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21abr20


Carpetazo de Bélgica a la demanda de Puigdemont contra el juez Llarena


El tribunal de primera instancia belga ha desestimado la demanda de Carles Puigdemont contra el magistrado instructor de la causa del «procés» Pablo Llarena al considerar que el juez está amparado por la inmunidad de jurisdicción. Según han confirmado a ABC fuentes de la defensa del «expresident», la justicia belga confirma que las manifestaciones por las que el prófugo le llevó a los tribunales (por negar en una charla la existencia de «presos políticos») fueron proferidas en su calidad de juez.

Bélgica pone fin así a un contencioso que se inició en España en el verano de 2018 y que provocó la primera fractura en el Gobierno de Pedro Sánchez, que, por presiones externas, tuvo que rectificar a la entonces ministra (y y hoy fiscal general) Dolores Delgado y arropar al magistrado ante la demanda civil interpuesta por Puigdemont y cuatro de sus exconsejeros también fugados.

Tras varios días de intensa polémica por el abandono del instructor del «procés» ante los tribunales europeos, con las principales asociaciones de jueces y fiscales, el Consejo General del Poder Judicial y magistrados del Supremo en pie de guerra por la «dejación de funciones» ante este ataque a la independencia judicial, Moncloa se veía obligada a dar un volantazo y a anunciar que había iniciado los trámites para la contratación de los servicios de un despacho de abogados en Bélgica que defienda los intereses de España. Delgado había enmarcado las declaraciones de Llarena en el ámbito privado, al margen, por tanto de la función jurisdiccional la soberanía e inmunidad jurisdiccional de los tribunales españoles.

«La demanda presentada en Bruselas incluye también referencias a expresiones o manifestaciones privadas realizadas por el juez ante las que el Gobierno no puede actuar (...)», señaló entonces el Ministerio.

Lo cierto es que de la mera lectura de la demanda de los prófugos se desprendía claramente que la referencia de Llarena a los «presos políticos» -a juicio de los procesados, es esto lo que vulnera su honor- no era más que el pretexto para cuestionar una vez en instancias internacionales la imparcialidad del juez, la instrucción de la causa y el propio Estado de Derecho español. Así lo interpretaron en su comunicado conjunto los jueces y los fiscales, la Comisión Permanente del CGPJ y la propia Abogacía del Estado, que en todo momento habían considerado que las declaraciones de Llarena (que la demanda toca solo de forma tangencial) no se podían desligar de su función jurisdiccional.

«Desde hace bastantes años, los miembros de minorías que persiguen una acción política a favor de la independencia de su región sufren en España violaciones sistemáticas de sus derechos fundamentales», señalaba el escrito de Puigdemont y otros cuatro exconsejeros.

Los procesados afirmaban también que España es «un Estado delincuente», que comparaban con Kazajistán, y que el sistema judicial español «ha sido hasta el momento incapaz de tratar la cuestión catalana de manera imparcial: distintas jurisdicciones de España han tomado numerosas decisiones judiciales realizando múltiples violaciones incompatibles con los valores que fundamentan la Unión Europea».

Ante esta situación el propio Llarena se vio obligado a pedir amparo al Consejo aludiendo al «riesgo» que esa demanda supone para la integridad de la jurisdicción española. «Se cuestionaría la imparcialidad de mi instrucción, pretendiendo que sea un tribunal belga el que examine la corrección de mi labor», señalaba el juez. Subrayaba el instructor «el carácter groseramente fraudulento de la demanda, que no tendría más fin que sustraer de su sede natural la revisión de los actos de la Justicia española y hacerlo defraudando los instrumentos de los que el ordenamiento jurídico español se dota para asegurar la independencia de mi función: el aforamiento ante el Tribunal Supremo y la prohibición contenida en la Ley Orgánica del Poder Judicial de que puedan dirigirse demandas directas contra jueces y magistrados por actuaciones llevadas a cabo en el ejercicio de su función».

La Comisión Permanente del CGPJ respondió con tanta premura como contundencia: «Se nos antoja difícil considerar que pueda existir una actuación que vulnere de forma más flagrante y burda la independencia de un magistrado español», señalaron en su acuerdo los vocales con el voto en contra de Concepción Sáez, partidaria se no amparar a Llarena. Fue su última intervención en esa comisión del Consejo antes de fichar por el Ministerio de Justicia como gerente de la Mutualidad General Judicial.

En su acuerdo, el CGPJ se comprometía a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la independencia de Llarena , «incluidas las medidas relativas a la integridad económica que proporciona el artículo 296 de la Ley Orgánica del Poder Judicial». Este precepto establece que «el Estado responderá también de los daños que se produzcan por dolo o culpa grave de los jueces y magistrados sin perjuicio del derecho que le asiste de reclamarles luego a ellos.

Apoyo oportuno

Hasta la Abogacía del Estado había estimado las pretensiones del CGPJ de instar a los ministerios de Justicia y Exteriores a personarse en la causa belga para defender la soberanía jurisdiccional española y el ataque a un miembro del Poder Judicial. «No se advierte que la habilitación que se pueda otorgar (en relación a la defensa del magistrado) esté en contradicción con la defensa de los derechos o intereses del Estado que están en discusión en el citado proceso civil», señaló en su informe. Al contrario, concluyó, «el hecho de que (Llarena) esté siendo demandado por el legítimo ejercicio de su función de instructor de un procedimiento penal que se sigue en el Tribunal Supremo le atribuye una posición de persona que ejerce una de las manifestaciones del Poder Judicial español. No cabe apreciar la mayor coincidencia y compatibilidad entre el ejercicio de esa defensa y la propia de los órganos constitucionales del estado que se atribuyen también a la Abogacía del Estado».

[Fuente: Por Nati Villanueva, ABC, Madrid, 21abr20]

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