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22abr18


La justicia alemana pide precisiones sobre el papel de Puigdemont el 1-O


La decisión que tome la justicia alemana sobre la entrega o no de Carles Puigdemont a España está pendiente de los informes que el Tribunal Supremo (TS) está elaborando para su remisión al Tribunal Superior de Schleswig-Holstein. Los jueces alemanes han remitido al Supremo, por vía de las fiscalías de ambos países, una detallada petición de precisiones sobre distintos extremos de la euroorden contra el expresidente de la Generalitat.

En sustancia, la justicia alemana quiere saber con detalle qué papel llevó a cabo Puigdemont en relación con el referéndum del 1-O y, más en concreto, qué tipo de instrucciones dio a los Mossos d'Esquadra. Es decir, quiere saber hasta qué punto se puede atribuir al expresident la supuesta orden de que los miembros de la policía autonómica se inhibieran de actuar para impedir las votaciones, a pesar del mandato judicial recibido del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) para que el referéndum no se llevase a cabo.

La petición de aclaraciones es muy concreta, y se refiere a si la actuación del expresident llegó al punto de decidir que los agentes de la policía autonómica no sólo se inhibieran, sino que actuaran para facilitar las votaciones, enfrentándose para ello con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, si fuera preciso. Es evidente que los jueces alemanes se han leído a fondo el auto de procesamiento, porque piden precisiones sobre pasajes muy concretos de la resolución del juez del Supremo encargado del caso, Pablo Llarena, quien les remitió su resolución.

Así, por ejemplo, se pide información sobre los fundamentos jurídicos, y en especial sobre un párrafo en el que se sostiene que Puigdemont; el exvicepresidente Oriol Junqueras, y el exconseller de Interior, Joaquim Forn, conocían la orden judicial citada y el envío de 6.000 miembros de la Policía y la Guardia Civil a Catalunya, para impedir el referéndum, prohibido por el Tribunal Constitucional (TC). En ese pasaje del auto se añade que dichos exmiembros del Govern también conocían "la gravedad en la que desembocó la protesta" ante la Conselleria d'Economia, y a pesar de todo ello, "teniendo la capacidad de decidir sobre un referéndum que ellos mismos habían convocado y la capacidad de aportar los mecanismos de seguridad policial que podían coadyuvar a la contención de la violencia, prefirieron ordenar la continuación del proceso, llamar a la población a la movilización y a la participación, e impulsar el diseño de un operativo policial autonómico comprometido con que las movilizaciones partidarias de la votación ilegal pudieran enfrentarse con éxito a la fuerza policial del Estado".

A la vista de estas afirmaciones, la justicia alemana pregunta cuáles fueron las instrucciones recibidas por los Mossos el 1-O y si considera el Supremo que cumplieron debidamente cuanto se les había ordenado. Del mismo modo, inquiere sobre la labor de la Policía y la Guardia Civil, en el doble sentido de las funciones que les fueron confiadas y sobre cómo las cumplieron.

Los jueces alemanes hacen constar que formulan estas peticiones de mayor concreción sobre el relato de hechos del auto de procesamiento en aplicación del párrafo segundo del artículo 15 de la decisión marco del Consejo Europeo de 13 de junio del 2002, que regula los mecanismo de la euroorden. Dicho precepto establece que "si la autoridad judicial de ejecución -en este caso el Tribunal Superior de Schleswig-Holstein- considerare que la información comunicada por el Estado miembro emisor es insuficiente para poder pronunciarse sobre la entrega, solicitará urgentemente la información complementaria necesaria".

El mismo precepto considera especialmente justificada la solicitud de ampliación de la información en relación con los artículos 3 a 5 y el artículo 8 de la misma decisión marco, normas que se refieren a los posibles motivos para la denegación de la entrega de una persona reclamada, pese a existir una euroorden en su contra, así como a "la naturaleza y la tipificación jurídica del delito", entre otros extremos.

Es posible deducir de todo ello que la justicia alemana está pidiendo nuevos datos precisamente porque cuando resuelva sobre el fondo de la cuestión -la entrega o no del expresident a España y, en caso de acceder a ello, por qué tipo de delitos-, quiere hacerlo con plena y total seguridad sobre las imputaciones que el Supremo formula contra Puigdemont. En este sentido, la primera resolución de los jueces alemanes -en la que desestimaron la rebelión- provocó un muy perceptible malestar en el Supremo, como se puso de manifiesto en el auto de la Sala de Apelaciones en el que se confirmó la negativa del magistrado Llarena a permitir que el exlíder de la ANC, Jordi Sànchez, se sometiera a la sesión de investidura.

En dicha resolución de la Sala de Apelaciones se subrayaba que los 6.000 agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado enviados a Catalunya -por cuyos cometidos se interesa ahora la justicia alemana- resultaron "ostensiblemente superados" por la situación, y no pudieron cumplir la orden de evitar el referéndum. En todo caso, esta instrucción incluía un matiz que -como las defensas han destacado reiteradamente- consistía en un llamamiento a actuar "sin afectar la normal convivencia ciudadana".

Para verificar todos estos extremos, los jueces alemanes no piden sólo aclaraciones por escrito, sino que se interesan por la remisión de vídeos que acrediten las argumentaciones del Supremo. Al respecto, la mencionada Sala llegó a decir en su auto que si se hubiera enviado más Policía y Guardia Civil a Catalunya el 1-O "es muy probable que todo acabara en una masacre, y entonces es muy probable que el resultado de la euroorden fuera muy distinto".

El Supremo quiere ver tras la petición de información suplementaria la posibilidad de que los jueces alemanes estén dispuestos a replantearse su primera decisión. Y a revisar, teniendo más detalles, su inicial rechazo con respecto a los motivos de la euroorden. En este sentido, se subraya en la Fiscalía la importancia del citado auto sobre Jordi Sànchez, en el que se sugería la calificación de sedición, sin descartar la de rebelión, para los hechos enjuiciados.

[Fuente: Por José María Brunet, La Vanguardia, Barcelona, 22abr18]

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