Información
Equipo Nizkor
        Tienda | Donaciones online
Derechos | Equipo Nizkor       

01dic15


El TC anulará la moción independentista catalana, antes de que arranque la campaña del 20-D


El Pleno del Tribunal Constitucional interrumpió este martes sus deliberaciones sobre el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra la resolución independentista aprobada en el Parlamento de Cataluña a instancias de Junts pel Sí y la CUP para dar inicio a la ruptura con España. Tiene previsto reanudarlas el miércoles por la mañana para convertir en anulación definitiva la suspensión cautelar que los once magistrados que integran el TC acordaron el 11 de noviembre, cuando admitieron a trámite la impugnación de los Servicios Jurídicos del Estado. De esta forma, la decisión estará tomada antes del jueves. Ese día, a medianoche, comenzará la campaña para las elecciones generales del 20 de diciembre.

En su auto del 11 de noviembre, el Constitucional acortó en cinco días el plazo para la presentación de alegaciones precisamente con el fin de acelerar todo el trámite y advirtió además a la presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell; al presidente en funciones, Artur Mas, y a otros 19 altos cargos de Cataluña de que pueden incurrir en responsabilidades, incluso de carácter penal, si incumplían su auto. Es decir, en el momento de suspender la resolución de Parlamento catalán, el TC aplicó por primera vez el artículo 87.1 de su Ley Orgánica, a demanda de la Abogacía del Estado, y acordó notificar a cada uno de los cargos mencionados por el Gobierno la resolución advirtiéndoles "de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada". Además, les apercibía de "las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en la que pudieran incurrir".

No obstante, el tribunal de garantías no acogió en dicho momento todas las peticiones del Gobierno, ya que en su providencia no hacía mención a la aplicación por el momento del artículo 92.4 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), incluido tras la reciente reforma de esta norma y que incluye la posibilidad de suspender en sus cargos a quienes incumplan sus resoluciones.

Ahora, el Constitucional tiene que pronunciarse en su sentencia, cuyo borrador ha sido preparado por el magistrado conservador Andrés Ollero, sobre este escrito de la Abogacía del Estado que pide que se anule la resolución porque "ordena la secesión de España por medios no democráticos" y porque la cámara catalana "se atribuye un poder constituyente capaz de iniciar un proceso rupturista que se impone unilateralmente con menosprecio del estado de derecho".

Pero, además, tiene encima de la mesa las alegaciones del Parlament que quita trascendencia jurídica a la declaración por considerar que declaración expresa "solo una voluntad, aspiración o deseo" y advierte a los jueces de que no pueden "suplantar" el poder "de representación del pueblo por el Gobierno de los jueces porque el Parlamento goza de legitimidad democrática que no es equiparable a la legitimidad del TC". En ese texto se defiende que la resolución fue adoptada " en el ejercicio de la función del impulso de la acción política y de gobierno", que responde al mandato político adquirido por los grupos parlamentarios que han ejercido la iniciativa -JxSí y la CUP-, como consecuencia de las elecciones catalanas y que ese mandato está fundamentado en los programas políticos de las formaciones que "de forma clara y explícita tenían como objetivo político prioritario iniciar el proceso de creación de un estado catalán independiente".

Lo previsible es que la sentencia definitiva, que se pretende que sea "clara, precisa y respetuosa" para no provocar el rechazo político y social que suscitó la del Estatut de 2006, argumente la anulación en base a que la declaración de desconexión es un ataque al Estado democrático, dejando claro que la Constitución permite defender todas las ideas incluso las contrarias a la Carta Magna siempre y cuando se respeten los cauces legales.

El Tribunal Constitucional ha dictado ya dos sentencias y una suspensión sobre los planes independentistas de Cataluña. Concretamente, ha anulado la declaración del derecho a decidir aprobada por el Parlament en el 2013 y la ley de consultas que sirvió para sacar las urnas a la calle el 9 de noviembre de 2014.

El Govern ve "intacto" el efecto político de la resolución rupturista

En principio, no se espera que la sentencia contenga más advertencias a las autoridades catalanas para que respeten el fallo. Pero lo cierto es que, desde su publicación en el BOE la cámara catalana y el Govern no podrán promover actos que lleven a la secesión de Cataluña del Estado español. De momento, la vicepresidenta y portavoz del Ejecutivo catalán, Neus Munté, ha asegurado este martes que, aunque un Tribunal Constitucional "totalmente deslegitimado" anule la declaración de inicio del proceso independentista sus "efectos políticos" seguirán intactos.

Para Munté, "no es una sorpresa" que el TC acelere la anulación de la declaración de ruptura que el Parlament aprobó el pasado 9 de noviembre: "Era muy previsible", ha afirmado. Y se ha aferrado a los mismos argumentos que se esgrimen en las alegaciones de Forcadell destacando que, a medida que el Estado va poniendo "obstáculos" a las leyes o acuerdos que se impulsan desde Cataluña, el Govern "siempre ha encontrado la fórmula de continuar avanzando", con el convencimiento de que hay que llevar a cabo el mandato democrático de las elecciones del 27-S. Por ello, ha hecho un llamamiento a "respetar las mayorías y los acuerdos tomados en el Parlament".

La vicepresidenta considera que el Constitucional está "totalmente deslegitimado, fuertemente politizado y utilizado desde el Gobierno central", pero pese a ello ha justificado que la Generalitat siga presentando recursos de inconstitucionalidad contra leyes estatales que vulneren competencias catalanas.

[Fuente: Por Pilar Gassent, La República de las ideas, Madrid, 01dic15]

Tienda Donaciones Radio Nizkor

DDHH en Espaņa
small logoThis document has been published on 02Dec15 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.