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Informe del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la cuestión del Sáhara.

26 de octubre de 1998


Distr.GENERAL - S/1998/997 - 26 de octubre de 1998 - ESPAÑOL

ORIGINAL: FRANCÉS/INGLÉS


Informe del Secretario General sobre la situación relativa al Sáhara Occidental

I. Introducción

1.Este informe se presenta de conformidad con la resolución 1198 (1998) del Consejo de Seguridad, de 18 de septiembre de 1998, en que el Consejo prorrogó el mandato de la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO) hasta el 31 de octubre de 1998. El Consejo también me pidió que le informara sobre los progresos realizados en la aplicación del Plan de Arreglo para el Sáhara Occidental (S/21360 y S/22464 y Corr.1) y los acuerdos alcanzados entre las partes, el Reino de Marruecos y el Frente Popular para la Liberación de Saguía el-Hamra y del Río de Oro (Frente POLISARIO), bajo los auspicios de mi Enviado Especial, Sr. James A. Baker III (S/1997/742, anexos I a III). El presente informe abarca el período transcurrido desde el último informe que presenté al Consejo, de fecha 11 de septiembre de 1998 (S/1998/849).


II. Acontecimientos ocurridos durante el período que se examina

A. Consultas y medidas destinadas a superar los obstáculos actuales

2.Durante el período bajo examen, al no haber recibido de ninguna de las partes propuestas concretas que pudieran conciliar sus puntos de vista sobre la controvertida cuestión de los grupos tribales H-41, H-61 y J-51/52, mi Representante Especial, Sr. Charles F. Dunbar, se ha dedicado a buscar un medio de salir del punto muerto. Mi Enviado Personal ha continuado igualmente sus contactos con las partes con este objeto.

3.En este contexto, con motivo de una visita que efectuó el 23 de septiembre a El Aaiún, el Ministro de Estado, Ministro del Interior de Marruecos Sr. Driss Basri, informó a mi Representante Especial de la firme intención de su Gobierno de avanzar lo más rápidamente posible hacia el referéndum. El Ministro reafirmó en particular el empeño de Marruecos en facilitar el regreso de los refugiados saharauis y ayudar a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en este sentido. De la misma manera, durante las consultas celebradas en la Sede en septiembre, el Frente POLISARIO reiteró la importancia capital que atribuye al proceso del referéndum, según se establece en el Plan de Arreglo y los acuerdos de Houston.

4.A consecuencia de estas consultas y de sus propios contactos con las partes, he aceptado la recomendación de mi Enviado Personal de reanudar inmediatamente la identificación de aquellos de los solicitantes miembros de los grupos tribales H-41, H-61 y J-51/52 que quieren presentarse individualmente, y de iniciar al mismo tiempo los procedimientos de apelación, dado que es la mejor manera para avanzar en la puesta en práctica del Plan de Arreglo. Por consiguiente, pedí al Secretario General Adjunto de Operaciones de Mantenimiento de la Paz, Sr. Bernard Miyet, a mi Representante Especial y al Presidente de la Comisión de Identificación, Sr. Robin Kinloch, que viajaran a Rabat y a Tinduf para presentar a las partes un conjunto de medidas destinadas a superar los obstáculos actuales, con el fin de avanzar de forma decisiva hacia la organización del referéndum previsto en el Plan de Arreglo. Durante su misión, que tuvo lugar del 17 al 24 de octubre, la delegación de las Naciones Unidas presentó por consiguiente al Gobierno de Marruecos y al Frente POLISARIO diversos documentos, que contenían, en particular, protocolos sobre la identificación de aquellos solicitantes miembros de los grupos tribales H-41, H-61 y J-51/52 que querrían presentarse individualmente y sobre los procedimientos de apelación, así como un memorándum relativo a las actividades del ACNUR y un esbozo de las etapas siguientes del Plan de Arreglo. En los próximos días se presentará a ambas partes, así como a las autoridades argelinas y mauritanas, un protocolo relativo a la repatriación de los refugiados. La delegación de las Naciones Unidas viajó igualmente a Argel y a Nouakchott, para recabar la opinión de las autoridades argelinas y mauritanas y obtener su apoyo.

5.Según se ha propuesto a las partes, hay que obtener, desde mediados de noviembre de 1998, su acuerdo definitivo sobre los protocolos mencionados, a fin de que el ACNUR pueda proceder inmediatamente a sus labores de preparación de la acogida de los refugiados en el Territorio y para la identificación de los solicitantes miembros de los grupos tribales H-41, H-61 y J-51/52 que querrían presentarse individualmente, así como para que los procesos de apelación puedan comenzar el 1º de diciembre de 1998, fecha prevista de la publicación de la lista provisional de electores que no pertenezcan a los tres grupos. De acuerdo con el esbozo de las próximas etapas del Plan de Arreglo, el proceso de apelación para los solicitantes que pertenecen a tribus que no son los tres grupos podría terminarse en marzo de 1999, y la identificación de los solicitantes miembros de los tres grupos podría acabar en abril de 1999. El proceso de identificación y los procedimientos de apelación previstos requerirían un aumento escalonado de siete miembros en la Comisión de Identificación, según se indica en el párrafo 19 infra. De esta manera, y teniendo en cuenta la perspectiva de iniciar el período de transición en junio y julio de 1999, si el referéndum debe celebrarse en diciembre de 1999, será importante iniciar las operaciones de despliegue completo de la MINURSO a partir del 1 de enero de 1999.

B. Aspectos militares

6.Al 22 de octubre de 1998, el componente militar de la MINURSO constaba de 442 observadores y otros efectivos militares (véase el anexo). Bajo el mando del General de División Bernd S. Lubenik (Austria), el componente militar de la Misión sigue supervisando la cesación del fuego entre el Ejército Real de Marruecos y el Frente POLISARIO, que entró en vigor el 6 de septiembre de 1991. Las fuerzas armadas de Marruecos siguieron cumpliendo las disposiciones del acuerdo militar entre la MINURSO y Marruecos, de 23 de julio de 1998, y desempeñando labores de recuperación, transporte y apoyo logístico a las unidades militares formadas de la Misión, cuando resulta necesario; asimismo, intercambiaron información con la Misión sobre minas y municiones sin explotar. La zona bajo la responsabilidad de la MINURSO sigue en calma, y no hay indicios de que ninguna de las partes tenga intención de reanudar las hostilidades.

7.Durante el período del que se informa, la unidad de remoción de minas de la MINURSO, procedente de Suecia, terminó la remoción de minas en las zonas necesarias para el futuro despliegue del personal civil y militar. La unidad fue repatriada el 20 de octubre, con la excepción de un oficial de Estado Mayor Sueco que permanecerá con la Misión hasta el 21 de noviembre de 1998, para prestar asistencia en las labores del centro de acción para las minas de la MINURSO. Como se indica en mi informe anterior (S/1998/849), en su momento habrá que tomar disposiciones para terminar las tareas de remoción de minas relacionadas con el programa de repatriación.

8.La unidad de apoyo de ingeniería del Pakistán, dado que prácticamente ha terminado la labor de construcción con fines logísticos y de alojamiento en Dakhla, en estos momentos se está centrando en el establecimiento de una base logística adelantada en Awsard y en la reconstrucción de los mandos subsectoriales al este del muro defensivo de arena (berm). Sin embargo, la capacidad operacional de la unidad sigue siendo limitada, ya que su equipo de comunicaciones todavía está en poder de las autoridades marroquíes en el aeropuerto de El Aaiún pese a que el Ministro del Interior había asegurado que la cuestión se iba a resolver. Se está examinando la necesidad de mantener o no con sus efectivos actuales la unidad de apoyo de ingeniería y es posible que se hagan ajustes una vez que esa unidad haya completado sus tareas actuales.

9.Durante el período que abarca el informe, la Secretaría presentó a Argelia y Marruecos ejemplares de la versión definitiva del acuerdo sobre el estatuto de las fuerzas de la MINURSO a fin de firmar el acuerdo lo antes posible. La Secretaría ha contestado también a las observaciones formuladas por las autoridades marroquíes sobre el proyecto de acuerdo, y ahora está esperando su respuesta.

C. Aspectos relacionados con la policía civil

10. El componente de policía civil de la MINURSO tiene una dotación de 81 agentes de policía, incluido el Comisionado de la Policía Civil, Comisario Jefe Peter Miller (Canadá). El componente de policía civil terminó la mayor parte de su mandato de prestar asistencia a la Comisión de Identificación y sigue colaborando con el ACNUR en el proceso de planificación para la repatriación de los refugiados.

D. Labor preparatoria de la repatriación de los refugiados saharauis

11. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, en estrecha consulta y coordinación con mi Representante Especial y diversos componentes de la MINURSO, siguió la labor preparatoria para la operación de repatriación en los dos países de asilo, Argelia y Mauritania, y en el Territorio del Sáhara Occidental, al este del berm. Concluyó el tercero y último reconocimiento del camino en la zona de Agwanit del Territorio, al este del berm, y la información sobre las rutas y los lugares de la repatriación se presentó a la MINURSO para las operaciones de remoción de minas. El ACNUR y sus asociados en la ejecución hicieron nuevos estudios en las zonas de Agwanit y Tifariti, utilizando imágenes por satélite, a fin de ultimar las propuestas para un proyecto de aprovechamiento de agua.

12. Tras la visita del Ministro del Interior de Marruecos a El Aaiún en septiembre de 1998 y las seguridades que dio a mi Representante Especial de que el ACNUR podría iniciar su labor preparatoria, el ACNUR informó a las autoridades marroquíes de su disposición de enviar una misión a Marruecos y al Territorio, al oeste del berm, a fin de iniciar sus actividades, en particular las de fomento de la confianza, desarrollo de infraestructuras y reconocimiento de caminos, con objeto de terminar la etapa preparatoria y de planificación según se indica en mis informes anteriores. A solicitud de las autoridades marroquíes, esta misión está en espera del despliegue, pendiente de confirmación de que las contrapartes técnicas marroquíes han sido nombradas para iniciar la misión conjunta al Territorio.

13. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados se preparó a reanudar las actividades de preinscripción en los campamentos de Tinduf en Argelia el 3 de octubre de 1998 y para mantener las conversaciones correspondientes con los refugiados, los dirigentes de los campamentos, los jeques y los notables. Sin embargo, la preinscripción no se reanudó según lo planificado, ya que las autoridades del campamento y los refugiados se mostraron renuentes a cooperar con el ACNUR sin haber recibido instrucciones del Frente POLISARIO. En sus conversaciones más recientes con el ACNUR, el Frente POLISARIO pidió y recibió aclaraciones sobre una serie de cuestiones relacionadas con la labor preparatoria del ACNUR, antes de aceptar la reanudación de la preinscripción en los campamentos. En estos momentos el ACNUR espera volver a iniciar esta importante actividad antes de finales de octubre.

14. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados designó recientemente a un funcionario superior para coordinar sus actividades preparatorias en la parte occidental del Territorio. Ese funcionario del ACNUR llegará a El Aaiún una vez que el ACNUR esté verdaderamente presente en el Territorio y se haya confirmado su capacidad de llevar a cabo las actividades esenciales de preparación.


III. Aspectos financieros

15. Como se indica en el párrafo 17 de mi anterior informe (S/1998/849), la Asamblea General, en su resolución 52/228 B de 26 de junio de 1998, consignó una cantidad inicial de 21,6 millones de dólares en cifras brutas, lo que equivale a una tasa mensual de 5,4 millones de dólares en cifras brutas, para el período comprendido entre el 1º de julio y el 31 de octubre de 1998. La Asamblea General tiene previsto adoptar medidas antes de finales de octubre de 1998 sobre la consignación de la cantidad adicional de 37,3 millones de dólares en cifras brutas para las operaciones de la MINURSO durante el período comprendido entre el 1º de julio de 1998 y el 30 de junio de 1999, lo que equivale a una tasa mensual de 4,7 millones de dólares en cifras brutas para el período comprendido entre el 1º de noviembre de 1998 y el 30 de junio de 1999. Por consiguiente, en caso de que el Consejo decidiera prorrogar el mandato de la MINURSO, según se recomienda en el párrafo 22 infra, el costo del mantenimiento de la Misión durante ese período de prórroga estaría limitado a la tasa mensual aprobada por la Asamblea General.

16. Al 23 de octubre de 1998, las cuotas pendientes de pago a la cuenta especial de la MINURSO correspondientes al período comprendido entre el establecimiento de la Misión y el 21 de septiembre de 1998 ascendían a 55 millones de dólares. El total de las cuotas pendientes de pago respecto de todas las operaciones de mantenimiento de la paz al 23 de octubre de 1998 ascendía a 1.646,6 millones de dólares.


IV. Observaciones y recomendaciones

17. Dado el punto muerto actual, que está relacionado sobre todo con que el Gobierno de Marruecos y el Frente POLISARIO no pueden encontrar una solución de avenencia para la controvertida cuestión de los grupos tribales H41, H61 y J51/52, he decidido presentar mi propio arbitraje para avanzar en este punto. Mis propuestas se inscriben en el marco de las disposiciones del Plan de Arreglo, en particular el párrafo 20 del informe del Secretario General de 19 de abril de 1991 (S/22464) en que se estipula que:

"el mandato de la Comisión respecto de la actualización del censo de 1974 incluirá a) eliminar de las listas los nombres de personas que hayan fallecido después de 1974 y b) examinar las solicitudes presentadas por personas que declaren tener el derecho de participar en el referéndum por tratarse de naturales del Sáhara occidental a quienes se omitió en el censo de 1974".

Precisamente con este espíritu, en las cartas que mi Representante Especial dirigió a las dos partes el 28 de marzo de 1998, precisó que las Naciones Unidas se atenían al principio según el cual todo solicitante inscrito, independientemente de su pertenencia a un grupo tribal, que satisfaga uno de los criterios de identificación tiene derecho a ser inscrito en la lista de electores.

18. Para evitar toda decisión arbitraria que pueda conducir a la exclusión de una persona que tenga derecho a votar, y respetando este principio democrático, no veo otra posibilidad que pedir a la Comisión de Identificación que ahora proceda al examen de las peticiones de los solicitantes, que pertenezcan a los grupos tribales en cuestión, que desearían presentarse individualmente, a fin de verificar que estas personas se ajustan a los cinco criterios de admisibilidad para el voto que mantienen las partes. Naturalmente, será preciso que las partes respeten estrictamente las condiciones de realización de este procedimiento de examen, según lo previsto en los acuerdos de Houston, en particular en el anexo I de mi informe de 24 de septiembre de 1997 (S/1997/742), que precisa que "las partes acuerdan que no patrocinarán directa o indirectamente ni presentarán para su identificación a ninguna persona" de esos grupos tribales, incluso si no están obligadas a impedir activamente que miembros de esas agrupaciones tribales se presenten de manera espontánea. Además, para evitar toda impugnación posterior, los miembros de la Comisión de Identificación deberán tramitar las solicitudes con el máximo rigor e imparcialidad.

19. La puesta en marcha de esta operación complementaria de identificación tendrá como consecuencia que el programa de trabajo de la Comisión de Identificación se prolongue. En estas condiciones, me parece oportuno iniciar simultáneamente la etapa del procedimiento de apelación para que, conforme al deseo públicamente expresado por las dos partes, no se aplace a una fecha demasiado lejana la celebración del referéndum. Por tanto, será necesario publicar desde el 1º de diciembre de 1998 la lista provisional de los electores resultantes de los trabajos de la Comisión de Identificación relacionados con las tribus que no son los grupos H41, H61 y J51/52, a fin de iniciar en esa fecha el procedimiento de apelación relacionado con las tribus que hayan sido objeto de identificación. Dado que la ejecución de este programa hace indispensable reforzar la Comisión de Identificación, propongo al Consejo de Seguridad que aumente de modo gradual el número de miembros de 18 a 25, así como el personal de apoyo necesario, para cumplir el calendario previsto.

20.La celebración del referéndum depende igualmente de las medidas que se hayan adoptado para anticipar el regreso de los refugiados declarados admisibles para la votación, así como sus familiares próximos, y las condiciones en que se efectúe la repatriación. Para hacerlo, es fundamental que el Gobierno de Marruecos y el Frente POLISARIO, e incluso los Gobiernos de Argelia y Mauritania, den lo antes posible a las Naciones Unidas, y en particular al ACNUR, todas las facilidades y garantías necesarias que les permitan preparar el retorno de los repatriados de la mejor manera posible. A este respecto, la presencia y la instalación del ACNUR en el Territorio deben oficializarse lo antes posible. Se trata de una exigencia de primer orden, si se pretende crear un verdadero clima de confianza entre los refugiados y establecer los medios y los equipos necesarios para su futura acogida en el Territorio.

21.Las propuestas que se presentan a la atención del Consejo de Seguridad significan la adaptación del calendario presentado en el anexo II de mi informe de 13 de noviembre de 1997 (S/1997/882). Quiero añadir, sin embargo, que el respeto estricto de los nuevos plazos indicados en los párrafos 5 y 19 supra sólo podrá lograrse si las partes coopera sin reservas en la puesta en práctica del programa propuesto y si el Consejo de Seguridad proporciona a la MINURSO en un plazo razonable los medios administrativos, financieros y humanos indispensables.

22.Como resultado de los contactos establecidos con mis representantes durante la última semana, observo con satisfacción que el Gobierno de Marruecos y el Frente POLISARIO no han formulado objeciones y han comunicado su intención de cooperar activamente con la MINURSO en la puesta en práctica de las propuestas que he presentado en este informe. Estas propuestas han sido recibidas también positivamente por los Gobiernos de Argelia y Mauritania, que me han prometido su pleno apoyo. En estas circunstancias y si esas intenciones se vuelven concretas rápidamente, me parece razonable prolongar el mandato de la MINURSO hasta el 31 de abril de 1999, momento en que concluirá esta nueva etapa de identificación. Por lo que se refiere al despliegue completo de la MINURSO, comprendido el despliegue de personal militar y de policía suplementario, tengo intención de hacer recomendaciones al Consejo de Seguridad en diciembre de 1998.

23.Con este fin es fundamental que se confirme de manera concreta y decisiva, lo antes posible, el compromiso renovado de las partes de continuar la puesta en práctica del Plan de Arreglo. Desde esta perspectiva, los diversos textos que he presentado a la atención del Gobierno de Marruecos, del Frente POLISARIO y de los Gobiernos de Argelia y Mauritania tendrán que ser aceptados definitivamente en los próximos días, en particular los proyectos pendientes de acuerdo sobre el estatuto de las fuerzas de mantenimiento de la paz, así como los protocolos relativos a la identificación de los solicitantes miembros de los grupos tribales H41, H61 y J51/52, que querrían presentarse individualmente, a los procedimientos de apelación y a las condiciones de repatriación de los refugiados y otros saharauis. Por tanto, espero que el conjunto de esos documentos sean firmados de aquí a mi próximo viaje a la región.


Anexo

MISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL REFERÉNDUM DEL SÁHARA OCCIDENTAL: CONTRIBUCIONES AL 22 DE OCTUBRE DE 1998

País Observadores militares Oficiales de estado mayor Efectivos Observadores de la policía civil Total
Argentina 1 - - - 1
Austria 5 - - - 5*
Bangladesh 6 - - - 6
Canadá - - - 8 8
China 16 - - - 16
Egipto 19 - - 2 21
El Salvador 2 - - - 2
Estsdos Unidos de América 15 - - - 15
Federación de Rusia 25 - - - 25
Francia 25 - - - 25
Ghana 6 - 7 10 23
Grecia 1 - - - 1
Guinea 3 - - - 3
Honduras 12 - - - 12
India - - - 10 10
Irlanda 8 - - - 8
Italia 5 - - - 5
Kenya 8 - - - 8
Malasia 13 - - 10 23
Nigeria 5 - - 10 15
Noruega - - - 2 2
Pakistán 5 6 150 9 170
Polonia 3 - - - 3
Portugal 4 - - 10 14
República de Corea - - 20 - 20
Suecia - 1 - 10 11
Uruguay 13 - - - 13
Venezuela 3 - - - 3
Total 203 7 177 81 468

* Además del Comandante de la Fuerza.


Este documento es copia fiel del original difundido por las Naciones Unidas.
Editado electrónicamente por el Equipo Nizkor, en Madrid a 21 de noviembre de 1998.


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