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12jul19


La Fiscalía se opone al permiso a Forn: "No debe retornar a escenarios públicos"


La Fiscalía del Tribunal Supremo se ha opuesto este viernes a la concesión de permiso penitenciario al concejal y exconseller preso Joaquim Forn para acudir a un pleno del Ayuntamiento de Barcelona que se celebrará el próximo 16 de julio. La autorización, que se acompaña de una carta de apoyo de la alcaldesa Ada Colau, no tiene encaje para el Ministerio Público, que advierte: "no puede ni debe permitirse el retorno del recurrente a escenarios públicos que permitan operar con los mismos o similares instrumentos jurídicos que los que, en su día, fueron utilizados para combatir el Estado de Derecho y vulnerar la norma constitucional".

Según indica el informe, un permiso penitenciario como el que se solicita pondría en riesgo la vigencia del ordenamiento jurídico en un contexto social y político similar a aquél en el que actuó Forn, acusado de rebelión. y alteraría muy probablemente la convivencia ciudadana. "El solicitante está privado de libertad por autos judiciales que recalcaron, como la acusación del Ministerio Fiscal., su participación en el delito más grave contra el orden constitucional, y en esa condición accedió a los comicios municipales, por lo que la consecuencia natural de su estado procesal no es la de actuar como quien disfruta de libertad, sino la de asumir las consecuencias de la medida cautelar que limita el derecho a la libertad personal".

El fiscal recuerda además que, según la Ley de Enjuiciamiento Criminal, Forn no debería estar pidiendo asistencias a plenos, sino suspendido. "A nadie se le oculta por otro lado, la vigencia del artículo 384 Bis, cuya realidad jurídica es imposible soslayar", dice. "No puede, por lo tanto, invocarse el ejercicio de funciones públicas, estando vigente el artículo que precisamente las suspende, como presupuesto de concesión de un permiso que tiene por exclusivo objeto aquella finalidad de participación en la función pública previamente neutralizada por la autoridad judicial en aras de la seguridad democrática", agrega.

Tampoco ve la Fiscalía, encaje de la solicitud de permiso en el reglamento penitenciario. Indica que recurre a preceptos para obtener la salida que se refieren a situaciones extraordinarias de la vida privada y familiar que justifican la salida del centro penitenciario por razones humanitarias. O bien que hacen imprescindible la presencia del preso para asistir a actos que se producen de forma más bien excepcional en la discurrir de la vida diaria de una persona. "Ello resulta ajeno a lo que ahora pretende el preso preventivo investigado", agrega.

Recuerda, por último, que frente a un conflicto de valores y bienes jurídicos de esa naturaleza, deben prevalecer los fines constitucionales de respeto al orden constitucional y dice que éstos fueron "lacerados por los procesados y en concreto por Forn desde su posición de Consejero de Interior del Gobierno de la Generalitat como responsable político de los Mossos de Escuadra. "No puede autorizarse la concesión del permiso penitenciario para que el investigado acuda a los Plenos del Ayuntamiento de Barcelona", concluye.

[Fuente: Por Beatriz Parera, El Confidencial, Madrid, 12jul19]

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