permitiendo su debate a partir de las ideas, como corresponde en un Estado que protege el pluralismo político y la participación democrática, tal vez, hoy día, otra sería la situación de una institucionalidad que se encuentra seriamente agrietada y poco respetada por una sociedad que no cree en la honestidad de sus dirigentes".

En el análisis de las piezas que constituyen el voluminoso expediente, la Corte Suprema de Justicia determinó cómo, siguiendo instrucciones del entonces presidente Álvaro Uribe Vélez, el exsecretario General de la Presidencia y los exministros de Protección Social y del Interior y de Justicia dispusieron del poder que les conferían sus altos cargos para pagar, con una serie nombramientos, el voto favorable de la exrepresentante Yidis Medina y la ausencia de Teodolindo Avendaño en la votación de aquella madrugada

Para la Corporación, si bien el Acto Legislativo aprobado finalmente por el Congreso de la República obtuvo el respaldo de la Corte Constitucional por no sustituir la Carta Política ni vulnerar, desde el punto de vista formal, el trámite legislativo, su continuación y culminación se logró gracias a la acción concertada de altos funcionarios del Gobierno, quienes acudieron a prácticas corruptoras frente a dos congresistas de nivel académico básico, pobre estructura intelectual, pero vasta ambición de reconocimiento.

"Los tres acusados -concluye la Corte- actuaron mancomunadamente, guiados por el mismo propósito: procurar disipar el quorum de los 18 congresistas que apoyaban la solicitud de archivo, y prevalidos de su condición de miembros del equipo de Gobierno y conocedores del interés que el Presidente de la República tenía en que la reelección presidencial cumpliera satisfactoriamente el trámite legislativo en el Congreso, le hicieron ofrecimientos a Yidis Medina y a Teodolindo Avendaño de los cargos que podían estar disponibles, para asignárselos en pago, a la primera, con el fin de realizar un acto contrario a sus funciones y, al segundo, para que lo omitiera".

En relación con el exministro Pretelt de la Vega, la Sala Penal encontró demostrada su responsabilidad frente al cumplimiento de prebendas dadas a Yidis Medina, las cuales se concretaron en la Notaría Segunda de Barrancabermeja y un cargo en el Ministerio de Justicia para su amigo César Guzmán. A Teodolindo Avendaño le asignó la Notaría 67 de Bogotá, donde fue nombrado Luis Camilo O'meara, quien se prestó para la compra de ese despacho.

A Diego Palacio se le demostró la contratación de Vania Constanza Castro Varona, nuera de Teodolindo Avendaño, para atender asuntos de Foncolpuertos en la ciudad de Cali, al igual que el ofrecimiento de la notaría que, un año más tarde, le entregó Pretelt de la Vega. Así mismo, el ofrecer a Yidis Medina la dirección de la Clínica Primero de Mayo de Barrancabermeja, donde fue nombrado el ingeniero químico Carlos Correa Mosquera.

Por lo anterior, los dos exministros fueron condenados como coautores de los delitos de cohecho por dar u ofrecer, en concurso material homogéneo.

Entre tanto, Alberto Velásquez Echeverri fue condenado por un solo delito de cohecho: el nombramiento de Jairo Plata Quintero como Coordinador para el Magdalena Medio en la Red de Solidaridad Social, compromiso adquirido con Yidis Medina después de la charla privada que sostuvo el 2 de junio de 2004 con el entonces Presidente de la República.

[Fuente: Sala Penal de la Corte Suprema, Comunicado 01/15 Sala Penal, Bogotá, 15abr15]

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