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Un juez en lo civil ordenó suspender obras a Endesa en la central Ralco del Biobio.

Incluye, además, paralizar el proceso de relocalización de las familias pehuenches.


SANTIAGO. El juez Mario Carroza Espinoza del Sexto Juzgado Civil de Santiago ordenó ayer a Endesa suspender las "obras mayores o de gran magnitud" del proyecto hidroeléctrico Ralco, que dicha empresa pretende construir en el Alto Biobío, al interior de Santa Bárbara.

Se entiende por tales las obras del embalse, de la central, el enlace con el Sistema Interconectado Central SIC y el plan de relocalización de las comunidades pehuenches afectadas.

Endesa y Conama, ambas afectadas por esta resolución, pueden apelar.

La resolución del juez Carroza acogió una medida precautoria en el juicio iniciado por la familia Quintremán y otras contra la Conama, en el que se pide se declare nulo el Estudio de Impacto Ambiental, EIA, del proyecto Ralco, aprobado por ese organismo estatal y cuyo fondo continúa en litigio.

Los abogados de las familias pehuenches, Alex Quevedo y Roberto Celedón, calificaron de extraordinaria, valiente y positiva la resolución del magistrado "y es para nosotros una momento de gran alegría, un triunfo para las familias pehuenches que se oponen al proyecto".

Agregaron que "el juez acogió, una medida precautoria para suspender los efectos de la autorización EIA del proyecto Ralco para todas las obras mayores o de gran magnitud. Esto mientras se resuelve, lo que podría tomar meses o años, el fondo de la demanda, esto es, la petición de nulidad de la aprobación por Conama del EIA de Ralco. Esto significa que ninguna de estas obras puede ejecutarse si no se cuenta con la autorización ambiental y ésta, en este caso, fue suspendida por ésta resolución judicial. De acuerdo con esta resolución el proyecto Ralco no puede seguir ejecutándose".

Celedón agregó que "es un fallo que se apega a derecho, es un signo de la independencia de la justicia y la medida en si mismo resguarda la independencia y autonomía de los Tribunales para poder resolver la cuestión de fondo, esto es, la nulidad del EIA. Una política de hechos consumados, con una central Ralco prácticamente hecha, habría limitado en extremo la libertad de la justicia para resolver". Conama con los demás servicios públicos deberá velar por el cumplimiento de esta resolución.

La resolución del Sexto Juzgado Civil de Santiago dice: "Ha lugar a la medida cautelar solicitada por la parte demandante, en cuanto se ordena suspender los efectos de la autorización ambiental concedida por Conama a Endesa en el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto

Central Hidroeléctrica Ralco, mediante resolución exenta número 10/97 de fecha 6 de junio de 1997 y sus modificaciones, sólo en cuanto afecta a las obras mayores o de gran magnitud, entendiéndose por tales:

  • a) Obras del Embalse: presa, obras de desviación o túnel de desvío, obras de evacuación de crecidas o vertedero, y desagüe de media altura.
  • b) Obras de la Central: obras de toma, túnel de aducción y obras de zona de caída, que incluye la chimenea de equilibrio, pique de presión, túnel de presión , túnel inferior de presión, túneles blindados, caverna de máquinas, túneles individuales de evacuación, túnel común de evacuación, subestación encapsulada, galería de cables, patio de mufas, accesos a la caverna de máquinas y servicios auxiliares.
  • c) Enlace con el Sistema Interconectado Central a través de una línea de alta tensión.
  • d) Plan de relocalización de las comunidades afectadas.

[Fuente: Diario La Tercer, Santiago de Chile 9sep99]


Editado electrónicamente por el Equipo Nizkor el 11sep99

Conflicto Bio-Bio

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