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13feb19


La Fiscalía en el juicio del ‘procés’: se asumió la violencia ‘para hacer claudicar al Estado’


Turno para las acusaciones en la segunda jornada del juicio contra los líderes del ‘procés’. La Fiscalía, la Abogacía del Estado y la acusación particular ejercida por Vox responden este miércoles a las defensas. Todas ellas menos la de Joaquim Forn alegaron el martes que estamos ante un ‘juicio político’, una causa general contra el independentismo carente de las preceptivas garantías jurídicas. Y eso es lo primero que ha rebatido el fiscal Javier Zaragoza, que ha empezado reprochando que “algunos escritos de las defensas, más que alegatos defensivos, parecen libelos acusatorios basados en un relato alternativo que pretende crear una visión distorsionada de la realidad".

“Este es un juicio en defensa de la democracia española y del orden constitucional”, ha asegurado el fiscal que ha hecho una defensa de la neutralidad del tribunal: “Este tribunal impartirá justicia desde la imparcialidad, garantizando los derechos de los acusados y un juicio justo”. Sobre la afirmación de que el juicio es una causa general contra el independentismo, Zaragoza ha sido tajante: “No es cierto. No es el independentismo ni el proyecto soberanista el objetivo de este juicio. Son los gravísimos hechos que acaecieron en septiembre y octubre de 2017″. Es más, ha sostenido que la idea de que los acusados han sido perseguidos por sus ideas “es una falacia colosal” y ha subrayado que el legítimo ejercicio de la actividad política “no es una patente de corso para cometer delitos”.

Zaragoza ha afeado a las defensas que utilizaran el trámite de cuestiones previas para “transformar en víctimas a quienes han fracturado el orden constitucional y sentar en el banquillo al Estado”, que en este asunto no ha hecho más que “restaurar el orden político mediante el único instrumento en una sociedad democrática, que es la aplicación de la Ley”. Ha recordado el caso de la consulta del 9-N, por la que fue inhabilitado el expresident Artur Mas, en la que se pretendieron ejercer los derechos políticos al margen de las leyes y se vulneraron los derechos del resto de ciudadanos que no intervinieron en el proceso, una “mayoría social silenciosa de Cataluña, que representa casi un 60 % del censo electoral que no participó en esa votación”. Por eso, ha dicho el representante de la Fiscalía, “a nadie debe extrañarle que la Justicia penal reaccione” ante acusados que “violan las normas más elementales de la convivencia y lo hacen mediante la ejecución de actos de enorme gravedad que suponen una grave agresión al orden constitucional”.

A juicio del fiscal, es indudable la gravedad de los hechos que se enjuician hasta el punto de que “el alcance del plan criminal que se urdió por el proceso secesionista justifica la diversificación de la causa en diferentes procesos” y que el ‘procés’ haya sido investigado por distintos juzgados, como el número 13 de Barcelona. Javier Zaragoza ha aportado una pista de por dónde va a transitar su argumentación para demostrar que hubo violencia en las actuaciones de los acusados y, por tanto, que incurrieron en el delito de rebelión. Según ha dicho, “no está justificado agitar miles de ciudadanos que protegieron las urnas abocándoles a enfrentamientos violentos”. Es decir, la Fiscalía va a insistir en que los líderes del ‘procés’ fueron quienes propiciaron con sus llamamientos los violentos incidentes que tuvieron lugar tanto el 20 de septiembre, durante el asedio a la Consejería de Economía, como el 1 de octubre, cuando se celebró el referéndum ilegal. Los acusados, ha dicho Zaragoza, “no se limitaron a defender una opción política”, sino que recurrieron a las “movilizaciones sociales” como procedimiento para “hacer claudicar al Estado”. Todos ellos “asumieron el enfrentamiento físico de sus partidarios con los agentes” de la policía.

Rebelión y autodeterminación, los conceptos nucleares del juicio

Esa es la tesis que el Ministerio Público contrapone a quienes discuten que sea aplicable el tipo penal de la rebelión, al no haberse producido un alzamiento armado contra el Estado. Hay que recordar que la Fiscalía acusa a la mayor parte de los acusados de un delito de rebelión y solicita condenas de hasta 25 años de prisión para ellos, en concreto para el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, a quien atribuye la mayor responsabilidad de lo ocurrido.

Al hilo de su defensa de que sí hubo rebelión en las actuaciones de los procesados que se produjeron en octubre de 2017, Zaragoza ha acusado al tribunal alemán de Schleswig-Holstein, que rechazó entregar al expresidente catalán Carles Puigdemont por ese delito, de “intromisión en la jurisdicción española” al entrar a valorar los hechos por los que estaba imputado. Esa decisión de la justicia alemana ha impedido que Puigdemont se siente en el banquillo junto a los que entonces eran sus subordinados, pese a que el instructor de la causa, el magistrado Pablo Llarena, lo considera líder de la rebelión que se habría producido en aquellas fechas.

En opinión del fiscal Zaragoza, el tribunal alemán, que rechazó la entrega de Puigdemont tras pasar éste dos meses detenido en ese país, actuó “incumpliendo palmariamente” el reglamento de la orden europea de detención, ya que “asumió las funciones de enjuiciamiento”. “Si esta decisión la hubiese tomado un tribunal español, habría sido declarada causa de nulidad de pleno derecho”, ha explicado.

El fiscal Fidel Cadena, que ha intervenido después de Zaragoza, ha defendido la existencia de un delito de rebelión, que “solo exige un alzamiento público y violento”. Según ha recordado, la redacción actual del tipo penal procede de la reforma del Código Penal de 1995. Y, entonces, se rechazó “una enmienda del grupo catalán” que pretendía añadir que ese alzamiento debía producirse “con armas”. Cadena ha mantenido que lo que se juzga en el Supremo no es la ideología independentista sino un “plan minucioso, orquestado y pluriconvergente” para la comisión del delito de rebelión que recoge artículo 472 del Código Penal. Una “rebelión” en la que se crea una legislacion paralela en un “coctel explosivo de unilateralidad”. Cadena insiste en que los Mossos “se ponen completamente al lado de la rebelión”.

En línea con un estilo más propio de unas conclusiones definitivas que de unas cuestiones previas, la Fiscalía ha entrado de lleno en otro asunto nuclear del juicio, el derecho de autodeterminación, que como ha destacado Javier Zaragoza “carece de cobertura normativa nacional e internacional”. En este punto, el fiscal ha lamentado que se omitan las resoluciones de la ONU que reservan el ejercicio de ese derecho para situaciones de dominación colonial y no para Estados con modelos de autogobierno que se aplican en comunidades con una marcada identidad étnica y cultural. Asimismo, ha recordado resoluciones de los tribunales constitucionales de Italia y Alemania, que prohibieron referendos de independencia en el Véneto y Baviera por ir contra las normas fundamentales de esos países. “Después de estos ejemplos es necesario reconocer y aplaudir la cultura democrática de los ciudadanos de Baviera y Véneto, que acataron las resoluciones de sus tribunales constitucionales”, ha ironizado y ha añadido: “La nuestra no es una democracia militante, en ella cabe defender ideas o proyectos independentistas, el derecho a la autodeterminación es una aspiración política legítima y aceptable mientras se defienda por los cauces constitucionales”.

Una vez que la Fiscalía, la Abogacía del Estado y la acusación popular de Vox se pronuncien sobre las cuestiones previas planteadas por las defensas, el tribunal decidirá cómo las resuelve: si sobre la marcha, si espera a la sentencia o si detiene el juicio para analizarlas. Lo previsible es que la vista continúe y llegue el turno de las declaraciones de los acusados, el primero de ellos el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras.

[Fuente: República de las ideas, Madrid, 13feb19]

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