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10may13


El juez archiva el escrache a la vicepresidenta y da vía libre a estas protestas


Un juez de Madrid acaba de archivar el que tuvo lugar contra la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, el pasado 5 de abril al considerar que esta actuación se encuadra dentro de la libertad de expresión. El instructor subraya que por su cargo y relevancia pública, su derecho a la intimidad debe ceder ante los derechos colectivos.

Según el auto, lo relevante de este acontecimiento es que no se trata de una manifestación en un domicilio particular si no que "el derecho de manifestación se realice confirme el artículo 21 de la Constitución, de forma pacífica y sin armas, aunque nos se realice la comunicación previa, y no atente contra otros derechos individuales sin peligro para el orden público, las personas o los bienes".

El juez Marcelino Sexmero archiva, por tanto, la denuncia contra el ex secretario general de Alianza Popular, Jorge Vestringe, y otras 26 personas por los delitos de amenazas y coacciones.

El instructor señala que en el caso de los escraches ante los domicilios de determinados políticos en activo, el límite a la libertad de expresión suele encontrarse en el derecho a la libertad ideológica y al derecho a la intimidad, "cuando las manifestaciones se convocan con el único propósito de ofender y descalificar una ideología o posición política concreta".

El juez entiende que el derecho de reunión es un derecho fundamental recogido en la Contitución española y que "como tal merece la maxima protección y garantías en su ejercicio que nuestro ordenamiento jurídico ofrece, pero que como todo derecho fundamental, está sujeto a ciertas limitaciones que deberán ser impuestas de forma razonable y proporcionada".

Los hechos relatados por la familia de la vicepresidenta que incluso alegó que su hijo pequeño rompió a llorar por los gritos, no son, según el juez, constitutivos de delito de amenazas. Tampoco considera que pudieran cometer un delito de desobedicencia o de ofensas a los agentes de la autoridad, ya que los denunciados accedieron a identificarse sin problemas y aunque se les instó a disolverse, no consta voluntad rebelde a esa orden.

Sexmero recalca que la actitud de los denunciados no puede encuadrarse en un atentado contra la libertad, intimidad y seguridad de la vicepresidenta y su familia "pues la finalidad de la concentración o escrache no era quebrantar por la fuerza la voluntad política de Sáenz de Santamaría como miembro del Gobierno o integrante del PP, sino expresar en la vía publica la información y las ideas del colectivo concentrado sobre el problema de la ejecución hipotecaria y la crítica a la por ellos considerada inactividad de los políticos gobernantes".

Por tanto, para el instructor estos hechos están amparados en el derecho a la libertad de expresión y derecho de manifestación "aunque por ellos las palabras y las consignas puedan ofender o perturbar". No se ha violado el derecho a la intimidad de la vicepresidenta dado que por su cargo y relevancia pública dicho derecho cede ante los derechos colectivos.

[Fuente: Por C. Guindal, El Confidencial, Madrid, 10may13]

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