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16abr10


El Supremo confirma la admisión a trámite de la querella contra Garzón por las escuchas de la 'Gürtel'


El Tribunal Supremo ha confirmado la admisión a trámite de la querella presentada contra el juez Baltasar Garzón por un presunto delito de prevaricación, en relación a la intervención de comunicaciones en prisión entre acusados del caso Gürtel y sus letrados.

La Sala de lo Penal del alto tribunal ha rechazado en una providencia notificada hoy así el recurso de la Fiscalía, al que se adhirió Garzón, contra la decisión del pasado 25 de febrero del Supremo de admitir a trámite esta querella, la tercera presentada contra este magistrado en este tribunal.

La querella fue presentada por Ignacio Peláez, abogado de José Luis Ulibarri, uno de los acusados del caso Gürtel, por considerar que Garzón autorizó de forma genérica e indiscriminada la intervención de las grabaciones de cualquier letrado, siendo "perfectamente conocedor de la ilicitud e ilegalidad que estaba cometiendo".

En un auto, la Sala Segunda del TS explica que la posibilidad de que el juez de la Audiencia nacional cometiera un delito en relación a la intervención de las conversaciones "no es totalmente descartable" en el momento actual e inicial del proceso, lo que impide, dice, el directo archivo de las actuaciones "sin perjuicio del que vaya a ser el resultado final" de las mismas.

No obstante, aclara que esto no significa tampoco "que ya pueda afirmarse la existencia de infracción alguna de relevancia penal", pues no toda irregularidad o decisión incorrecta de un juez supone un ilícito penal, ya que se necesita que concurran otros requisitos como su eventual gravedad, su "rotunda" contradicción con el ordenamiento jurídico y la presencia.

El auto, cuyo ponente es el magistrado José Manuel Maza, asegura que no debe sorprender que sean precisamente los presos del "caso Gürtel" y sus defensores quienes actúen como querellantes y que se atribuyan a sí mismos la condición de víctimas.

Así, señala que "lo cierto e indiscutible" en este momento procesal es la "realidad" de las dos resoluciones de Garzón en las que ordenó las intervenciones telefónicas -de febrero y marzo de 2009-, en las que se centra la posible comisión de los delitos de los que se le acusa.

El Supremo insiste a lo largo del auto en que no es el momento procesal para determinar el posible carácter delictivo de esas conductas por parte del magistrado y considera "ociosas" las alegaciones hechas tanto por la Fiscalía, como por la defensa de Garzón y las acusaciones sobre las consecuencias derivadas de las intervenciones y de la información que se obtuvo en ellas.

En este sentido, reitera que estas consideraciones son "intrascendentes" para lo que la Sala tiene que dilucidar y que el valor probatorio de dichas escuchas no es ni será objeto de las actuaciones del Supremo aunque se llegase a juzgar a Garzón por este asunto.

Las escuchas del "caso Gürtel", que comenzó a investigar Garzón, fueron declaradas ilícitas el pasado mes de marzo por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que consideró que el juez, al ordenarlas, vulneró el derecho de defensa.

El auto de la Sala de lo Penal recrimina a la Fiscalía que haya incluido en su extenso informe alegatos "incluso extraídos, al parecer, de otros escritos procesales" ya que -dice- en su texto se hacen repetidas alusiones a las tesis de unos "ignorados recurrentes" inexistentes en este procedimiento.

Otras dos querellas

Además de esta querella, el Supremo tramita otras dos presentadas contra Garzón, la primera de ellas de Manos Limpias, Falange y Libertad e Identidad por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo.

La otra fue interpuesta por los abogados José Luis Mazón y Antonio Panea, que acusan a Garzón de prevaricación y cohecho por no abstenerse en una causa contra el Banco Santander y su presidente, Emilio Botín, después de que esta entidad financiara supuestamente unos cursos ofrecidos por el juez en la Universidad de Nueva York

[Fuente: El Confidencial, Madrid, 16abr10]

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