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12abr13


Auto del Juzgado de Instrucción Nº4 de Madrid abriendo diligencias para investigar el escrache que tuvo lugar frente a la casa de la vicepresidenta del Gobierno


JDO. INSTRUCCION N. 4
MADRID

DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 1186 /2013

Delito/falta: COACCIONES, AMENAZAS y MANIFESTACION ILEGAL

Denunciante/querellante: JOSE IVAN ROSA VALLEJO
Procurador/a: D/Dª SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Abogado/a: D/Dª SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Perjudicados. - DON JOSE IVAN ROSA VALLEJO, DOÑA SORAYA SAENZ DE SANTAMARIA ANTON Y DOÑA PETRA ANTON MORENO

Contra: JORGE V. R. y otros
Procurador/a: D/Dª
Abogado/a: D/Dª

AUTO

En MADRID, a doce de abril de dos mil trece.

ANTECEDENTES DE HECHO

UNICO.- Con fecha 8 de abril de 2013 tiene entrada en el Decanato las diligencias policiales nº 1.610/2013 de la Brigada Provincial de Información de la Jefatura Superior de Policia de Madrid, que fue repartida a este Juzgado de Instrucción el 9 de abril por denuncia de JOSE IVAN ROSA VALLEJO, en comparecencia ante la Brigada mencionada el 6 de abril de este año, por supuesto delito de COACCIONES y AMENAZAS, contra JORGE V. R., MARIA EUGENIA G. Y., ADRIAN R. P., ALMA F. Z., ESTEFANIA M. V., MIGUEL O. L., LUIS J. L., JAVIER B. O., JOSE RAMON F. R., ALFONSO EMILIO G. P. L., RAUL S. C., IRENE C. M., MARCOS R. G., FEDERICO L. I., JULIETA I. EL V., MARIA DEL PILAR R. G., PATRICIA P. V., OMAR S. J., ALEJANDRO M. R., GUILLEN M. B., LUIS VICENTE G. M., ELENA DEL E. M., PABLO B. D., ISABEL MARIA DEL CARMEN B. M., JUAN FELIPE C. J., ALICIA AMPARO A. N. Y SUSANA S. G.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Los hechos denunciados el dia 6 de abril de 2013 por la concentración, de unas 300 personas enfrente del domicilio particular de doña Soraya Saenz de Santamaría, Vicepresidenta del Gobierno y Diputada del Partido Popular y D. Jose Iván Rosa Vallejo, de ser ciertos pudieran presentar características que hacen presumir la posible existencia de delito de COACCIONES, AMENAZAS y MANIFESTACION ILEGAL cuya instrucción corresponde a este órgano judicial, según los artículos 14.2 y 15 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

SEGUNDO.- No estando determinadas la naturaleza y circunstancias de tales hechos denominados "escraches", dada la narración escueta y reducida del atestado, pero si las personas que en ellos han intervenido, es procedente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 757 y 774 de la citada ley procesal, instruir Diligencias Previas y practicar aquéllas esenciales encaminadas a efectuar tal determinación y, en su caso, el procedimiento aplicable o el sobreseimiento y archivo, por cuanto debe determinarse si el llamado "escrache" concreto en el domicilio de la Vicepresidenta del Gobierno puede ser considerado delito de coacciones dada la poca información facilitada por el atestado y si en este caso estaríamos también ante el supuesto de manifestación ilícita prevista como delito en el art 513.1 CP.

PARTE DISPOSITIVA

SE ACUERDA INCOAR DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO. Líbrense por el Sr. Secretario Judicial los partes de incoación prevenidos al Iltmo. Sr. Presidente de la Audiencia Provincial, en su caso, y al Ministerio Fiscal. Practíquense las diligencias siguientes:

1.- Hágase ofrecimiento de acciones a Doña Soraya Saenz de Santamaría, D. José Ivan Rosa Vallejo y Petra Antón Moreno, al objeto de comunicarles la existencia dal procedimiento y su derecho a personarse en el mismo por medio de abogado y en su caso procurador.

2.- Oficíese a la Brigada de Información de la Jefatura Superior de Policía a fin de que informe sobre los siguientes extremos:

- La distancia existente entre la cabecera de la concentración del dia 5/4/2013 y el domicilio de la Sra Vicepresidenta del Gobierno y familia.

- El modo o manera en el que se convoca la concentración y a través de que medio, asi como si consta la identidad de personas o grupos que convocaron el denominado "escrache", y motivo de la concentración y si esta ya estaba dirigida al domicilio de la Sra Saenz de Santamaría.

- La razón o motivo por el que se considera a JORGE V. R., MARIA EUGENIA G. Y., ADRIAN R. P., promotores, cabecillas, incitadores o instigadores de los hechos, precisando los hechos.

- Los hechos que la fuerza actuante considera desobediencia a los agentes de la autoridad y que se califican respecto de cada uno de los 27 ciudadanos identificados, y que no se relatan de manera concreta respecto de cada uno de ellos y en concreto que requerimientos son los que desobedecieron.

- Identifiquen por su número a los agentes de las unidades de intervención Puma 50, Puma 51 y Puma 57.

- Informen sobre si, dado que los 27 identificados, lo fueron al parecer en la Plaza Manuel Becerra, estos acudieron después a la calle donde tiene su domicilio la Vicepresidenta del Gobierno y si en las cercanías del domicilio fueron identificados algunos de aquellos 27 denunciados, o no llegaron a estar en la calle donde reside la Sra Saenz de Santamaría.

- Qué personas de las 27 identificadas mencionaron que el destino de la manifestación era el domicilio de la Vicepresidenta o si solo es una presunción por la cercanía del mismo.

3.- Tómese declaración como testigo al agente de la Policía Nacional 18.778 el dia VEINTIDOS DE ABRIL DE 2013 A LAS DIEZ y 15 HORAS DE LA MAÑANA

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante interposición de RECURSO DE REFORMA en tres días ante este Órgano judicial.

Así lo manda y firma el Ilmo Sr D. MARCELINO SEXMERO IGLESIAS, MAGISTRADO-JUEZ del JDO. INSTRUCCION N. 4 de MADRID. Doy fe.

El/LA MAGISTRADO-JUEZ


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